MINVIVIENDA - Concepto 4120-E1-50774 de 2009
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Concepto 4120-E1-50774 de 2009
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2009
F-1200.CJ.103.02 –Conceptos Jurídicos ExternosCalle 37 No. 8 – 40 Bogotá, D. C. PBX. 332 3400 - 332 3434 www.minambiente.gov.co
Página 1 de 2 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Oficina Asesora Jurídica República de Colombia Bogotá D.C., 1-Junio-2009 1200-E2-50774
Señora Flor María Aguilar Reyes Carrera 1ª sur No. 15-12 Barrio Eduardo Santos Ibagué, Tolima
Referencia: Sustitución Subsidio Familiar de Vivienda por Fallecimiento.
Radicación No. 4120-E1-50774 del 11 de mayo de 2009.
Respetada señora,
Mediante el presente me permito dar respuesta a su consulta de la referencia, radicada en esta entidad el día 11 de mayo del presente, la cual se envió a la Dirección del Sistema Habitacional de donde se envió a esta Ofic ina Asesora el día 28 de mayo de 2009, a través del Memorando 3200-4-50774 del 26 de mayo de 2009.
En lo que respecta a su solicitud de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda otorgado a la señora SOFÍA REYES VANEGAS, identificada con la cédula de ciudadanía No. 28507954, de la Bolsa de Desastres Naturales mediante Resolución 297 del 10 de septiembre de 2007 , en razón a que la beneficiaria falleció, solicitud que eleva en razón a ser hija de la misma.
ciudadanía No. 28507954, de la Bolsa de Desastres Naturales mediante Resolución 297 del 10 de septiembre de 2007 , en razón a que la beneficiaria falleció, solicitud que eleva en razón a ser hija de la misma.
Una vez revisado el Módulo de Consulta de Subsidi o Familiar de Vivienda del MAVDT, se encontró que la postulación efectuada por la señora SOFÍA REYES VANEGAS, que resultó en la asignación del subsidio mediante Resolución 297 del 10 de septiembre de 2007, no incluyó ninguna otra persona como miembro del hogar postulante.
Así mismo, se pudo constatar que los recursos correspondientes a la mencionada asignación ($9.107.700,oo), se encuentran desembolsados en la cuenta No. 400700644713 del Banc o Agrario de Colombia S.A., a nombre de la señora SOFÍA
REYES VANEGAS.
En tal sentido, al no haber ningún otro miembro del hogar postulado que pueda hacer efectiva la aplicación del subsidio desembolsado en la cuenta antes mencionada, se hace necesario que se determine, mediante proceso sucesorio, la persona legalment e habilitada para efectuar la aplicación del subsidio desembolsado, con sujeción a los fines para los cuales fuera asignado, los cuales se dirigen a la adquisición de una solución de vivienda.F-1200.CJ.103.02 –Conceptos Jurídicos ExternosCalle 37 No. 8 – 40 Bogotá, D. C. PBX. 332 3400 - 332 3434 www.minambiente.gov.co
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Página 2 de 2 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Oficina Asesora Jurídica República de Colombia Acto seguido y estando dentro del término de vencimiento del s ubsidio, que para el caso es el 30 de septiembre de 2009, se deberá presentar ante FONVIVIENDA para la correspondiente sustitución, la asignación de los derechos sucesorales de la señora SOFÍA REYES VANEGAS, donde se indique quien o quienes son los titular es del derecho que recae sobre el desembolso del Subsidio Familiar de Vivienda otorgado mediante Resolución 297 del 10 de septiembre de 2007.
Cordialmente,
Elsa Judith Garavito Gómez Jefe de la Oficina Asesora Jurídica
Proyectó: Alexander Torres Morales – OAJ MAVDT
Revisó: Andrés Mejía – OAJ MAVDT