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MINVIVIENDA - Circular 0027 de 2025

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Circular 0027 de 2025
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2025

Página 1 de 58

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Fondo Nacional de Vivienda Versión: 12 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/07/2024

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-01

CIRCULAR Núm.

CONVOCATORIA ABIERTA PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA MODALIDADES I - GESTIÓN SOCIAL, II - GESTIÓN PARTICULAR CON ALIANZA

COMUNITARIA Y III - GESTIÓN ASOCIADA, EN LOS DEPARTAMENTOS DE

AMAZONAS, ANTIOQUIA, ATLÁNTICO, BOYACÁ, CALDAS, CAUCA, CÓRDOBA,

MAGDALENA, META, NARIÑO, QUINDÍO, RISARALDA, SANTANDER, SUCRE,

VALLE DEL CAUCA y VICHADA

Bogotá D.C., 30 de diciembre de 2025

Para: ORGANIZACIONES SOCIALES O COMUNITARIAS, ORGANIZACIONES

POPULARES DE VIVIENDA O MAESTROS DE OBRA, PERSONAS

NATURALES O JURIDICAS CON INTERÉS EN PARTICIPAR EN LA

EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE SUBSIDIOS DE MEJORAMIENTOS DE

VIVIENDA URBANA Y RURAL EN LOS DEPARTAMNTOS DE AMAZONAS,

ANTIOQUIA, ATLÁNTICO, BOYACÁ, CALDAS, CAUCA, CÓRDOBA,

MAGDALENA, META, NARIÑO, QUINDÍO, RISARALDA, SANTANDER,

SUCRE, VALLE DEL CAUCA y VICHADA.

MAGDALENA, META, NARIÑO, QUINDÍO, RISARALDA, SANTANDER,

SUCRE, VALLE DEL CAUCA y VICHADA.

Asunto: CONVOCATORIA PUBLICA PARA PARTICIPAR EN LA EJECUCIÓN DEL

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDA URBANA Y RURAL BAJO LA

MODALIDAD I - GESTIÓN SOCIAL, MODALIDAD II - GESTIÓN PARTICULAR

CON ALIANZA COMUNITARIA Y MODALIDAD III - GESTIÓN ASOCIADA

CON FOCALIZACIÓN TERRITORIAL.

ANTECEDENTES:

El Plan Nacional de Desarrollo 2022–2026 “Colombia, Potencia Mundial de la Vida” establece como una de sus estrategias centrales la consolidación de territorios más humanos mediante el mejoramiento de vivienda en entornos urbanos y rurales. Para ello, promueve una política integral del hábitat orientada a fortalecer la participación comunitaria, impulsar procesos asociativos para la construcción social de los territorios y democratizar el acceso a 0027 DE 30 DICIEMBRE 2025Página 2 de 58

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soluciones habitacionales a través de mecanismos de financiamiento más accesibles y equitativos.

El mencionado Plan, además, incorpora enfoques diferenciales y territoriales que permiten orientar programas destinados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y la ampliación del acceso al crédito hipotecario. Estos lineamientos buscan reducir brechas de

El mencionado Plan, además, incorpora enfoques diferenciales y territoriales que permiten orientar programas destinados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y la ampliación del acceso al crédito hipotecario. Estos lineamientos buscan reducir brechas de desigualdad y superar condiciones históricas de exclusión presentes en amplias zonas del país.

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio –MVCT, como entidad responsable de formular, dirigir y coordinar las políticas públicas en materia de vivienda, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 3571 de 2011 modificado por el Decreto 1604 de 2020, ha consolidado una línea estratégica orientada a mejorar las condiciones de habitabilidad de los hogares más vulnerables. Esta línea se implementa a través de programas de subsidio familiar de vivienda administrados por el Fondo Nacional de Vivienda –Fonvivienda, en cumplimiento del Decreto Ley 555 de 2003 y de la normativa sectorial vigente.

En virtud del Decreto 1077 de 2015 en su artículo 2.1.1.1.1.1.2 numeral 2.6, establece la concurrencia del Subsidio Familiar de Vivienda, como "el mecanismo mediante el cual el hogar beneficiario puede acceder al subsidio familiar de vivienda otorgado por distintas entidades participes del Sistema Nacional de Vivienda de Interés Social para facilitar el acceso a una solución de vivienda y que es procedente cuando la naturaleza de las modalidades que se asignen de manera concurrente permita su aplicación sobre una misma solución de vivienda”.

En concordancia con lo anterior, el Gobierno nacional expidió el Decreto 413 de 2025, “Por el cual se modifican disposiciones del Decreto 1077 de 2015 en lo relativo al subsidio

solución de vivienda”.

En concordancia con lo anterior, el Gobierno nacional expidió el Decreto 413 de 2025, “Por el cual se modifican disposiciones del Decreto 1077 de 2015 en lo relativo al subsidio familiar de vivienda en la modalidad de mejoramiento”, ajustando el programa con el propósito de descentralizar su operación, diversificar las fuentes de financiamiento y ampliar la participación de organizaciones sociales y comunitarias en la gestión del hábitat. Este ajuste normativo también fortalece las dinámicas organizativas y las economías locales en los territorios.

En consecuencia, el Programa de Mejoramiento de Vivienda se desarrolla bajo objetivos estratégicos que incluyen la descentralización de la operación, la diversificación de actores, la promoción de la participación social y comunitaria y el fortalecimiento de capacidades locales. Estos lineamientos se operacionalizan a través del Manual Operativo del Programa de Mejoramiento de Vivienda, adoptado mediante la Resolución 0466 del 22 de julio dePágina 3 de 58

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2025, instrumento que define los criterios técnicos, sociales, jurídicos, operativos y financieros necesarios para su implementación y para la articulación con actores institucionales y comunitarios.

Con base en lo anterior, se abrieron las convocatorias 004 de 2025 – Región Andina, 006 de 2025 – Región Amazonía, Convocatoria 007 de 2025 – Región Pacífica, Convocatoria 009 de

Con base en lo anterior, se abrieron las convocatorias 004 de 2025 – Región Andina, 006 de 2025 – Región Amazonía, Convocatoria 007 de 2025 – Región Pacífica, Convocatoria 009 de 2025 – Región de La Mojana, Convocatoria 010 de 2025 – Región Caribe, Convocatoria 011 de 2025 – Región Orinoquía, en donde resultaron municipios sin interesados debido, entre otros factores, a la no presentación de propuestas, la no culminación de procesos de alistamiento, la ausencia de documentación requerida y a limitaciones en la capacidad operativa en algunos territorios. Como resultado, persisten cupos sin ejecutar que deben ser gestionados para cumplir con las metas de focalización territorial establecidas por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

En consideración de lo anterior, y dado que estos cupos forman parte de la planeación operativa del Programa y de los compromisos de focalización territorial definidos por el Ministerio para reducir el déficit habitacional cualitativo, se establece la necesidad de abrir una nueva convocatoria que permita vincular gestores interesados, fortalecer la capacidad operativa en los territorios y garantizar la ejecución plena de los subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento. Esta medida busca asegurar la eficiencia en el uso de los recursos públicos, ampliar la cobertura del Programa en los departamentos priorizados y avanzar en la reducción de las brechas de habitabilidad identificadas. Así mismo, se armoniza con los lineamientos del Decreto 413 de 2025, que promueve la descentralización de la operación, la diversificación de actores y la participación protagónica de las organizaciones sociales y comunitarias en la gestión del hábitat.

mismo, se armoniza con los lineamientos del Decreto 413 de 2025, que promueve la descentralización de la operación, la diversificación de actores y la participación protagónica de las organizaciones sociales y comunitarias en la gestión del hábitat.

La presente convocatoria se desarrolla en el marco del Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de mejoramiento, conforme a lo dispuesto en el Decreto 413 de 2025 y en el Manual Operativo del Programa de Mejoramiento de Vivienda adoptado mediante la Resolución 0466 del 22 de julio de 2025. En consecuencia, esta convocatoria no constituye un proceso de contratación estatal, ni da lugar a la celebración de contratos regidos por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, sino que corresponde a un mecanismo de alistamiento, habilitación y selección de gestores y ejecutores, orientado a la implementación operativa del programa y a la asignación del subsidio familiar de vivienda, bajo los principios de focalización, concurrencia y complementariedad previstos en la normativa vigente.Página 4 de 58

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1. OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA La presente convocatoria tiene por objeto seleccionar interesados para la ejecución de proyectos del Programa de Mejoramiento de Vivienda, bajo las Modalidades I – Gestión Social, II – Gestión Particular con Alianza Comunitaria y III – Gestión Asociada, en los municipios priorizados, conforme a lo dispuesto en el Decreto 0413 de 2025 y las

Social, II – Gestión Particular con Alianza Comunitaria y III – Gestión Asociada, en los municipios priorizados, conforme a lo dispuesto en el Decreto 0413 de 2025 y las condiciones establecidas en la presente circular.

Estas modalidades se orientan a fortalecer las capacidades técnicas, organizativas y de gestión de las comunidades, con el fin de que asuman un rol activo y corresponsable en la ejecución de los mejoramientos, fomentando el desarrollo comunitario, la apropiación territorial y la articulación con actores locales e institucionales.

2. MARCO NORMATIVO

El Programa de Mejoramiento de Vivienda se desarrolla en el marco de la normativa vigente del sector vivienda, la cual fue actualizada mediante el Decreto 0413 de 2025. Este decreto modificó disposiciones del Decreto 1077 de 2015 relativas al Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de mejoramiento, con el propósito de descentralizar la operación del programa, ampliar las fuentes y mecanismos de financiamiento, y diversificar los actores ejecutores, otorgando un papel protagónico a las organizaciones sociales y comunitarias como actores fundamentales en la gestión del hábitat y en la ejecución de soluciones habitacionales.

En este contexto, la presente convocatoria se rige por lo dispuesto en:

 El Decreto 1077 de 2015, “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio”, y sus modificaciones introducidas por el Decreto 0413 de 2025, que actualizan el marco jurídico aplicable al Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de mejoramiento, fortaleciendo la descentralización, la

Decreto 0413 de 2025, que actualizan el marco jurídico aplicable al Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de mejoramiento, fortaleciendo la descentralización, la participación comunitaria y la diversificación de actores habilitados.  La Resolución 0466 del 22 de julio de 2025, “Por medio de la cual se adopta el Manual Operativo del Programa de Mejoramiento de Vivienda”, que establece los lineamientos técnicos, jurídicos, financieros, operativos y sociales para la implementación del Programa, así como los roles y responsabilidades de los actores involucrados.  El Anexo 1 del Manual Operativo, que define los criterios de focalización territorial y priorización poblacional, para la implementación estratégica del Programa,Página 5 de 58

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considerando variables como características del territorio, disponibilidad presupuestal, metas de planes de desarrollo y proyectos de interés del Gobierno Nacional.

De manera conjunta, el Decreto 0413 de 2025 y la Resolución 0466 de 2025 regulan la focalización territorial estratégica, entendida como el conjunto de criterios que permiten orientar la asignación del Subsidio Familiar de Vivienda hacia territorios y poblaciones con mayores necesidades y potencial de impacto.

3. DEFINICIÓN TERRITORIAL y JUSTIFICACIÓN DE LA PRIORIZACIÓN

En cumplimiento de los lineamientos establecidos en el Decreto 413 de 2025 y en el Manual

mayores necesidades y potencial de impacto.

3. DEFINICIÓN TERRITORIAL y JUSTIFICACIÓN DE LA PRIORIZACIÓN

En cumplimiento de los lineamientos establecidos en el Decreto 413 de 2025 y en el Manual Operativo del Programa de Mejoramiento de Vivienda, y teniendo en cuenta las metas de focalización territorial definidas por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, se presentó la iniciativa de las convocatorias regionales ante el Comité de Gestión Estratégica de Proyectos alrededor del Agua, creado mediante Resolución 137 del 10 de marzo de 2025. Este Comité constituye la instancia técnica de coordinación del MVCT para la gestión integral del agua, el ordenamiento territorial, el desarrollo urbano y las soluciones habitacionales.

Las presentaciones regionales se realizaron el 19 de septiembre de 2025, abarcando las siguientes áreas estratégicas: Región Andina, Región Amazonía, Región Pacífica, Región de La Mojana, Región Caribe y Región Orinoquía. La intervención programática en estas regiones constituye una estrategia para avanzar en la reducción de brechas de habitabilidad, fortalecer dinámicas comunitarias y promover un hábitat digno, sostenible y territorialmente equitativo.

La ejecución del programa en estas regiones contribuirá a mejorar la calidad de vida de las familias beneficiarias, fortalecer el tejido social y dinamizar la economía local hacia un hábitat digno y sostenible.

Resultados de las convocatorias regionales anteriores y necesidad de priorización

Una vez culminados los procesos de cierre de las convocatorias regionales anteriormente mencionadas, el análisis consolidado evidenció la ausencia de manifestaciones de interés, lo

Resultados de las convocatorias regionales anteriores y necesidad de priorización

Una vez culminados los procesos de cierre de las convocatorias regionales anteriormente mencionadas, el análisis consolidado evidenció la ausencia de manifestaciones de interés, lo que generó persistencia de cupos sin asignar en varios municipios, tanto en suelo urbano como rural. Esta situación obedeció a que no culminaron los procesos de alistamiento.

Como consecuencia, permanecen cupos disponibles que deben ser gestionados para garantizar el cumplimiento de las metas de focalización territorial establecidas por el MVCTPágina 6 de 58

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en el Manual Operativo del Programa y asegurar la eficiencia en la ejecución de los recursos asignados.

Justificación general de la priorización territorial

La priorización de departamentos y municipios en esta convocatoria se fundamenta en:

  1. La existencia de cupos no asignados en convocatorias anteriores, los cuales hacen parte de las metas territoriales definidas por el MVCT y el Plan Nacional de Desarrollo. ii. La obligación institucional de asegurar la ejecución plena de los subsidios, optimizando los recursos públicos. iii. La coherencia con el Decreto 413 de 2025, que promueve la descentralización, diversificación de actores y liderazgo comunitario en soluciones de hábitat. iv. El enfoque territorial del Manual Operativo de 2025, que orienta la intervención hacia zonas con mayores brechas de habitabilidad y necesidades de acompañamiento

diversificación de actores y liderazgo comunitario en soluciones de hábitat. iv. El enfoque territorial del Manual Operativo de 2025, que orienta la intervención hacia zonas con mayores brechas de habitabilidad y necesidades de acompañamiento técnico y social.

En este marco, la presente convocatoria se orienta a las regiones donde existen cupos remanentes que requieren ejecución prioritaria para garantizar continuidad, cobertura e impacto territorial.

3.1. Criterios cualitativos de focalización

Para esta convocatoria se retoman y aplican los criterios de focalización cualitativa ya definidos, publicados y sustentados en las convocatorias regionales anteriores (Pacífico, Amazonía, Andina, Caribe, Orinoquía, La Mojana). Estos criterios fueron construidos con base en información oficial del DANE, los Planes de Desarrollo Territorial, el Plan Nacional de Desarrollo 2022–2026, y los lineamientos sectoriales del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, y continúan plenamente vigentes.

Dado que esta convocatoria tiene un carácter complementario y operativo, orientado a gestionar los cupos no asignados en departamentos previamente priorizados, no se reproducen nuevamente los desarrollos técnicos específicos por región; sin embargo, a continuación, se presenta la síntesis general de los criterios cualitativos que soportan la focalización aplicada en todo el país.Página 7 de 58

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3.1.1. Déficit habitacional y condiciones de vivienda

Los departamentos priorizados presentan un déficit cualitativo significativamente superior al promedio nacional, evidenciado en carencias de infraestructura básica, materiales precarios, problemas de saneamiento, hacinamiento mitigable y limitado acceso a servicios públicos. Estas características fueron documentadas en las convocatorias regionales previamente publicadas y continúan siendo válidas para orientar la asignación de cupos remanentes.

3.1.2. Vulnerabilidad multidimensional y población prioritaria:

Los municipios incluidos en esta convocatoria concentran hogares con alta incidencia en el Índice de Pobreza Multidimensional (IPM), particularmente en dimensiones relacionadas con habitabilidad, acceso al agua, educación, empleo y hacinamiento. Adicionalmente, muchos de estos municipios incluyen zonas PDET, población víctima del conflicto y territorios con rezago histórico, aspectos ya analizados y divulgados en los estudios regionales.

3.1.3. Alineación con políticas territoriales y sectoriales

Los Planes de Desarrollo Municipales y Departamentales vigentes (2024–2027) y los instrumentos del PND 2022–2026 mantienen líneas claras de acción orientadas al mejoramiento de vivienda, reducción del déficit cualitativo, fortalecimiento comunitario, intervención en zonas rurales dispersas y articulación con proyectos de agua y saneamiento. Esta alineación, verificada en cada convocatoria regional previa, continúa vigente para esta

intervención en zonas rurales dispersas y articulación con proyectos de agua y saneamiento. Esta alineación, verificada en cada convocatoria regional previa, continúa vigente para esta convocatoria complementaria.

3.1.4. Capacidad operativa e institucional previa

Los departamentos priorizados han demostrado capacidad para articularse con el MVCT y Fonvivienda en convocatorias anteriores, tanto en procesos de mejoramiento como en proyectos complementarios del sector vivienda. La existencia de aprendizajes operativos, organizaciones comunitarias activas y experiencia institucional constituye un criterio determinante para gestionar de manera eficiente los cupos remanentes.

3.1.5. Equidad territorial y necesidad de desconcentración

La focalización aplicada en esta convocatoria complementaria responde a la necesidad de mantener equilibrio regional, cerrar brechas entre zonas urbanas y rurales, e intervenir en territorios donde el déficit cualitativo y la vulnerabilidad multidimensional son másPágina 8 de 58

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persistentes. Esta lógica es consistente con el enfoque territorial del Decreto 413 de 2025 y con los criterios ya publicados en las convocatorias previas para cada región.

3.1.6. Síntesis justificativa para esta convocatoria

La información técnica detallada por región —incluyendo análisis de IPM, déficit cualitativo, alineación PND-PDT, presencia de población prioritaria, capacidad institucional y

3.1.6. Síntesis justificativa para esta convocatoria

La información técnica detallada por región —incluyendo análisis de IPM, déficit cualitativo, alineación PND-PDT, presencia de población prioritaria, capacidad institucional y disponibilidad de organizaciones comunitarias— ya fue presentada en los documentos oficiales de cada convocatoria regional (004, 006, 007, 008, 009, 010 y 011 de 2025). Esta convocatoria no modifica dichos análisis ni redefine los criterios de focalización; por el contrario, se apoya plenamente en ellos para gestionar los cupos que permanecen sin asignar

En consecuencia, la focalización aplicada en esta convocatoria constituye la continuidad natural y operativa de los criterios ya establecidos, manteniendo plena coherencia con el marco normativo sectorial y territorial vigente.

Nota aclaratoria: Los criterios técnicos de focalización aquí sintetizados no sustituyen los análisis específicos desarrollados para cada región en las convocatorias anteriormente publicadas, los cuales permanecen vigentes y constituyen el soporte técnico de la priorización territorial. Esta convocatoria complementaria se limita a gestionar los cupos no asignados manteniendo la misma lógica de focalización, sin introducir modificaciones a los criterios regionales ya definidos y divulgados.

4. SUSTENTO SECTORIAL Y PERTINENCIA DEL MEJORAMIENTO DE VIVIENDA

El mejoramiento de vivienda constituye un eje estratégico de la política de hábitat y desarrollo social del país, en tanto permite garantizar condiciones dignas de habitabilidad para los hogares en situación de vulnerabilidad. La evolución normativa reciente refleja el compromiso del Gobierno Nacional con la reducción del déficit cualitativo de vivienda a

desarrollo social del país, en tanto permite garantizar condiciones dignas de habitabilidad para los hogares en situación de vulnerabilidad. La evolución normativa reciente refleja el compromiso del Gobierno Nacional con la reducción del déficit cualitativo de vivienda a través de intervenciones sobre unidades habitacionales existentes, mejorando la infraestructura, la calidad de los materiales, el acceso a servicios básicos y las condiciones de salubridad y seguridad estructural.

Con la expedición del Decreto 0413 de 2025 se introdujeron ajustes sustantivos al marco regulatorio del Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de mejoramiento, orientados a ampliar la cobertura territorial, llegar a municipios de menor tamaño y fortalecer la presencia del programa en zonas urbanas y rurales. El decreto actualiza los valores máximosPágina 9 de 58

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de los subsidios según el tipo de intervención, e incorpora un enfoque integral del mejoramiento, entendido como la combinación de obras en infraestructura, calidad de materiales y mejoramiento de condiciones de habitabilidad, más allá de intervenciones puntuales o aisladas.

Los análisis sectoriales utilizados en las convocatorias previas del Programa de Mejoramiento de Vivienda —fundamentados en la información oficial del DANE, en el Censo Nacional de Población y Vivienda 2018 y en otras fuentes estadísticas— han evidenciado que el déficit cualitativo sigue siendo una problemática estructural. A nivel nacional, una

Mejoramiento de Vivienda —fundamentados en la información oficial del DANE, en el Censo Nacional de Población y Vivienda 2018 y en otras fuentes estadísticas— han evidenciado que el déficit cualitativo sigue siendo una problemática estructural. A nivel nacional, una proporción significativa de hogares cuenta con vivienda, pero requiere intervenciones de mejoramiento y/o ajustes para alcanzar estándares mínimos de habitabilidad. Estos estudios, ya presentados y publicados para cada región en las convocatorias 004, 006, 007, 009, 010 y 011 de 2025, muestran que en los municipios priorizados persisten altos porcentajes de hogares con deficiencias en pisos, cubiertas, paredes, baños, cocinas y conexiones intradomiciliarias de agua y saneamiento.

En dicho contexto, el Programa ha identificado que los subsidios de mejoramiento han tendido históricamente a concentrarse en ciertos territorios, dejando rezagos en municipios con fuertes necesidades habitacionales y menores capacidades institucionales. Por ello, además de mantener los criterios de focalización cualitativa definidos, se requiere desconcentrar la ejecución y garantizar acceso efectivo al subsidio en los municipios y departamentos priorizados, especialmente en aquellos donde persisten cupos sin asignar pese a la existencia de un déficit cualitativo elevado.

Así mismo, los estudios técnicos y las convocatorias regionales previas han demostrado que focalizar municipios de menor tamaño y territorios con alta vulnerabilidad permite:

 Atender regiones con altos índices de necesidades habitacionales no satisfechas.  Equilibrar disparidades regionales y territoriales.  Articular intervenciones de mejoramiento con proyectos de agua potable, saneamiento básico y equipamientos sociales.

 Atender regiones con altos índices de necesidades habitacionales no satisfechas.  Equilibrar disparidades regionales y territoriales.  Articular intervenciones de mejoramiento con proyectos de agua potable, saneamiento básico y equipamientos sociales.  Dinamizar la economía local mediante la generación de empleo en el sector construcción y el fortalecimiento de capacidades comunitarias.

Aunque es necesario avanzar progresivamente en la atención de todas las dimensiones del déficit cualitativo, la experiencia del Programa y los análisis sectoriales han permitido identificar como prioritarias aquellas intervenciones orientadas a:Página 10 de 58

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 Generación o ampliación de espacios habitables,  Instalación o mejora de conexiones intradomiciliarias de agua y saneamiento,  Adecuación de baños y cocinas,  Mejoras en cubiertas, pisos y estructuras que impacten directamente la salud y seguridad de los hogares.

Estas dimensiones concentran las carencias que más afectan la vida cotidiana de las familias, en especial en hogares con hacinamiento mitigable, sin acceso a agua de fuentes aptas para consumo y con manejo inadecuado de aguas residuales.

En síntesis, el mejoramiento de vivienda, tal como ha sido diseñado en el marco del Decreto 413 de 2025 y del Manual Operativo del Programa, constituye una herramienta sectorial pertinente y necesaria para:

En síntesis, el mejoramiento de vivienda, tal como ha sido diseñado en el marco del Decreto 413 de 2025 y del Manual Operativo del Programa, constituye una herramienta sectorial pertinente y necesaria para:

 Reducir el déficit cualitativo de vivienda en los territorios priorizados,  Ampliar la cobertura del subsidio a municipios históricamente rezagados,  Fortalecer el tejido social y la organización comunitaria,  Y contribuir al cumplimiento de las metas del Plan Nacional de Desarrollo en materia de hábitat digno, equidad territorial y paz total.

Nota: Los datos cuantitativos detallados sobre déficit cualitativo, distribución departamental y análisis comparativos por municipio fueron presentados y sustentados en las convocatorias regionales anteriores del Programa de Mejoramiento de Vivienda, y se consideran plenamente vigentes. Esta convocatoria complementaria se apoya en dichos análisis, sin reproducirlos nuevamente, para gestionar los cupos remanentes en los territorios ya priorizados.

5. CARACTERÍSTICAS DE LA MODALIDAD I - GESTIÓN SOCIAL:

De conformidad con el Decreto 413 de 2025 y la Resolución 0466 de 2025 que adopta el Manual Operativo, bajo esta modalidad se ejecutan los proyectos directamente por una persona natural u organización social o comunitaria, o por maestros de obra, mediante acciones colectivas que activan la participación de actores locales y/o redes de economía popular. Como características de esta modalidad se pueden mencionar las siguientes:  Promueve iniciativas autogestionadas desde organizaciones de base o personas naturales.  Permite la ejecución de proyectos por actores locales, lo que fortalece la economíaPágina 11 de 58

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 Promueve iniciativas autogestionadas desde organizaciones de base o personas naturales.  Permite la ejecución de proyectos por actores locales, lo que fortalece la economíaPágina 11 de 58

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comunitaria.  Requiere acompañamiento técnico y social continuo por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territor

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