MINVIVIENDA - Circular 2020EE0012255
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Circular 2020EE0012255
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2020
Bogotá D.C., Febrero de 2020 l.'Jt.lSTERlC CE vr.rsc,mA. CJU:)A.O Y ,lER.RlTOA.IO li-01·2'0X> 10:2) fiI Ccnlnur Cii.Eslt No.: l01lEE001ll$Hol:1 Anu:O FA:0 cfiu. ;,i;.c'l\/FO DE !J:l!ATO;;Eo D=.l S(;? DE AGúA?OTA!lLE y ::>Jlfi.UEll:O ¡¡:,s,co, OSCAq J..t,\•.EP. P.,&JJ.!Rf.? :ru:o
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CIRCULAR INFORMATIVA
PARA: MUNICIPIOS, DISTRITOS, DEPARTAMENTOS, GESTORES PDA Y
PRESTADORES DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DE
ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE: VICEMINISTERIO DE AGUA Y SANEAMIENTO BÁSICO ASUNTO: Invitación a jornadas de asistencia técnica a municIpIos, distritos, departamentos, gestores del PDA y prestadores de servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, sobre las competencias de las entidades territoriales, planificación sectorial a nivel municipal, oferta institucional, generalidades marcos tarifarías de los servicios públicos domiciliarios, estrategia de monitoreo, seguimiento y control al uso y destinación de los recursos de Sistema General de Participaciones para
entidades territoriales, planificación sectorial a nivel municipal, oferta institucional, generalidades marcos tarifarías de los servicios públicos domiciliarios, estrategia de monitoreo, seguimiento y control al uso y destinación de los recursos de Sistema General de Participaciones para Agua Potable y Saneamiento Básico (SGP-APSB), y planes de gestión de agua potable y saneamiento básico. En atención a lo establecido en el artículo 20 del Decreto 3571 de 2011 y el artículo 2.3.5.1.6.1.36 del Decreto 1077 de 2015, corresponde al Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico a través de la Dirección de Desarrollo Sectorial, entre otras, la competencia de realizar el monitoreo de los recursos del SGP-APSB y brindar asistencia técnica a los municipios, distritos y departamentos, con el fin de promover el uso adecuado de dichos recursos, de conformidad con establecido en los artículos 1 O y 11 de la Ley 1176 de 2007. De esta manera, el Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico adelantará jornadas regionales, dirigidas a los responsables de las secretarias de hacienda, oficinas de planeación y servicios públicos de las administraciones municipales de todo el país, así como, a los gestores de los Planes Departamentales de Agua (PDA), departamentos y prestadores de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo (Anexo 1Agenda de trabajo), en las que se trataran los siguientes temas: - Competencias de los entes territoriales Municipios y Distritos: De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 142 de 1994, es competencia de los municipios y distritos asegurar la prestación de los
siguientes temas: - Competencias de los entes territoriales Municipios y Distritos: De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 142 de 1994, es competencia de los municipios y distritos asegurar la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, por lo tanto, se considera pertinente, brindar asistencia técnica respecto a los siguientes temas de su competencia: estratificación, pago de subsidios, funcionamiento del Fondo de Calle 18 No. 7 -59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 ext 3621 www.minvivienda.gov.coSolidaridad y Redistribución Ingresos (FSRI), inversiones en el sector de agua potable y saneamiento básico, entre otros.
Departamentos: De conformidad con el artículo 7 de la citada ley, compete a los departamentos brindar asistencia técnica y apoyar financiera, técnica y administrativamente a los municipios y empresas de servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, apoyar en la promoción, estructuración, implementación e inversión en infraestructura de dichos servicios con los recursos del SGP-APSB, entre otras. - Planificación sectorial a nivel municipal El artículo 31 de la Ley 152 e 1994 establece que los planes de desarrollo de las entidades territoriales estarán conformados por una parte estratégica y un plan de inversiones, dentro de la parte estratégica se encuentra el plan sectorial.
Por su parte, el artículo 17 del Decreto Ley 028 de 2008 y la Resolución MVCT 1067 de 2015 o la que la modifique, sustituya o adicione, señalan que las administraciones municipales definirán las metas de cobertura, calidad y continuidad en la prestación
de 2015 o la que la modifique, sustituya o adicione, señalan que las administraciones municipales definirán las metas de cobertura, calidad y continuidad en la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo en los respectivos planes sectoriales, a alcanzar anualmente y durante el respectivo periodo de gobierno. - Oferta institucional La oferta de programas que el MVCT ha desarrollado para mejorar la prestación de los servicios agua potable y saneamiento básico, son: ✓ Agua al Campo: Es un programa que busca cerrar las brechas de cobertura, continuidad y calidad de agua potable y saneamiento básico en las zonas rurales del país mediante el aumento en los niveles de inversión pública y la adopción de mecanismos para garantizar la sostenibilidad de dichas intervenciones, empleando para tal fin, el modelo de esquemas diferenciales para la prestación de servicios. ✓ Agua al Barrio: Es un programa que emplea el modelo de esquemas diferenciales en procura de aumentar las coberturas de agua potable y saneamiento básico en aquellas zonas urbanas en las cuales no es posible alcanzar los estándares de servicio bajo los requisitos establecidos en la regulación vigente. ✓ Conexiones lntradomiciliarias: Este programa tiene como objetivo fomentar el acceso a los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, mediante la construcción o mejoramiento de las conexiones intradomiciliarias y domiciliarias cuando técnicamente se requieran de los servicios de acueducto y alcantarillado, por medio de aportes presupuestales de la Nación y/o de las entidades territoriales en calidad de contrapartida que cubran sus costos, en los inmuebles objeto del programa. Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia
y alcantarillado, por medio de aportes presupuestales de la Nación y/o de las entidades territoriales en calidad de contrapartida que cubran sus costos, en los inmuebles objeto del programa. Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 ext 3621 www.minvivienda.gov.co✓ Saneamiento de Vertimientos (SAVER): Es una estrategia del Gobierno Nacional que tiene como objetivo la estructuración de sistemas integrales sostenibles para el tratamiento de aguas residuales municipales que incluyen componentes de innovación, aportando al incremento de los porcentajes de cobertura de tratamiento de aguas residuales. ✓ Residuos Sólidos Urbanos: Este programa promueve el cumplimiento los principios de la gestión integral de residuos y los conceptos de economía circular y comprende todos los procesos y procedimientos establecidos para controlar los impactos ambientales y sanitarios asociados con las diferentes actividades del servicio público, los cuales abarcan la recolección, el transporte, el aprovechamiento y tratamiento y la disposición final tecnificada, así como actividades de estructuración de esquemas regionales y fortalecimiento de la gestión municipal para procurar que la prestación del servicio cumpla con los indicadores de calidad, cobertura y continuidad definidos en el marco normativo y regulatorio del sector. ✓ Planes Departamentales de Agua: Este programa tienen como objetivo lograr la armonización integral de los recursos y la implementación de esquemas eficientes y sostenibles en la prestación de los servicios públicos domiciliarios de agua potable y saneamiento básico, teniendo en cuenta las características locales, la capacidad institucional de las entidades territoriales y personas prestadoras de los servicios públicos y la implementación efectiva de esquemas de regionalización.
de agua potable y saneamiento básico, teniendo en cuenta las características locales, la capacidad institucional de las entidades territoriales y personas prestadoras de los servicios públicos y la implementación efectiva de esquemas de regionalización. ✓ Regionalización y Gobierno Corporativo para las empresas de agua y saneamiento: Son programas de acompañamiento técnico que buscan orientar la adopción de estrategias de regionalización y gobierno corporativo con el fin de incrementar la eficiencia en la operación de las empresas prestadoras de los servicios de agua y saneamiento. En el caso del programa de Regionalización se promueve la constitución de esquemas de aglomeración de mercados con el fin de abaratar costos y mejorar la calidad, continuidad y cobertura de los servicios de acueducto y alcantarillado en el país. En el caso del programa de Gobierno Corporativo se promueven cambios en la relación entre los propietarios de las empresas y las instancias directivas de éstas (juntas directivas y gerentes) en aras de mejorar sus capacidades para prestar el servicio en condiciones de calidad y asegurar que las empresas creen valor para el municipio toda vez que son activos públicos. - Sistema de Inversiones en Agua Potable y Saneamiento Básico (SINAS) Es un sistema de acceso web cuyo objeto es planear, priorizar, viabilizar y monitorear los proyectos de inversión en infraestructura del sector, que apoya la estructuración del presupuesto sectorial anual de inversión y realiza el monitoreo de la ejecución del mismo, además permite efectuar consultas sobre indicadores, iniciativas, proyectos e inversiones del sector de agua potable y saneamiento básico. Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 ext 3621
mismo, además permite efectuar consultas sobre indicadores, iniciativas, proyectos e inversiones del sector de agua potable y saneamiento básico. Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 ext 3621 www.minvivienda.gov.coGeneralidades marcos tarifarios de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) expidió los marcos tarifarios de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, para grandes prestadores (con más de 5.000 suscriptores en el área urbana) y pequeños prestadores (con 5.000 ó menos suscriptores en áreas urbanas y áreas rurales): Prestadores Servicio Resolución CRA Grandes Acueducto y Alcantarillado 688 de 2014 y 735 de 2015 Aseo 720 de 2015 y 751 de 2016 Pequeños Acueducto y Alcantarillado 825 de 201 7 y 844 de 2018 Aseo 853 de 2018 - Estrategia de Monitoreo al uso de los Recursos del SGP-APSB El Decreto-Ley 028 de 2008 establece la estrategia de monitoreo, seguimiento y control a los recursos del SGP-APSB donde se imponen las medidas preventivas (plan de desempeño) y/o correctivas (suspensión del giro y asunción temporal de competencias) cuando se evidencien eventos de riesgo, frente al uso de dichos recursos y/o en la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo en el municipio o distrito.
competencias) cuando se evidencien eventos de riesgo, frente al uso de dichos recursos y/o en la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo en el municipio o distrito. En este contexto, el MVCT expidió la Resolución 10 67 de 2015, a través de la cual se establecieron los lineamientos para la formulación de metas de cobertura, calidad y continuidad en la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, y se determinaron los indicadores específicos y estratégicos para adelantar la actividad del monitoreo al uso y ejecución de los recursos del SGP-APSB. No obstante, dicha resolución fue modificada por la Resolución 0098 del 14 de febrero de 2019, mediante la cual se ajustaron los indicadores específicos y estratégicos, así como, la ponderación de los mismos, esto con el fin de fortalecer la actividad de monitoreo al uso y ejecución de los recursos del SGP-APSB. - Uso y destinación de los recursos del SGP-APSB Los artículos 1 O y 11 de la Ley 1176 de 2007, establecieron las actividades que pueden ser financiadas con los recursos del Sistema General de Participaciones para agua potable y saneamiento básico de los departamentos, distritos y municipios, respectivamente. Estos artículos señalan las actividades elegibles de gasto siempre y cuando las mismas: i) No estén a cargo de la persona prestadora producto de obligaciones Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 ext 3621 www.minvivienda.gov.cocontractuales, con el municipio, y ii) no sean financiadas a través de la tarifa que se
Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 ext 3621 www.minvivienda.gov.cocontractuales, con el municipio, y ii) no sean financiadas a través de la tarifa que se cobra a los suscriptores y/o usuarios, a través del Costo Medio de Inversión (CMI). De igual manera, debe precisarse que de acuerdo con lo señalado en el parágrafo 2 del artículo 1 O y el parágrafo 1 del artículo 11 de la Ley 1176 de 2007, las inversiones en proyectos del sector que realicen los distritos y municipios deben estar definidos en los respectivos planes de desarrollo municipales, en los planes para la gestión integral de residuos sólidos -PGIRS y en los planes de inversiones de las personas prestadoras de servicios públicos POIR, entre otros, con el fin de evitar duplicidad de inversiones en el sector. Giro directo, cuentas maestras y cuentas pagadoras El Decreto 1077 de 2015 reglamentó el articulo 13 de la Ley 1176 de 2007 en lo relacionado al giro de los recursos del SGP-APSB asignados a los entes territoriales, adicionalmente, estableció que dichos recursos podrán ser girados directamente al prestador o prestadores de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, a los patrimonios autónomos o a los esquemas fiduciarios que se constituyan o se prevean para el manejo de los mismos. Lo anterior, con el fin de garantizar la suficiencia financiera de las empresas prestadoras o la solidez de los esquemas de inversión constituidos en el sector de agua potable y saneamiento básico, según el caso. Por otra parte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1753 de
inversión constituidos en el sector de agua potable y saneamiento básico, según el caso. Por otra parte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 de la Ley 1753 de 2015, este Ministerio expidió la Resolución 0857 del 31 de octubre de 2016, mediante la cual se reglamentan las cuentas maestras de las entidades territoriales para la administración de los recursos del SGP-APSB, como una herramienta que permite al Gobierno Nacional a través del sistema financiero colombiano tener transparencia en las transacciones económicas, lo que potencia el control fiscal en la lucha contra la corrupción, la evasión y las actividades ilegales en general. Planes de gestíón de agua potable y saneamiento básico A través de la Ley 1977 de 2019, se modificó el artículo 4 de la Ley 1176 de 2007, en lo que concierne al proceso de certificación de los municipios y distritos para la administración de los recursos del Sistema General de Participaciones para Agua Potable y Saneamiento Básico (SGP-APSB) y para el aseguramiento de la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo. El artículo 2 de la citada Ley, señaló que los municipios que la entrada en vigencia de la Ley, se encontraran descertificados por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, deben adoptar un plan de gestión de agua y saneamiento básico, conforme a los lineamientos establecidos por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MVCT). En virtud de lo anterior, este Ministerio expidió la Resolución 0927 de 18 de diciembre de 2019, "Por la cual se establecen los parámetros generales para la adopción de los planes de gestión de agua potable y saneamiento básico por parte de los municipios
En virtud de lo anterior, este Ministerio expidió la Resolución 0927 de 18 de diciembre de 2019, "Por la cual se establecen los parámetros generales para la adopción de los planes de gestión de agua potable y saneamiento básico por parte de los municipios de que trata el artículo 2 de la Ley 19 77 de 2019" Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 ex! 3621 www.minvivienda.gov.co ,En el anexo 2 se encuentra la programación de las jornadas de asistencia técnica. Para confirmar la asistencia se podrán contactar al teléfono 3323434 ext. 3628 o a través del correo electrónico asistencia.sgp@minvivienda.gov.co. Adicionalmente, si la entidad territorial desea profundizar o aclarar inquietudes respecto a estos temas, podrá solicitar asistencia técnica todos los martes previa inscripción al correo antes mencionado. Cordial saludo, fi fi JOSfiLUIS ACERO VERGEL Viceministro de Agua y Saneamiento Básico Anexos: Agenda de trabajo y programación de las jornadas. Elaboró Andrea Saavedra - Contratista ooskJ5fi Reviso Ose'!{, fi 'fi Ramirez Niño Directo • rollo Sectorial (E)/ Carlos Andrés Daniels - Contratista OOS-VASB / Margarita Gofi Abogada DOS Fecha Febrer de 2020 Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 ex! 3621 ,w1w.in1nviv1enda gov.coANEXO 1 - AGENDA DE TRABAJO OBJETIVO: Brindar asistencia técnica a municipios, distritos, departamentos,
Conmutador (571) 332 34 34 ex! 3621 ,w1w.in1nviv1enda gov.coANEXO 1 - AGENDA DE TRABAJO OBJETIVO: Brindar asistencia técnica a municipios, distritos, departamentos, gestores del PDA y prestadores de servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, sobre las competencias de las entidades territoriales, planificación sectorial a nivel municipal, oferta institucional, SINAS, generalidades marcos tarifarios de los servicios públicos domiciliarios, estrategia de monitoreo, seguimiento y control al uso y destinación de los recursos de SGP-APSB, y planes de gestión de agua potable y saneamiento básico.
HORA: 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
LUGAR: Ver programación en el anexo 2
ORDEN DEL DÍA: Hora Tema 8:00 a.m. Apertura v Bienvenida Competencias de los municipios en el aseguramiento de la prestación de los servicios: 8:30 a.m. - 9:45 a.m. Uso de los recursos (Subsidios e Inversiones) - Estratificación Pago de subsidios de los servicios de acueducto y alcantarillado PaQo de subsidios del servicio de aseo Planificación sectorial a nivel municipal: Herramientas de planeación y gestión 9:45 a.m. - 10:15 a.m. - Diagnóstico del sector de agua potable y saneamiento básico Estrategia - Metas, provectos e inversiones 10:15 a.m. - 10:30 a.m. Café
Oferta institucional del MVCT: Programa Agua al Barrio - Programa Agua al Campo Conexiones lntradomiciliarias 10:30 a.m. -1 1:15 m.
10:15 a.m. - 10:30 a.m. Café
Oferta institucional del MVCT: Programa Agua al Barrio - Programa Agua al Campo Conexiones lntradomiciliarias 10:30 a.m. -1 1:15 m. - Saneamiento de Vertimientos
- Residuos Sólidos Urbanos - Planes Departamentales de Agua - Regionalización y Gobierno Corporativo para las empresas de agua y saneamiento Sistema de Inversiones en AQua Potable y Saneamiento Básico CSINASl Generalidades marcos tarifarios de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo: Grandes prestadores (con más de 5.000 suscriptores en el área urbana): - Acueducto y Alcantarillado (Resoluciones CRA 688 de 2014 y 735 de 2015) 11:15 a.m. -1 2m . - Aseo (Resoluciones CRA 720 de 2015 y 751 de 2016) Pequeños prestadores (con 5.000 ó menos suscriptores en áreas urbanas y áreas rurales): - Acueducto y Alcantarillado (Resoluciones CRA 825 de 2017 y 844 de 2018) Aseo (Resolución CRA 853 de 2018\ 12 m. - 2:00 p.m. Almuerzo libre Monitoreo a los recursos del SGP-APSB: - Estrategia de Monitoreo, Seguimiento y Control 2:00 p.m. - 3:00 p.m. - Resolución MVCT 0098 de 2019 - Determinación del nivel de riesgo - Resultados creliminares de la actividad de monitoreo viqencia 2019 3:00 p.m. - 3:30 p.m. Giro directo, cuentas maestras y cuentas pagadoras:
- Determinación del nivel de riesgo - Resultados creliminares de la actividad de monitoreo viqencia 2019 3:00 p.m. - 3:30 p.m. Giro directo, cuentas maestras y cuentas pagadoras: - Condiciones cara el airo directo de subsidios e inversiones
Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 ext 3621 www.minvivienda.gov.coHora Tema Registro de las cuentas maestras - Manejo de cuentas pagadoras - Estado de los qiros directos Planes de gestión de agua potable y saneamiento básico: - Ley 1977 de 2019 y Resolución MVCT 0927 de 2019 - Gestión presupuesta!_ y uso de los recursos 3:30 p.m. - 4:30 p.m. - Gestión de la estratificación socioeconómica Gestión para el pago de subsidios - Gestión estratégica sectorial - Gestión de municipios prestadores directos 5:00 pm. Cierre del evento Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 ext 3621 www.minvivienda.gov.coANEXO 2 -PROGRAMACIÓN EVENTOS DE ASISTENCIA TÉCNICA
No. DEPARTAMENTOS CIUDAD
1 Boyacá Tunja 2 Valle del Cauca Cali 3 Cauca Popayán Nariño Pasto 5 Tolima lbagué 6 Chocó Quibdó 7 Córdoba Montería 8 Antioquia Medell in Cesar Valledupar 10 Norte de Santander Cúcuta 11 Atlántico Barranquilla Arauca 12 Casanare Yopal 13 Bolívar Turbaco Guaviare" 14 Meta
8 Antioquia Medell in Cesar Valledupar 10 Norte de Santander Cúcuta 11 Atlántico Barranquilla Arauca 12 Casanare Yopal 13 Bolívar Turbaco Guaviare" 14 Meta Vichada' Víllavicencio Vaupés' Amazonas' Archipiélago de San Andrés 15 Bogotá o. e. Bogotá Cundinamarca Guainia' 16 Caquetá Florencia 17 Sucre Sincelejo 18 Putumayo Mocea Caldas 19 Quindio Pereira Risaralda 20 Magdalena Santa Marta 21 Santander Bucaramanga Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 ext 3621 www.minvivienda.gov.co LUGAR FECHA Auditorio de la Lotería de Boyacá (2do Piso) Jueves, 5 de marzo de Calle 19 No. 9 - 35 Plaza de Bolívar 2020 Audi torio Jorge Isaac de la Biblioteca Jueves, 5 de marzo de Departamental 2020 Calle 5 No. 24A - 91 Salón Gobernadores de la Gobernación del Valle del Cauca Viernes, 6 de marzo de Carrera 6 entre Calles 9 y 1 o Edificio Palacio 2020 de San Francisco Auditori o del Edifici o de Infraestructura de la Viernes, 6 de marzo de Gobernaci ón de Cauca Carrera 4 No. 22N - 02 (Piso 1 l 2020 Hotel Morasurco Jueves, 12 de marzo de Avenida de los Estudiantes Calle 20 con Carrera 40 2020
Carrera 4 No. 22N - 02 (Piso 1 l 2020 Hotel Morasurco Jueves, 12 de marzo de Avenida de los Estudiantes Calle 20 con Carrera 40 2020 Salón 7 días del Centro de Convenciones Viernes, 13 de marzo de Alfonso López Pumajero de la Gobernación del 2020 Tolima Biblioteca Pública Departamental Amoldo de Los Santos Palacios Mosquera Miércoles, 18 de marzo Calle 30 Aveni da Aeropuerto Barrio Los Ánqeles de 2020 Centro Cultural Guillermo Valencia Salgado Jueves, 19 de marzo de entre Calles 36 - 37 con Avenida 1 ra 2020 Auditorio principal del Instituto para el Miércoles y Jueves, 18 y Desarrollo de Antioquia (IDEA) 19 de marzo de 2020 Calle 42 No. 52 - 259 Salón Vive Digital (1er Piso) de la Biblioteca Jueves, 19 de marzo de Departamental Rafael Carrillo Lúquez 2020 Calle 15 No. 12A Esquina Casa Museo Torre del Reloj Jueves, 19 de marzo de Calle 13 No. 3 - 67 Barrio La Playa 2020 Salón piso 12 de la Gobernación del Atlantico Jueves, 26 de marzo de Calle 40 Carrera 45 v 46 2020 Auditorio de la Biblioteca Pública Jueves. 26 de marzo de Departamental de Casanare 2020 Carrera 19 No. 39 - 40 Salón de la Paz de la Gobernación de Bolívar Jueves y Viernes, 26 y 27 Carretera Cartagena-Turbaco Km. 3, Sector El de marzo de 2020 Cortijo Auditorio de la Gobernación del Meta Viernes, 27 de marzo de
Salón de la Paz de la Gobernación de Bolívar Jueves y Viernes, 26 y 27 Carretera Cartagena-Turbaco Km. 3, Sector El de marzo de 2020 Cortijo Auditorio de la Gobernación del Meta Viernes, 27 de marzo de Carrera 33 No. 38 - 45 2020 Salón de Gobernadores de Gobernaci ón de Lunes y martes, 30 y 31 Cundinamarca de marzo de 2020 Calle 26 No. 51 - 53 Auditorio del Instituto de Cultura y Turismo Jueves, 2 de abnl de Carrera 11 Villa Olímpica 2020 Estadio Municioal de Florencia Salón Corcovao de la Gobernación de Sucre Jueves, 2 de abril de Calle 25 No. 258 - 35 Av. Las Peñitas 2020 Auditorio de la Gobernación de Putumayo Jueves, 16 de abril de Calle 8 No. 7 - 40 (Piso 6) 2020 Auditorio Gonzalo Vallejo (2do Piso) Jueves, 16 de abri l de Gobernación de Risaralda 2020 Calle 19 No. 13-1 7 Gobernaci ón del Magdalena Jueves, 16 de abri l de Sede Regalías 2020 Calle 22 Carrera 1 ra Esquina Auditorio Principal de la Gobernación de Jueves y Viernes, 16 y 17 Santander de abnl de 2020 Calle 37 No 10 - 36 1 i 1 i i 14 ' 1 ' 1 9 .. ,
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Salón Gobernadores (2do Piso) 22 Huila Neiva Gobernación del Huila Carrera 41a Calle 8 Esquina Corporación Autónoma Regional de La Guajira 23 La Guajira Riohacha Corpoguajira Carrera 7a No. 12 -15 Auditorio del MVCT 24 El resto de pais Bogotá Sede Administrativa "La Botica" Carrera 6 No. 8 - 77 'Los municI pIos podran as1stIr a la reg1on que consideren la mas favorable. Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 ext 3621 www.minvivienda.gov.co FECHA Viernes, 24 de abril de 2020 Vi ernes, 24 de abri l de 2020 Jueves, 23 de abri l de 2020