MINVIVIENDA - Resolución 3198 de 2021
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 3198 de 2021
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2021
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda Republica de Colombia RESOLUCION NUMERO (3198) 29 OCTUBRE 2021 “Por la cual se la amplía fecha de cierre de la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda Rural del Programa Vivienda Social, ubicados en el departamento de Putumayo en los municipios de Orito y Valle del Guamuez, en la modalidad de Vivienda Nueva en Especie”. EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8 del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.4.3 del Decreto 1077 de 2015, y CONSIDERANDO Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8% del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda — FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio-de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 el Fondo Nacional de Vivienda administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los términos del
2019 estableció que a partir del año 2020 el Fondo Nacional de Vivienda administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los términos del artículo 6 de la Ley 1537 de 2012. Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015 el Fondo Nacional de Vivienda — Fonvivienda celebró con La Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. — Fiduagraria S.A. el contrato de fiducia mercantil Nro. 027 de 2020, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso — Programa de Promoción de Vivienda Rural, por medio del cual se realizará la administración de los Recursos que transfiera el Fideicomitente o que, en general, se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda rural, destinada a la atención de hogares a los que se refiere Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 3300 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 1 de 3 D,Resolución No. 3198 Del 29 OCTUBRE 2021 Hoja No. 2 “Por la cual se la amplía fecha de cierre de la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda Rural del Programa Vivienda Social, ubicados en el departamento de Putumayo en los municipios de Orito y Valle del Guamuez, en la modalidad de Vivienda Nueva en Especie”.
hogares al Subsidio Familiar de Vivienda Rural del Programa Vivienda Social, ubicados en el departamento de Putumayo en los municipios de Orito y Valle del Guamuez, en la modalidad de Vivienda Nueva en Especie”. el Programa de Promoción de Vivienda Rural, de conformidad con las normas que le sean aplicables y de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, y/o los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo. Que los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, establecen las condiciones para el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural y las restricciones para la postulación y posterior asignación del subsidio familiar de vivienda rural. Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la resolución 0536 del 19 de octubre de 2020, por la cual se reglamentan los artículos 2.1.10.1.1.1.1; 2.1.10.1.1.4.3; 2.1.10.1.1.4.6 y 2.1.10.1.1.5.1 del Título 10 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015. Que mediante Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 012 de 2021 en virtud de lo establecido en el literal B, de la cláusula quinta, suscrito entre el Fondo Nacional de Vivienda — Fonvivienda, el Departamento de Putumayo y el Municipio de Orito es adelantar el proceso de recolección y verificación de la información de los
Nacional de Vivienda — Fonvivienda, el Departamento de Putumayo y el Municipio de Orito es adelantar el proceso de recolección y verificación de la información de los hogares focalizados como potencialmente beneficiarios, de acuerdo con los listados emitidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, con el fin de registrar la información requerida por FONVIVIENDA para iniciar el proceso de postulación al SFVR en la modalidad de vivienda nueva en especie. Que así mismo, mediante Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 016 de 2021 en virtud de lo establecido en el literal B, de la cláusula quinta, suscrito entre el Fondo Nacional de Vivienda — Fonvivienda, el Departamento de Putumayo y el Municipio de Valle del Guamuez es adelantar el proceso de recolección y verificación de la información de los hogares focalizados como potencialmente beneficiarios, de acuerdo con los listados emitidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, con el fin de registrar la información requerida por FONVIVIENDA para iniciar el proceso de postulación al SFVR en la modalidad de vivienda nueva en especie. De conformidad con el artículo 18 y 26 del Resolución No. 0536 del 19 de octubre de 2020, El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio priorizará los posibles hogares beneficiarios y las autoridades locales validarán la información. De acuerdo con lo anterior, la Subdirección de Política y Apoyo Técnico de la Dirección de Vivienda Rural mediante correo electrónico de fecha 6 de octubre de 2021, remitió listado definitivo de hogares potenciales beneficiarios de los SFVR, para la asignación y ejecución de los subsidios familiares de vivienda rural. Que de acuerdo a lo anterior, el Fondo Nacional de Vivienda expidió la resolución
2021, remitió listado definitivo de hogares potenciales beneficiarios de los SFVR, para la asignación y ejecución de los subsidios familiares de vivienda rural. Que de acuerdo a lo anterior, el Fondo Nacional de Vivienda expidió la resolución No. 3037 del 13 de octubre de 2021, mediante la cual se fijaron fechas de apertura el miércoles 13 de octubre de 2021 y cierre el 29 de octubre de 2021 para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda Rural del Programa Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 3300 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 2de3 _/Resolución No. 3198 Del 29 OCTUBRE 2021 Hoja No. 3 “Por la cual se la amplía fecha de cierre de la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda Rural del Programa Vivienda Social, ubicados en el departamento de Putumayo en los municipios de Orito y Valle del Guamuez, en la modalidad de Vivienda Nueva en Especie”. Vivienda Social para el Campo, ubicados en el departamento de Putumayo en los municipios de Orito y Valle del Guamuez, en la modalidad de Vivienda Nueva en Especie. Que de acuerdo al correo electrónico recibido el 28 de octubre de 2021 por la ingeniera de sistemas de la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Ministerio de Vivienda, se evidencia baja participación en la postulación de hogares, por lo que es necesario ampliar la fecha de postulación. Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Comunicaciones del Ministerio de Vivienda, se evidencia baja participación en la postulación de hogares, por lo que es necesario ampliar la fecha de postulación. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Ampliar el plazo de recepción de postulaciones al subsidio familiar de vivienda rural, ante las respectivas entidades territoriales, de los hogares potenciales beneficiarios relacionados en el listado remitido por la Subdirección de Política y Apoyo Técnico de la Dirección de Vivienda Rural de fecha 6 de octubre de 2021, hasta el martes 30 de noviembre de 2021. ARTÍCULO SEGUNDO. El Municipio de Orito — Putumayo realizará el proceso de postulación de los hogares potencialmente beneficiarios en atención al Convenio interadministrativo No. 012 de 2021 suscrito con el Fondo Nacional de Vivienda. ARTÍCULO TERCERO. El Municipio de Valle del Guamuez — Putumayo realizará el proceso de postulación de los hogares potencialmente beneficiarios en atención al Convenio interadministrativo No. 013 de 2021 suscrito con el Fondo Nacional de Vivienda ARTÍCULO CUARTO. Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo Fideicomiso Fiduagraria S.A. y a las entidades territoriales. ARTÍCULO QUINTO. La presente Resolución será publicada en el Diario Oficial, conforme lo dispuesto en los artículos 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto 1077 de 2015. ARTÍCULO SEXTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogo! a OCTUBRE 2021
Erles E, Espinosa
ARTÍCULO SEXTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogo! a OCTUBRE 2021
Erles E, Espinosa Director Ejecutivo del o Nacional de Vivienda
Proyectó: Yeny Andrea Pachón Alonso.
Revisó: Andrei Alexander Suárez Moreno.
Aprobó: Daniel Contreras
Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 3300 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 3de3 _/