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MINVIVIENDA - Resolución 3416 de 2020

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 3416 de 2020
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2020

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda Republica de Colombia RESOLUCION NUMERO (3416) 04 DICIEMBRE 2020 “Por la cual se fija fecha de apertura y cierre de convocatoria en cumplimiento de un fallo de tutela para la postulación de hogar al Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita fase Il para el proyecto Rincon Quindiano en el municipio de Genova departamento de Quindío” EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8 del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.2.1.2.5 del Decreto 1077 de 2015, y CONSIDERANDO Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8° del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda — FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Que se expidió la Ley 1537 de 2012, “Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda”, cuyo objeto es “señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda”.

proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda”. Que en el artículo 12 de la referida Ley, se determina que las viviendas resultantes de los proyectos que se financien con los recursos destinados a otorgar subsidios familiares de vivienda por parte del Gobierno Nacional, se podrán asignar a título de subsidio en especie a los beneficiarios que cumplan con los requisitos de priorización y focalización que establezca el Gobierno Nacional. Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley 1537 de 2012 el Fondo Nacional de Vivienda — Fonvivienda celebró con Consorcio Alianza - Colpatria el contrato de fiducia mercantil Nro. 325 de 2015, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso — Programa De Vivienda Gratuita II, Calle 18 No. 7 — 59 Bogotá, Colombia Versión: 5.0 Conmutador (571) 332 34 34 Fecha:10/06/2020 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-11 Página 1 de 3Resolución No. 3416 Del 04 DICIEMBRE 2020 Hoja No. 2 “Por la cual se fija fecha de apertura y cierre de convocatoria en cumplimiento de un fallo de tutela para la postulación de hogar al Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita fase Il para el proyecto Rincon Quindiano en el municipio de Genova departamento de Quindío” por medio del cual se realizará la administración de los Recursos que transfiera el

de Vivienda Gratuita fase Il para el proyecto Rincon Quindiano en el municipio de Genova departamento de Quindío” por medio del cual se realizará la administración de los Recursos que transfiera el Fideicomitente o que se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda de interés social prioritaria urbana, destinadas a la atención de hogares a los que se refiere la Ley 1537 de 2012 y las normas que la modifiquen, adicionen, subroguen o reglamenten, conforme a las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, a través de los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo Matriz. Que mediante Resolución No. 0604 del 25 de Julio de 2012, el Fondo Nacional de Vivienda, en cumplimiento del artículo 5% de la Ley 1537 de 2012, realizó la distribución de cupos de recursos, para la asignación de subsidios familiares de vivienda en especie, con base en los criterios de distribución establecidos en la Resolución No. 0502 de 2012, modificada por la Resolución 0120 de 2013 expedidas por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que mediante Resoluciones Nos. 0013, 0103, 0114, 0532, 0880 de 2013 y 1336 de 2014 el Fondo Nacional de Vivienda efectuó redistribución de cupos de recursos, para la asignación de subsidios familiares de vivienda en especie, con base en los criterios establecidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que los artículos 2.1.1.2.1.2.5 y 2.1.1.2.1.2.6 del Decreto 1077 de 2015, establecen

criterios establecidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que los artículos 2.1.1.2.1.2.5 y 2.1.1.2.1.2.6 del Decreto 1077 de 2015, establecen que la postulación de hogares al subsidio familiar de vivienda se realizará a través del operador designado. Que en virtud de lo establecido en el Contrato de Encargo de Gestión suscrito entre el Fondo Nacional de Vivienda — Fonvivienda y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar — CAVIS UT, se incluyó la operación del Programa de Vivienda Gratuita para que ésta se realizara a través de las Cajas de Compensación Familiar del país. Que en atención con lo ordenado por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Armenia - Quindio, el cual dispuso tutelar el derecho a la vivienda digna del señor Henry Morillo Martínez identificado con cedula de ciudadanía N 9801678. Así mismo, nos ordena permitir la postulación del hogar, realizar el estudio de cumplimiento de requisitos y determinar “la procedencia en su inclusión o no en la solución de vivienda Rincón Quindiano. “Una vez se defina la participación en el sorteo, las entidades encargadas, podrán dar continuidad a las etapas faltantes, para la selección de beneficiarios y asignación de viviendas.” Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Convocar al hogar de señor Henry Morillo Martínez identificado con cedula de ciudadanía N 9801678.que se encuentra habilitado para que presente su postulación al subsidio familiar de vivienda en especie, ante una Caja

ARTÍCULO PRIMERO.- Convocar al hogar de señor Henry Morillo Martínez identificado con cedula de ciudadanía N 9801678.que se encuentra habilitado para que presente su postulación al subsidio familiar de vivienda en especie, ante una Caja Calle 18 No. 759 Bogotá, Colombia Versión: 5.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 2026 Fecha:10/06/2020 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-11 Página 2 de 3Resolución No. 3416 Del 04 DICIEMBRE 2020 Hoja No. 3 “Por la cual se fija fecha de apertura y cierre de convocatoria en cumplimiento de un fallo de tutela para la postulación de hogar al Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita fase Il para el proyecto Rincon Quindiano en el municipio de Genova departamento de Quindío” de Compensación Familiar del municipio donde residen, para el proyecto y componente poblacional que se relacionan a continuación, en las siguientes fechas: Apertura: Lunes, 07 de diciembre de 2020.

Cierre: Miércoles, 09 de diciembre de 2020.

DEPARTAMENTO MUNICIPIO PROYECTO QUINDIO GÉNOVA RINCON QUINDIANO ARTÍCULO SEGUNDO.- Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo Matriz Fideicomiso Programa de Vivienda Gratuita Consorcio Alianza Colpatria y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar — Cavis UT, en el desarrollo del contrato de encargo de gestión suscrito con Fonvivienda. ARTÍCULO TERCERO.-La presente Resolución será publicada en el Diario Oficial,

Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar — Cavis UT, en el desarrollo del contrato de encargo de gestión suscrito con Fonvivienda. ARTÍCULO TERCERO.-La presente Resolución será publicada en el Diario Oficial, conforme lo dispuesto en los artículos 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto 1077 de 2015. ARTÍCULO CUARTO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. alos 04 DICIEMBRE 2020 Erles E. Espinosa Director Ejecutivo de Fonvivien

Proyectó: Rocio Peña.

Aprobó: Daniel Contreras

Calle 18 No. 759 Bogotá, Colombia Versión: 5.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 2026 Fecha:10/06/2020 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-11 Página 3 de 3

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