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MINVIVIENDA - Resolución 2421 de 2020

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 2421 de 2020
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2020

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda República de Colombia RESOLUCIÓN NÚMERO (2421) 24 SEPTIEMBRE 2020 “Por medio de la cual se corrigen parcialmente las Resoluciones No. 292 de 2019; 1402, 1499 de 2020 de hogares beneficiarios del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social — Mi Casa Ya” EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En uso de sus facultades legales y reglamentarias y de conformidad con lo establecido en el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003, sección 1, capítulo 4, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 y el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y CONSIDERANDO: Que el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003 establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda — Fonvivienda “(...) Asignar Subsidios de Vivienda de Interés Social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional (...)” Que en el capítulo 4, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio No. 1077 de 2015 se incorporó el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, destinado a la solución de vivienda de interés social — VIS, de hogares con ingresos entre 2 y 4 SMMLV, con la concurrencia de un subsidio familiar de

Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”, destinado a la solución de vivienda de interés social — VIS, de hogares con ingresos entre 2 y 4 SMMLV, con la concurrencia de un subsidio familiar de vivienda en dinero y la cobertura de tasa de interés para la población antes descrita. Que en cumplimiento de sus funciones el Fondo Nacional de ViviendaFONVIVIENDA, expidió las Resoluciones número 292 de 2019; 1402, 1499 de 2020, mediante las cuales se asignaron subsidios familiares de vivienda del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social — Mi Casa Ya. Que mediante petición realizada por el Fondo Nacional del Ahorro al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio — Fonvivienda mediante comunicación electrónica, donde informan que: “Al grupo familiar del señor Yeison Alejandro Salgado Mendoza con CC 1121844893 y la señora Susana Maria Velásquez Reyes con CC 1122646205 con código de familia No. 267769, esta solicitud se realiza debido a que el cliente diligencio mal el formato, se marcó Meta — Villavicencio siendo el correcto Meta - Acacias.”. Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Versión: 5.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 1330 Fecha:10/06/2020 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-11 Página 1 de 3 »,Resolución No. 2421 Del 24 SEPTIEMBRE 2020 Hoja No. 2 “Por medio de la cual se corrigen parcialmente las Resoluciones No. 292 de 2019; 1402, 1499 de

Página 1 de 3 »,Resolución No. 2421 Del 24 SEPTIEMBRE 2020 Hoja No. 2 “Por medio de la cual se corrigen parcialmente las Resoluciones No. 292 de 2019; 1402, 1499 de 2020 de hogares beneficiarios del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social — Mi Casa Ya” Que la novedad reportada por el Fondo Nacional del Ahorro al Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioFONVIVIENDA, fue dirigida a TransUnión mediante Solicitud de Corrección de Información de Hogares Mi Casa Ya. Que mediante petición realizada por Bancolombia al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio — Fonvivienda mediante comunicación electrónica, donde informan que: “Al señor Nelson Johan Hernandez Diaz con CC 1098617145 con código de familia No. 546870, esta solicitud se realiza debido a que se diligencio mal el municipio, se marcó Santander - Bucaramanga siendo el correcto Santander - Girón.”. Que la novedad reportada por Bancolombia al Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioFONVIVIENDA, fue dirigida a TransUnión mediante Solicitud de Corrección de Información de Hogares Mi Casa Ya. Que mediante peticiones realizadas por Credifamilia al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio — Fonvivienda mediante comunicaciones electrónicas, donde informan que: “A la señora Maria Liliana Moyano Perez con CC 41790068 con código de familia No. 327374, esta solicitud se realiza debido a que se diligencio mal el municipio, se marcó Atlántico - Soledad siendo el correcto Atlántico - Barranquilla”. “A la señora Mayerlis Jaraba Altamar con CC 1001944438 con código de familia No.

No. 327374, esta solicitud se realiza debido a que se diligencio mal el municipio, se marcó Atlántico - Soledad siendo el correcto Atlántico - Barranquilla”. “A la señora Mayerlis Jaraba Altamar con CC 1001944438 con código de familia No. 531233, esta solicitud se realiza debido a que se diligencio mal el municipio, se marcó Atlántico - Soledad siendo el correcto Atlántico - Barranquilla”. Que las novedades reportadas por Bancolombia al Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioFONVIVIENDA, fueron dirigidas a TransUnión mediante Solicitudes de Corrección de Información de Hogares Mi Casa Ya. Que una vez verificada la información de los hogares que reposan en la base de datos del Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda, se observa que se incurrió en un error por parte del Fondo Nacional del Ahorro, Bancolombia y Credifamilia, quienes son las entidades financieras que capturaron la información en el aplicativo TransUnión — Mi Casa Ya. Que una vez TransUnión (antes CIFIN), entidad administradora del aplicativo dispuesto para las entidades financieras, realizó las correcciones solicitadas y se reflejaron en el sistema el cambio de municipio para los hogares, se hace necesario realizar la corrección en los actos administrativos. Que el Artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en su parte pertinente dispone: “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el

los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”. Calle 18 No. 7 — 59 Bogotá, Colombia Versión: 5.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 3313 Fecha:10/06/2020 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-11 Página 2 de 3Resolución No. 2421 Del 24 SEPTIEMBRE 2020 Hoja No. 3 “Por medio de la cual se corrigen parcialmente las Resoluciones No. 292 de 2019; 1402, 1499 de 2020 de hogares beneficiarios del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social — Mi Casa Ya” Que dado que las inconsistencias relacionadas en el considerando anterior corresponden a errores de hecho que no inciden en el sentido de la decisión, resulta procedente corregir el municipio de los hogares asignados en la Resolución No. 737 de 2020, a los cuales se les relacionó el municipio diferente al del lugar del proyecto para el cual se postularon. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Corregir parcialmente las Resoluciones No. 292 de 2019; 1402, 1499 de 2020 del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social — Mi Casa ya, en el sentido de dejar correctamente el dato del Departamento y Municipio como se indica a continuación:

1402, 1499 de 2020 del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social — Mi Casa ya, en el sentido de dejar correctamente el dato del Departamento y Municipio como se indica a continuación: . Depto — Depto | Mcipio Id Hogar | Res. | Fecha Resol | — Cédula Nombre parar | Mcipio Error | Neblo | N 1122046205 | y dasquer Reyes 267769 | 292 | 12/04/2019 o Ajo Meta | Villavicencio | Meta | Acacias 1121844893 a Salgado Mendoza Nelson Johan 546870 | 1402 | 22/07/2020 | 1098617145 Hernandez Diaz Santander | Bucaramanga | Santander Giron Maria Lilia Moyano 327374 | 1499 | 20/07/2020 | 41790068 De Perea Atlántico | Soledad | Atántico | Barranquila 531233 | 1499 | 29/07/2020 | 1001944438 Aoeryee arca Atlántico Soledad | Atlántico | Barranquilla ARTÍCULO SEGUNDO: Los demás acápites y apartes de las Resoluciones No. 292 de 2019; 1402, 1499 de 2020 continúan vigentes y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado.

ARTÍCULO TERCERO: Notifíquese mediante correo electrónico el contenido del presente acto administrativo a los hogares citados en el artículo primero de la presente resolución en la forma prevista en el numeral 1 del artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, haciéndoles saber que contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno.

ARTÍCULO CUARTO: Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo

de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, haciéndoles saber que contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno.

ARTÍCULO CUARTO: Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo Matriz, Fideicomiso — Programa de Acceso a la Vivienda de Interés Social Mi Casa Ya, de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia mercantil No. 421 de 2015 suscrito con Fiduciaria de Occidente.

ARTÍCULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de su expedición.

NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 24 SEPTIEMBRE 2020 ,

ERLES E ESPINOSA

Director Ejecutive.de Fonvivienda

Proyectó: Iván García

Revisó: Milagros Comas / Daniel Contreras

Calle 18 No. 7 — 59 Bogotá, Colombia Versión: 5.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 3313 Fecha:10/06/2020 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-11 Página 3 de 3

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