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MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolución 0045 de 2026

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolución 0045 de 2026
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2026

RESOLUCIÓN NÚMERO 0045 DE 30 ENERO 2026

Por la cual se modifica la resolución 0596 del 22 de agosto de 2025 modificada por la resolución 0747 del 01 de octubre de 2025 “Por medio de la cual se declara la pérdida de ejecutoriedad frente a algunos cupos de la bolsa de mejoramiento del Esquema de Gestión Comunitaria en el marco del programa de mejoramiento de vivienda” EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 1 de la Ley 2079 de 2021, los artículos 8 y 9 del Decreto Ley 555 de 2003, y en la. Resolución 0782 del 29 de agosto de 2023 modificada por la resolución 0448 del 26 de junio de 2024 expedidas por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 3571 de 2011, modificado por el Decreto 1604 de 2020, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio es la entidad encargada de formular, dirigir y coordinar las políticas, planes, programas y regulaciones en materia de vivienda urbana y rural, financiación de vivienda, desarrollo urbano, ordenamiento territorial y uso del suelo, en el marco de sus competencias, agua potable y saneamiento básico, así como de los instrumentos normativos para su implementación. Que, los programas en materia de vivienda urbana y rural son ejecutados por el Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda, entidad adscrita al Ministerio de como de los instrumentos normativos para su implementación. Que, los programas en materia de vivienda urbana y rural son ejecutados por el Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda, entidad adscrita al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, creado mediante el Decreto Ley 555 de 2003, el cual cuenta con personería jurídica, patrimonio propio, autonomía presupuestal y financiera, sin estructura administrativa ni planta de personal propia. Que, de acuerdo con lo propuesto en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 “ Colombia, potencia mundial de la vida”, se plantea como uno de los catalizadores “3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral” y la implementación por parte del Gobierno nacional de “programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población”. Que, de conformidad con lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio tiene una línea estratégica de mejoramientos de vivienda, bajo la cual el Gobierno nacional busca realizar la mayor cantidad de adecuaciones en este cuatrienio, atendiendo a los hogares que presentan deficiencias de habitabilidad, locativas, estructurales, de conexiones de servicios públicos y/o condiciones de hacinamiento (modulares), para así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país. Que, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio tiene diferentes esquemas de participación para desarrollar mejoramientos de vivienda entre los cuales se encuentra el Esquema de Gestión Comunitaria. Que, el ESQUEMA DE GESTIÓN COMUNITARIA convocó a organizaciones de base participación para desarrollar mejoramientos de vivienda entre los cuales se encuentra el Esquema de Gestión Comunitaria. Que, el ESQUEMA DE GESTIÓN COMUNITARIA convocó a organizaciones de base comunitaria, entidades, empresas, entre otros actores, que cuentan con capacidad operativa, técnica, financiera, social, ambiental, entre otras, con el fin de gestionar los subsidios familiares de vivienda en la modalidad de Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/04/2024

Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Página 1 de 6Resolución No. 0045 del 30 ENERO 2026 Por la cual se modifica la resolución 0596 del 22 de agosto de 2025 modificada por la resolución 0747 del 01 de octubre de 2025 “Por medio de la cual se declara la pérdida de ejecutoriedad frente a algunos cupos de la bolsa de mejoramiento del Esquema de Gestión Comunitaria en el marco del programa de mejoramiento de vivienda” mejoramiento, rurales o urbanos, asignados a los hogares que cumplan con los requisitos habilitantes del programa y con los requisitos técnicos de la vivienda. Que, mediante la Circular 2023EE0040709 del 15 de mayo de 2023 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se abrió la convocatoria a registro de gestores de mejoramientos de vivienda dentro del esquema de Gestión Comunitaria. Que, el 30 de agosto de 2023, FONVIVIENDA emitió la Circular 0002, a través de mejoramientos de vivienda dentro del esquema de Gestión Comunitaria. Que, el 30 de agosto de 2023, FONVIVIENDA emitió la Circular 0002, a través de la cual se establecen los requisitos y funcionamiento del Esquema de Gestión Comunitaria de la línea estratégica de mejoramiento de vivienda urbana y rural, y se describen sus actores, las etapas y el procedimiento para que los gestores puedan suscribir los anexos que se requieren para el adecuado desarrollo de dicho esquema, circular que fue aclarada mediante la Circular 0005 del 14 de marzo de 2024. Que, en cumplimiento de ese marco normativo, FONVIVIENDA expidió la Resolución 0938 del 14 de septiembre de 2023, “Por la cual se establecen los recursos disponibles, se conforman las bolsas de mejoramiento urbano y rural y se distribuyen cupos, de acuerdo con los criterios fijados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio”, acto administrativo que fue modificado parcialmente por las Resoluciones Nros. 1088 del 11 de octubre de 2023, 1243 del 17 de noviembre de 2023, 0034 del 4 de marzo de 2024 y 0438 del 05 de agosto de 2024. Que, como consecuencia de lo anterior, se expidieron las Resoluciones Nros. 1147 del 12 de octubre de 2023, 1227 del 15 de noviembre de 2023, 1336 del 4 de diciembre de 2023 y 1423 del 28 de diciembre de 2023, mediante las cuales Fonvivienda realizó la asignación de cupos en el marco de la ejecución del Esquema de Gestión Comunitaria del programa de mejoramiento de vivienda diciembre de 2023 y 1423 del 28 de diciembre de 2023, mediante las cuales Fonvivienda realizó la asignación de cupos en el marco de la ejecución del Esquema de Gestión Comunitaria del programa de mejoramiento de vivienda urbana y rural a los gestores que cumplieron con el procedimiento fijado en la Circular 002 de 2023, aclarada bajo la Circular 0005 de 2024. Que, mediante el artículo 3° de la Resolución 0313 de 2024, se modificó el artículo 3° de las Resoluciones Nros. 1147 del 12 de octubre de 2023, 1227 del 15 de noviembre de 2023, 1336 del 04 de diciembre de 2023 y 1423 del 28 de diciembre de 2023, fijándose los términos con los cuales se contaba para adelantar las etapas de solicitud de usuario y clave de acceso a la Plataforma GESDOC y operativa, postulación de hogares, etapa de pre construcción y la ejecución de los mejoramientos, etapa establecidas en la resolución de asignación de cupos. Dicho artículo fue modificado, a su vez, por el artículo 2° de la Resolución 0506 del 20 de agosto de 2024. Que, a través de la Resolución 0596 del 22 de agosto de 2025 modificada a través de la resolución 0747 del 22 de agosto de 2025, FONVIVIENDA declaró la pérdida de ejecutoriedad frente a algunos cupos de la bolsa de mejoramiento del Esquema de Gestión Comunitaria en el marco del programa de mejoramiento de vivienda, por haber superado el término otorgado para el desarrollo de la etapa de postulación de hogares potencialmente beneficiarios contemplado en el numeral de Gestión Comunitaria en el marco del programa de mejoramiento de vivienda, por haber superado el término otorgado para el desarrollo de la etapa de postulación de hogares potencialmente beneficiarios contemplado en el numeral ii) del artículo 3° de la Resolución 0313 del 20 de junio de 2024, en cumplimiento de la configuración de la condición establecida en el artículo 4° de las Resoluciones Nros. 1147 del 12 de octubre de 2023, 1227 del 15 de noviembre de 2023, 1336 del 04 de diciembre de 2023 y 1423 del 28 de diciembre de 2023, modificadas Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/04/2025

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Página 2 de 6Resolución No. 0045 del 30 ENERO 2026 Por la cual se modifica la resolución 0596 del 22 de agosto de 2025 modificada por la resolución 0747 del 01 de octubre de 2025 “Por medio de la cual se declara la pérdida de ejecutoriedad frente a algunos cupos de la bolsa de mejoramiento del Esquema de Gestión Comunitaria en el marco del programa de mejoramiento de vivienda” parcialmente por la Resolución 0313 del 20 de junio de 2024 y la Resolución 0506 del 20 de agosto de 2024. Que, los siguientes gestores, en cumplimiento de la obligación contemplada en el artículo 4° de la Resolución Nro. 1147 del 12 de octubre de 2023, modificada parcialmente por la Resolución 0313 del 20 de junio de 2024 y aclarada por la artículo 4° de la Resolución Nro. 1147 del 12 de octubre de 2023, modificada parcialmente por la Resolución 0313 del 20 de junio de 2024 y aclarada por la Resolución 0506 del 20 de agosto de 2024, recibieron, en las fechas que a continuación se relacionan, el respectivo usuario y clave de acceso a la plataforma GESDOC dispuesta para adelantar los procesos de postulaciones de los hogares potencialmente beneficiarios:

Gestor Fecha creación

DCH INGENIEROS SAS 1/11/2023

EQUIPO DE CONTRATACION Y DIRECCION DE OBRAS

CIVILES SAS 1/11/2023

Que, por mal uso de los usuarios y contraseñas asignados a los gestores relacionados en la fecha anteriormente mencionada, y con el fin de postular hogares a través de la plataforma operativa y GESDOC, estos indicaron presentar inconsistencias relacionadas con el registro de hogares por lo que, con el propósito de ajustar la información en bases de datos por solicitud los mismos, no fueron objeto de análisis de pérdida de cupos a través de la Resolución 0596 del 22 de agosto de 2025 modificada a través de la resolución 0747 del 22 de agosto de 2025. Que, el término otorgado para el desarrollo de la etapa de postulación de hogares potencialmente beneficiarios contemplado en el numeral ii) del artículo 3° de la Resolución 0313 del 20 de junio de 2024, venció el 1 de diciembre de 2024 por haber transcurrido más de un mes a partir de las fechas expuestas en cuadro precedente. Que, el artículo 4° de las Resoluciones Nros. 1147 del 12 de octubre de 2023, haber transcurrido más de un mes a partir de las fechas expuestas en cuadro precedente. Que, el artículo 4° de las Resoluciones Nros. 1147 del 12 de octubre de 2023, modificada parcialmente por la Resolución 0313 del 20 de junio de 2024 y aclarada por la Resolución 0506 del 20 de agosto de 2024, señalaron que en el evento que se incumplieran por parte del gestor los plazos previstos en el artículo 3° se procederá con la declaratoria de pérdida de los cupos asignados a través de acto administrativo. Que, en este sentido, en atención a lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 91 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, contenido en la Ley 1437 de 2011, habiéndose cumplido la condición contemplada en el referido artículo 4° de las Resoluciones Nros. 1147 del 12 de octubre de 2023, modificada parcialmente por la Resolución 0313 del 20 de junio de 2024 y aclarada por la Resolución 0506 del 20 de agosto de 2024, resulta necesario proceder con la declaratoria de la pérdida de ejecutoriedad de los cupos asignados a los gestores a quienes les precluyeron los términos establecidos. Que, con base en lo anterior, se hace necesario modificar parcialmente la Resolución 0596 del 22 de agosto de 2025 modificada por la resolución 0747 del 01 de octubre de 2025 en el sentido de incluir algunos gestores que fueron objeto de asignación de cupos en el año 2023, consolidando la información de la siguiente manera: Que, en mérito de lo expuesto, Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 de asignación de cupos en el año 2023, consolidando la información de la siguiente manera: Que, en mérito de lo expuesto, Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/04/2025

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Página 3 de 6Resolución No. 0045 del 30 ENERO 2026 Por la cual se modifica la resolución 0596 del 22 de agosto de 2025 modificada por la resolución 0747 del 01 de octubre de 2025 “Por medio de la cual se declara la pérdida de ejecutoriedad frente a algunos cupos de la bolsa de mejoramiento del Esquema de Gestión Comunitaria en el marco del programa de mejoramiento de vivienda”

RESUELVE:

Artículo 1°. MODIFICAR PARCIALMENTE el artículo 1° de la resolución 0596 del 22 de agosto de 2025 modificada a través de la resolución 0747 del 22 de agosto de 2025 en el sentido de incluir los siguientes gestores que fueron objeto de asignación de cupos en el año 2023, el cual quedará de la siguiente manera:

IDENTIFICACIÓN

GESTOR

MUNICIPIO

RESOLUCIÓN

DE CUPOS

No. CUPOS

URBANO

No. CUPOS RURAL No. CUPOS

URBANO

FRENTE

A LOS

QUE SE

DECLARA

LA

PÉRDIDA

No. CUPOS RURAL

FRENTE

No. CUPOS RURAL No. CUPOS

URBANO

FRENTE

A LOS

QUE SE

DECLARA

LA

PÉRDIDA

No. CUPOS RURAL

FRENTE

A LOS

QUE SE

DECLARA

LA

PÉRDIDA

No. CUPOS

URBANO

FINALES

No. CUPOS RURAL

FINALES

1140880831 OSCAR LUIS RUIZ

BLANCO

NUEVA

GRANADAMAGDALENA

1336-2023 174 36 45 12 129 24

8060073659 CONSTRUTECNI

LTDA SANTA

BÁRBARA DE

PINTOMAGDALENA

1336-2023 193 0 1 0 192 0 8110311945

UNION TEMPORAL

MEJORAMIENTO DE

VIVIENDA NUQUI

2023

NUQUÍ -

CHOCÓ 1336-2023 198 89 87 82 111 7 8120077653

ASOCIACION DE

MUNICIPIOS DEL

SINU

TIERRALTACORDOBA

1147-2023 189 100 49 6 140 94

9001366664 ASOCODEMAN CACERESSINU

TIERRALTACORDOBA

1147-2023 189 100 49 6 140 94 9001366664 ASOCODEMAN CACERESANTIOQUIA 1227-2023 42 0 16 0 26 0 9001366664 ASOCODEMAN NECHIANTIOQUIA 1227-2023 56 0 39 0 17 0 9001366664 ASOCODEMAN TARAZAANTIOQUIA 1227-2023 7 0 3 0 4 0 9002581151

ASOCIACION DE

MUNICIPIOS DEL

GOLFO DE

MORROSQUILLO

MONTELIBANO

- CORDOBA

1147-2023 0 300 0 16 0 284

9002836601 UT CANTAGALLO

SAN MARTIN

SAN MARTÍNBOLÍVAR

1336-2023 122 18 28 2 94 16

9002836601 UT CANTAGALLO

SAN MARTIN

CANTAGALLOBOLÍVAR

1336-2023 128 32 37 12 91 20

9002958837 FUNDACION

MILAGROS

PUERTO

LIBERTADORCORDOBA

1147-2023 0 300 0 3 0 297 9005693541

MASTER

SOLUCIONES

INGENIERIA SAS

LIBERTADORCORDOBA

1147-2023 0 300 0 3 0 297 9005693541

MASTER

SOLUCIONES

INGENIERIA SAS

GUARNEANTIOQUIA

1336-2023 13 37 3 3 10 34 9006857911

AURORA

PROYECTOS E

INVERSIONES SAS

USIACURIATLANTICO

1336-2023 150 0 6 0

144 0 9008775744 CONSTRUCCIONES

ZION SAS

SAN CARLOS

DE GUAROAMETA

1147-2023 110 0 1 0 109 0

9012707716 DCH INGENIEROS

SAS (CHINU)

CHINÚ -

CORDOBA

1147-2023 27 92 8 0 19 92 9013901546

EQUIPO DE

CONTRATACION Y

DIRECCION DE

OBRAS CIVILES SAS

TIERRALTACORDOBA

1147-2023 2 8 2 1 0 7 9013901546

EQUIPO DE

CONTRATACION Y

DIRECCION DE

OBRAS CIVILES SAS

8 2 1 0 7 9013901546

EQUIPO DE

CONTRATACION Y

DIRECCION DE

OBRAS CIVILES SAS

CHINÚ -

CORDOBA

1147-2023 185 0 144 0 41 0 9013901546

EQUIPO DE

CONTRATACION Y

DIRECCION DE

OBRAS CIVILES SAS

VALENCIACORDOBA

1147-2023 0 105 0 18 0

87 9016938472 UT TAMALAMEQUE TAMALAMEQUE - CESAR 1336-2023 171 69 33 10 138 59

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/04/2025

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Página 4 de 6Resolución No. 0045 del 30 ENERO 2026 Por la cual se modifica la resolución 0596 del 22 de agosto de 2025 modificada por la resolución 0747 del 01 de octubre de 2025 “Por medio de la cual se declara la pérdida de ejecutoriedad frente a algunos cupos de la bolsa de mejoramiento del Esquema de Gestión Comunitaria en el marco del programa de mejoramiento de vivienda” IDENTIFICACIÓN de ejecutoriedad frente a algunos cupos de la bolsa de mejoramiento del Esquema de Gestión Comunitaria en el marco del programa de mejoramiento de vivienda”

IDENTIFICACIÓN

GESTOR

MUNICIPIO

RESOLUCIÓN

DE CUPOS

No. CUPOS

URBANO

No. CUPOS RURAL No. CUPOS

URBANO

FRENTE

A LOS

QUE SE

DECLARA

LA

PÉRDIDA

No. CUPOS RURAL

FRENTE

A LOS

QUE SE

DECLARA

LA

PÉRDIDA

No. CUPOS

URBANO

FINALES

No. CUPOS RURAL

FINALES

9017457146

ASOCIACION PARA

LA VIVIENDA

POPULAR NUEVO

AMANECER

CICUCOBOLÍVAR

1336-2023 122 0 3 0 119 0

9017591012 UT MEJORAMIENTO

CARTAGENA

SANTA

CATALINABOLIVAR

1336-2023 18 10 3 2 15 8 8110156662

ASOCIACIÓN PARA

LA VIVIENDA DE

MUJERES ACTIVAS

PEQUEANTIOQUIA

1336-2023 14 2 15 8 8110156662

ASOCIACIÓN PARA

LA VIVIENDA DE

MUJERES ACTIVAS

PEQUEANTIOQUIA

1336-2023 14 29 1 0 13 29 85465930

ARQ ROBERTO

CALDERÓN

CALABRIA

FUNDACIÓNMAGDALENA

1336-2023 91 0 1 0 90 0

8305044362 MGB INGENIERIA

SAS

SABANAS DE

SAN ÁNGELMAGDALENA

1147-2023 100 11 2 0 98 11

9012707716 DCH INGENIEROS

SAS

CHINUCÓRDOBA

1147-2023 17 92 1 0 16 92 9013901546

EQUIPO DE

CONTRATACION Y

DIRECCION DE

OBRAS CIVILES SAS

CHINUCÓRDOBA

1147-2023 41 0 41 0 0 0

TOTAL 2170 1328 554 167 1616 1161

Artículo 2°. La pérdida de ejecutoriedad declarada a través del presente acto administrativo no genera reconocimiento alguno a favor de los referidos gestores y/o pago por actividades desarrolladas. Artículo 2°. La pérdida de ejecutoriedad declarada a través del presente acto administrativo no genera reconocimiento alguno a favor de los referidos gestores y/o pago por actividades desarrolladas. Parágrafo 1°. Los cupos frente a los cuales no se haya declarado la pérdida de ejecutoriedad continuarán vigentes conforme lo dispuesto en las Resoluciones Nros. 1147 del 12 de octubre de 2023, modificada parcialmente por las Resolución Nros. 0313 del 20 de junio de 2024 aclarada por la resolución 0506 del 20 de agosto de 2024, por lo aquí dispuesto, además las etapas de pre construcción y construcción contempladas en los mencionados actos administrativos deberán ceñirse a los plazos allí mencionados. Artículo 3°. Modificar parcialmente el artículo 3°de la resolución 0596 del 22 de agosto de 2025 modificada por la resolución 0747 del 01 de octubre de 2025 en el sentido de ordenar la reintegración a la bolsa general de cupos disponibles, un total de SETECIENTOS VEINTIUN ( 721 CUPOS) , de los cuales QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO (554) corresponden a cupos urbanos y CIENTO SESENTA Y SIETE (167) a cupos rurales, de la siguiente manera:

GESTORES TOTAL DE CUPOS FRENTE A LOS QUE SE DECLARA LA PÉRDIDA URBANOS RURALES 2023 554 167

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/04/2025

URBANOS RURALES 2023 554 167

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/04/2025

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Página 5 de 6Artículo 5º. Notifíquese mediante correo electrónico el contenido del presente acto administrativo a los gestores citados en el artículo primero de la presente resolución en la forma prevista en el artículo 65 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Resolución No. 0045 del 30 ENERO 2026 Por la cual se modifica la resolución 0596 del 22 de agosto de 2025 modificada por la resolución 0747 del 01 de octubre de 2025 “Por medio de la cual se declara la pérdida de ejecutoriedad frente a algunos cupos de la bolsa de mejoramiento del Esquema de Gestión Comunitaria en el marco del programa de mejoramiento de vivienda” Fuente Equipos SSFV y SSFVER Artículo 4°. Los demás acápites y apartes de la Resolución No 0596 del 22 de agosto de 2025 modificada a través de la resolución 0747 del 22 de agosto de 2025, expedida por Fonvivienda, no sufre modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado. Artículo 6º. Este acto administrativo será publicado en la página Web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, y comunicado a los Patrimonios Autónomos. Artículo 7°. La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación. Dada en Bogotá D.C., a los 30 ENERO 2026 Autónomos. Artículo 7°. La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación. Dada en Bogotá D.C., a los 30 ENERO 2026

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

GALEANO

AVILA Firmado digitalmente por

GALEANO AVILA

ARTURO

ANDERSON ARTURO

Fecha: 2025.11.28

15:34:18 -05'00'

ARTURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de ViviendaFonvivienda

Elaboro: Jhon Meyer

Cargo: Contratista

Oficina: SSFV

Revisó: Revisó:

Juliana Toro Cadavid

Cargo: Subdirectora

Oficina: SSFV

Adriana Velasco

Cargo: Contratista

Oficina: DIVIS

Juliana Maria Valencia

Cargo: Contratista

Oficina: DIVIS

Julián Vásquez G

Cargo: Contratista CMC 17-2025

Oficina: FNV

Aprobó: Rosa Elena Espitia Riaño

Cargo: Directora

Oficina: DIVIS

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/04/2025

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

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ANDERSON

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