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MINVIVIENDA - Resolución 3535 de 2021

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 3535 de 2021
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2021

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda Republica de Colombia RESOLUCION NUMERO (3535) 24 de noviembre de 2021 “Por la cual se fija fecha de apertura y cierre en la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda Rural aplicable a los ex integrantes de las FARCEP que se encuentran dentro de la Ruta de Reincorporación y están en los antiguos Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación (antiguos ETCR) -“Llano Grande”, ubicados en el departamento de Antioquia en el municipio de Dabeiba, en la modalidad de Vivienda Nueva en Especie”. EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8 del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.4.3 del Decreto 1077 de 2015, y CONSIDERANDO Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8% del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda — FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio-de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 el Fondo Nacional de Vivienda

Ministerio-de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 el Fondo Nacional de Vivienda administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los términos del artículo 6 de la Ley 1537 de 2012. Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015 el Fondo Nacional de Vivienda — Fonvivienda celebró con La Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. — Fiduagraria S.A. el contrato de fiducia mercantil Nro. 027 de 2020, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso — Programa de Promoción de Vivienda Rural, por medio del cual se realizará la administración de los Recursos que transfiera el Fideicomitente o que, en general, se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda rural, destinada a la atención de hogares a los que se refiere Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 3300 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 1 de 3 D,Resolución No. 3535 Del 24/11/2021 Hoja No. 2 “Por la cual se fija fecha de apertura y cierre en la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda Rural aplicable a los ex integrantes de

“Por la cual se fija fecha de apertura y cierre en la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda Rural aplicable a los ex integrantes de las FARCEP que se encuentran dentro de la Ruta de Reincorporación y están en los antiguos Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación (antiguos ETCR) -“Llano Grande”, ubicados en el departamento de Antioquia en el municipio de Dabeiba, en la modalidad de Vivienda Nueva en Especie”. el Programa de Promoción de Vivienda Rural, de conformidad con las normas que le sean aplicables y de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, y/o los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo. Que los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, establecen las condiciones para el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural y las restricciones para la postulación y posterior asignación del subsidio familiar de vivienda rural. Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la resolución 094 del 10 de marzo de 2021, por la cual se reglamentan los artículos 2.1.10.1.1.1.1.; 2.1.10.1.1.4.3.; 2.1.10.1.1.4.6. y 2.1.10.1.1.5.1 del Título 10 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015, en lo referente a las condiciones particulares del Subsidio Familiar de Vivienda Rural aplicable a los ex integrantes de las FARCEP que se

del Decreto 1077 de 2015, en lo referente a las condiciones particulares del Subsidio Familiar de Vivienda Rural aplicable a los ex integrantes de las FARCEP que se encuentran dentro de la Ruta de Reincorporación y ubicados en los antiguos Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación (antiguos ETCR). Que el Fondo Nacional de Vivienda y 2021 la Agencia para la Reincorporación y la Normalización — ARN suscribieron el Convenio Interadministrativo No. 1194 de 2021 cuyo objeto se circunscribe a: “Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y operativos entre el FONDO NACIONAL DE VIVIENDA FONVIVIENDA y la 2021 la AGENCIA PARA LA REINCORPORACIÓN Y LA NORMALIZACIÓN — ARN para llevar acabo procesos tendientes al suministro, intercambio y transferencia de información necesaria para la implementación de las gestiones que en materia de habitabilidad y vivienda desarrollen las Partes en beneficio de la población objeto de atención de la ARN” Que de conformidad con el artículo 10 de la Resolución 094 de 2021 la Agencia para la Reincorporación y la Normalización — ARN identificó los hogares potencialmente beneficiarios, en atención al orden de priorización del artículo 11 de la citada resolución. Que la Agencia para la Reincorporación y la Normalización —ARN elaboró un listado de potenciales beneficiarios y los remitió al Fondo Nacional de Vivienda (FONVIVIENDA), posteriormente el Fondo Nacional de Vivienda envió invitación a la postulación al subsidio familiar de vivienda rural a los reseñados hogares, invitación que fue remitida a la ARN el día 25 de noviembre de la presente anualidad. Que en mérito de lo expuesto,

postulación al subsidio familiar de vivienda rural a los reseñados hogares, invitación que fue remitida a la ARN el día 25 de noviembre de la presente anualidad. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Convocar a los hogares potencialmente beneficiarios ex integrantes de las FARCEP que se encuentran dentro de la Ruta de Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 3300 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 2de3 _/Resolución No. 3535 Del 24/11/2021 Hoja No. 3 “Por la cual se fija fecha de apertura y cierre en la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda Rural aplicable a los ex integrantes de las FARCEP que se encuentran dentro de la Ruta de Reincorporación y están en los antiguos Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación (antiguos ETCR) -“Llano Grande”, ubicados en el departamento de Antioquia en el municipio de Dabeiba, en la modalidad de Vivienda Nueva en Especie”. Reincorporación y están en los antiguos Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación (antiguos ETCR) -“Llano Grande”, ubicados en el departamento de Antioquia en el municipio de Dabeiba relacionados en el listado remitido por la Agencia para la Reincorporación y la Normalización — ARN, a los cuales se le envió carta de invitación a la postulación por parte del Fondo Nacional de Vivienda, para que presenten sus postulaciones al subsidio familiar de vivienda rural en la modalidad

Agencia para la Reincorporación y la Normalización — ARN, a los cuales se le envió carta de invitación a la postulación por parte del Fondo Nacional de Vivienda, para que presenten sus postulaciones al subsidio familiar de vivienda rural en la modalidad de Vivienda Nueva en Especie a partir de las siguientes fechas: Apertura: martes 30 de noviembre de 2021

Cierre: viernes 03 de diciembre de 2021

ARTÍCULO SEGUNDO. La Agencia para la Reincorporación y la Normalización — ARN realizará el proceso de postulación de los hogares potencialmente beneficiarios en atención al Convenio interadministrativo No. 1194 de 2021 suscrito con el Fondo Nacional de Vivienda y la Resolución 094 de 2021 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. ARTÍCULO TERCERO. Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo Fideicomiso Fiduagraria S.A. y a la Agencia para la Reincorporación y la Normalización — ARN. ARTÍCULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los 24 Noviembre de 2021 ¡A Erjes E, Espinosa Director Ejecutivo Hel Fondo Nacional de Vivienda

Proyectó: Andrei Alexander Suárez Moreno / Yeny Andrea Pachón

Aprobó: Daniel Contreras

Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 « Ext: 3300 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 3de3 _/

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