MINVIVIENDA - Resolución 1519 de 2021
Ministerio de Vivienda
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 1519 de 2021
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2021
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda Republica de Colombia RESOLUCION NUMERO (1519) 18 JUNIO 2021 “Por medio de la cual se corrigen parcialmente las Resoluciones No. 184, 810, 840, 962, 1387 de 2021 de hogares beneficiarios del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social — Mi Casa Ya” EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En uso de sus facultades legales y reglamentarias y de conformidad con lo establecido en el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003, sección 1, capítulo 4, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 y el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y CONSIDERANDO: Que el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003 establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda — Fonvivienda “(...) Asignar Subsidios de Vivienda de Interés Social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional ()" Que en el capítulo 4, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio No. 1077 de 2015 se incorporó el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, destinado a la solución de vivienda de interés social — VIS, de hogares con ingresos entre 2 y 4 SMMLV, con la concurrencia de un subsidio familiar de vivienda en dinero y la
solución de vivienda de interés social — VIS, de hogares con ingresos entre 2 y 4 SMMLV, con la concurrencia de un subsidio familiar de vivienda en dinero y la cobertura de tasa de interés para la población antes descrita. Que en cumplimiento de sus funciones el Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA, expidió las Resoluciones No. 184, 810, 840, 962, 1387 de 2021, mediante la cual se asignaron subsidios familiares de vivienda del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social — Mi Casa Ya. Que mediante petición realizada por Credifamilia al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio — Fonvivienda mediante comunicación electrónica, donde informan que: “Al señor Hugo Arturo Marulanda Correa con CC 91100239 con código de familia No. 793026, se solicita la corrección del subsidio ya que el cliente no tiene asignado proyecto Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 + Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 1 de 4 D,Resolución No. 1519 Del 18 JUNIO 2021 Hoja No. 2 “Por medio de la cual se corrigen parcialmente las Resoluciones No. 184, 810, 840, 962, 1387 de 2021 de hogares beneficiarios del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social — Mi Casa Ya” y está errado el municipio, ya que debe ser el proyecto Urbanización Emaus de la constructora S.A. del municipio de Cartago - Valle.”. Que la novedad reportada por Credifamilia al Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioCasa Ya” y está errado el municipio, ya que debe ser el proyecto Urbanización Emaus de la constructora S.A. del municipio de Cartago - Valle.”. Que la novedad reportada por Credifamilia al Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioFONVIVIENDA, fue dirigida a TransUnión mediante Solicitud de Corrección de Información de Hogares Mi Casa Ya. Que mediante peticiones realizadas por el Banco de Colombia al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio — Fonvivienda mediante comunicaciones electrónicas, donde informan que: “Se debe cambiar datos incorrectos: Ciudad CANDELARIA y nombre de proyecto MANZANARES DE CIUDAD DEL VALLE SECTOR 12-13-14-15 Y 16. Por los datos correctos: Ciudad JAMUNDÍ y nombre de proyecto PINARES; que pertenece al mismo constructor CONSTRUCTORA BOLIVAR CALI S.A. del Departamento del VALLE”. “Se debe cambiar el dato incorrecto: Nombre de Constructora CONSTRUCTORA CONCONCRETO SA Nombre del Proyecto PORTAL DEL SOL del Departamento de ATLATICO Municipio SOLEDAD, por el dato Nombre de Constructora CONSTRUCTORA BOLIVAR S.A. Nombre del Proyecto ALAMEDA DEL RIOTORTOLA del Departamento de ATLATICO Municipio BARRANQUILLA.”. “Se debe cambiar datos incorrectos: Ciudad, CANDELARIA, nombre de Vendedor CONSTRUCTORA BOLIVAR S.A. y proyecto MANZANARES DE CIUDAD DEL VALLE SECTOR 12-13-14-15 Y 16. Porlos datos correctos: Ciudad GUADALAJARA DE BUGA, nombre de Vendedor VALLE ALTO CONSTRUCTORA SAS y proyecto UNINORTE; del Departamento del VALLE.”. Que las novedades reportadas por el Banco de Colombia al Ministerio de Vivienda,
nombre de Vendedor VALLE ALTO CONSTRUCTORA SAS y proyecto UNINORTE; del Departamento del VALLE.”. Que las novedades reportadas por el Banco de Colombia al Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioFONVIVIENDA, fueron dirigidas a TransUnión mediante solicitud de Corrección de Información de Hogares Mi Casa Ya. Que mediante petición realizada por el Banco Davivienda al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio — Fonvivienda mediante comunicación electrónica, donde informan que: “Por error involuntario se registró el proyecto PORTAL DE AMARANTO de la constructora LOS SAUCES CONSTRUCCIONES del Municipio SOACHA, cuando debió ser el proyecto ZAFIRO XOAKA, constructora AKILA S.A.S del Municipio NEMOCON.”. Que la novedad reportada por el Banco Davivienda al Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioFONVIVIENDA, fue dirigida a TransUnión mediante Solicitud de Corrección de Información de Hogares Mi Casa Ya. Que una vez verificada la información de los hogares que reposan en la base de datos del Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda, se observa que se incurrió en un error por parte de Credifamilia, Banco de Colombia y Davivienda, quienes son las Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 2 de 4Resolución No. 1519 Del 18 JUNIO 2021 Hoja No. 3 A “Por medio de la cual se corrigen parcialmente las Resoluciones No. 184, 810, 840, 962, 1387 de 2021
Página 2 de 4Resolución No. 1519 Del 18 JUNIO 2021 Hoja No. 3 A “Por medio de la cual se corrigen parcialmente las Resoluciones No. 184, 810, 840, 962, 1387 de 2021 de hogares beneficiarios del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social — Mi Casa Ya” entidades financieras que capturaron la información en el aplicativo TransUnión — Mi Casa Ya. Que una vez TransUnión (antes CIFIN), entidad administradora del aplicativo dispuesto para las entidades financieras, realizó la corrección solicitada y se reflejó en el sistema el cambio de municipio para los hogares, se hace necesario realizar la corrección en los actos administrativos. Que el Artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en su parte pertinente dispone: “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”. Que dado que las inconsistencias relacionadas en el considerando anterior corresponden a errores de hecho que no inciden en el sentido de la decisión, resulta procedente corregir el municipio del hogar asignado en las Resoluciones No. 184, 810, 840, 962, 1387 de 2021, al cual se le relacionó el municipio diferente al del lugar del proyecto para el cual se postularon. Que en mérito de lo expuesto,
840, 962, 1387 de 2021, al cual se le relacionó el municipio diferente al del lugar del proyecto para el cual se postularon. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Corregir parcialmente las Resoluciones No. 184, 810, 840, 962, 1387 de 2021 del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social — Mi Casa ya, en el sentido de dejar correctamente el dato del Departamento y Municipio como se indica a continuación: 1d Fecha i Depto | Mcipio | Depto | Mcipio Hogar | RS- | Resol Cédula Nombre Error Error Nuevo Nuevo 694840 | 184 | 19/02/2021 | 1143138992 ea LEA Atianti Soledad | Atlántico |B I MATTOS OROZCO lántico | Soleda ántico | Barranquilla HUGO ARTURO 793026 | 810 | 21/04/2021 | 91100239 MARULANDA Valle | Candelaria | Valle | Cartago CORREA KAREN JULIETH " 790442 | 840 | 23/04/2021 | 1143826495 | A nar OBANDO | Vale | Candelaria | Valle | Jamundi 1008147454 | — FLÓREZ UNIVIO: 743512 | 902. | 05/05/2021 e PEIMER ALEJANDRO | O/ marca | Soacha | Címarca | Nemocon RAMIREZ CARDONA 658350 | 1387 | 09/06/2021 | 1115080625 AVID Valle | Candelaria | Valle Buga ARTÍCULO SEGUNDO: Los demás acápites y apartes de las Resoluciones No. 184, 810, 840, 962, 1387 de 2021 continúan vigentes y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado.
ARTÍCULO SEGUNDO: Los demás acápites y apartes de las Resoluciones No. 184, 810, 840, 962, 1387 de 2021 continúan vigentes y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado.
Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Nu Página 3 de 4Resolución No. 1519 Del 18 JUNIO 2021 Hoja No. 4 A “Por medio de la cual se corrigen parcialmente las Resoluciones No. 184, 810, 840, 962, 1387 de 2021 de hogares beneficiarios del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social — Mi Casa Ya” ARTÍCULO TERCERO: Notifíquese mediante correo electrónico el contenido del presente acto administrativo a los hogares citados en el artículo primero de la presente resolución en la forma prevista en el numeral 1° del artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, haciéndoles saber que contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo Matriz, Fideicomiso — Programa de Acceso a la Vivienda de Interés Social Mi Casa Ya, de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia mercantil No. 421 de 2015 suscrito con Fiduciaria de Occidente.
ARTÍCULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de su expedición.
NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., alos 18 JUNIO 2021
suscrito con Fiduciaria de Occidente.
ARTÍCULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de su expedición.
NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., alos 18 JUNIO 2021
ERLES E. ESPINOSA
Director Ejecutivo de Fonvivienda
Proyectó: Iván García Revisó: Milagros Comas / Marcela Rey Hemández
Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Nu Página 4 de 4