MINVIVIENDA - Circular 0016 de 2025
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Circular 0016 de 2025
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2025
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Fondo Nacional de Vivienda Versión: 12 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/07/2024
PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-01
CIRCULAR NÚMERO ( ) DE
Bogotá D.C, 24 de octubre de 2025
PARA: OFERENTES DE PROYECTOS NUEVOS DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL Y
VIVIENDAS DE INTERÉS PRIORITARIO
DE: DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA –
FONVIVIENDA
ASUNTO: Convocatoria abierta en el marco de la “Estrategia de postulación, calificación, asignación y legalización del Subsidio Familiar de Vivienda urbana en la modalidad de adquisición de vivienda nueva ” reglamentada a través de la Resolución 0730 del 9 de octubre de 2025
En el marco de lo dispuesto en la Resolución 0730 del 9 de octubre 2025 y demás normas aplicables, se expide la presente convocatoria, mediante la cual se establecen las condiciones para la presentación y selección de proyectos de Vivienda de Interés Social (VIS) y de Interés Prioritario (VIP), con el fin de facilitar el acceso de los hogares compradores al Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de adquisición de vivienda nueva.
1. OBJETIVO DE LA CONVOCATORA La presente convocatoria tiene por objeto invitar a los oferentes/constructores de
al Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de adquisición de vivienda nueva.
1. OBJETIVO DE LA CONVOCATORA La presente convocatoria tiene por objeto invitar a los oferentes/constructores de proyectos de Vivienda de Interés Social y de Interés Prioritario (VIS y VIP) a registrar los proyectos que se encuentren ejecutando en municipios de categorías 3, 4, 5 y 6 o en aquellos donde la entidad territorial haya provisto el suelo, sin importar su categoría.
El registro tiene como finalidad identificar y seleccionar los proyectos que acrediten las mejores condiciones urbanísticas y habitacionales, de manera que los hogares compradores que cumplan los requisitos establecidos en la Resolución 0730 del 9 de 0016 24 octubre 2025Página 2 de 24
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octubre de 2025 y que enfrenten dificultades para completar el cierre financiero, puedan acceder al Subsidio Familiar de Vivienda para la adquisición de su vivienda.
2. ALCANCE DE LA CONVOCATORIA En esta convocatoria , los oferentes podrán presentar proyectos que cumplan, como mínimo, con los siguientes requisitos y condiciones: a) Ofertar viviendas nuevas de interés social (VIS) o de interés prioritario (VIP), de conformidad con los límites establecidos en la normatividad vigente. b) Estar localizados en municipios de categorías 3, 4, 5 y 6, o en aquellos donde la
conformidad con los límites establecidos en la normatividad vigente. b) Estar localizados en municipios de categorías 3, 4, 5 y 6, o en aquellos donde la entidad territorial haya provisto el suelo, sin importar su categoría. c) Contar con al menos diez (10) hogares compradores potencialmente beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda (SFV) vinculados al proyecto. d) Acreditar un avance de obra del proyecto igual o superior al 90%, mediante avalúo tipo con una vigencia no mayor a sesenta (60) días, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos en la presente convocatoria. e) Contar con licencias urbanísticas/de construcción ejecutoriadas y vigentes, incluyendo, cuando aplique, sus modificaciones y/o prórrogas.
3. PROCESO DE PRESENTACIÓN, CALIFICACIÓN Y SELECCIÓN DE PROYECTOS
3.1 REGISTRO DEL OFERENTE Para participar en la convocatoria los oferentes interesados deberán cumplir, como mínimo, con los siguientes requisitos:
1. Estar legalmente constituidos e inscritos en la Cámara de Comercio respectiva, para lo cual, deberá n aportar el certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición no mayor a noventa (90) días. En dicho documento se verificará lo siguiente: Aspecto Información a verificar Identificación Nombre o razón social, NIT, tipo societario, fecha de constitución.
Duración de la sociedad Vigencia activa, no disuelta ni en liquidación. Su duración no deberá ser inferior al 2031. Objeto social Que incluya actividades de construcción, urbanismo, desarrollo de vivienda o similares.Página 3 de 24
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no deberá ser inferior al 2031. Objeto social Que incluya actividades de construcción, urbanismo, desarrollo de vivienda o similares.Página 3 de 24
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Aspecto Información a verificar Reformas estatutarias De existir reformas no deberán afectar el normal curso de la sociedad y por ende de los proyectos inmobiliarios. Estado de la matrícula mercantil Activa y renovada en Cámara de Comercio Revisoría fiscal La Sociedad debe contar con revisor fiscal si los activos brutos exceden el límite legal establecido.
2. Aportar Registro Único Tributario (RUT) del oferente.
3. Aportar el Registro Único de Proponentes (RUP), conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015. El RUP deberá haber sido expedido con una antelación no mayor a un (1) mes y deberá encontrarse en firme y vigente. En caso de que el oferente sea un consorcio o una unión temporal, la inscripción será verificada individualmente para cada uno de sus integrantes.
4. Acreditar una experiencia específica mínima de cinco (5) años en ejecución de proyectos de vivienda, la cual será verificada a través del Registro Único de Proponentes (RUP).
5. Que el oferente no esté incurso en las causales de inhabilidad o incompatibilidad ni le hayan sido impuestas sanciones, multas o declaratorias de caducidad en los últimos
5. Que el oferente no esté incurso en las causales de inhabilidad o incompatibilidad ni le hayan sido impuestas sanciones, multas o declaratorias de caducidad en los últimos cinco (5) años, por incumplimientos contractuales relacionados con la construcción de cualquier tipo de obra. La verificación se realizará en el Registro Único de Proponentes
(RUP) y, de ser necesario, en otras fuentes oficiales.
6. No tener contratos o proyectos de vivienda declarados y/o reportados en incumplimiento en los diferentes procesos o programas en los que se apliquen subsidios familiares de vivienda asignados por FONVIVIENDA en los últimos diez (10) años.
7. Que el representante legal no tenga antecedentes fiscales ni judiciales, para lo cual
deberá aportar: a. Certificado de Antecedentes fiscales expedido por la Contraloría General de la República (https://www.contraloria.gov.co/) con una vigencia no mayor a un (1) mes. b. Certificado de Antecedentes Judiciales expedido por la Policía Nacional (https://antecedentes.policia.gov.co:7005/WebJudicial/) con una vigencia no mayor a un (1) mes.Página 4 de 24
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8. Que la persona jurídica no tenga antecedentes fiscales , para lo cual deberá aportar el Certificado de Antecedentes fiscales expedido por la Contraloría General de la República, con una vigencia no mayor a un (1) mes.
8. Que la persona jurídica no tenga antecedentes fiscales , para lo cual deberá aportar el Certificado de Antecedentes fiscales expedido por la Contraloría General de la República, con una vigencia no mayor a un (1) mes.
9. El oferente deberá presentar proyecto (s) nuevo(s) de vivienda de interés social o prioritario localizado(s) en municipios de categorías 3, 4, 5 y 6, o en aquellos donde la entidad territorial haya provisto el suelo, siempre y cuando tenga(n) un porcentaje de avance de obra igual o superior al 90%. Para ello, deberá aportar un avalúo tipo por torre, etapa o proyecto acompañado de un listado en el que se indiquen expresamente:
a. Porcentaje de avance de obra cada una de las viviendas incluidas en el avalúo; b. Valor de venta de cada una de las viviendas incluidas en el avalúo. En dicho avalúo se verificará el valor de la s viviendas y su porcentaje de avance de obra. E l avalúo debe haber sido expedido por un avaluador inscrito en el Registro Abierto de Avaluadores (RAA) y debe tener una fecha de expedición no mayor a sesenta (60) días. Los oferentes que cumplan los requisitos mencionados anteriormente deberán registrarse y cargar la documentación en los tiempos establecidos en el numeral 12 de esta convocatoria, exclusivamente a través de la plataforma operativa del Ministerio de Vivienda,
Ciudad y Territorio: https://subsidiosfonvivienda.minvivienda.gov.co/subsidio/adquisicionestrategia/convocat oriasregistro.
3.2 VERIFICACIÓN DE REQUISITOS MÍNIMOS DEL OFERENTE Y SUBSANACIONES
Ciudad y Territorio: https://subsidiosfonvivienda.minvivienda.gov.co/subsidio/adquisicionestrategia/convocat oriasregistro. 3.2 VERIFICACIÓN DE REQUISITOS MÍNIMOS DEL OFERENTE Y SUBSANACIONES Una vez realizado el registro del oferente, la Subdirección de Promoción y Apoyo Técnico
(SPAT) del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio efectuará la validación de la información y la verificación de la documentación cargada en la plataforma. • En caso de que la información y/o la documentación aportada por el oferente se encuentre incompleta, sea ilegible o no cumpla con alguna de las condiciones establecidas, se realizarán las observaciones correspondientes, para que el oferente, en los t érminos defini dos en el cronograma de la presente convocatoria, pueda realizar las subsanaciones a las que haya lugar. Vencido dicho plazo, si el oferente no ha aportado la documentación completa, o esta no cumple con los requisitosPágina 5 de 24
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establecidos, el oferente se considerará NO HABILITADO, y no podrá continuar con el proceso de registro del proyecto.
- Cuando la documentación aportada se encuentre debidamente cargada y cumpla con los requisitos establecidos, se habilitará de manera inmediata al oferente a continuar con el cargue de la información y la documentación detallada del proyecto, de conformidad con el cronograma establecido en el numeral 12 de la presente
con los requisitos establecidos, se habilitará de manera inmediata al oferente a continuar con el cargue de la información y la documentación detallada del proyecto, de conformidad con el cronograma establecido en el numeral 12 de la presente convocatoria.
Alcance de la evaluación y fuentes de verificación. • El proceso de evaluación de los oferentes se basará en la documentación e información aportados por los oferentes dando aplicación a los principios de buena fe y presunción de legalidad . Únicamente se considerará la información cargada en la plataforma oficial; documentos remitidos por otros medios no serán objeto de evaluación.
- El Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se reservan el derecho de verificar la información presentada por el oferente para la acreditación de las exigencias establecidas, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o entidades de donde provenga la información.
- Cualquier inconsistencia material, falsedad o alteración documental podrá derivar en la no habilitación del oferente y, de ser el caso, en las actuaciones administrativas y/o legales pertinentes.
- Todas las comunicaciones (observaciones , requerimientos de subsanación y resultados) se harán a través de la plataforma, con registro de fecha y hora del sistema para efectos de trazabilidad.
- El oferente será responsable de consultar periódicamente el estado de su trámite y de atender oportunamente los requerimientos dentro de los plazos establecidos.Página 6 de 24
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3.3 PRESENTACIÓN DE PROYECTOS Los oferentes habilitados deberán cargar, a través de la plataforma operativa del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, disponible en el sitio web : https://subsidiosfonvivienda.minvivienda.gov.co/subsidio/adquisicionestrategia/convocato riasregistro, la información técnica, jurídica, financiera y social solicitada sobre el proyecto. En primera instancia , el oferente deberá cargar , de manera obligatoria, la siguiente documentación del proyecto: a) Certificado de tradición y libertad del predio en el que se desarrolla o se desarrolló el proyecto. b) Estudio de títulos del predio , con verificación de la tradición mínima de diez (10) años. Los documentos deberán demostrar que el predio es propiedad del oferente o del fideicomiso que este haya constituido para el proyecto. El predio deberá estar libre de limitaciones, embargos o gra vámenes, salvo hipotecas para financiar la construcción y servidumbres necesarias para la infraestructura de servicios públicos. Se deberá adjuntar tarjeta profesional y cédula del profesional responsable del estudio de títulos. c) Licencias urbanísticas y/o licencias de construcción ejecutoriadas y vigentes , expedidas por el Curador Urbano, la Oficina de Planeación o quien haga sus veces. Los documentos d eberán incluir las modificaciones, prórrogas y sus respectivos anexos. Asimismo, deberán estar debidamente foliados e incluir una tabla de
expedidas por el Curador Urbano, la Oficina de Planeación o quien haga sus veces. Los documentos d eberán incluir las modificaciones, prórrogas y sus respectivos anexos. Asimismo, deberán estar debidamente foliados e incluir una tabla de contenido que permita establecer el folio en el que se encuentra cada uno de los anexos. d) Compromiso del oferente de conservar en el cierre financiero los valores del subsidio equivalentes en pesos colombianos correspondientes a salarios mínimos del año de asignación del subsidio familiar de vivienda. e) Video del proyecto en formato MP4 de máximo 3 mi nutos, que muestre el estado actual d e la obra y sus características técnicas principales ( tipo de materiales usados, sistema constructivo).Página 7 de 24
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Adicionalmente, deberán adjuntar la documentación indicada a continuación , la cual servirá de soporte para la calificación posterior del proyecto, conforme a los criterios establecidos en el Anexo 1 de la Resolución 0730 del 09 de octubre de 2025: Componente Criterio Documento que debe aportar el oferente Esquema Urbano Localización Urbanística Plano urbanístico con escala gráfica y área de influencia de 2 kilómetros que identifique los equipamientos que se encuentren en el área. El plano debe contener la georreferenciación del proyecto y los equipamientos. Esquema de Gestión de Suelo Convenio de aporte de suelo (Comunidad –
los equipamientos que se encuentren en el área. El plano debe contener la georreferenciación del proyecto y los equipamientos. Esquema de Gestión de Suelo Convenio de aporte de suelo (Comunidad – oferente/constructor o Entidad Territorial – oferente/constructor) o documento de carácter privado que evidencie el aporte del suelo. En caso de que exista un convenio con una entidad pública se debe relacionar el link del
SECOP .
Cesiones Urbanísticas Licencias de urbanismo y de construcción, y Plano Urbanístico Paisajismo Diseño y plano paisajístico aprobado por la curaduría o quien expida la licencia. Solución Habitacional Área Construida Licencia de construcción Número de habitaciones Licencia de construcción Elementos arquitectónicos de movilidad Licencia de construcción y Certificación suscrita por el representante legal del constructor/oferente en la que certifique que se encuentran instalados elementos arquitectónicos que faciliten la movilidad de personas con discapacidad o personas mayores. Sistemas alternativos de energía Certificación del proveedor del sistema alternativo de energía y Certificación suscrita por el representante legal del constructor/oferente en la que se indique que se encuentra instalado el sistema alternativo de energía o se encontrará instalado a la fecha de escrituración de la solución habitacional Sistemas de ahorro de agua Certificación del proveedor del sistema de ahorro de agua en sanitarios o griferías, yPágina 8 de 24
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Sistemas de ahorro de agua Certificación del proveedor del sistema de ahorro de agua en sanitarios o griferías, yPágina 8 de 24
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Componente Criterio Documento que debe aportar el oferente Certificación suscrita por el representante legal del constructor/oferente en la que se encuentran instalados los sistemas de ahorro de agua o se instalarán a la fecha de escrituración de la solución habitacional. Sistema de almacenamiento de agua lluvia para mitigación del cambio climático Licencia de construcción y anexos Zonas de equipamiento comunal para manejo de residuos en la fuente Licencia de construcción y anexos Financiación Fuentes de Financiación Listado de potenciales beneficiarios en el que se identifiquen las fuentes de financiación con las que cuenta cada hogar. En caso de existir subsidios en especie o en dinero otorgados por alguna entidad territorial, se deberá adjuntar el convenio de aportes o el documento que los sustenten. Beneficiarios Número de soluciones habitacionales seleccionadas por hogares que pertenecen al SISBEN y aún no han logrado el cierre financiero Listado de potenciales hogares beneficiarios del proyecto, en el que se identifique a todos los integrantes de cada hogar, incluyendo sus documentos de identificación y las condiciones sociales diferenciales que correspondan.
logrado el cierre financiero Listado de potenciales hogares beneficiarios del proyecto, en el que se identifique a todos los integrantes de cada hogar, incluyendo sus documentos de identificación y las condiciones sociales diferenciales que correspondan.
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio suministrará el formato oficial en Excel para el reporte de dicha información. Número de soluciones habitacionales seleccionadas por hogares con al menos un integrante víctima del conflicto armado que aún no han logrado el cierre financiero. Número de soluciones habitacionales seleccionadas por hogares cuyo jefe de hogar tiene la condición de madre cabeza de familia y aún no han logrado cierre financiero.Página 9 de 24
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Reglas de formato y tamaño de carga de archivos: • Todos los documentos, con excepción del listado de potenciales hogares beneficiarios, deberán ser cargados en formato PDF. • Los documentos no podrán superar un tamaño máximo de 5 MB, a excepción de las licencias de urbanismo y construcción , que podrán tener un tamaño máximo de 20 MB. • Los expedientes (por ejemplo: licencias y anexos) deberán estar foliados y con tabla de contenido que permita ubicar rápidamente cada anexo. • Los planos deberán contener las coordenadas geográficas o cartesianas, el sistema de referencia utilizado y una escala gráfica legible que permita verificar proporciones en formato impreso o digital.
de contenido que permita ubicar rápidamente cada anexo. • Los planos deberán contener las coordenadas geográficas o cartesianas, el sistema de referencia utilizado y una escala gráfica legible que permita verificar proporciones en formato impreso o digital. • Las certificaciones expedidas por el representante legal deberán estar firmadas por él o por su apoderado debidamente facultado mediante poder vigente. Dichas certificaciones deberán estar debidamente fechadas. Trazabilidad, notificaciones y subsanaciones • La plataforma registrará la fecha y hora de cada carga o modificación de documentos, con el fin de garantizar la trazabilidad del proceso. • Las observaciones y requerimientos de subsanación serán comunicados exclusivamente a través de la plataforma. El oferente será responsable de consultar periódicamente el estado de su postulación y de responder dentro de los plazos establecidos en el cronograma. • El incumplimiento en la carga oportuna de los documentos, o la no subsanación dentro del término establecido, podrá dar lugar a la no calificación del proyecto.
3.4 EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS Una vez cargada la información y documentación del proyecto, la Subdirección de Promoción y Apoyo Técnico (SPAT) y la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda (SSFV) del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio procederán a verificar la documentaci ón y a realizar la calificación del proyecto, de acuerdo con los criterios y puntajes establecidos en el Anexo 1 de la Resolución 0730 del 9 de octubre de 2025. • En caso de que la información o documentación presentada resulte incompleta, ilegible o no corresponda a la solicitada, se realizarán las observacionesPágina 10 de 24
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- En caso de que la información o documentación presentada resulte incompleta, ilegible o no corresponda a la solicitada, se realizarán las observacionesPágina 10 de 24
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correspondientes para que el oferente , en los t érminos definidos en el cronograma de la presente convocatoria, pueda realizar las subsanaciones a las que haya lugar . Vencido dicho plazo, si el oferente no presenta la documentación completa o esta no cumple con los requisitos establecidos, no podrá continuar en el proceso.
- Cuando la documentación haya sido cargada correctamente y cumpla con los requisitos establecidos, se dará inicio al proceso de calificación del proyecto, aplicando los criterios y puntajes definidos en el Anexo 1 de la Resolución 0730 del 9 de octubre de 2025, los cuales se detallen a continuación:
Componente Criterio Ponderación Área que evalúa Esquema Urbano Localización Urbanística • El proyecto habitacional que cuenta con proximidad a menos de un kilómetro lineal de alguno de estos equipamientos escuelas, salud, recreativos, tendrá un puntaje de 8 puntos.
- El proyecto habitacional que cuenta con proximidad a menos de dos kilómetros lineales de equipamientos escuelas, salud, recreativos, tendrá un puntaje de 5 puntos.
SPAT Esquema de Gestión de Suelo • Si la comunidad y/o organización social aportó
de equipamientos escuelas, salud, recreativos, tendrá un puntaje de 5 puntos.
SPAT Esquema de Gestión de Suelo • Si la comunidad y/o organización social aportó el suelo para el proyecto habitacional, tendrá un puntaje de 8 puntos.
- Si la Entidad territorial sea esta, departamento o municipio, aportó el suelo para el proyecto habitacional, tendrá un puntaje de 5 puntos.
SPAT Cesiones Urbanísticas • Si el proyecto habitacional cuenta con cesiones urbanísticas conocidas comúnmente como tipo A y B, tendrá un puntaje de 5 puntos.
- Si el proyecto habitacional cuenta solo con cesiones urbanísticas conocidas comúnmente como tipo B, tendrá un puntaje de 3 puntos.
SPAT Paisajismo • Si el proyecto habitacional cuenta con condiciones ambientales dadas por el diseño paisajístico que contiene entre otros de áreas verdes como plantación especies arbóreas, jardines, parques, plazas, pérgolas, fuentes,
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Componente Criterio Ponderación Área que evalúa senderos, zonas de estar y otros espacios al aire libre para mitigar los efectos adversos al urbanismo, tendrá un puntaje de 4 puntos.
- Si el proyecto habitacional no cuenta con condiciones ambientales dadas por el diseño paisajístico que contiene entre otros de áreas
libre para mitigar los efectos adversos al urbanismo, tendrá un puntaje de 4 puntos.
- Si el proyecto habitacional no cuenta con condiciones ambientales dadas por el diseño paisajístico que contiene entre otros de áreas verdes como plantación especies arbóreas, jardines, parques, plazas, pérgolas, fuentes, senderos, zonas de estar y otros espacios al aire libre para mitigar los efectos adversos al urbanismo, tendrá un puntaje de 0 puntos.
Solución Habitacional Área Construida • Si la solución habitacional tiene más de 50 metros cuadrados de área privada descontando muros y estructura, tendrá un puntaje de 10 puntos.
- Si la solución habitacional tiene entre 45 y 49 metros cuadrados de área privada descontando muros y estructura, tendrá un puntaje de 6 puntos.
- Si la solución habitacional tiene entre 40 y 44 metros cuadrados de área privada descontando muros y estructura, tendrá un puntaje de 4 puntos.
SPAT Número de habitaciones • Si la solución habitacional tiene 3 o más espacios de habitación, tendrá un puntaje de 6 puntos.
- Si la solución habitacional tiene 2 espacios de habitación, tendrá un puntaje de 4 puntos.
- Si la solución habitacional tiene 1 espacio de habitación, tendrá un puntaje de 2 puntos.
SPAT Elementos arquitectónicos de movilidad • Cuenta al interior de la solución habitacional y del proyecto con elementos arquitectónicos y/o mobiliarios que faciliten la movilidad y protección de personas en condición
SPAT Elementos arquitectónicos de movilidad • Cuenta al interior de la solución habitacional y del proyecto con elementos arquitectónicos y/o mobiliarios que faciliten la movilidad y protección de personas en condición discapacidad y personas mayores en el 20% o más del total de las soluciones habitac ionales del proyecto, tendrá un puntaje de 5 puntos. SPATPágina 12 de 24
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Componente Criterio Ponderación Área que evalúa
- No cuenta al interior de la solución habitacional y del proyecto con elementos arquitectónicos y/o mobiliarios que faciliten la movilidad y protección de personas en condición discapacidad y personas mayores en el 20% o más del total de las soluciones habi tacionales del proyecto, tendrá un puntaje de 0 puntos.
Sistemas alternativos de energía • La solución habitacional cuenta con Sistemas alternativos de energía, tendrá un puntaje de 4 puntos. • La solución habitacional no cuenta con Sistemas alternativos de energía, tendrá un puntaje de 0 puntos. SPAT Sistemas de ahorro de agua • La solución habitacional cuenta con Sistemas de ahorro de agua en sanitarios y griferías certificadas, tendrá un puntaje de 4 puntos.
- La solución habitacional no cuenta con Sistemas de ahorro de agua en sanitarios y
- La solución habitacional cuenta con Sistemas de ahorro de agua en sanitarios y griferías certificadas, tendrá un puntaje de 4 puntos.
- La solución habitacional no cuenta con Sistemas de ahorro de agua en sanitarios y griferías certificadas, tendrá un puntaje de 0 puntos.
SPAT Sistema y almacenamiento de agua lluvia para mitigación de cambio climático • La solución habitacional cuenta con Sistema y almacenamiento de agua lluvia, tendrá un puntaje de 3 puntos.
- La solución habitacional no cuenta con Sistema y almacenamiento de agua lluvia, tendrá un puntaje de 0 puntos.
SPAT Zonas de equipamiento comunal para manejo de residuos sólidos en la fuente • La solución habitacional cuenta con espacios comunales privados para el manejo de residuos sólidos en la fuente, tendrá un puntaje de 3 puntos.
- La solución habitacional no cuenta con espacios comunales privados para el manejo de residuos sólidos en la fuente, tendrá un puntaje de 0 puntos.
SPAT Financiación Fuentes de financiación con las que cuenta el proyecto • Si el 80% de los potenciales beneficiarios de un SFV en el proyecto tiene aseguradas tres (3) o más fuentes de financiación, tendrá un puntaje de 15 puntos SPATPágina 13 de 24
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de 15 puntos SPATPágina 13 de 24
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Componente Criterio Ponderación Área que evalúa
- Si el 80% de los potenciales beneficiarios
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