MINVIVIENDA - Resolución 4209 de 2021
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 4209 de 2021
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2021
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Fondo Nacional de Vivienda Republica de Colombia RESOLUCION NUMERO (4209) 28 DICIEMBRE 2021 “Por medio de la cual se modifican parcialmente las Resoluciones No. 0016 del 15 de enero del 2015 y 0410 del 17 de marzo de 2015, por medio de las cuales se asignan Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, a hogares beneficiarios seleccionados de manera directa y por sorteo respectivamente, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita en el proyecto Villa Marcela III del municipio de Sabanagrande en el Departamento de Atlántico” EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8 del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la Ley 1537 de 2012 y el artículo 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y CONSIDERANDO Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8% del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda — FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Que se expidió la Ley 1537 de 2012, “Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda”, cuyo objeto es “señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de
y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda”, cuyo objeto es “señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda”. Que en el artículo 12 de la referida Ley, se determina que las viviendas resultantes de los proyectos que se financien con los recursos destinados a otorgar subsidios familiares de vivienda por parte del Gobierno Nacional, se podrán asignar a título de subsidio en especie a los beneficiarios que cumplan con los requisitos de priorización y focalización que establezca el Gobierno Nacional. Que en el artículo 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto 1077 de 2015 establece que el Fondo Nacional de Vivienda expedirá acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda en especie, a los beneficiarios señalados en la resolución emitida por Prosperidad Social. Calle 17 No. 9 -36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 Fecha:17/03/2021 Nu www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 1 de 5Resolución No. 4209 Del 28 DICIEMBRE 2021 Hoja No. 2 / Por medio de la cual se modifican parcialmente las Resoluciones No. 0016 del 15 de enero del 2015 y 0410 del 17 de marzo de 2015, por medio de las cuales se asignan Subsidios Familiares de Vivienda en
/ Por medio de la cual se modifican parcialmente las Resoluciones No. 0016 del 15 de enero del 2015 y 0410 del 17 de marzo de 2015, por medio de las cuales se asignan Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, a hogares beneficiarios seleccionados de manera directa y por sorteo respectivamente, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita en el proyecto Villa Marcela III del municipio de Sabanagrande en el Departamento de Atlántico” Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley 1537 de 2012 el Fondo Nacional de Vivienda — Fonvivienda celebró con Fiduciaria Bogotá el contrato de fiducia mercantil Nro. 302 de 2012, con el objeto de constituir el patrimonio autónomo denominado FIDEICOMISO — PROGRAMA DE VIVIENDA GRATUITA, por medio del cual se realizará la administración de los recursos y otros bienes, para la ejecución de actividades en materia de vivienda de interés prioritario destinadas a la atención de hogares a los que se refiere la Ley 1537 de 2012 y la Sección 2.1.1.2.1. del decreto 1077 de 2015 y las normas que modifiquen, sustituyan, adicionen o reglamenten, y que para todos los efectos legales se tendrá como un Patrimonio Autónomo Matriz (PAM). Que el Fondo Nacional de Vivienda expidió las siguientes resoluciones de asignación de Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, a hogares seleccionados de manera directa y por sorteo por Prosperidad Social el marco del Programa de Vivienda Gratuita en el proyecto Villa Marcela lll - del municipio de Sabanagrande en el Departamento de Atlántico:
directa y por sorteo por Prosperidad Social el marco del Programa de Vivienda Gratuita en el proyecto Villa Marcela lll - del municipio de Sabanagrande en el Departamento de Atlántico: Resolución de asignación Fecha de asignación Hogares asignados 0016 15/01/2015 23 0410 17/03/2015 43 Total Subsidios Asignados 66 Que el Fondo Nacional de Vivienda expidió los mencionados actos administrativos en los que se asignaron un total de sesenta y seis (66) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, a hogares beneficiarios, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita en el proyecto Villa Marcela III del municipio de Sabanagrande en el Departamento de Atlántico. Que en la parte considerativa y resolutiva de los mencionados actos administrativos se establecieron los valores totales de los recursos asignados como Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, destinados a la solución de vivienda de los hogares que cumplieron los requisitos establecidos en la sección 2.1.1.2.1. del Decreto 1077 de 2015, asciende a la suma de dos mil seiscientos un millones novecientos ochenta y cuatro mil pesos m/cte. ($ 2.601.984.000) distribuidos así: LC Fecha Asignación Valor Total Asignación SFVE 0016 15/01/2015 $906.752.000,00 0410 17/03/2015 $1.695.232.000,00
TOTAL VALOR RECURSOS ASIGNADOS $2.601.984.000,00
Que teniendo en cuenta el correo electrónico del 11 de mayo de 2021 suscrito por Fiduciaria Bogotá donde pone en conocimiento que se debe aclarar y modificar las
TOTAL VALOR RECURSOS ASIGNADOS $2.601.984.000,00
Que teniendo en cuenta el correo electrónico del 11 de mayo de 2021 suscrito por Fiduciaria Bogotá donde pone en conocimiento que se debe aclarar y modificar las resoluciones de asignación mencionadas para el proyecto Villa Marcela lll del municipio de Sabanagrande en el Departamento de Atlántico, indicando el valor del salario mínimo legal vigente (SMLV) correspondiente a la vigencia en la que el constructor realizó la entrega de la vivienda. Calle 17 No. 9 — 36 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 www.minvivienda.gov.co
Versión: 6.0
Fecha: 17/03/2021
Código: GDC-PL-11
Página 2 de 5Resolución No. 4209 Del 28 DICIEMBRE 2021 Hoja No. 3 / Por medio de la cual se modifican parcialmente las Resoluciones No. 0016 del 15 de enero del 2015 y 0410 del 17 de marzo de 2015, por medio de las cuales se asignan Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, a hogares beneficiarios seleccionados de manera directa y por sorteo respectivamente, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita en el proyecto Villa Marcela III del municipio de Sabanagrande en el Departamento de Atlántico” Que de acuerdo al acta de entrega a satisfacción del proyecto por parte del Contratista de obra a la Fiduciaria Bogotá con aval de Fonade, en donde se estipula que la fecha de terminación del contrato fue 30 de enero de 2015, con un valor final de $4.536.224.000. Que el acta N 107 del 26 de octubre de 2021 del comité Financiero — Fidecomiso
de terminación del contrato fue 30 de enero de 2015, con un valor final de $4.536.224.000. Que el acta N 107 del 26 de octubre de 2021 del comité Financiero — Fidecomiso Programa de Vivienda Gratuita, se aprueban los ajustes a las resoluciones de asignación para 20 proyectos, en donde se encuentra la del proyecto Villa Marcela III del municipio de Sabanagrande en el Departamento de Atlántico. Que con base en lo anterior se hace necesario modificar parcialmente la parte considerativa y resolutiva de las Resoluciones No. 0016 del 15 de enero del 2015 y 0410 del 17 de marzo de 2015, aclarando que el valor total de los recursos asignados como Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, destinados a las soluciones de vivienda de los hogares que cumplieron los requisitos establecidos en la sección 2.1.1.2.1 del Decreto 1077 de 2015, conforme a la vigencia de entrega de las viviendas por parte del constructor, correspondiente a la suma de dos mil setecientos veinte y un millones setecientos treinta y cuatro mil cuatrocientos pesos m(cte. ($2.721.734.400) calculados con base en el valor del Salario Mínimo Mensual Legal Vigente de la entrega de la vivienda por parte del Constructor, distribuidos así: Resolución Fecha Asignación Valor Total Asignación SFVE Fonvivienda 0016 15/01/2015 $948.483.200,00 0410 17/03/2015 $1.773.251.200,00
TOTAL VALOR RECURSOS ASIGNADOS $ 2.721.734.400,00
Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Modificar parcialmente la parte considerativa y resolutiva de las
TOTAL VALOR RECURSOS ASIGNADOS $ 2.721.734.400,00
Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Modificar parcialmente la parte considerativa y resolutiva de las Resoluciones No. 0016 del 15 de enero del 2015 y 0410 del 17 de marzo de 2015, por los motivos expuestos en las consideraciones del presente acto administrativo, en el sentido de ajustar el valor total de los recursos asignados como Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, destinados a la soluciones de vivienda de sesenta y seis (66) hogares que cumplieron los requisitos establecidos en la sección 2.1.1.2.1 del Decreto 1077 de 2015, el cual asciende a la suma de dos mil setecientos veinte y un millones setecientos treinta y cuatro mil cuatrocientos pesos micte. ($2.721.734.400), distribuidos así: No. Emoción NOMBRES Y APELLIDOS Valor SFVE 1| 26881389 MARTINA JUDITH ESCORCIA NAVARRO $ 41,238,400 2 | 73375839 RUBEN DARIO VANEGAS SUAREZ $ 41,238,400 3 | 1052730162 JHON FREDY MELGAREJO CUADRO $ 41,238,400 4 | 32746480 ASTRID ELENA CASTILLO BEDOYA $ 41,238,400 Calle 17 No. 9 — 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 3 de 5 NuResolución No. 4209 Del 28 DICIEMBRE 2021 Hoja No. 4
www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 3 de 5 NuResolución No. 4209 Del 28 DICIEMBRE 2021 Hoja No. 4 / Por medio de la cual se modifican parcialmente las Resoluciones No. 0016 del 15 de enero del 2015 y 0410 del 17 de marzo de 2015, por medio de las cuales se asignan Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, a hogares beneficiarios seleccionados de manera directa y por sorteo respectivamente, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita en el proyecto Villa Marcela III del municipio de Sabanagrande en el Departamento de Atlántico” Nu No. Identificación NOMBRES Y APELLIDOS Valor SFVE 5 | 22605426 ELENA ESTHER LORA LARA $ 41,238,400 6 | 26859060 GRIMILDA ROSA CASTRO GARIZABALO $ 41,238,400 7 | 26858814 ROSA VIRGINIA WILCHES ROSELLON $ 41,238,400 8 | 85487554 LUIS CARLOS TORRIJO GAMARRA $ 41,238,400 9 | 32889911 EVERLIDES ESTHER RODRIGUEZ CRESPO $ 41,238,400 10 | 26852848 MARIA ESTHER OTALORA VERA $ 41,238,400 11 | 26858979 AIDA LUZ CANTILLO CANTILLO $ 41,238,400 12 | 26853069 HIBETH DEL CARMEN CAMACHO SIMMONDS $ 41,238,400 13 | 26853620 ROSIBEL GONZALEZ ACOSTA $ 41,238,400 14 | 26853400 NOHORA BERTHA BALZA DELGADO $ 41,238,400 15 | 22605750 JARELYS PATRICIA LOPEZ ALBOR $ 41,238,400
14 | 26853400 NOHORA BERTHA BALZA DELGADO $ 41,238,400 15 | 22605750 JARELYS PATRICIA LOPEZ ALBOR $ 41,238,400 16 | 22606431 BLEIDIS YOJANA MALDONADO FERREIRA $ 41,238,400 17 | 23238355 BABELIS DEL CARMEN CUADRO SOLANO $ 41,238,400 18 | 45577639 MARLIDES ERNEDES MONTERROSA ALDANA $ 41,238,400 19 | 26853698 BERENA DEL CARMEN POLO SIERRA $ 41,238,400 20| 85050365 JOSE GREGORIO GONZALEZ ACOSTA $ 41,238,400 2112410107 ACKAY ELIAS HAYDAR DE LA CRUZ $ 41,238,400 22 | 85050733 NICOLAS MANUEL ACOSTA BOLIVAR $ 41,238,400 23| 5078891 JARIS ALBERTO GONZALEZ ESCORCIA $ 41,238,400 24 | 1042350799 LEIDIS JOHANA GUTIERREZ UTRIA $ 41,238,400 25 | 1042349907 ANDY DE JESUS PACHECO CONRADO $ 41,238,400 26 | 72098908 ALFREDO RAFAEL POLO GUTIERREZ $ 41,238,400 27 | 1001830554 IDALIS MARIA MORENO PACHECO $ 41,238,400 28| 3758845 WILLIAM RAFAEL MARTINEZ PADILLA $ 41,238,400 29 | 32868070 ANA ROSA QUIROZ JIMENEZ $ 41,238,400 30 | 22623308 LOURDES ESTHER ROLON GUZMAN $ 41,238,400 31| 22606926 PAOLA MARGARITA PUA MEJIA $ 41,238,400
30 | 22623308 LOURDES ESTHER ROLON GUZMAN $ 41,238,400 31| 22606926 PAOLA MARGARITA PUA MEJIA $ 41,238,400 32 | 22606472 LUZ MILA PEREZ MIRANDA $ 41,238,400 33 | 73094935 OMIR DE JESUS GARCIA RODRIGUEZ $ 41,238,400 34 | 49697968 ANA DOLORES GOMEZ CANTILLO $ 41,238,400 35 | 72099791 RAFAEL ANGEL TRUYOL DE LOS RIOS $ 41,238,400 36| 72098170 JUAN JOSE ALVARADO MONTENEGRO $ 41,238,400 ROQUELINA DEL ROSARIO MUÑOZ DE 37 | 39088385 BOBADILLO $ 41,238,400 38 | 22621094 YENNY CECILIA GONZALEZ ZURITA $ 41,238,400 39| 1047334819 LUIS ALFREDO PACHECO DE LA HOZ $ 41,238,400 40 | 72100147 DAVID ALFONSO PADILLA CABRERA $ 41,238,400 41 | 1042348122 CINDY MILENA DE VILLAR RINCON $ 41,238,400 42 | 1129519991 YINARIS PAOLA ASCENCIO SANTOYA $ 41,238,400 43 | 22605745 LUZ CARIME RUIZ CHARRIS $ 41,238,400 44 | 72096560 ARMANDO RAFAEL ROMERO TORRENEGRA $ 41,238,400 45 | 43669835 MONICA MARIA MURILLO MEDINA $ 41,238,400 46 | 26882250 MARIA TERESA BARRANCO BONETT $ 41,238,400 47 | 22606318 INGRYS FABIOLA PACHECO CONRADO $ 41,238,400
46 | 26882250 MARIA TERESA BARRANCO BONETT $ 41,238,400 47 | 22606318 INGRYS FABIOLA PACHECO CONRADO $ 41,238,400 48 | 22621395 LUZ MARINA ZAMBRANO HERNANDEZ $ 41,238,400 49 | 1047335473 JORGE LUIS PABOLA CORONADO $ 41,238,400 50 | 22622783 RITA ELENA ESQUIVEL GUTIERREZ $ 41,238,400 51|5055317 GASPAR RAFAEL VIZCAINO VIZCAINO $ 41,238,400 Calle 17 No. 9 — 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 www.minvivienda.gov.co
Fecha: 17/03/2021
Código: GDC-PL-11
Página 4 de 5 JResolución No. 4209 Del 28 DICIEMBRE 2021 Hoja No. 5 / Por medio de la cual se modifican parcialmente las Resoluciones No. 0016 del 15 de enero del 2015 y 0410 del 17 de marzo de 2015, por medio de las cuales se asignan Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, a hogares beneficiarios seleccionados de manera directa y por sorteo respectivamente, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita en el proyecto Villa Marcela III del municipio de Sabanagrande en el Departamento de Atlántico” No. Identificación NOMBRES Y APELLIDOS Valor SFVE 52 | 72096830 IVAN ALBERTO BARRIOS CONRADO $ 41,238,400 53| 72124476 JOSE DELJESUS BERMEJO BOLAÑO $ 41,238,400 54 | 1042347821 ROBIN EMILIO ARIAS ACOSTA $ 41,238,400
53| 72124476 JOSE DELJESUS BERMEJO BOLAÑO $ 41,238,400 54 | 1042347821 ROBIN EMILIO ARIAS ACOSTA $ 41,238,400 55 | 1042346653 LILIANA LEONOR SARMIENTO PACHECO $ 41,238,400 56 | 1042350098 MILLER JANIER ARIAS CANTILLO $ 41,238,400 57 | 26858885 MARILIS DEL CARMEN PERTUZ ROSELLON $ 41,238,400 58| 5094514 ROBERTO DE JESUS AHUMADA OROZCO $ 41,238,400 59 | 32582668 LEIDY DIANA OROZCO OSPINA $ 41,238,400 60 | 72098804 JHON JAIRO RANGEL GONZALEZ $ 41,238,400 61 | 22622852 LAUDIT BELEN ANDRADE FRIAS $ 41,238,400 62 | 26853715 DORA REBECA PABOLA BONETT $ 41,238,400 63 | 1042349733 ELENA PATRICIA PINEDA JIMENEZ $ 41,238,400 64 | 72096326 JOSE GABRIEL TOVAR ALVARADO $ 41,238,400 65 | 1042349797 LUIS ALBERTO VARGAS RODRIGUEZ $ 41,238,400 66 | 26688677 MERCEDES ELENA CASTRO ESCORCIA $ 41,238,400
TOTAL VALOR RECURSOS ASIGNADOS $2,721,734,400
Artículo 2. Los demás acápites y apartes de las Resoluciones No. 0016 del 15 de enero del 2015 y 0410 del 17 de marzo de 2015, no sufren modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado.
enero del 2015 y 0410 del 17 de marzo de 2015, no sufren modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado. Artículo 3. Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo Matriz, Fideicomiso — Programa de Vivienda Gratuita, de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia mercantil No.302 de 2012 suscrito con Fiduciaria Bogotá. Artículo 4. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. a los 28 DICIEMBRE 2021 Erles E. Espinosa Director Ejecttiyo de Fonvivienda
Proyectó: Lorena Rodriguez
Reviso: - Rocio Peña
Aprobó: - Marcela Rey
Calle 17 No. 9 — 36 Bogotá, Colombia Versión: 6.0 Conmutador (571) 332 34 34 Fecha:17/03/2021 www.minvivienda.gov.co Código: GDC-PL-11 Página 5 de 5 N J