MINVIVIENDA - Circular Reporte FUT proceso de certificación 2014 de 2015
Ministerio de Vivienda
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Circular Reporte FUT proceso de certificación 2014 de 2015
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2015
UJNISTEN:l() 0E vr\'IEHOA,. CIIJOAO Y lENJtllORI0.:10(1!•101617•()¿
Al Cootn1• Citii: li:1o:• No.: 2016U:OOOUOtrou Anc1.O FA 0
CfllGEN 7JOO VCEM!U $TErt!O 0€ ,i,,ClJA Y S,.tJ,t,.,.llEtnO 8A.S1CO tOOlL Y CE.O".JA Ct..AAO LUl,I
0ESTl:f«) M\JN1CV-,os
ASUNTO REPORTE fir,.¡-
08S 010 FR:t.V.00 POft LA. ORJ, L\.-JMC,I.R(X.itt,t, CASIII..O\'IC(Lllft$1fi 04: ACU4
2015EE0006709 1111111111111 1 a 111111111111111111 111 111111
CIRCULAR INFORMATIVA
@ MINVIVIENDA
PARA: Departamentos, Municipios, Distritos y Gestores PAP-PDA.
DE: Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico ASUNTO: Reporte de información en el Formulario Único Territorial (FUT) relacionado con el proceso de certificación del Sistema General de Participaciones para Agua Potable y Saneamiento Básico (SGP-APSB), vigencia 2014.
FECHA: ENERO DE 2015
El artículo 4 de la Ley 1176 de 2007, estableció la certificación para la administración de los recursos del SGP-APSB y el aseguramiento de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento básico, para los municipios y distritos del país. Así mismo, señaló que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios es la entidad competente para adelantar la certificación o retirarla.
de los servicios de agua potable y saneamiento básico, para los municipios y distritos del país. Así mismo, señaló que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios es la entidad competente para adelantar la certificación o retirarla. El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1484 del 2014, a través del cual en los artículos 6 y 7 se fijaron: (i) los requisitos generales para los municipios y distritos y, (ii) los requisitos adicionales para municipios y distritos que presten directamente los servicios de acueducto, alcantarillado y/o aseo, respectivamente, y que deben cumplir en el marco del proceso de certificación. Para la vigencia fiscal 2014, y de conformidad con el artículo 6 del Decreto en mención, al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio le corresponde verificar a partir del reporte acumulado y efectuado por las entidades territoriales en el Formulario Único Territorial (FUT) a través del Sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública (CHIP), conforme a los términos y condiciones contemplados en la Resolución 194 de 2012 de la Contaduría General de la Nación, los siguientes:
1. El señalado en el numeral (i) para el aspecto "Destinación y giro de los recursos de la participación para Agua Potable y Saneamiento Básico, con el propósito de financiar actividades elegibles conforme a lo establecido en el artículo 11 de la Ley 1176 de 2007.
2. Los establecidos en los literales a), y b) del numeral (ii) del aspecto "Creación y puesta en funcionamiento del Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos" y,
Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia
2. Los establecidos en los literales a), y b) del numeral (ii) del aspecto "Creación y puesta en funcionamiento del Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos" y,
Calle 18 No. 7 - 59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3626 www .minvivienda.gov .co,_.1H1Sn:R100€VIV1ENOA, CIJO.A-O 'f lHHtt10tnOJ.O.(J1-101111-04 AJContut..-ci-.,5toNt;..: 2'l16UCOOUOtíol,1 AM.• 0 rA.O ORIGEN '7XIO VICU.Ctj SJ[RK> DE ,f,,GlJA Y SNIE:>J,1Jt,no (fA$JCO tOOl,.t.YCtCI.LA et.ARO u.ru. OESTtrfO r..._tllC:PIOS ASUNJO RCPORTE t"UCHS o,o,1FU.V..OOPOA LAOttALwtlACN<Ol.tt.\CASfU...Ol;'lCtMltftSIRA 0t, .-.OVA 2015EE0006709 1111111111:1111111111111111111111111 11 [I
@MI NVIVIENDA
3. El consagrado en el numeral (ii) del aspecto "Aplicación de la metodología establecida por el Gobierno Nacional para asegurar el equilibrio entre los subsidios y las contribuciones para los servicios públicos domiciliarios de acueducto alcantarillado y aseo".
Cabe señalar que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 1484 de 2014, para la vigencia 2014, la información que este Ministerio debe remitir a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, será enviada a más tardar el
Cabe señalar que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 1484 de 2014, para la vigencia 2014, la información que este Ministerio debe remitir a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, será enviada a más tardar el 30 de mayo de 2015. En consecuencia, los munic1p1os y distritos que aún no hayan reportado la información en el FUT relacionada con los requisitos establecidos para el proceso de certificación de la vigencia 2014, deben proceder a llevar a cabo dicho reporte antes del 15 marzo de 2015 en cuanto al reporte ordinario o el 15 de abril de 2015, respecto del reporte extemporáneo. Se debe advertir que el no reporte de la información en el FUT puede generar: i) la descertificación del municipio o distrito conllevando a la imposibilidad de administrar los recursos del SGP-APSB y de asegurar la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento básico; ii) Disminución en la asignación de recursos del SGP-APSB por el criterio "eficiencia fiscal y administrativa" en la vigencia 2016; iii) Medidas preventivas y/o correctivas de que trata el Decreto 028 de 2008; iv) las acciones disciplinarias y fiscales que puedan imponer los entes de control. Finalmente, manifestar que el Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico en el marco de su función de asistencia técnica a las entidades territoriales, estará atento a brindar el apoyo que requieran para el cumplimiento de las responsabilidades en materia de uso y destinación de los recursos del SGP-APSB y, proceso de certificación 2014. Cordialmente,
M ÍA CAROLINAfiLLO AGUILAR
Vicem • - Agüá_y_Saneamiento Básico
responsabilidades en materia de uso y destinación de los recursos del SGP-APSB y, proceso de certificación 2014. Cordialmente, M ÍA CAROLINAfiLLO AGUILAR Vicem • - Agüá_y_Saneamiento Básico ----- ¿(fi ---- /'
Aprobó: Javier Orlando M éndez - Director de Desarrollo Sectorlal'-\1.
Revisó: Osear Jav· a ·¡ ez Niño - Coordinador Grupo de Monltoreo SGP-APSB / Carlos ArR1fi'15anlels JaramilloContratista V
Proyectó: uillermo Ififido - Contratista DDS
Calle 18 No. 7 -'59 Bogotá, Colombia Conmutador (571) 332 34 34 • Ext: 3626 www.minvivienda.gov.co 1 J ® ' SllS