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MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolucion 0117 de 2026

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolucion 0117 de 2026
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2026

RESOLUCIÓN NÚMERO 0117 DE 16 FEBRERO 2026

“Por la cual se asignan ciento sesenta y nueve (169) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de Mejoramiento de Vivienda urbana bajo el Esquema asociativo”

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”.

Que, de acuerdo con lo previsto en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023, contentiva del Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”, se plantea como catalizador: “ 3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral”, dentro del cual se contempla la implementación por parte del Gobierno nacional de “programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población”.

Gobierno nacional de “programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población”. Que, de conformidad con lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio lidera un programa de mejoramiento de vivienda, a través del cual se busca atender a los hogares que presentan deficiencias de habitabilidad, sean estas locativas, de conexiones de servicios públicos y/o condiciones de hacinamiento (modulares), para así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país. Que la sección 9 del capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios y determina las condiciones y requisitos para los hogares objeto del programa de mejoramiento de vivienda.

Que conforme al artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015, el subsidio familiar de vivienda que asigna FONVIVIENDA en el marco del programa de mejoramiento podrá ser complementario a subsidios otorgados por otras entidades, y su valor podrá ascender hasta dieciocho (18) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) para las intervenciones de tipo locativo, de acuerdo con lo establecido para la modalidad correspondiente. Que FONVIVIENDA expidió la Resolución No. 0938 de 2023 por la cual se establecen los recursos disponibles, de esta manera se conformó las bolsas de mejoramiento urbano y rural y se distribuyó los cupos de conformidad con los criterios establecidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, para el esquema asociativo, modificada por la Resolución No. 1243 de 2023, la Resolución

mejoramiento urbano y rural y se distribuyó los cupos de conformidad con los criterios establecidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, para el esquema asociativo, modificada por la Resolución No. 1243 de 2023, la Resolución No. 0034 de 2024, la Resolución No. 0151 de 2024 y la Resolución No. 0438 de

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Que la Resolución 0151 del 23 de abril de 2024 “Por la cual se liquida la bolsa de mejoramiento urbano y rural vigencia 2023 y se conforman las bolsas de mejoramiento urbano y rural vigencia 2024, de acuerdo con los criterios fijados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio ”, establece, en su artículo tercero, la conformación de las bolsas de mejoramiento urbano y rural, mediante la configuración de las bolsas “ Urbano Esquema Asociativo ” y “ Rural Esquema Asociativo”. Que mediante la Circular 0003 del 5 de marzo de 2024 se abrió la convocatoria para entidades territoriales (Departamentos y Capitales de Departamentos)

la configuración de las bolsas “ Urbano Esquema Asociativo ” y “ Rural Esquema Asociativo”. Que mediante la Circular 0003 del 5 de marzo de 2024 se abrió la convocatoria para entidades territoriales (Departamentos y Capitales de Departamentos) Entidades sin ánimo de lucro (ESAL) con el fin de presentar manifestación de interés para el Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de mejoramiento que se otorgue en el marco del esquema asociativo, estableciendo como tope máximo del valor del subsidio familiar de vivienda para áreas urbanas, hasta 12 SMMLV

Que a través de la resolución 0747 del 10 de octubre de 2024 se asignaron cupos de recursos para zonas urbanas y rural a los Departamentos de Arauca, Bolívar, Boyacá, Cesar, Córdoba, Cundinamarca, Meta, Nariño, Norte de Santander, Putumayo, Quindío, Risaralda, San Andrés, Santander, Valle del Cauca y Vichada en el marco de la ejecución del Esquema Asociativo de la línea estratégica de mejoramientos de vivienda urbana y rural. Que el 19 de diciembre de 2024, Fondo Nacional De Vivienda – FONVIVIENDA y el Departamento de Risralda suscribieron el Convenio Interadministrativo de Cooperación N° 056 cuyo objeto es: “Aunar esfuerzos administrativos, jurídicos, técnicos, sociales y financieros para la ejecución y seguimiento de las actividades en materia del subsidio familiar de vivienda bajo la modalidad de mejoramiento de vivienda urbana y rural, en el marco de la iniciativa del Gobierno nacional de acuerdo con las bases establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo - Ley 2294 de 2023.”

en materia del subsidio familiar de vivienda bajo la modalidad de mejoramiento de vivienda urbana y rural, en el marco de la iniciativa del Gobierno nacional de acuerdo con las bases establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo - Ley 2294 de 2023.”

Que a través de Otro si N° 1 de 2025 suscrito entre el Fondo Nacional De Vivienda – FONVIVIENDA y Departamento de Risaralda se redistribuyó funciones operativas hacia la Secretaria de Planeación del departamento de Risaralda, ajustando las condiciones técnicas necesarias para garantizar una ejecución eficiente, con mayor impacto y adecuado uso de los recursos públicos.

Que, en el marco del esquema asociativo del Programa de Mejoramiento de Vivienda, se asignó al departamento de Risaralda, cupos Urbanos a los siguientes municipios, así:

DEPARTAMENTO MUNICIPIO CUPOS

RISARALDA

PEREIRA 150

DOSQUEBRADAS 90

LA VIRGINIA 90

SANTA ROSA DE

CABAL 90

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“Por la cual se asignan ciento sesenta y nueve (169) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de Mejoramiento de Vivienda urbana bajo el Esquema asociativo” Que las intervenciones se llevarán a cabo mediante obras que tengan como finalidad mejorar las condiciones sanitarias y habitacionales insatisfactorias de espacio, servicios públicos y calidad de las viviendas de los hogares beneficiarios, con una inversión descrita así:

Valor Total del Convenio

Entidad

Valor aportado

$ 9.711.000.000

FONVIVIENDA

$ 5.346.900.000

DEPARTAMENTO DE RISARALDA

$ 4.364.100.000 Que, para la ejecución de las obras, los hogares deberán surtir un proceso de registro, postulación y diagnóstico, a partir del cual se determinará la modalidad de intervención, la cual corresponderá a mejoramientos locativos en pisos, paredes, baños, cocinas y conexiones intradomiciliarias, entre otros.

Que la política de asignación de los Subsidios Familiares de Vivienda, contemplada en el Decreto 1077 de 2015, establece etapas previas a su otorgamiento, como la focalización, la postulación y las actividades de preconstrucción. En este contexto, por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se validó que los hogares anteriormente mencionados, cumplieron con los requisitos exigidos por la normativa vigente al momento de la apertura de la convocatoria del programa de mejoramiento. Por tanto, con el fin de garantizar una asignación adecuada del subsidio por parte de Fonvivienda, se velará por el cumplimiento de

por la normativa vigente al momento de la apertura de la convocatoria del programa de mejoramiento. Por tanto, con el fin de garantizar una asignación adecuada del subsidio por parte de Fonvivienda, se velará por el cumplimiento de las condiciones, requisitos y criterios establecidos en dicha convocatoria y vigentes al momento de la apertura de esta.

Que el Departamento de Risaralda, en atención a la obligaciones contenidas en el numeral 27 de la Cláusula Cuarta y Numeral 8 de la Clausula Quinta del Convenio Interadministrativo N° 056 de 2024 modificado por el otrosí N° 1 de 2025 realizaron los diagnósticos de las viviendas de los hogares postulados y habilitados en el marco del programa, los cuales fueron aprobados e informados a través de oficios dirigidos a la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) través de correo electrónicos de fechas 19 de diciembre de 2026.

Que, mediante correos electrónico de fechas 5 de enero del 2026, la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) informó a la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda, el resultado de los diagnósticos habilitados viables del Esquema Asociativo aplicable a suelo urbano, precisando que de acuerdo a lo dispuesto en el Convenio Interadministrativo No. 056-2024, la supervisión técnica de estos diagnósticos corresponde exclusivamente al Cooperante (Departamento de Risaralda y sus contratistas), quienes son responsables de verificar y acreditar todos los requisitos técnicos necesarios para la correcta asignación de los subsidios de mejoramiento de vivienda, frente a los hogares que fueron

de Risaralda y sus contratistas), quienes son responsables de verificar y acreditar todos los requisitos técnicos necesarios para la correcta asignación de los subsidios de mejoramiento de vivienda, frente a los hogares que fueron habilitados por cumplir los requisitos exigidos en el artículo 2.1.1.7.5. del Decreto 1077 de 2015.

Que el mencionado listado, remitido por el Departamento de Risaralda, contó con el respectivo control de calidad reportado por el ingeniero de sistemas de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda a través de correo electrónico de fecha 4 de febrero de 2026, sobre los hogares que se encuentran en estado habilitado con diagnóstico efectivo, los cuales serán beneficiarios del subsidio familiaar de vivienda en el marco del programa de mejoramiento de vivienda.

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Que el valor de los recursos asignados como subvención destinados al mejoramiento de la vivienda de cada hogar beneficiario, se realiza en consideración a la proyección de cupos y presupuestos contemplados en la resolución 0747 del 10 de octubre de 2024 atendiendo las condiciones de la circular 003 de 2024 y conforme al presupuesto aprobado y requerido por el

consideración a la proyección de cupos y presupuestos contemplados en la resolución 0747 del 10 de octubre de 2024 atendiendo las condiciones de la circular 003 de 2024 y conforme al presupuesto aprobado y requerido por el interventor supervisor contratado por la Fiduciaria en los términos del contrato de Fiducia Mercantil de administración y pagos No. 3-1-83679 de 2019 suscrito con Fiduciaria Bogot á́ ahora Aval Fiduciaria S.A., de acuerdo a la solicitud de asignación remitida por este, a la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS), el 19 de diciembre de 2025.

Que, de conformidad con las consideraciones expuestas anteriormente, los subsidios objeto del presente acto administrativo se asignan con referencia a salarios mínimos legales mensuales vigentes correspondientes a la vigencia 2024, con el fin de garantizar certeza jurídica en su determinación, coherencia con el marco normativo aplicable y estabilidad en la aplicación de los criterios de asignación definidos para el programa. Que dichos valores cumplieron con los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015 ascendiendo a la suma de DOS MIL

SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS M/CTE

($2.633.400.000).

Que los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución se entenderán legalizados de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.7.14 del Decreto 1077 de 2015, con el certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el supervisor contratado para el efecto.

con lo establecido en el artículo 2.1.1.7.14 del Decreto 1077 de 2015, con el certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el supervisor contratado para el efecto. Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal ni requiere expedición de certificados de disponibilidad presupuestal, y los desembolsos correspondientes a los subsidios asignados en el presente acto administrativo se efectúan con cargo a los recursos incorporados en el respectivo Fideicomiso.

Que, en uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.

Que, teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Asignar ciento sesenta y nueve (169) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana dentro del Esquema Asociativo, por un valor total de DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y

TRES MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($2.633.400.000),

a los hogares que se relacionan a continuación:

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No. ID HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO MVCT 1 352412 4412064 JULIO CESAR VALENCIA CASTAÑO RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.300.000,00 2 343733 4455737 JOSE GILBERTO MARIN RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.300.000,00 3 352411 6133312 GERARDO

ANTONIO

CORREA VELASQUEZ RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.300.000,00 4 329695 6240816 JHON JAMES ZULUAGA BLANDON RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.600.000,00 5 365381 10057855 RAFAEL NESTOR PEÑA ZAPATA RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.300.000,00 6 352407 10064876 CARLOS ENRIQUE GALLEGO RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.600.000,00 7 329693 10073455 GUSTAVO DE

JESUS GIL VALENCIA RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.600.000,00

ENRIQUE GALLEGO RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.600.000,00 7 329693 10073455 GUSTAVO DE JESUS GIL VALENCIA RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.600.000,00 8 343751 21807312 MARIA

VIRGELINA

LOPERA GUTIERREZ RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.600.000,00 9 343742 24767370 VIVIANA

ANDREA

RAMIREZ AGUDELO RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.600.000,00 10 343769 24790716 DORA RIOS GONZALEZ RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.600.000,00 11 360119 32643754 MARIA ISABEL MONSALVE TRUJILLO RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.600.000,00 12 369949 33915898 BERTHA OLIVIA GAVIRIA CANO RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.300.000,00 13 331391 42002228 ANA MARIA PEREZ MORALES RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.300.000,00 14 343734 42051368 FRANCISCA RODRIGUEZ RIOS RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.300.000,00 15 356898 42059497 ROSALBA JARAMILLO PRADO RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.300.000,00 16 329684 42081812 MARIA GLORIA GIRALDO RIOS RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.600.000,00 17 343768 42104297 MARIA

PRADO RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.300.000,00 16 329684 42081812 MARIA GLORIA GIRALDO RIOS RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.600.000,00 17 343768 42104297 MARIA EUGENIA GONZALEZ RIOS RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.600.000,00 18 324580 42150771 DIANA MILENA GALVIS DUQUE RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.600.000,00 19 343758 42157367 CAROLINA GARCIA CASTRO RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.600.000,00 20 343738 42870336 BIENVENIDA DEL CARMEN GONZALEZ NERIO RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.300.000,00 21 343781 1030681440 CINDY VANESSA CABAL GARCIA RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.300.000,00 22 343757 1087998936 YENNIFER CASTAÑO OSPINA RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.600.000,00 23 331390 1088278201 HERIBERTO MORALES PINEDA RISARALDA DOSQUEBRADAS $ 15.600.000,00 24 365634 1254962 JESUS ANIBAL MOLINA VERA RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 25 365625 10190422 ALONSO CEBALLOS GONZALEZ RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 26 331427 10190597 ALBEIRO

ANTONIO

GALEANO

BOLIVAR RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00

GONZALEZ RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 26 331427 10190597 ALBEIRO

ANTONIO

GALEANO BOLIVAR RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 27 365617 10192813 GUSTAVO DE JESUS ALVAREZ RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 28 365628 10192975 LUIS EDUARDO RUIZ RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 29 365629 10194402 JOSE

HUMBERTO

CARRILLO ACEVEDO RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 30 356945 18507839 JUAN ALEJANDRO LUNA MORENO RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 31 365613 18606779 MAURICIO ANDRES HERRERA MARIN RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 32 343723 24362970 MARIA VIRGELINA LONDOÑO ISAZA RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 33 356943 24412037 GIRALDO QUICENO MARIA ENID RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 34 338248 24525587 ANA CEFORA ISAZA DE GARCIA RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 35 365633 24536801 ROSALBA FRANCO DE

LONDOÑO RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00

35 365633 24536801 ROSALBA FRANCO DE LONDOÑO RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 36 365632 24537053 LIGIA CANO ZAPATA RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 37 338242 24537460 MARIA DEL

CARMEN

CEBALLOS CARMONA RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 38 365630 24538221 MARIELA JIMENEZ GALLEGO RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 39 365631 24539925 LUZ DARY OSSA DE MEJIA RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 40 365645 24702880 ESMERIDA DEL

SOCORRO

LAVERDE HERNANDEZ RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 41 364902 24856264 MARIA

LOURDES

AMAYA DE RAMIREZ RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 42 343717 25201440 MARIA LIBIA RIOS SOTO RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 43 354909 25213147 MARIA DEL

CARMEN

GARZON DE GRISALES RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 44 352418 25243800 LUZ DARY GOMEZ GARCIA RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 45 356942 25245355 AMPARO BETANCUR RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 46 365644 26294776 YAMILET RENTERIA

45 356942 25245355 AMPARO BETANCUR RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 46 365644 26294776 YAMILET RENTERIA CAMPAÑA RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 47 365638 31397188 HERCILIA URIBE RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 48 356944 38891844 LUZMILA ALZATE LOPEZ RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 49 352416 41225696 ESTELLA MARIA HINESTROZA MOSQUERA RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 50 338235 42020399 MARIA LIBIA ZAPATA VELASQUEZ RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 51 338246 42021882 MARTHA ROSA RUIZ DE LARGO RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/04/2025

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No. ID HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO MVCT 52 354913 42021993 ELIZABETH BETANCURT

de Vivienda urbana bajo el Esquema asociativo”

No. ID HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO MVCT 52 354913 42021993 ELIZABETH BETANCURT FORONDA RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 53 327935 42022184 INES EMILIA TORO ZULUAGA RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 54 327934 42022543 LUZ DARY CANO ALVAREZ RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 55 343720 42023896 BLANCA

AURORA

QUINTERO AGUIRRE RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 56 354915 42024515 BLANCA RUTH HERNANDEZ HENAO RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 57 338218 42025226 MARIA LUCRECIA OSSA RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 58 356946 42026574 DIANA

PATRICIA

CARDONA MORALES RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 59 343719 42027429 ESPERANZA RAMIREZ SALAZAR RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 60 352420 42028702 LUZ DELIA TANGARIFE TABORDA RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 61 369950 42029046 NORMA

LORENA

RODRIGUEZ MEDINA RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 62 365622 42029247 MYRIAN DEL

61 369950 42029046 NORMA

LORENA

RODRIGUEZ MEDINA RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 62 365622 42029247 MYRIAN DEL CARMEN GIRALDO GAVIRIA RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 63 338263 42030139 ELIZABETH GIRALDO GONZALEZ RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 64 365618 42030643 CLAUDIA ZULMA TAPASCO BUENO RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 65 365621 42031226 MARIA DEL CARMEN LOAIZA SIERRA RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 66 356939 42031305 MARLIN RUSBED ZAPATA ALZATE RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 67 354914 42031541 ELI YOJANA MARTINEZ MATURANA RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 68 365626 42032208 SANDRA PATRICIA GOMEZ GARCES RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 69 365619 42054719 MARIA ISMENIA ROMAN CASTAÑO RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 70 365640 42069866 MARTHA

MILENA

QUINTERO MARQUEZ RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 71 365635 66963364 LUZ ADRIANA DELGADO

SALAZAR RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00

QUINTERO MARQUEZ RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 71 365635 66963364 LUZ ADRIANA DELGADO SALAZAR RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 72 356940 1087547596 DAYLE LARRAHONDO CAICEDO RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 73 354916 1087550734 DIANA SIRLEY VARGAS FERNANDEZ RISARALDA LA VIRGINIA $ 15.600.000,00 74 327908 2470424 JOSE ALONSO SAAVEDRA HENAO RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 75 329794 4351053 LUIS ALBEIRO CASTAÑO OSORNO RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 76 331420 4626834 NICANOR PEREZ SILVA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 77 352438 4707508 JESUS ELIAS ESPINOSA ROJAS RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 78 354879 6014195 MISAEL APONTE CARO RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 79 358135 9993483 LUIS ALBERTO RESTREPO ROJAS RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 80 329792 10004558 JULIAN

GUSTAVO

VALENCIA MONTOYA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 81 324566 10016579 JOSE ALID MARTINEZ HENAO RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 82 331415 10028132 NELSON

MONTOYA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 81 324566 10016579 JOSE ALID MARTINEZ HENAO RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 82 331415 10028132 NELSON ENRIQUE LASERNA FRANCO RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 83 327919 10079577 JAIRO ELIECER CATAÑO RAMIREZ RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 84 352435 10090042 JOSE ALISDER MONTOYA SILVA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 85 354870 10109374 ANIBAL DE JESUS PEREZ SOTO RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 86 344763 10111269 JOHN JAIRO MESA GIRALDO RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 87 354867 16218994 JOSE BAUDILIO RESTREPO LOPEZ RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 88 354861 18123774 CARLOS GUILLERMO ROJAS RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 89 362510 18603585 JAIR DE JESUS ESPINOSA MOLINA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 90 324567 24511050 MARIA LIBIA OSORIO DE OSORIO RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 91 331408 24549238 MARIA

CONSUELO

GONZALEZ BEDOYA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 92 355812 24893221 CECILIA HENAO DE

91 331408 24549238 MARIA

CONSUELO

GONZALEZ BEDOYA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 92 355812 24893221 CECILIA HENAO DE VALENCIA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 93 356395 24927695 MARIA LISBETH VARGAS DIAZ RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 94 356920 24941624 MARIA ISLEY VARGAS DIAZ RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 95 329621 24983362 ROSA MARIA MUÑOZ PARRA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 96 327915 25035967 MARIA EVIDALIA MANSO GAÑAN RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 97 324572 25060974 MARIA

YUBANY

RESTREPO BETANCUR RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 98 331421 25081775 SANDRA LILIANA ORTIZ VILLADA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 99 324867 25156189 MARIA

OMAIRA

RODRIGUEZ OSORIO RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 100 352427 25245204 MARIA YANETH IDARRAGA SOTO RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 101 343712 25245224 MARGARITA LIGIA

LOPEZ DE

GUTIERREZ RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00

101 343712 25245224 MARGARITA

LIGIA

LOPEZ DE GUTIERREZ RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 102 352431 27301424 ESTER ALBA ROSERO RIVERA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/04/2025

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Página 6 de 9Resolución No. 0117 DE 16 FEBRERO 2026 “Por la cual se asignan ciento sesenta y nueve (169) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de Mejoramiento de Vivienda urbana bajo el Esquema asociativo”

No. ID HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO MVCT 103 329788 33935037 ALBA LIGIA PESCADOR MORALES RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 104 329619 34041810 ADIELA ARCILA DIAZ RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 105 355813 34041936 MARIA

ROSALBA

RAMIREZ JARAMILLO RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 106 343713 34055945 MARIA DORYS DURANGO ZAPATA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 107 354868 34057793 LUZ MERY TABARQUINO DE

LADINO RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00

107 354868 34057793 LUZ MERY TABARQUINO DE LADINO RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 108 343692 35605085 ANA DOMINGA HURTADO CORDOBA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 109 352433 41314606 NELLY TELLEZ HERNANDEZ RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 110 331417 42026317 DORA LIGIA VALENCIA MUÑOZ RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 111 366579 42055585 MARIA CENELIA PINO ZAPATA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 112 358976 42062690 LUZ ESTELLA MARIN CALDERON RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 113 356907 42068444 DORA ISABEL HENAO MONTOYA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 114 356913 42070492 JACQUELINE TORRES BECERRA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 115 343696 42073849 LUZDARY QUINTERO HERRERA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 116 357103 42078306 ALBA LUCIA MARULANDA RENDON RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 117 329623 42082254 MARIA CECILIA BECERRA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 118 327914 42088839 MARIA EMILCE MENDOZA

ACOSTA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00

CECILIA BECERRA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 118 327914 42088839 MARIA EMILCE MENDOZA ACOSTA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 119 324870 42090369 LUZ MARINA ARCILA QUICENO RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 120 331404 42093565 LUZ STELLY BORJA LOPEZ RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 121 343695 42094117 MARTA LUCELLY VELEZ SANCHEZ RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 122 331423 42097617 DELIA OTAVO RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 123 343700 42106156 CLAUDIA PATRICIA VELEZ RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 124 331407 42108319 CLAUDIA

MILENA

CARDENAS BURBANO RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 125 331416 42117208 DORA NELLY BARON CRUZ RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 126 329787 42121458 SANDRA LILIANA LOPEZ DUQUE RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 127 343704 42124808 MARICELA OCAMPO VALENCIA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 128 366580 42136441 ERIKA JOHANA ESTRADA

VALENCIA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00

VALENCIA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 128 366580 42136441 ERIKA JOHANA ESTRADA VALENCIA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 129 331422 42140416 LUZ DAMARIS PATIÑO RIOS RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 130 366577 42156467 YAMILE CASTAÑO DUQUE RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 131 358134 43095166 MARGARITA MARIA PESCADOR RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 132 324877 52264844 LINA MARIA CASTAÑEDA MORENO RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 133 329617 1004521019 DIANA PAOLA ORTIZ VASQUEZ RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 134 324872 1088004978 LINA MARCELA VALENCIA BEDOYA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 135 324577 1088241236 JULY RAMIREZ GARCIA RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 136 343703 1088244447 JENIS VERONICA DELGADO RAMOS RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 137 352845 1088266068 SINDY

TATIANA

PIEDRAHITA HENAO RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 138 327920 1088351006 CATALINA MORALES

NARANJO RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00

PIEDRAHITA HENAO RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 138 327920 1088351006 CATALINA MORALES

NARANJO RISARALDA PEREIRA $ 15.600.000,00 139 356858 4563951 EZEQUIEL AMADOR AVILA RISARALDA SANTA ROSA DE CABAL $ 15.600.000,00 140 356852 4575638 JOSE JAIR ARIAS SERNA RISARALDA

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