MINVIVIENDA - Circular 2023IE0004788
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Circular 2023IE0004788
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2023
Calle 17 No. 9 – 36 Bogotá, Colombia Versión: 11.0 Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: XXXX Fecha:29/05/2023 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-12 Página 1 de 3
CIRCULAR
Bogotá D.C.,
PARA: FONDO NACIONAL DE VIVIENDA - FONVIVIENDA
DE: VICEMINISTERIO DE VIVIENDA
ASUNTO: MUNICIPIOS PRIORIZADOS - CIRCULAR 2023IE0004708
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio emitió circular con radicado 2023IE0004708 informando los criterios de priorización para los entes territoriales que, en el esquema asociativo del programa Cambia Mi Casa, manifestaron interés en suscribir conv enios de asociación para la ejecución de mejoramientos de vivienda urbanos y rurales.
Con fecha de corte 26 de junio de 2023, a las 4:00 pm, se recibieron 2 manifestaciones de intención de suscripción de convenio por parte de las siguientes entidades territoriales:
Departamento Municipio Categoría municipal 1 Nariño Pasto (Invipasto) 1 2 Caquetá Florencia 2
Por lo anterior, Fonvivienda deberá verificar los requisitos dispuestos en la circular 2023IE0004708 y adelantar todos los trámites correspondientes para lograr la firma de los convenios interadministrativos con las entidades territoriales antes relacionadas.
De otra parte, dado que de las 18 entidades territoriales que respondieron a la circular
2023IE0004708 y adelantar todos los trámites correspondientes para lograr la firma de los convenios interadministrativos con las entidades territoriales antes relacionadas.
De otra parte, dado que de las 18 entidades territoriales que respondieron a la circular con radicado 2023EE0040710, solo 2 allegaron la documentación requerida, se hace necesario que Fonvivienda reciba un segundo grupo de entes territoriales para la suscripción de los convenios interadministrativos, con el fin de ampliar la cobertura territorial del programa Cambia Mi Casa.Calle 17 No. 9 – 36 Bogotá, Colombia Versión: 11.0 Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: XXXX Fecha:29/05/2023 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-12 Página 2 de 3
La presente circular convoca a los siguientes municipios, con fundamento en las manifestaciones de interés allegadas como respuesta a la circular 2023EE0040710.
Departamento Municipio Categorí a municip al Fecha de recepción de la manifestación de interés 1 Valle del Cauca Trujillo 6 23/05/2023 2 Boyacá Puerto Boyacá 3 24/05/2023 3 Boyacá Duitama 3 24/05/2023 4 Cauca Santa Rosa 6 27/05/2023 5 Casanare Villanueva 5 05/06/2023 6 Valle del Cauca Tuluá 2 06/06/2023 7 Norte de Santander Ocaña 5 08/06/2023 8 Meta Granada 5 09/06/2023 9 Atlántico Barranquilla ESP 09/06/2023 10 Bolívar Cartagena ESP 09/06/2023
7 Norte de Santander Ocaña 5 08/06/2023 8 Meta Granada 5 09/06/2023 9 Atlántico Barranquilla ESP 09/06/2023 10 Bolívar Cartagena ESP 09/06/2023 11 Casanare Nunchia 6 09/06/2023 12 Casanare Chameza 6 09/06/2023 13 Casanare Orocue 6 09/06/2023 14 Casanare Monterrey 6 09/06/2023 15 Nariño Policarpa 6 13/06/2023 16 Antioquia (VIVA) - 22/06/2023
Fonvivienda priorizará para el segundo grupo de convenios interadministrativos con las entidades territoriales relacionadas en esta circular que cumplan con los siguientes criterios:
1. Que la entidad territorial haya cumplido con los requisitos de la circular con radicado 2023EE0040710, publicada el 16 de marzo de 2023 en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
2. Que la entidad territorial haya informado sobre la disponibilidad de recursos y su fuente. En seguimiento de lo anterior, la entidad territorial deberá remitir a Fonvivienda el Certificado de Disponibilidad Presupuestal a más tardar el martes 27 de junio de 2023, a las 12:00 m al correo
cambiamicasa@minvivienda.gov.co.Calle 17 No. 9 – 36 Bogotá, Colombia Versión: 11.0 Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: XXXX Fecha:29/05/2023 www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-12 Página 3 de 3
3. Cada entidad territorial deberá manifestar intención, a más tardar el martes
www.minvivienda.gov.co Código:GDC-PL-12 Página 3 de 3
3. Cada entidad territorial deberá manifestar intención, a más tardar el martes 27 de junio de 2023, a las 12:00 m al correo
cambiamicasa@minvivienda.gov.co, de suscribir el convenio interadministrativo antes del 28 de junio de 2023.
4. Que los municipios a ser beneficiados en el convenio de asociación no hayan sido seleccionados dentro de las convocatorias de mejoramiento de vivienda urbano y/o rural adelantadas por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio en la vigencia 2023. Cuando la entidad territorial que haya manifestado interés sea del orden departamental, deberá excluir de los municipios a postular dentro de su manifestación de interés, aquellos que no cumplan con el requisito inmediatamente anterior.
Los convenios suscritos por Fonvivienda deberán contar con un aporte no menor al 30% del valor del convenio por parte del ente territorial , los con venios deberán suscribirse a más tardar el 28 de junio de 2023
Por lo anterior, en todos los casos se realizará la validación del cumplimiento de requisitos y la entrega de documentación exigida en la convocatoria y lo establecido en este documento. Con base en lo anterior, una vez suscritos los convenios de interadministrativos se iniciarán las actividades de focalización poblacional, registro de información, postulación de potenciales beneficiarios y ejecución de obras por parte del asociado.
Felipe Arbouin Gómez Viceministro de Vivienda