MINVIVIENDA - Circular 2020EE0070675
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Circular 2020EE0070675
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2020
La vivienda y el agua Minvivienda son de todos
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AJ Conte1Ulf" Crt• Elte No.; 2020EE0070675 Fol:6 Aou;O FA:O ORIGEN 73()0.oESPACHCI DEL \/ICE.MINISTRO CE AGUA Y SANEAMIENTO I LAURA ULIANA
TORRESISOZA DESTINO PRESTADORES CE SERVICIOS PUBUCOS OOUICLIAfUOS ASUNTO MC'.lOilnCACION PARCIAL CIRCl.Jl..AR EXTERNA MYCT 2020EE0045900 DEL 25 DE JUNIO 08$ 2020EE0070675 111 IIIIIIIIIIIE 11111 illllll ll 1111111 11111 111
CIRCULAR EXTERNA INFORMATIVA
Bogotá, D.C.
PARA: DE:
ASUNTO:
PRESTADORES DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DE ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y ASEO
VICEMINISTERIO DE AGUA Y SANEAMIENTO BÁSICO
MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA CIRCULAR EXTERNA INFORMATIVA No. MVCT
2020EE0045900 DEL 25 DE JUNIO DE 2020
ANTECEDENTES Mediante Circular Externa Informativa No. 2020EE0045900 del 25 de junio de 2020, el Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, estableció el procedimiento para la determinación del monto potencial de los créditos a solicitarse por las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, bien sea en forma directa a la Financiera de Desarrollo
Territorio, estableció el procedimiento para la determinación del monto potencial de los créditos a solicitarse por las personas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, bien sea en forma directa a la Financiera de Desarrollo Territorial - FINDETER, así como de los créditos a otorgarse por los bancos de primer piso con cargo a la línea de redescuento con tasa compensada, redescuento a realizarse con la misma entidad financiera, en el marco de los dispuesto en los Decretos 528, 581 y 819 de 2020, expedidos por el Gobierno Nacional. El objetivo de tales créditos es dotar a los prestadores de liquidez o capital de trabajo que contribuyan a implementar las medidas de diferimiento del pago del costo de facturación de los servicios de acueducto, alcantarillado y/o aseo, a los usuarios residenciales de los estratos 1, 2, 3 y 4, y de los usos industrial y comercial, señalando el trámite requerido para los casos en los que se solicita por primera vez (numeral 1 del capítulo segundo) y el requerido en el evento en que se solicite la extensión del monto potencial cuando este ya fue asignado (numeral 2 del capítulo segundo). En uno como en otro caso, dispone la Circular que, una vez verificada la información mínima solicitada en los numerales 1 y 2 del capítulo segundo, el Ministerio procederá a verificar el valor histórico de la facturación correspondientes a los meses de marzo, abril, mayo, junio y julio del año 2019, remitido por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, afectando dichos valores con coeficientes porcentuales a fin de estimar la disminución del recaudo y consecuentemente, determinar el monto potencial del crédito que puede
afectando dichos valores con coeficientes porcentuales a fin de estimar la disminución del recaudo y consecuentemente, determinar el monto potencial del crédito que puede Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3626 www.minvivienda.gov .coLa vivienda y el agua Minvivienda son de todos solicitar la persona prestadora directamente a FINDETER, o los bancos de primer piso con cargo a la línea de redescuento con tasa compensada. Teniendo en cuenta que el periodo de afectación del recaudo que se tienen en cuenta para asignar el monto potencial del crédito, corresponde a los meses de marzo, abril, mayo, junio y julio del año 2020, y este ya transcurrió a la fecha de expedición de la presente circular, es posible que, una vez verificados los datos de recaudo real de dichos meses, algunos prestadores a quienes se les calculó la disminución del recaudo con base en la información histórica de facturación de acuerdo con el procedimiento antes descrito, hayan tenido una disminución real de recaudo mayor a la estimación efectuada, y por ende, igualmente, una afectación mayor. Ante esta circunstancia resulta razonable y necesario ampliar el monto potencial de crédito a otorgar. En consecuencia, se hace necesario modificar el numeral 2 del capítulo segundo de la Circular Externa Informativa No. 2020EE0045900 del 25 de junio de 2020, para permitir a los prestadores solicitar la ampliación del monto potencial estimado y asignado por el Ministerio, teniendo en cuenta la información real del recaudo correspondiente al año 2020. En virtud de lo anterior, se modifica el numeral 2 del Capítulo segundo de la Circular Externa
los prestadores solicitar la ampliación del monto potencial estimado y asignado por el Ministerio, teniendo en cuenta la información real del recaudo correspondiente al año 2020. En virtud de lo anterior, se modifica el numeral 2 del Capítulo segundo de la Circular Externa Informativa No. 2020EE0045900 del 25 de junio de 2020, en el siguiente sentido:
2. Extensión del monto potencial estimado ya asignado a las empresas de servicios públicos.
Las empresas de servicios públicos prestadoras de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y/o aseo a las que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio les estimó un monto potencial para acceder a las líneas de crédito de FINDETER que se establecen en los Decretos 581 y 819 de 2020 para dotar de liquidez a los prestadores de los usuarios de estratos 1, 2, 3, 4 y usos comercial e industrial, para contribuir a superar las contingencias derivadas del diferimiento del pago de sus usuarios, y cuya afectación de recaudo resulto mayor a la inicialmente estimada, dada la disminución real o efectiva de dicho recaudo, de acuerdo con la información de recaudo efectivo de los meses de marzo, abril mayo, junio y julio del año 2020, podrán solicitar una revisión y ampliación del monto estimado. Para ello, deben remitir su solicitud al correo lineacreditofindeter@minvivienda.gov.co, acompañada de lo siguiente: Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3626 www.minvivienda.gov .co electrónicoLa vivienda y el agua Minvivienda son de todos • Certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente
Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3626 www.minvivienda.gov .co electrónicoLa vivienda y el agua Minvivienda son de todos • Certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente de acuerdo con la naturaleza jurídica del prestador • Fotocopia del documento de identidad del Representante legal. • NIT de la empresa. • Código ID en el RUPS. • El número de los radicados de las comunicaciones emitidas por el Viceministerio de Agua y Saneamiento básico, estableciendo el monto potencial originalmente establecido y la fecha del radicado. • El nombre y número telefónico del contacto. • El Departamento y municipio de correspondencia. • Municipio(s) y departamento(s) donde aplicará la medida; • El o los Municipio(s) y departamento(s) donde aplicó el diferimiento. Por cada municipio, se debe reportar el número de suscriptores por estrato y uso. • La persona prestadora deberá diligenciar y anexar el formato contenido en el anexo 1, por medio del cual declara, bajo juramento, que el valor a solicitar a FINDETER, corresponde a la diferencia entre el recaudo que presentaba el prestador antes de la emergencia económica, social y ecológica declarada por el Gobierno Nacional a través de los Decretos 417 y 637 de 2020 y el recaudo presentado durante esta misma. Este formato será prerrequisito para que FINDETER pueda desembolsar el crédito. • Adicionalmente, las personas prestadoras deberán remitir al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio una certificación expedida por el Representante Legal, en la cual se presente la información sobre la facturación y el recaudo de los meses de enero a julio
- Adicionalmente, las personas prestadoras deberán remitir al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio una certificación expedida por el Representante Legal, en la cual se presente la información sobre la facturación y el recaudo de los meses de enero a julio de 2020, desagregando dicha información por estratos y/o usos. Este Ministerio, soportado en la información remitida por la persona prestadora, podrá modificar el monto potencial, adicionando el originalmente otorgado. La información sobre la facturación y el recaudo del año 2020 se debe presentar en el siguiente formato:
Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3626 www.minvivienda.gov .coMes (Año 2020) Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio La vivienda y el agua Minvivienda son de todos Facturación ($) Estrato Estrato Estrato Estrato Industrial 1 2 3 4 Recaudo($) Comercial Estrato Estrato Estrato Estrato Industrial Comercial 1 2 3 4 Las inquietudes o dudas que se tengan respecto de las gestiones, documentación y/o trámites relacionados con las líneas de crédito definidos en la Circular Externa Informativa No. 2020EE0045900 y en la presente adición, serán atendidas mediante comunicación al correo electrónico lineacreditofindeter@minvivienda.gov.co; asimismo, mediante la asistencia técnica que brinda el equipo del Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico en las diferentes regiones del País. Cordialmente, /_;lb
ef JOSE LUIS ACERO VERGEL
Vicemristro de Agua y Saneamiento Básico
las diferentes regiones del País. Cordialmente, /_;lb
ef JOSE LUIS ACERO VERGEL
Vicemristro de Agua y Saneamiento Básico
ELABORÓ: Carlos Andrés Castillo - Subdirección de Gestión Empresarial
Iveth Andrea Rodríguez - Subdirección de Gestión Empresarial REVISO: Luis Hernán González B. - Subdirector de Gestión Empresarial firlos Francisco Torres - Dirección de Programas fi "carÍos Mendoza - Despacho Viceministro
APROBÓ:
\ "'Gloria Patricia Tovar A. - Directora de Programas Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3626 www .minvivienda.gov .coLa vivienda y el agua Minvivienda son de todos
ANEXO 1
DECLARACIÓN JURAMENTADA PARA SOLICITAR LA FIJACIÓN DE MONTO POTENCIAL DE ASIGNACIÓN DEL CRÉDITO DIRECTO FINDETER (PRESTADORES DE ESTRATOS 1 Y 2) O DE
CREDITO CON CARGO A LINEA DE REDESCUENTO CON TASA COMPENSADA
(PRESTADORES DE ESTRATOS 3, 4, USO INDUTRIAL Y COMERCIAL)
EL SUSCRITO REPRESENTANTE LEGAL DE (NOMBRE DEL PRESTADOR) DECLARA BAJO JURAMENTO QUE; En nombre de (Nombre del prestador), identificado(a) con NIT (Número del NIT) y en atención al trámite de crédito a solicitar a la Financiera de Desarrollo Territorial - FINDETER (Prestadores Estratos 1 y 2) o con cargo a la línea de redescuento con tasa compensada (Decretos 581 y 819 de 2020) me permito certificar que el monto del crédito a solicitar que
(Prestadores Estratos 1 y 2) o con cargo a la línea de redescuento con tasa compensada (Decretos 581 y 819 de 2020) me permito certificar que el monto del crédito a solicitar que requiere la empresa que represento es la suma de (indicar el valor en letras y números), el cual corresponde a la diferencia entre el recaudo antes de la emergencia económica, social y ecológica declarada por el Gobierno Nacional a través de los Decretos 417 y 637 de 2020 y el recaudo presentado durante esta misma por parte del prestador, de los estratos 1, 2, 3 y/o 4 y/o de los usos comercial y/o industrial; esto es, desde el (día) del mes de (mes) de 2020 (fecha en la que comenzó la aplicación de la medida) al (día) de (mes) de 2020, acorde con lo dispuesto en los decretos 581 y 819 de 2020. Dado en (ciudad) a los (día) del mes de (mes) de 2020. (Nombre y apellido) Representante Legal (Nombre Prestador) Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3626 www.minvivienda.gov .co