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MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolucion 0123 de 2026

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolucion 0123 de 2026
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2026

RESOLUCIÓN NÚMERO 0123 DE 17 FEBRERO 2026

“Por medio de la cual se corrige un error material de transcripción a la Resolución No. 0038 de 29 enero de 2026 “ Por la cual se autorizan y disponen cupos del programa de mejoramiento de vivienda urbana y rural, derivada del Acuerdo Social con comunidades indígenas de los pueblos Pastos y Quillasingas, en el departamento de Nariño, bajo la modalidad III Gestión Asociada”

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 1o de la Ley 2079 de 2021, los artículos 8 y 9 del Decreto Ley 555 de 2003, el Decreto 413 del 3 de abril de 2025 y en la Resolución 466 del 22 de julio del 2025, expedida por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, y teniendo en cuenta las siguientes,

CONSIDERANDO

Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 3571 de 2011, modificado por el Decreto 1604 de 2020, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio - MVCT es la entidad encargada de formular, dirigir y coordinar las políticas, planes, programas y regulaciones en materia de vivienda urbana y rural, financiación de vivienda, desarrollo urbano, ordenamiento territorial y uso del suelo, en el marco de sus competencias, agua potable y saneamiento básico, así como de los instrumentos normativos para su implementación.

Que, los programas en materia de vivienda urbana y rural son ejecutados por el

suelo, en el marco de sus competencias, agua potable y saneamiento básico, así como de los instrumentos normativos para su implementación.

Que, los programas en materia de vivienda urbana y rural son ejecutados por el Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA, entidad adscrita al MVCT, creado mediante el Decreto Ley 555 de 2003, el cual cuenta con personería jurídica, patrimonio propio, autonomía presupuestal y financiera y sin planta de personal, por lo que su apoyo técnico será brindado por parte del personal del MVCT.

Que, al tenor de lo dispuesto en la Ley 2294 de 2023, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026 "Colombia, potencia mundial de la vida” se identifica como uno de los catalizadores "3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral" y la implementación por parte del Gobierno Nacional de "programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población".

Que, en consonancia con lo dispuesto en el Plan Nacional de Desarrollo, el MVCT es responsable entre otros, del Programa de Mejoramiento de Vivienda, desde el cual se busca realizar la mayor cantidad de adecuaciones en este cuatrienio, atendiendo a los hogares que presentan deficiencias de habitabilidad, locativas, estructurales, de conexiones de servicios públicos y/o condiciones de hacinamiento (modulares), para así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país. Que, de conformidad con las líneas estratégicas del PND se expidió el Decreto

estructurales, de conexiones de servicios públicos y/o condiciones de hacinamiento (modulares), para así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país. Que, de conformidad con las líneas estratégicas del PND se expidió el Decreto 0413 de 2025, modificatorio y compilado en el Decreto 1077 de 2015, que promueve intervenciones físicas y procesos organizativos comunitarios que permitan mejorar las condiciones habitacionales, sanitarias, estructurales y de habitabilidad de las viviendas, priorizando hogares que históricamente no habían podido acceder al subsidio de mejoramiento debido a barreras administrativas, falta de recursos o apoyo técnico.

Que, mediante Resolución No. 0466 de 2025, el MVCT adoptó el Manual operativo del Programa de Mejoramiento de Vivienda, desarrollando las pautas orientadoras de su implementación.

Fondo Nacional de Vivienda Versión:10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Página 1 de 5Que, en las consideraciones y en el cuadro descriptivo del artículo 1. de la Resolución No. 0038 de 2025, mediante la cual se autorizan y disponen cupos de mejoramiento de vivienda rural para las comunidades indígenas Pastos y Quillasingas del departamento de Nariño, bajo la modalidad III del Programa de Mejoramiento de Vivienda, por un error material de transcripción se indicó que el Resguardo Indígena de Muellamues se encuentra ubicado en el municipio de Muellamues, cuando lo correcto es que dicho resguardo está ubicado en el municipio de Guachucal, y que el

Vivienda, por un error material de transcripción se indicó que el Resguardo Indígena de Muellamues se encuentra ubicado en el municipio de Muellamues, cuando lo correcto es que dicho resguardo está ubicado en el municipio de Guachucal, y que el Municipio Pupiales inicialmente señalado corresponde al Cabildo Indígena Pupiales, ubicado en el municipio de Pupiales. Resolución No. 0123 del 17 FEBRERO 2026 ”Por medio de la cual se corrige un error material de transcripción a la Resolución No 0038 de 29 enero de 2026 “Por la cual se autorizan y disponen cupos del programa de mejoramiento de vivienda urbana y rural, derivada del Acuerdo Social con comunidades indígenas de los pueblos Pastos y Quillasingas, en el departamento de Nariño, bajo la modalidad III Gestión Asociada”

Que, mediante Resolución No. 0038 de 2025, FONVIVIENDA, autorizó y dispuso 333 cupos de asignación de un Subsidio Familiar de Vivienda (SFV) a las comunidades indígenas de los pueblos Pastos y Quillasingas, ubicadas en los municipios priorizados del departamento de Nariño.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

Artículo 1. Aclarar las consideraciones de la Resolución No. 0038 de 2026, señalando al Resguardo indígena De Muellamues, del municipio Guachucal, y al Cabildo Indígena Pupiales en el municipio de Pupiales, y modificar el cuadro descriptivo, el cual quedará así: “

GESTOR

SOCIAL

ALIADO

Pupiales en el municipio de Pupiales, y modificar el cuadro descriptivo, el cual quedará así: “

GESTOR

SOCIAL

ALIADO

EJECUTOR DEPARTAMENTO MUNICIPIO RESGUARDO

/ CABILDO

CUPOS

URBANO

CUPOS RURAL

Mesa Regional Permanente de Concertación de los Pueblos Pastos y Quillasingas

ASOCIACION

PARA EL

DESARROLLO Y

EL

EMPRENDIMIENT

O REGIONAL –

ADER NARIÑO

Nit. 901010653-0

NARIÑO

CUASPUD

CARLOSAMA

RESGUARDO

INDÍGENA DE

CARLOSAMA

0 25

POTOSÍ

RESGUARDO

INDÍGENA DE

MUESES

POTOSI

0

12 FUNES

RESGUARDO

INDÍGENA DE

FUNES 0 9

SANTACRUZ DE

GUACHAVES

RESGUARDO

INDÍGENA EL

SANDE 0 23 PASTO

CABILDO

INDÍGENA DE

OBONUCO

0 16

SANTACRUZ DE

GUACHAVES

RESGUARDO

INDÍGENA DE

GUACHAVES

0 15

Mesa Regional Permanente de Concertación de los Pueblos Pastos y Quillasingas

HINCCO

Mesa Regional Permanente de Concertación de los Pueblos Pastos y Quillasingas

HINCCO

INGENIERIA

Nit. 900993835-8

NARIÑO

IPIALES

RESGUARDO

INDÍGENA DE

IPIALES

0 29

CORDOBA

RESGUARDO

INDIGENA DE

MALES

CORDOBA

0

20

IPIALES

RESGUARDO

INDÍGENA DE

SAN JUAN

0 19

IPIALES

RESGUARDO

INDÍGENA DE

YARAMAL

0 12 ILES

RESGUARDO

INDÍGENA DE

ILES 4 6

TUQUERRES

RESGUARDO

INDÍGENA DE

TUQUERRES

0 1

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Página 2 de 5Resolución No. 0123 del 17 FEBRERO 2026 ”Por medio de la cual se corrige un error material de transcripción a la Resolución No 0038 de 29 enero de 2026 “Por la cual se autorizan y disponen cupos del programa de mejoramiento de vivienda urbana y rural, derivada del Acuerdo Social con comunidades indígenas de los pueblos Pastos y Quillasingas, en el departamento de Nariño, bajo la modalidad III Gestión Asociada”

del Acuerdo Social con comunidades indígenas de los pueblos Pastos y Quillasingas, en el departamento de Nariño, bajo la modalidad III Gestión Asociada”

GESTOR

SOCIAL

ALIADO

EJECUTOR DEPARTAMENTO MUNICIPIO RESGUARDO

/ CABILDO

CUPOS

URBANO

CUPOS RURAL

TUQUERRES

RESGUARDO

INDÍGENA DE

YASCUAL

0 8

TANGUA

CABILDO

INDIGENA

MONTAÑA DE

FUEGO

0

9

PUERRES

RESGUARDO

INDÍGENA DEL

GRAN TESCUAL

0

9

PUPIALES

CABILDO

INDÍGENA DE

PUPIALES

0 12

Mesa Regional Permanente de Concertación de los Pueblos Pastos y Quillasingas

Arq. Alexis Chinguad Nit. 1007268472-0

NARIÑO

GUACHUCAL

RESGUARDO

INDÍGENA DE

GUACHUCAL

2 11

CUMBAL

RESGUARDO

INDÍGENA DE

CUMBAL

4 3

CUMBAL

RESGUARDO

INDÍGENA DE

PANAN 0 9

CUMBAL

RESGUARDO

INDÍGENA DE

CHILES

0 12

GUACHUCAL

RESGUARDO

INDÍGENA DE

COLIMBA

0 12

GUACHUCAL

RESGUARDO

0 9

CUMBAL

RESGUARDO

INDÍGENA DE

CHILES

0 12

GUACHUCAL

RESGUARDO

INDÍGENA DE

COLIMBA

0 12

GUACHUCAL

RESGUARDO

INDÍGENA DE

MUELLAMUES

0 11

Mesa Regional Permanente de Concertación de los Pueblos Pastos y Quillasingas

C&N

SOLUCIONES

Nit. 900778254-8

NARIÑO

MALLAMA

RESGUARDO

INDÍGENA EL

GRAN

MALLAMA

0

15

SAMANIEGO

RESGUARDO

INDÍGENA LA

MONTAÑA

0 2 PASTO

CABILDO

INDÍGENA DE

CATAMBUCO

0 14

YACUANQUER CABILDO

INDIGENA DE

YACUANQUER

0

9

TOTAL URBANO / RURAL 10 323

TOTAL CUPOS 333

Artículo 2. Modificar el cuadro descriptivo del artículo 1. de la mencionada Resolución No. 0038 de 2025 en el cual se autorizan y disponen cupos de mejoramiento de vivienda rural para las comunidades Indígenas Pastos y Quillasingas del departamento de Nariño, bajo la modalidad III del programa de mejoramiento de vivienda, el cual quedará así:

GESTOR

SOCIAL

ALIADO

EJECUTOR DEPARTAMENTO MUNICIPIO RESGUARDO

/ CABILDO

vivienda, el cual quedará así:

GESTOR

SOCIAL

ALIADO

EJECUTOR DEPARTAMENTO MUNICIPIO RESGUARDO

/ CABILDO

CUPOS

URBANO

CUPOS RURAL

Mesa Regional Permanente de Concertación de los Pueblos Pastos y Quillasingas

ASOCIACION

PARA EL

DESARROLLO Y

EL

EMPRENDIMIENT

O REGIONAL –

ADER NARIÑO

Nit. 901010653-0

NARIÑO

CUASPUD

CARLOSAMA

RESGUARDO

INDÍGENA DE

CARLOSAMA

0 25

POTOSÍ

RESGUARDO

INDÍGENA DE

MUESES

POTOSI

0

12

FUNES

RESGUARDO

INDÍGENA DE

FUNES

0

9

SANTACRUZ DE

GUACHAVES

RESGUARDO

INDÍGENA EL

SANDE 0 23

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PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Página 3 de 5Resolución No. 0123 del 17 FEBRERO 2026 ”Por medio de la cual se corrige un error material de transcripción a la Resolución No 0038 de 29 enero de 2026 “Por la cual se autorizan y disponen cupos del programa de mejoramiento de vivienda urbana y rural, derivada

”Por medio de la cual se corrige un error material de transcripción a la Resolución No 0038 de 29 enero de 2026 “Por la cual se autorizan y disponen cupos del programa de mejoramiento de vivienda urbana y rural, derivada del Acuerdo Social con comunidades indígenas de los pueblos Pastos y Quillasingas, en el departamento de Nariño, bajo la modalidad III Gestión Asociada”

GESTOR

SOCIAL

ALIADO

EJECUTOR DEPARTAMENTO MUNICIPIO RESGUARDO

/ CABILDO

CUPOS

URBANO

CUPOS RURAL

PASTO

CABILDO

INDÍGENA DE

OBONUCO

0 16

SANTACRUZ DE

GUACHAVES

RESGUARDO

INDÍGENA DE

GUACHAVES

0 15

Mesa Regional Permanente de Concertación de los Pueblos Pastos y Quillasingas

HINCCO

INGENIERIA

Nit. 900993835-8

NARIÑO

IPIALES

RESGUARDO

INDÍGENA DE

IPIALES

0 29

CORDOBA

RESGUARDO

INDIGENA DE

MALES

CORDOBA

0

20

IPIALES

RESGUARDO

INDÍGENA DE

SAN JUAN

0 19

IPIALES

RESGUARDO

INDÍGENA DE

INDIGENA DE

MALES

CORDOBA

0

20

IPIALES

RESGUARDO

INDÍGENA DE

SAN JUAN

0 19

IPIALES

RESGUARDO

INDÍGENA DE

YARAMAL

0 12 ILES

RESGUARDO

INDÍGENA DE

ILES 4 6

TUQUERRES

RESGUARDO

INDÍGENA DE

TUQUERRES

0 1

TUQUERRES

RESGUARDO

INDÍGENA DE

YASCUAL

0 8

TANGUA

CABILDO

INDIGENA

MONTAÑA DE

FUEGO

0

9

PUERRES

RESGUARDO

INDÍGENA DEL

GRAN TESCUAL

0 9

PUPIALES

CABILDO

INDÍGENA DE

PUPIALES

0 12

Mesa Regional Permanente de Concertación de los Pueblos Pastos y Quillasingas

Arq. Alexis Chinguad Nit. 1007268472-0

NARIÑO

GUACHUCAL

RESGUARDO

INDÍGENA DE

GUACHUCAL

2

11

CUMBAL

RESGUARDO

INDÍGENA DE

CUMBAL

4 3

CUMBAL

RESGUARDO

INDÍGENA DE

PANAN 0 9

CUMBAL

RESGUARDO

INDÍGENA DE

CHILES

0 12

GUACHUCAL

CUMBAL

4 3

CUMBAL

RESGUARDO

INDÍGENA DE

PANAN 0 9

CUMBAL

RESGUARDO

INDÍGENA DE

CHILES

0 12

GUACHUCAL

RESGUARDO

INDÍGENA DE

COLIMBA

0 12

GUACHUCAL

RESGUARDO

INDÍGENA DE

MUELLAMUES

0 11

Mesa Regional Permanente de Concertación de los Pueblos Pastos y Quillasingas

C&N

SOLUCIONES

Nit. 900778254-8

NARIÑO

MALLAMA

RESGUARDO

INDÍGENA EL

GRAN

MALLAMA

0

15

SAMANIEGO

RESGUARDO

INDÍGENA LA

MONTAÑA

0 2 PASTO

CABILDO

INDÍGENA DE

CATAMBUCO

0 14

YACUANQUER CABILDO

INDIGENA DE

YACUANQUER

0

9

TOTAL URBANO / RURAL 10 323

TOTAL CUPOS 333 “ Artículo 3. El presente acto administrativo se expide con el fin de corregir el error material advertido, sin que ello implique modificación alguna del contenido sustancial

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PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Página 4 de 5Resolución No. 0123 del 17 FEBRERO 2026 ”Por medio de la cual se corrige un error material de transcripción a la Resolución No 0038 de 29 enero de 2026 “Por la cual se autorizan y disponen cupos del programa de mejoramiento de vivienda urbana y rural, derivada del Acuerdo Social con comunidades indígenas de los pueblos Pastos y Quillasingas, en el departamento de Nariño, bajo la modalidad III Gestión Asociada”

ni de las demás disposiciones contenidas en la Resolución No. 0038 de 2026, las cuales no son objeto de aclaración. En consecuencia, dichas disposiciones continúan vigentes y sin modificación alguna. Artículo 4. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación y se comunicará a cada uno de los gestores a los correos electrónicos registrados en el programa.

Dada en Bogotá, D.C., a los 17 FEBRERO 2026

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

GALEANO

AVILA

ANDERSON

ARTURO Firmado digitalmente

por GALEANO AVILA

ANDERSON ARTURO

Fecha: 2026.02.17

10:16:24 -05'00'

ARTURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda

Elaboró: Adriana León

Contratista DIVIS

Andrés Córdoba

10:16:24 -05'00'

ARTURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda

Elaboró: Adriana León

Contratista DIVIS

Andrés Córdoba Contratista DIVIS

Revisó: Karen Armenta

Contratista DIVIS Sandra Bravo Contrastista DIVIS

Stella Acevedo Contratista DIVIS

Julián Vásquez Contratista CDVD 38-2026

Aprobó: Rosa Elena Espitia Riaño

Directora DIVIS

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