MINVIVIENDA - Circular 5159 de 2026

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Circular 5159 de 2026
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2026

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio

MINISTERIO DE VIVIENDA: CIUDAD Y TERRITORIO 11-09-2026 15:31

026EE0055159 Fol:14 Anex:0 FA:0 ntestar Cite RIGEN 72000 DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE AGUA Y SANEAMIENTO BAS ICO Oo CI RCU LAR IN FO RMATIVA DESTINO MUNICIPIOS, DISTRITOS, DEPARTAMENTOS, GESTORES PDA, GESTORES COMUNITARIOS DE AGUA Y SANEAMIENTO BÁSICO Y PRESTADORES DE SERVICIOS PÚBLICOS DE ASUNTO MEDIDAS DEL SECTOR DE AGUA Y SANEAMIENTO BÁSICO FRENTE AL FENÓMENO DE EL

MEDIDAS COMPLEMENTARIAS PARA ENFRENTAR | “

DEL FENÓMENO EL NIÑO 20: 2020FE002>197 A A A

Bogota D.C. septiembre de 2026

PARA: Municipios, Distritos, Departamentos, Gestores PDA, Gestores comunitarios de Agua y Saneamiento Básico y Prestadores de Servicios Públicos de Acueducto, Alcantarillado y Aseo (AAA).

DE: Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

ASUNTO: Medidas del sector de agua y saneamiento básico frente al Fenómeno de El Niño durante el segundo semestre de 2026, La presente circular tiene carácter complementario a la Circular Informativa No.

2026EE0026348, expedida por este Ministerio el 11 de mayo de 2026, y tiene como propósito actualizar la información relacionada con la evolución de las condiciones asociadas al fenómeno de El Niño en el país, así como precisar y establecer medidas

2026EE0026348, expedida por este Ministerio el 11 de mayo de 2026, y tiene como propósito actualizar la información relacionada con la evolución de las condiciones asociadas al fenómeno de El Niño en el país, así como precisar y establecer medidas adicionales que deberán ser consideradas durante lo que resta de 2026 y el inicio de 2027, periodo en el cual se prevé una mayor intensidad del fenómeno. En este sentido, las orientaciones y medidas establecidas en la Circular Informativa No. 2026EE0026348 continúan vigentes y deberán mantenerse e implementarse en lo que resulte aplicable, de acuerdo con las condiciones particulares de cada territorio y sistema de abastecimiento. La presente circular no sustituye ni deja sin efecto las disposiciones contenidas en dicha circular, sino que las complementa y desarrolla a partir de la evolución de las condiciones climáticas y de disponibilidad del recurso hídrico. De acuerdo con el boletín No. 216 de agosto de 2026 sobre el seguimiento al ciclo ENOS (El NiñoOscilación del Sur) emitido por el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM), la Temperatura Superficial del Mar (TSM) en la franja ecuatorial del océano Pacífico se mantuvo por encima de los valores normales. De acuerdo con el más reciente reporte del Índice Niño Oceánico (ONI), el calentamiento oceánico se ubicó en la categoría moderada, muy próximo al umbral inferior de la categoría fuerte. De esta manera el IDEAM informa que, persistieron las condiciones Tipo El Niño que se viene presentando desde el mes de mayo. De acuerdo con La Administración Nacional Oceánica y Atmosférica de los Estados Unidos (NOAA) en el trimestre septiembre-noviembre de 2026, y en el trimestre

condiciones Tipo El Niño que se viene presentando desde el mes de mayo. De acuerdo con La Administración Nacional Oceánica y Atmosférica de los Estados Unidos (NOAA) en el trimestre septiembre-noviembre de 2026, y en el trimestre produzca un fenómeno de El Niño muy intenso. Durante la temporada de octubre noviembre-enero de 2026-27, hay una probabilidad superior al 90% de que ES a SY diciembre de 2026, hay un 69 % de probabilidades de que se produzca un fenómen Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Versión: 14 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 01/04/2025

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14WU Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio histórico que superaría la intensidad de los fenómenos de El Niño anteriores, que se remontan a 1950. Las proyecciones de centros internacionales confirman que las temperaturas de la superficie del mar en el Pacífico ecuatorial ya superan el promedio. Esta alerta anticipa impactos significativos en el clima nacional y se espera que dichas condiciones se prolonguen y fortalezcan de manera gradual hasta el cierre de 2026, como se detalla a continuación. Figura 1. Probabilidades de intensidad de ENSO para el índice relativo de temperatura superficial del mar de la región Niño - 3.4 NOAA CPC ENSO Strength Probabilities (issued September 2026) based on thresholds in ERSSTv6 Relative Niño-3,4 index/RONI 100 ma Very Strong El Niño index = 2.0°C 90 Strong El Niño — 1.5°C s index « 2.0'C

based on thresholds in ERSSTv6 Relative Niño-3,4 index/RONI 100 ma Very Strong El Niño index = 2.0°C 90 Strong El Niño — 1.5°C s index « 2.0'C Moderate El Niño 80 A E 0% s index < 15°C Weak El Niño a 0.5% = index < 1.0% 70 y Neutral TS! 0.580 « Index < 0.54C Weak La Niña 60 A 05 = index > -1.0%0 Moderate La Niña E 10% e index > -1.5C 50 Strong La Niña = EA 215°C = index > -2.0°C Very Strong La Niña 40 BE inden = -2.0°C 30 20 Ho] Stronger events de mol always | | imean bigger weather and climate | 10 impacts. Suunger events can | make it more dkely that certain | impacts could occur, | o? o OS M ASO SON OND NDJ DIF JF FMA MAM AM Season Percent Chance (%)

Fuente: CPC - National Oceanic and Atmospheric Administration (NOAA)!

Adicionalmente, de acuerdo con el Boletín de Predicción Climática y Recomendación Sectorial No. 379, emitido por el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM) el 5 de septiembre de 2026, para el periodo comprendido entre septiembre y noviembre de 2026 se prevén condiciones de precipitación por debajo de los promedios históricos en diferentes regiones del país. En este contexto, a continuación, se presenta un resumen de las condiciones de precipitación previstas para los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2026. 1 https://cpc.ncep.noaa.gov/products/analysis monitoring/enso/roni/probabilities.php

En este contexto, a continuación, se presenta un resumen de las condiciones de precipitación previstas para los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2026. 1 https://cpc.ncep.noaa.gov/products/analysis monitoring/enso/roni/probabilities.php Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Versión: 14 Calle 17 # 9 - 36, Bogota D.C., Colombia ' Fecha: 01/04/2025 PBX: (601) 914 21 74 CédiggssGAG-BlaQ7 14Aw) Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Septiembre: En el territorio nacional se esperan lluvias en la categoría POR DEBAJO de lo normal (probabilidades superiores al 70%), salvo en el área insular Caribe y sectores distribuidos en las regiones Orinoquía y Amazonía.

Octubre: Aunque los registros históricos indican que para este mes se suele presentar una temporada de lluvia en una parte representativa del país, el IDEAM advierte que en el territorio nacional se esperan lluvias entre las diferentes categorías POR DEBAJO de lo normal, NORMAL y POR ENCIMA de lo normal.

La categoría por debajo de lo normal se proyecta en amplias extensiones de las regiones Caribe (continental e insular) y Andina, así como en sectores de la Orinoquía y Amazonía, y El Chocó en el Pacífico, con probabilidades que generalmente superan el 50%.

Noviembre: Al igual que octubre, los registros históricos indican que para este mes se presenta temporada de lluvia en una parte representativa del país, no obstante, el IDEAM advierte que en el territorio nacional se esperan lluvias entre las diferentes categorías POR DEBAJO de lo normal, NORMAL y POR ENCIMA de lo normal.

La categoría por debajo de lo normal se proyecta en zonas distribuidas por las

IDEAM advierte que en el territorio nacional se esperan lluvias entre las diferentes categorías POR DEBAJO de lo normal, NORMAL y POR ENCIMA de lo normal. La categoría por debajo de lo normal se proyecta en zonas distribuidas por las regiones Caribe (continental), Andina y Pacífica, incluyendo zonas ‘del flanco occidental en la Orinoquía, con probabilidades que generalmente superan el 50%. Figura 2. Predicción climática para los meses de septiembre, octubre y noviembre | fe j Fuente: Es importante precisar que si bien, octubre y noviembre suele caracterizarse por un registro histórico de lluvias mayor en diferentes regiones del pais, los meses venideros, es decir, diciembre, enero y febrero suelen tener registros históricos de menos lluvias en el país, que aunado con las condición El Niño, presentes en el pacific N ecuatorial, pueden exacerbar el desabastecimiento hídrico en gran parte del paisa Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Versión: 14 Calle 17 + 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia : Fecha: 01/04/2025

PBX: (601) 914 21 74 CédigqaGAS Bae? 14¡Y Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio siendo un periodo en el que los sistemas de suministro del país tendrán una presión hídrica considerable, por lo que es necesario intensificar las medidas de preparación expuestas por este ministerio en la presente circular y la previa del mes de mayo de

2026 Adicionalmente, se advierte que debido al paso de ondas tropicales, se esperan lluvias en gran parte de la región Caribe, norte y centro de la región Andina y piedemonte

2026 Adicionalmente, se advierte que debido al paso de ondas tropicales, se esperan lluvias en gran parte de la región Caribe, norte y centro de la región Andina y piedemonte llanero de la Orinoquia hasta el mes de septiembre, por lo tanto, el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres debe prepararse para un escenario dual: la activación de contingencias frente al estrés hídrico e incendios forestales, y simultáneamente, el mantenimiento de la vigilancia ante inundaciones, movimientos en masa y avenidas torrenciales derivadas de las precipitaciones excedentes. Se insta a los actores territoriales a fortalecer sus medidas de preparación ante ambos escenarios. Por otra parte, con el propósito de determinar las posibles afectaciones sectoriales en las regiones, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio realizó un análisis histórico para establecer los municipios con mayor probabilidad de presentar afectaciones en los sectores de agua potable y saneamiento básico durante la ocurrencia del fenómeno de El Niño. Para ello, se definieron cuatro criterios de amenaza, con una ponderación del 70%, y dos criterios de vulnerabilidad, con una ponderación del 30%. La amenaza se evaluó a partir de antecedentes de afectaciones municipales registrados en diferentes fuentes de información, entre ellas el Estudio Nacional del Agua, los registros correspondientes al fenómeno de El Niño 2014-2016, los eventos de sequía ocurridos entre 2017 y 2023 y los documentos asociados a los planes de gestión del riesgo. \ Por su parte, la vulnerabilidad se determinó mediante el puntaje del Índice de Capacidades (IC) municipal, definido por el Departamento Nacional de Planeación (DNP), y el Índice de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI), específicamente en su

Por su parte, la vulnerabilidad se determinó mediante el puntaje del Índice de Capacidades (IC) municipal, definido por el Departamento Nacional de Planeación (DNP), y el Índice de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI), específicamente en su componente de servicios públicos, con información del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE). El modelamiento y análisis espacial de estas variables permitió establecer la distribución territorial de los municipios con mayor probabilidad de presentar desabastecimiento en agua potable y saneamiento básico ante la ocurrencia del fenómeno de El Niño, como se muestra en la figura siguiente. Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Versión: 14 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 01/04/2025

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14Y Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Figura 3. Municipios con probabilidad de > &

VENEZUELA

BRASIL Fuente. MVCT En la siguiente tabla se presenta, por departamento, el número de municipios clasificados en cada nivel de riesgo bajo la escala ajustada (Muy Alto, Alto, Medio y Bajo), sobre el total de municipios de cada departamento. NO rs a DEPARTAMENTO _ MUYALTO | ALTO MEDIO BAJO. iunrcrpios | | Bolivar fy fate silat nolBrr ira lo we] Se San Andrés y Providencia | 1 mo 4lis La Guajira tes fie AA eu Córdoba Leve gres da asia ESA Ml e [Sucre | ME e | i Risaralda _ o 2 | 10 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Versión: 14

La Guajira tes fie AA eu Córdoba Leve gres da asia ESA Ml e [Sucre | ME e | i Risaralda _ o 2 | 10 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Versión: 14 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 01/04/2025

PBX: (601) 914 21 74 CédiggsgGiAG-BlaQ7 14 ¡Wd Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio \ e DEPARTAMENTO | MUYALTO ALTO MEDIO BAJO — myuncibrios Boyacá 6 ee 29 3 123

Cundinamarca... 1 67 23 | 12 117 Santander 136 1 22 18 87 Atlántico 2 | a | 7 | 3 23 Putumayo o oo 4 3 | 6 | 3 13 Cauca o. 2. 116 8 | 16 42 Antioquia 42846 125 valledelCauca ld CGB 42 | Guaviare o i” — - | 4 — : 4 ‘Magdalena - y 28 ii 1 30 Tolima E Ce 47 Caldas OS o IEC 27 Quindío OS | Pos | 6 | 12 Caqueta o - o o 6 9 | 1 16 Norte de Santander OS 15 | 10 40 Casanare 7 5 10 4 19 Huila ees ee 9 12 | 16 37 [Chocó O A | 26 31 Arauca 1 6 7 [Nariño 7 o 9. 14 | al 64 | Amazonas : o | ] 7 tf (11 11

Huila ees ee 9 12 | 16 37 [Chocó O A | 26 31 Arauca 1 6 7 [Nariño 7 o 9. 14 | al 64 | Amazonas : o | ] 7 tf (11 11 Guainía 7 o o o y 1 |? Es Meta E] 6 23 29 Vaupés O Lo 6 Vichada “fo 3 1 4 Total general e SE 111 447 269 295 1122 De acuerdo con lo anterior y considerando los antecedentes históricos que se han presentado en el país ante la ocurrencia de fenómenos El Niño, se prevén afectaciones en las diferentes regiones del país, especialmente en las regiones Andina y Caribe, donde históricamente se han registrado mayores impactos. Los posibles impactos del fenómeno El Niño sobre el sector de agua y saneamiento básico en el país se relacionan históricamente con eventos como: a. Desabastecimiento de agua. b. Afectación de infraestructura por incendios — Cc. Afectación de la calidad del agua por disminución de la oferta hídrica en las fuentes abastecedoras y aumento de la concentración de contaminantes. d. Impactos en salud pública, 'representados en el aumento de las patologías asociadas con la falta de suministro de agua y saneamiento básico. En grupos de población vulnerable, puede presentarse un incremento significativo en el desarrollo de enfermedades transmitidas por vectores, vehiculizadas por el agua o por alimentos, deshidratación, entre otros. Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Versión: 14 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 01/04/2025

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14Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio e. Incendios en sitios de disposición final de residuos sólidos, provocados por altas temperaturas. Por lo anterior, esta circular se concentra en precisar y complementar las medidas previamente impartidas, con énfasis en la preparación y puesta a punto de alternativas de abastecimiento, la determinación de la autonomía de los sistemas, la recuperación y aprovechamiento de fuentes subterráneas existentes, la priorización de los sistemas que presentan mayores condiciones de vulnerabilidad, el fortalecimiento de la capacidad operativa de los Planes Departamentales de Agua (PDA) y la definición de mecanismos de seguimiento, alerta y activación que permitan anticipar y atender oportunamente posibles afectaciones en la prestación de los servicios de acueducto.

MEDIDAS SECTORIALES COMPLEMENTARIAS

A. Identificación de fuentes alternativas de abastecimiento

1. Se recomienda a los prestadores de servicios públicos de acueducto y los gestores comunitarios elaborar y mantener actualizada una matriz de fuentes alternas de abastecimiento. Es importante registrar la capacidad estimada, población potencialmente atendida, requerimientos de infraestructura, calidad fisicoquimica del agua, restricciones técnicas o ambientales, permisos o autorizaciones ante la autoridad ambiental competente, tiempo estimado de habilitación y el responsable directo de su activación.

2. Cuando corresponda, identificar los pozos existentes dentro de su área de prestación o que puedan constituir una alternativa técnicamente viable para el

autorizaciones ante la autoridad ambiental competente, tiempo estimado de habilitación y el responsable directo de su activación.

2. Cuando corresponda, identificar los pozos existentes dentro de su área de prestación o que puedan constituir una alternativa técnicamente viable para el sistema y verificar su estado.

Cuando se determine que un pozo existente puede contribuir a la continuidad del servicio y sea técnica, ambiental y administrativamente viable, se deberán priorizar las acciones necesarias para su mantenimiento, rehabilitación o puesta a punto. La eventual utilización de aguas subterráneas deberá realizarse de conformidad con las condiciones establecidas por la autoridad ambiental competente y con seguimiento de los niveles y condiciones del recurso, evitando su sobreexplotación.

B. Autonomía de los sistemas y dependencia de fuente de abastecimiento única

1. Los prestadores y gestores comunitarios deberán determinar con I información disponible, los dias de autonomía efectiva de sus sistemas de acueducto ante diferentes escenarios de disminución de la oferta hídrica de la fuente principal Para este ejercicio deberán considerar, como mínimo:

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14 ~5) Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio « Volumen útil de almacenamiento. + Demanda promedio y demanda máxima. + Caudal disponible de la fuente. e Restricciones operativas. + Pérdidas del sistema. e Disponibilidad de fuentes complementarias. El resultado deberá incorporarse a los instrumentos de operación o

+ Demanda promedio y demanda máxima. + Caudal disponible de la fuente. e Restricciones operativas. + Pérdidas del sistema. e Disponibilidad de fuentes complementarias. El resultado deberá incorporarse a los instrumentos de operación o contingencia del prestador y utilizarse para definir con anticipación las acciones que deberán ejecutarse cuando la autonomía se reduzca, como por ejemplo el aumento de la capacidad de almacenamiento del sistema, así como medidas que conlleven al ahorro y uso eficiente del agua.

2. Los municipios y prestadores identificarán aquellos sistemas de acueducto cuya continuidad dependa de 'una única fuente de abastecimiento superficial, estructurando una ficha de vulnerabilidad que evalúe el comportamiento histórico del caudal, la capacidad de regulación y las alternativas de interconexión con acueductos vecinos.

3. Los prestadores y los gestores comunitarios deberán implementar un programa de seguimiento y monitoreo permanente de las fuentes de abastecimiento, orientado a identificar oportunamente variaciones en su disponibilidad y comportamiento que puedan generar condiciones de déficit hídrico y afectar la continuidad del servicio de acueducto.

El programa deberá considerar, de acuerdo con las características y condiciones de cada fuente, el seguimiento periódico de los caudales, niveles, tendencias de disminución o recuperación y demás variables que permitan establecer su comportamiento frente a las condiciones de referencia del sistema. Cuando el seguimiento evidencie una disminución sostenida o significativa de la disponibilidad de la fuente, el prestador o gestor comunitario deberá evaluar el impacto sobre la capacidad de abastecimiento del sistema y activar oportunamente las medidas de preparación previstas, incluyendo la verificación

la disponibilidad de la fuente, el prestador o gestor comunitario deberá evaluar el impacto sobre la capacidad de abastecimiento del sistema y activar oportunamente las medidas de preparación previstas, incluyendo la verificación y puesta a punto de las fuentes alternativas y demás mecanismos de abastecimiento definidos en sus instrumentos de gestión del riesgo y planes de emergencia y contingencia. Los resultados del monitoreo deberán registrarse y mantenerse disponibles como soporte para la toma de decisiones y para el seguimiento de la evolución de las condiciones de abastecimiento.

C. Fortalecimiento operativo de los Gestores PDA

1. Se recomienda a los Gestores de los Planes Departamentales de Agua (PDA) consolidar y mantener actualizado un inventario regional de capacidades operativas que incluya la disponibilidad real de carrotanques, plantas

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Versión: 14 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 01/04/2025 PBX: (601) 914 21 74 CédiggssGAS-Blaa7 14Ministerio de { Vivienda, Ciudad y Territorio potabilizadoras portátiles, equipos de bombeo de respaldo, plantas eléctricas, carrotanques de succión y personal técnico especializado, identificando los recursos susceptibles de movilización oportuna hacia los municipios críticos.

2. Se insta a los Gestores de los Planes Departamentales de Agua (PDA) a estructurar un esquema de apoyo operativo entre sistemas de acueducto urbanos y rurales del departamento, identificando excedentes de capacidad en sistemas vecinos que puedan canalizarse hacia municipios catalogados en riesgo alto o muy alto de desabastecimiento.

estructurar un esquema de apoyo operativo entre sistemas de acueducto urbanos y rurales del departamento, identificando excedentes de capacidad en sistemas vecinos que puedan canalizarse hacia municipios catalogados en riesgo alto o muy alto de desabastecimiento.

D. Uso eficiente, reducción de pérdidas y control comercial

1. Implementar brigadas operativas permanentes para la sectorización de redes y la reparación priorizada de fugas visibles y no visibles, orientadas a la reducción medible del Índice de Agua No Contabilizada (ANC) durante el periodo de escasez, así como el posible desperdicio de agua por posibles daños que se puedan presentar en las redes de distribución del sistema.

2. Los prestadores, en coordinación con las autoridades municipales o distritales cuando corresponda y la norma vigente lo permita, deberán evaluar la necesidad y viabilidad de implementar dispositivos de control o limitación de caudal en las acometidas domiciliarias, especialmente en sectores donde se presenten consumos elevados o donde las condiciones de la fuente hagan necesario reducir temporalmente la demanda.

La implementación de estas medidas deberá estar precedida por la información y sensibilización de los usuarios sobre su carácter preventivo y temporal, así como por la definición de los criterios técnicos que determinen su activación, duración y retiro.

3. Desarrollar campañas de uso eficiente y ahorro del agua, a cargo de los municipios, prestadores y gestores comunitarios, orientadas a reducir los consumos no esenciales y promover prácticas responsables en los usuarios, especialmente durante los periodos en los que se evidencie disminución en la disponibilidad de las fuentes de abastecimiento.

Las campañas deberán estar dirigidas a las características y condiciones de

consumos no esenciales y promover prácticas responsables en los usuarios, especialmente durante los periodos en los que se evidencie disminución en la disponibilidad de las fuentes de abastecimiento. Las campañas deberán estar dirigidas a las características y condiciones de cada sistema y considerar, como mínimo, información sobre el comportamiento de la fuente de abastecimiento, la importancia de reducir los consumos no esenciales, prácticas de ahorro en los hogares y mecanismos para reportar fugas o desperdicios de agua. J Las acciones de comunicación deberán informar a los usuarios sobre la medidas preventivas adoptadas, su carácter temporal cuando corresponda y las condiciones que determinen su intensificación o finalización.

4. Fortalecer la lectura y el seguimiento a los macro medidores en plantas de tratamiento y tanques de almacenamiento, estableciendo rutinas diarias para

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14Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio la identificación temprana de consumos anormales y sectores críticos con incrementos injustificados de demanda.

E. Carrotanques y Medios Alternativos de Abastecimiento Los municipios, en coordinación con los prestadores, definirán formalmente los puntos de captación autorizados para el cargue de carrotanques. Asimismo, establecerán las rutas específicas, la capacidad de los vehículos, los puntos de acopio comunitarios y un listado priorizado de instituciones esenciales (hospitales, centros de salud, hogares geriátricos y centros educativos) que recibirán suministro prioritario en caso de

rutas específicas, la capacidad de los vehículos, los puntos de acopio comunitarios y un listado priorizado de instituciones esenciales (hospitales, centros de salud, hogares geriátricos y centros educativos) que recibirán suministro prioritario en caso de racionamiento.

F. Articulación con los instrumentos y la norma vigente Las medidas de la presente circular deberán implementarse de manera articulada con los planes de gestión del riesgo para empresas públicas y privadas definidos en el Decreto 2157 de 2017, planes de emergencia y contingencia definidos en la Resolución MVCT 154 de 2014, Planes de Gestión de Riesgo sectorial de los Planes Departamentales de Agua relacionados en el Decreto 1425 de 2019, las estrategias municipales de respuesta y demás instrumentos sectoriales y territoriales que resulten aplicables.

Adicionalmente, es importante precisar que, en caso de presentarse alguna situación de emergencia por desabastecimiento hídrico, se deberá actuar de acuerdo con lo definido en la Ley 1523 de 2012 (Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres) bajo los principios de gradualidad y subsidiariedad, por lo tanto, las acciones para la atención de emergencias por eventos naturales deben seguir el siguiente conducto regular:

1. Nivel municipal (primera instancia): La empresa o esquema comunitario prestador del servicio y los Consejos Municipales o Distritales para la Gestión del Riesgo de Desastres (CMGRD) deben consolidar el reporte de Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades (EDAN), con el propósito de gestionar las medidas inmediatas de abastecimiento y atención de la emergencia e incluir las necesidades identificadas en el respectivo Plan de Acción Específico, cuando haya lugar.

Daños y Análisis de Necesidades (EDAN), con el propósito de gestionar las medidas inmediatas de abastecimiento y atención de la emergencia e incluir las necesidades identificadas en el respectivo Plan de Acción Específico, cuando haya lugar.

2. Nivel Departamental: En caso de superarse la capacidad técnica y financiera del municipio, las respectivas alcaldías y distritos deben solicitar el apoyo subsidiario al Consejo Departamental para la Gestión del Riesgo de Desastres (CDGRD) del departamento y activar el acompañamiento técnico del gestor del Plan Departamental de Agua, con base en las actas respectivas que haya elaborado el Consejo Municipal para la Gestión del Riesgo de Desastres.

3. Nivel nacional: Cuando se haya sobrepasado la capacidad departamental, el suministro directo de ayudas humanitarias, maquinaria e insumos técnicos de emergencia, se debe considerar que la instancia competente encargada de coordinar y ejecutar dichos apoyos desde el nivel nacional es la Unidad Nacional

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14Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), con base en el acta respectiva del Consejo Departamental para la Gestión del Riesgo de Desastres. Es importante precisar que en caso de requerirse la activación del nivel nacional ante situaciones de desabastecimiento de agua y se requiera apoyo con carrotanques u otros medios alternos, la ruta documental y administrativa ante el SNGRD y la UNGRD se desarrolla de la siguiente manera.

situaciones de desabastecimiento de agua y se requiera apoyo con carrotanques u otros medios alternos, la ruta documental y administrativa ante el SNGRD y la UNGRD se desarrolla de la siguiente manera.

1. Ante una situación de emergencia por desabastecimiento, en primer lugar, el prestador o gestor comunitario deberá elaborar un informe técnico de la situación que se presentó y definir si se superó su capacidad de actuación como primer respondiente en el marco del Plan de Emergencia y Contingencia que establece la Resolución MVCT 154 de 2014, el cual se deberá presentar ante el CMGRD.

2. El Consejo Municipal de Gestión del Riesgo se reúne y deja constancia en el acta, junto con su registro de asistencia, de que la capacidad local es insuficiente, es decir que ni el acueducto municipal ni los bomberos ni la administración cuentan con suficientes carrotanques propios para atender la emergencia, y se toma la decisión de escalar la solicitud a instancias superiores.

3. Con este respaldo, el alcalde tiene la facultad en caso de considerarlo necesario de expedir el decreto de calamidad pública, específicamente por el desabastecimiento de agua, lo cual habilita el uso de recursos del fondo municipal de gestión del riesgo para contratar transporte de agua de emergencia y permite realizar contrataciones urgentes sin los trámites ordinarios, por ejemplo para arrendar carrotanques si el municipio no dispone de flota propia.

4. Posteriormente, el prestador o gestor comunitario en conjunto con la administración municipal deberá elaborar el informe EDAN, enfocado especificamente en el sistema de acueducto. Este informe documenta qué componente falló, si fue la fuente de abastecimiento, la bocatoma,

administración munici

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