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MINVIVIENDA - Circular Conjunta de 2018

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Circular Conjunta de 2018
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2018

PARA: DE:

Superservicios Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios

@ GOBIERNO DE COLOMBIA

@MINVIVIENDA

CIRCULAR CONJUNTA

Distritos y Municipios. Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico y Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

ASUNTO: Fechas de reporte de información, dentro del proceso de certificación para la administración de los recursos del Sistema General de Participaciones para Agua Potable y Saneamiento Básico, vigencia 2017.

FECHA: Mayo de 2018

El artículo 4 de la Ley 1176 de 2007, creó el proceso de certificación de distritos y municipios para la administración de los recursos de la participación para agua potable y saneamiento básico del Sistema General de Participaciones y el aseguramiento de la prestación de dichos servicios, el cual deberá ser adelantado por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Por lo anterior, los distritos y municipios y aquellos que ostenten la calidad de prestadores directos, deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Gobierno Nacional en el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015. En consideración a lo anterior, los artículos 2.3.5.1.2.1.6. y 2.3.5.1.2.1.7. del Decreto en mención, establecieron los requisitos que deben cumplir los distritos y municipios en el marco del proceso de certificación. Así mismo, en el artículo 2.3.5.1.2.1.9. ídem se señalaron los plazos para ello. Ahora bien, a través de la Resolución Conjunta No. 0291 del 30 de abril de 2018, el

se señalaron los plazos para ello. Ahora bien, a través de la Resolución Conjunta No. 0291 del 30 de abril de 2018, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Departamento Nacional de Planeación, en virtud de lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 2.3.5.1.2.1.9. del Decreto 1077 del 2015, determinaron que el plazo para reportar la información al Sistema Único de Información (SU!), en relación con el proceso de certificación para la administración de los recursos del Sistema General de Participaciones para Agua Potable y Saneamiento Básico y el aseguramiento de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento básico, para la vigencia 2017, tendrá como fecha límite el 15 de mayo de 2018. Así las cosas, el Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, se permiten recordar a los distritos y municipios la importancia de efectuar oportunamente los reportes en el Sistema Único de Información (SUI) y advierten que el incumplimiento de esta obligación puede generar: • La descertificación del distrito o municipio con la consecuente imposibilidad de administrar los recursos del Sistema General de Participaciones para Agua Potable y Saneamiento Básico y de asegurar la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento básico. Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3626 www.minvivienda.gov.coSuperservicios Superintendencia de Servidos Públicos Domiciliarios @ GOBIERNO DE COLOMBIA @MINVIVIENDA • Disminución en la asignac1on de recursos del Sistema General de

www.minvivienda.gov.coSuperservicios Superintendencia de Servidos Públicos Domiciliarios @ GOBIERNO DE COLOMBIA @MINVIVIENDA • Disminución en la asignac1on de recursos del Sistema General de Participaciones para Agua Potable y Saneamiento Básico por el criterio de eficiencia fiscal y administrativa en la vigencia 2019. • Adopción de medidas preventivas y/o correctivas de que trata el Decreto Ley 028 de 2008. • Las acciones disciplinarias y fiscales que puedan imponer los entes de control. Finalmente, en el marco de su función de asistencia técnica a las entidades territoriales, el Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico estará atento a brindar el apoyo que se requiera para el cumplimiento de las responsabilidades en materia de uso y destinación de los recursos del SGP-APSB. Cordialmente, JORGE ANDRÉS Viceministro de Básico ád/4>fifi ARRILLO CARDOSO / RUTTYfiOLA ORTIZ JARA / gua y Saneamie fi to _\,, (uperintendente de Servicios Públicofi fi Domici I iarios

Aprobó: Diego Felipe Polanía Chacón - Director de Desarrollo Sectorial.

Revisó: Osear Javier Ramírez Niño - Coordinador d fi I G, po de Monitoreo al SGP-APSB / Edgardo Ignacio Torres Sáenz - Asesor VASB / Carlos

Andrés Daniels Jaramillo - Asesor Jurídico DDS-VASB.

Elaboró: Margarita Gómez Arbeláez - Contratista D . • Fecha: Mayo de 2018

Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia

Andrés Daniels Jaramillo - Asesor Jurídico DDS-VASB.

Elaboró: Margarita Gómez Arbeláez - Contratista D . • Fecha: Mayo de 2018

Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3626 www.minvivienda.gov.co

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