MINVIVIENDA - Resolución 3470 de 2020
Ministerio de Vivienda
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 3470 de 2020
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2020
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda Republica de Colombia RESOLUCION NUMERO (3470) 10 DICIEMBRE 2020 “Por la cual se aclara parcialmente la Resolucion N° 1673 del 13 de agosto de 2020 en la cual se estableció fecha de apertura a la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita fase II” EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8 del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.2.1.2.5 del Decreto 1077 de 2015, y CONSIDERANDO Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8° del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda — FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Que se expidió la Ley 1537 de 2012, “Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda”, cuyo objeto es “señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda”.
proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda”. Que en el artículo 12 de la referida Ley, se determina que las viviendas resultantes de los proyectos que se financien con los recursos destinados a otorgar subsidios familiares de vivienda por parte del Gobierno Nacional, se podrán asignar a título de subsidio en especie a los beneficiarios que cumplan con los requisitos de priorización y focalización que establezca el Gobierno Nacional. Calle 18 No. 7 — 59 Bogotá, Colombia Versión: 5.0 Conmutador (571) 332 34 34 Fecha:10/06/2020 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-11 Página 1 de 3Resolución No. 3470 Del 10 DICIEMBRE 2020 Hoja No. 2 “Por la cual se aclara parcialmente la Resolución N 1673 del 13 de agosto de 2020 en la cual se estableció fecha de apertura a la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita fase II” Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley 1537 de 2012 el Fondo Nacional de Vivienda — Fonvivienda celebró con Consorcio Alianza - Colpatria el contrato de fiducia mercantil Nro. 325 de 2015, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso — Programa De Vivienda Gratuita II, por medio del cual se realizará la administración de los Recursos que transfiera el
contrato de fiducia mercantil Nro. 325 de 2015, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso — Programa De Vivienda Gratuita II, por medio del cual se realizará la administración de los Recursos que transfiera el Fideicomitente o que se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda de interés social prioritaria urbana, destinadas a la atención de hogares a los que se refiere la Ley 1537 de 2012 y las normas que la modifiquen, adicionen, subroguen o reglamenten, conforme a las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, a través de los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo Matriz. Que Fonvivienda expidió la Resolución No. 1673 del 13 de agosto de 220, Por la cual se fija fecha de apertura para tres (3) proyectos en la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, ubicados en los departamentos de Magdalena y Nariño en el marco del Programa de Vivienda Gratuita — Fase II”, dentro de la cual se estableció fecha de apertura de convocatoria el martes 18 de julio de 2020. Que el mes señalado de apertura de la convocatoria fue julio, mes que no es el correspondiente y que la fecha correcta es el 18 de agosto de 2020, por lo cual se hace necesario aclarar dicho acto administrativo. Que el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, establece: “Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales
Que el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, establece: “Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.” Que teniendo en cuenta que la situación presentada sobre la fecha de apertura, a un error involuntario y no incide en el sentido de la decisión, se hace necesario aclarar la Resolución No. 1673 del 13 de agosto de 2020. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar la fecha de apertura para tres (3) proyectos de la convocatoria abierta mediante Resolución No. 1673 del 13 de agosto de 2020, para los hogares potenciales beneficiarios habilitados por Prosperidad Social, para los proyectos que se relaciona a continuación: Apertura: Martes, 18 de agosto de 2020. Calle 18 No. 759 Bogotá, Colombia Versión: 5.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 2026 Fecha:10/06/2020 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-11 Página 2 de 3Resolución No. 3470 Del 10 DICIEMBRE 2020 Hoja No. 3 “Por la cual se aclara parcialmente la Resolución N 1673 del 13 de agosto de 2020 en la cual se
Página 2 de 3Resolución No. 3470 Del 10 DICIEMBRE 2020 Hoja No. 3 “Por la cual se aclara parcialmente la Resolución N 1673 del 13 de agosto de 2020 en la cual se estableció fecha de apertura a la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita fase II” N° [DEPARTAMENTO | MUNICIPIO — [PROYECTO COMPONENTE E PE E ald 2 | MAGDALENA SANTA ANA |DRBANZACIONVILLA - | DESPLAZADOS Y 3 NARIÑO POTOSÍ URBANIZACIÓN VILLA | DESPLAZADOS Y ARTÍCULO SEGUNDO. - Los demás acápites y apartes de la Resolución No. 1673 del 13 de agosto de 2020 expedida por Fonvivienda, no sufren modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado. ARTÍCULO TERCERO.- Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo Matriz Fideicomiso Programa de Vivienda Gratuita Consorcio Alianza Colpatria y la Unión Temporal de Cajas de Compensación Familiar — Cavis UT, en el desarrollo del contrato de encargo de gestión suscrito con Fonvivienda. ARTÍCULO CUARTO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. a los 10 DICIEMBRE 2020 Erles E. Espinosa
Directot Ejechtivo de Fonvivien: Proyectó: Rocio Peña.
Aprobó: Daniel Contreras
Calle 18 No. 759 Bogotá, Colombia
Erles E. Espinosa
Directot Ejechtivo de Fonvivien: Proyectó: Rocio Peña.
Aprobó: Daniel Contreras
Calle 18 No. 759 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 2026 www.minvivienda.gov.co
Version: 5.0
Fecha: 10/06/2020
Código: GDC-PL-11
Página 3 de 3