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MINVIVIENDA - Resolución 1310 de 2022

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 1310 de 2022
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2022

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda Republica de Colombia RESOLUCION NUMERO (1310) 18 JULIO 2022 “Por la cual se fija fecha de apertura y cierre en la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda Rural del Programa Vivienda Social para el Campo, ubicados en el departamento de Vichada en los municipios de Cumaribo, La Primavera y Santa Rosalía en la modalidad de Vivienda Nueva en Especie”. EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8 del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.4.3 del Decreto 1077 de 2015, y CONSIDERANDO Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8° del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda — FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministeriode Vivienda, Ciudad y Territorio. Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 el Fondo Nacional de Vivienda administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda

estableció que a partir del año 2020 el Fondo Nacional de Vivienda administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los términos del artículo 6 de la Ley 1537 de 2012. Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015 el Fondo Nacional de Vivienda — Fonvivienda celebró con La Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. — Fiduagraria S.A. el contrato de fiducia mercantil Nro. 027 de 2020, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso — Programa de Promoción de Vivienda Rural, por medio del cual se realizará la administración de los Recursos que transfiera el Fideicomitente o que, en general, se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda rural, destinada a la atención de hogares a los que se refiere el Programa de Promoción de Vivienda Rural, de conformidad con las normas que le sean aplicables y de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, y/o los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo. Que los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, establecen las condiciones para el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural y las restricciones para la postulación y posterior asignación del subsidio familiar de vivienda rural. Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0

condiciones para el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural y las restricciones para la postulación y posterior asignación del subsidio familiar de vivienda rural. Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 3300 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 1 de 4Resolucién No. 1310 Del 18 JULIO 2022 Hoja No. 2 Nu “Por la cual se fija fecha de apertura y cierre en la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda Rural del Programa Vivienda Social para el Campo, ubicados en el departamento de Vichada en los municipios de Cumaribo, La Primavera y Santa Rosalía en la modalidad de Vivienda Nueva en Especie”. Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la resolución 0536 del 19 de octubre de 2020, por la cual se reglamentan los artículos 2.1.10.1.1.1.1; 2.1.10.1.1.4.3; 2.1.10.1.1.4.6 y 2.1.10.1.1.5.1 del Título 10 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto Unico Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015. Que mediante Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 055 de 2021 en virtud de lo establecido en el literal B, de la cláusula quinta, suscrito entre el Fondo Nacional de Vivienda — Fonvivienda y el Municipio de Cumaribo es adelantar el proceso de recolección y

establecido en el literal B, de la cláusula quinta, suscrito entre el Fondo Nacional de Vivienda — Fonvivienda y el Municipio de Cumaribo es adelantar el proceso de recolección y verificación de la información de los hogares focalizados como potencialmente beneficiarios, de acuerdo con los listados emitidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, con el fin de registrar la información requerida por FONVIVIENDA para iniciar el proceso de postulación al SFVR en la modalidad de vivienda nueva en especie. Que mediante Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 056 de 2021 en virtud de lo establecido en el literal B, de la cláusula quinta, suscrito entre el Fondo Nacional de Vivienda — Fonvivienda y el Municipio de Santa Rosalía es adelantar el proceso de recolección y verificación de la información de los hogares focalizados como potencialmente beneficiarios, de acuerdo con los listados emitidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, con el fin de registrar la información requerida por FONVIVIENDA para iniciar el proceso de postulación al SFVR en la modalidad de vivienda nueva en especie. Que, así mismo, mediante Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 057 de 2021 en virtud de lo establecido en el literal B, de la cláusula quinta, suscrito entre el Fondo Nacional de Vivienda — Fonvivienda y el Municipio de La Primavera es adelantar el proceso de recolección y verificación de la información de los hogares focalizados como potencialmente beneficiarios, de acuerdo con los listados emitidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, con el fin e registrar la información requerida por FONVIVIENDA para iniciar el proceso de postulación al SFVR en la modalidad de vivienda nueva en especie.

beneficiarios, de acuerdo con los listados emitidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, con el fin e registrar la información requerida por FONVIVIENDA para iniciar el proceso de postulación al SFVR en la modalidad de vivienda nueva en especie. De conformidad con el artículo 18 y 26 del Resolución No. 0536 del 19 de octubre de 2020, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio priorizará los posibles hogares beneficiarios y las autoridades locales validarán la información. De acuerdo con lo anterior, la Subdirección de Política y Apoyo Técnico de la Dirección de Vivienda Rural mediante correos electrónicos de fecha 23 y 29 de diciembre de 2021, remitió listados definitivos de hogares potenciales beneficiarios de los SFVR, para la asignación y ejecución de los subsidios familiares de vivienda rural. Que mediante la resolución 4276 de fecha 30 de diciembre de 2021, se fijo fecha de apertura y cierre en la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda Rural desde el jueves 30 de diciembre de 2021 hasta el 15 de febrero de 2022, obteniendo baja postulación de los Hhogares potencialmente beneficiarias al subsidio familiar de vivienda rural, por tal motivo se hace necesario abrir nuevamente el proceso de postulación de hogares. Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 3300 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 2de4 _/Resolucién No. 1310 Del 18 JULIO 2022 Hoja No. 3 Nu

www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 2de4 _/Resolucién No. 1310 Del 18 JULIO 2022 Hoja No. 3 Nu “Por la cual se fija fecha de apertura y cierre en la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda Rural del Programa Vivienda Social para el Campo, ubicados en el departamento de Vichada en los municipios de Cumaribo, La Primavera y Santa Rosalía en la modalidad de Vivienda Nueva en Especie”. Que mediante la resolución 0168 de fecha 16 de febrero de 2022, se fijo fecha de apertura y cierre en la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda Rural desde el miércoles 16 de febrero de 2022 hasta el lunes 28 de febrero de 2022, obteniendo baja postulación de los Hhogares potencialmente beneficiarias al subsidio familiar de vivienda rural, por tal motivo se hace necesario abrir nuevamente el proceso de postulación de hogares. Que mediante la resolución 0275 de fecha 01 de marzo de 2022, se fijó fecha de apertura y cierre en la convocatoria para la postulación de hogares Municipio de Cumaribo, La Primavera y Santa Rosalía, al Subsidio Familiar de Vivienda Rural desde el martes 01 de marzo de 2022 hasta el jueves 31 de marzo de 2022, obteniendo bajos resultados en hogares habilitados, respecto de los hogares potencialmente beneficiarias al subsidio familiar de vivienda rural, por tal motivo se hace necesario abrir nuevamente el proceso de postulación de hogares. Que mediante la resolución 0521 de fecha 01 de abril de 2022, se fijó fecha de

subsidio familiar de vivienda rural, por tal motivo se hace necesario abrir nuevamente el proceso de postulación de hogares. Que mediante la resolución 0521 de fecha 01 de abril de 2022, se fijó fecha de apertura y cierre en la convocatoria para la postulación de hogares Municipio de Cumaribo, La Primavera y Santa Rosalía, al Subsidio Familiar de Vivienda Rural desde el viernes 01 de abril de 2022 hasta el viernes 15 de abril de 2022, obteniendo bajos resultados en hogares habilitados, respecto de los hogares potencialmente beneficiarias al subsidio familiar de vivienda rural, por tal motivo se hace necesario abrir nuevamente el proceso de postulación de hogares. Que mediante la resolución 0655 de fecha 22 de junio de 2022, se fijó fecha de apertura y cierre en la convocatoria para la postulación de hogares Municipio de Cumaribo, La Primavera y Santa Rosalía, al Subsidio Familiar de Vivienda Rural desde el viernes 22 de abril de 2022 hasta el martes 02 de mayo de 2022, obteniendo bajos resultados en hogares habilitados, respecto de los hogares potencialmente beneficiarias al subsidio familiar de vivienda rural, por tal motivo se hace necesario abrir nuevamente el proceso de postulación de hogares. Que mediante la resolución 1047 de fecha 13 de junio de 2022, se fijó fecha de apertura y cierre en la convocatoria para la postulación de hogares Municipio de Cumaribo, La Primavera y Santa Rosalía, al Subsidio Familiar de Vivienda Rural desde el lunes 13 de junio de 2022 hasta el jueves 30 de junio de 2022, obteniendo bajos resultados en hogares habilitados, respecto de los hogares potencialmente beneficiarias al subsidio

junio de 2022 hasta el jueves 30 de junio de 2022, obteniendo bajos resultados en hogares habilitados, respecto de los hogares potencialmente beneficiarias al subsidio familiar de vivienda rural, por tal motivo se hace necesario abrir nuevamente el proceso de postulación de hogares. Que mediante la resolución 1193 de fecha 30 de junio de 2022, se fijó fecha de apertura y cierre en la convocatoria para la postulación de hogares Municipio de Cumaribo, La Primavera y Santa Rosalía, al Subsidio Familiar de Vivienda Rural desde el viernes 1 de julio de 2022 hasta el viernes 15 de julio de 2022 obteniendo bajos resultados en hogares habilitados, respecto de los hogares potencialmente beneficiarias al subsidio familiar de vivienda rural, por tal motivo se hace necesario abrir nuevamente el proceso de postulación de hogares. Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 3300 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 3de4__/Resolucién No. 1310 Del 18 JULIO 2022 Hoja No. 4 “Por la cual se fija fecha de apertura y cierre en la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda Rural del Programa Vivienda Social para el Campo, ubicados en el departamento de Vichada en los municipios de Cumaribo, La Primavera y Santa Rosalía en la modalidad de Vivienda Nueva en Especie”. Que, de acuerdo a informe descargado de la herramienta del sistema de gestión documental — GESDOC, se evidencia baja participación en la postulación de hogares, por lo que es

Especie”. Que, de acuerdo a informe descargado de la herramienta del sistema de gestión documental — GESDOC, se evidencia baja participación en la postulación de hogares, por lo que es necesario abrir nuevamente la fecha de postulación. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Convocar a los hogares potenciales beneficiarios relacionados en el listado remitido por la Subdirección de Política y Apoyo Técnico de la Dirección de Vivienda Rural de fechas 23 y 29 de diciembre de 2021, para que presenten sus postulaciones al subsidio familiar de vivienda rural, ante las respectivas entidades territoriales, a partir de la siguiente fecha: Apertura: lunes 18 de julio de 2022.

Cierre: domingo 31 de julio de 2022.

ARTÍCULO SEGUNDO: El Municipio de Cumaribo — Vichada, realizará el proceso de postulación de los hogares potencialmente beneficiarios en atención al Convenio interadministrativo No. 055 de 2021 suscrito con el Fondo Nacional de Vivienda.

ARTÍCULO TERCERO: El Municipio de Santa Rosalía — Vichada, realizará el proceso de postulación de los hogares potencialmente beneficiarios en atención al Convenio interadministrativo No. 056 de 2021 suscrito con el Fondo Nacional de Vivienda.

ARTÍCULO CUARTO: El Municipio de La Primavera — Vichada, realizará el proceso de postulación de los hogares potencialmente beneficiarios en atención al Convenio interadministrativo No. 057 de 2021 suscrito con el Fondo Nacional de Vivienda.

ARTÍCULO QUINTO: Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo

postulación de los hogares potencialmente beneficiarios en atención al Convenio interadministrativo No. 057 de 2021 suscrito con el Fondo Nacional de Vivienda.

ARTÍCULO QUINTO: Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo Fideicomiso Fiduagraria S.A. y a las entidades territoriales.

ARTÍCULO SEXTO: La presente Resolución será publicada en el Diario Oficial, conforme lo dispuesto en los artículos 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto 1077 de 2015.

ARTÍCULO SÉPTIMO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los 18 JULIO 2022 , Erjes E, Espinosa Director Ejecutivo |del Fondo Nacional de Vivien

Proyeció: Anderson Díaz Álvarez

Revisó: Andréi Alexander Suárez Moreno

Aprobó: Daniel Eduardo Contreras Castro

Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 3300 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 4de4 _/

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