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MINVIVIENDA - Resolución 1682 de 2020

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 1682 de 2020
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2020

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda República de Colombia RESOLUCIÓN NÚMERO (1682) 14 AGOSTO 2020 “Por medio de la cual se corrige parcialmente la Resolución No. 1506 del 30 de julio de 2020, en la cual se asignaron subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios del Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de compra — Semillero de Propietarios” EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la Ley 1537 de 2012 y el artículo 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y CONSIDERANDO Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8% del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda — FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Que se expidió la Ley 1537 de 2012, “Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda”, cuyo objeto es “señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda”.

proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda”. Que en el capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio No. 1077 de 2015 se incorporó el Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de compra “Semillero de Propietarios”, destinado facilitar el acceso a una solución de vivienda digna para la población cuyos ingresos son iguales o inferiores a 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), por medio de una política de arrendamiento social con opción de compra. Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Versión: 5.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: XXXX Fecha:10/06/2020 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-11 Página 1 de 4 D,Resolucién No. 1682 Del 14 AGOSTO 2020 Hoja No. 2 Nu “Por medio de la cual se corrige parcialmente la Resolución No. 1506 del 30 de julo de 2020, enla cual se asignaron subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios del Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de compra — Semillero de Propietarios” Que la sección 2, capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios para los hogares objeto del Programa Semillero de Propietarios y en la sección 3, capítulo 4, título 1, parte 1 del libro 2 del citado

incorpora los beneficios para los hogares objeto del Programa Semillero de Propietarios y en la sección 3, capítulo 4, título 1, parte 1 del libro 2 del citado Decreto y determina las condiciones y requisitos de los hogares, para ser beneficiarios del Programa Semillero de Propietarios. Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.1.1.6.4.1 del Decreto No. 1077 de 2015, el Fondo Nacional de Vivienda — Fonvivienda, suscribió con la Fiduciaria Bogotá S.A. — Fidubogotá el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No. 006 del 26 de diciembre de 2018 en la radicación interna de Fonvivienda, radicado ante la Superintendencia Financiera de Colombia con el número 3182165, por medio del cual se realizará la administración de los recursos para la ejecución de las actividades en materia de vivienda de interés social prioritaria urbana, destinadas a la atención de hogares a los que se refiere el Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con Opción de Compra “Semillero de Propietarios” Que el Fondo Nacional de Vivienda expidió la Resolución 1506 del 30 de julio de 2020 por medio de las cual se asignaron veintisiete (27) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios del Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de compra — Semillero de Propietarios. Que en la parte resolutiva del mencionado acto administrativo se relacionó los veintisiete hogares beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda en el marco del Programa “Semillero de Propietarios” entre los cuales se encuentra el señor GUSTAVO QUINTERO SANCHEZ con CC 1030648133 por cumplir los requisitos

veintisiete hogares beneficiarios de un Subsidio Familiar de Vivienda en el marco del Programa “Semillero de Propietarios” entre los cuales se encuentra el señor GUSTAVO QUINTERO SANCHEZ con CC 1030648133 por cumplir los requisitos establecidos en la sección 2.1.1.6.1 del Decreto 1077 del 2015. Que de la validación documental de los contratos de arrendamiento presentados por el gestor inmobiliario Arrendamientos del Norte Cia LTDA, se verificó que el número de identificación correcto del señor Quintero Sanchez es la cédula 1030648113. Que el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, establece: “Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”. Que con base en lo anterior se hace necesario corregir parcialmente la parte resolutiva de la resolución 1506 del 30 de julio de 2020 aclarando que el número de identificación correcto del señor Gustavo Quintero Sanchez es la cédula 1030648113. Que en mérito de lo expuesto, Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Versión: 5.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: XXXX Fecha:10/06/2020

1030648113. Que en mérito de lo expuesto, Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Versión: 5.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: XXXX Fecha:10/06/2020 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-11 Página 2de4 _/Resolucién No. 1682 Del 14 AGOSTO 2020 Hoja No. 3 “Por medio de la cual se corrige parcialmente la Resolución No. 1506 del 30 de julo de 2020, enla cual se asignaron subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios del Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de compra — Semillero de Propietarios” RESUELVE: Artículo 1. Corregir parcialmente el artículo primero de la Resolución No. 1506 del 30 de julio de 2020, por los motivos expuestos en las consideraciones del presente acto administrativo, el cual quedara así: “Artículo 1. Asignar veintisiete (27) subsidios familiares de vivienda en el marco de Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de Compra “Semillero de Propietarios”, por un valor total de trescientos cuarenta y un millones doscientos ochenta y nueve mil doscientos ochenta y ocho pesos m/cte. ($341.289.288), que se podrá reajustar cada doce (12) meses de ejecución del contrato de arrendamiento, hasta en una proporción que no sea superior al ciento por ciento (100%) del incremento que haya tenido el índice de precios al consumidor en el año calendario inmediatamente anterior a aquél en que deba efectuarse el reajuste del canon, según lo establecido en la Ley 820 de 2013, al hogar que se relaciona a continuación:

precios al consumidor en el año calendario inmediatamente anterior a aquél en que deba efectuarse el reajuste del canon, según lo establecido en la Ley 820 de 2013, al hogar que se relaciona a continuación: VALOR VALOR SUBSIDIO AL | SUBSIDIO memo cum) mo | CD Po E E u 1 ARRIENDO | ARRIENDO MESUAL MENSUAL | 24 meses N PALOMEQUE 11514878 | — JOSE ANGEL PALOMEQUE CUNDINAMARCA BOGOTA 800.000 526681 12.600.344 ? | 1033605808 | sMITHVIVIANA | ORJUELAMURCIA | — CUNDINAMARCA BOGOTA 750000 526681 12.600.344 | sousors | evi MaRLONE | PRIETO ORTIZ CUNDINAMARCA BOGOTA 850.000 526681 12.600.344 ¢ |i0ss727614 | —CINDY PAOLA | PIÑEROS SUAREZ CUNDINAMARCA BOGOTA 750000 526681 12.600.344 > QUINTERO 1030608113 | — GUSTAVO SANCHEZ CUNDINAMARCA BOGOTA 750000 526681 12.600.344 © | 1019005856 | —ANA MILENA | SIERRA BARRERA | — CUNDINAMARCA BOGOTA 700.000 526681 12.600.344 7 | 1053543501 | OLGA ESPERANZA | ANTONIO VILLAMIL | — CUNDINAMARCA BOGOTA 750000 526681 12.600.344 5 | 1030597325 MAVELL PEÑA TORO CUNDINAMARCA BOGOTA 750000 526681 12.600.344

N CASTIBLANCO 1014207548 | — LAURA MELISA PEREZ CUNDINAMARCA BOGOTA 950.000 526681 12.600.344 20 | 1010009718 | — LUZMARY — | PENAGOS AGUILAR | — CUNDINAMARCA BOGOTA 880.000 526681 12.600.344 M | sisnoses | wevwamen | GUANGAS SUAREZ | — CUNDINAMARCA BOGOTA 850.000 526681 12.600.344 - CRISTHIAN 1019242132 | — ALBERTO — | AGUILARCAEDO | — CUNDINAMARCA BOGOTA 800.000 526681 12.600.344 - GONZALEZ 52899754 EUDALIA MURCIA CUNDINAMARCA BOGOTA 900.000 526681 12.600.344 | s6750s09 | FaVIOLA vaNeTH | CABRERA ORTIZ CUNDINAMARCA SOACHA 720000 526681 12.600.344 | 1030561653 | DEIYMAveRLY | VELAARMIENTO | — CUNDINAMARCA BOGOTA 750000 526681 12.600.344 26 | 1115865280 | wILIAm ARsE | PORTILA ROMERO META VILLAVICENCIO 700.000 526681 12.600.344 - ALISON 1121951069 | — ALEJANDRA — | VALENCIA PINEDA META MILAVICENCIO 700.000 526681 12.600.344 2 | so6620sa | SERUDESMARIA | ALTAMIRANDA CUNDINAMARCA BOGOTA 750000 526681 12.600.344

2 | so6620sa | SERUDESMARIA | ALTAMIRANDA CUNDINAMARCA BOGOTA 750000 526681 12.600.344 2 | sasozos | awaeouvices | MORENOORJUELA | — CUNDINAMARCA BOGOTA 750000 526681 12.600.344 - DELGADO 63475008 | — MARIA ESTER SANABRIA CUNDINAMARCA BOGOTA 850.000 526681 12.600.344 2 | 1022382206 | ANGIE ESPERANZA | PACHECO FORERO | — CUNDINAMARCA BOGOTA 800.000 526681 12.600.344 2 | s2s20019 NUBIA BARON CUNDINAMARCA BOGOTA 700.000 526681 12.600.344 - LONDOÑO 1094916475 | — NORLEYDA TAPIERO CUNDINAMARCA BOGOTA 200000 526681 12.600.344 " ANGELICA 1014250177 | — viviana RODRIGUEZ CANO_| — CUNDINAMARCA BOGOTA 900.000 526681 12.600.344 % | 1012009115 | — MON FREDV | TORRESAREVALO | — CUNDINAMARCA BOGOTA 750000 526681 12.600.344 Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Versión: 5.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: XXXX Fecha:10/06/2020 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-11 Nu Página 3 de 4Nu Resolución No. 1682 Del 14 AGOSTO 2020 Hoja No. 4 “Por medio de la cual se corrige parcialmente la Resolución No. 1506 del 30 de julo de 2020, enla

Nu Página 3 de 4Nu Resolución No. 1682 Del 14 AGOSTO 2020 Hoja No. 4 “Por medio de la cual se corrige parcialmente la Resolución No. 1506 del 30 de julo de 2020, enla cual se asignaron subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios del Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de compra — Semillero de Propietarios” % | 1053347977 | vuRY ANGELICA | BURGOSCASALLAS | — CUNDINAMARCA BOGOTA 1.000.000 526681 12.600.344 . FERNANDEZ 1051655476 | JACKELINE JIMENEZ CUNDINAMARCA BOGOTA 700000 526.581 12.600.344

VALOR TOTAL DE LOS SFV ASIGNADOS: $341.289.288

Artículo 2. Los demás acápites y apartes de la Resolución No. 1506 del 30 de julio de 2020 expedidas por Fonvivienda, no sufren modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado. Artículo 3. La presente resolución será publicada en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y comunicada a los hogares beneficiarios y al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de Compra “Semillero de Propietarios” constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos Nos. 006 de 2018 suscrito con la Fiduciaria de Bogotá S.A. Artículo 4. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los 14 AGOSTO 2020 , Erles E, Espinosa

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los 14 AGOSTO 2020 , Erles E, Espinosa Director Ejecutivo Fonvivienda

Proyectó: Jhon Meyer Aprobó: Jorge Vargas

Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Versión: 5.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: XXXX Fecha:10/06/2020 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-11 Página 4de4 _/

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