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MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolución 0178 de 2026

Ministerio de Vivienda

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Título
MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolución 0178 de 2026
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2026

Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 1 de 7

RESOLUCIÓN NÚMERO 0178 DE 03 MARZO 2026 “Por la cual se asignan treinta y siete (37) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Tangua, en el departamento de Nariño”

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”. Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 Fonvivienda administrará y ejecutará los

Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 Fonvivienda administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los términos del artículo 6 de la Ley 1537 de 2012.

Que en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 de 2015 se establece que Fonvivienda es la entidad encargada del otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural.

Que de conformidad con lo establecido en el Decreto 3571 de 2011, modificado por el Decreto 1604 de 2020, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio es la entidad encargada de formular, dirigir y coordinar las políticas, planes, programas y regulaciones en materia de vivienda, financiación de vivienda, desarrollo urbano, ordenamiento territorial y uso del suelo, en el marco de sus competencias, agua potable y saneamiento básico, así como de los instrumentos normativos para su implementación, y, programas en materia de vivienda urbana y rural que son ejecutados por el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda. Que de acuerdo con lo propuesto en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023 por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 "Colombia, potencia mundial de la vida " se plantea como uno de los catalizadores " 3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral", la implementación por parte del Gobierno Nacional de " programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a

la vida " se plantea como uno de los catalizadores " 3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral", la implementación por parte del Gobierno Nacional de " programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población".

Que el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda y El Departamento de Nariño suscribieron el Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 047 -2024 , cuyo objeto se circunscribe a: “Aunar esfuerzos administrativos, técnicos, sociales y financieros para la ejecución y seguimiento de las actividades en materia del subsidio familiar de vivienda bajo la modalidad de mejoramiento de vivienda urbana y rural, tendientes a superar las condiciones sanitarias satisfactorias de espacio y servicios públicos de los hogares en el marco del programa de mejoramiento regulado en el Decreto 1077 de 2015 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.”

Que en atención a lo dispuesto por el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda celebró con la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. – FIDUAGRARIA S.A. el contrato de fiducia mercantil Nro. 027 de 2020, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso – Programa deFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

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Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0178 del 03 MARZO 2026

“Por la cual se asignan treinta y siete (37) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Tangua, en el departamento de Nariño” Promoción de Vivienda Rural, por medio del cual se realizará la administración de los recursos que transfiera el fideicomitente o que, en general, se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda rural, destinada a la atención de hogares a los que se refiere el Programa de Promoción de Vivienda Rural, de conformidad con las normas que le sean aplicables y de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, y/o los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo. Que los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, establecen las condiciones para el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural y las restricciones para la postulación y posterior asignación de este.

Que conforme al artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015, el subsidio familiar de vivienda que asigna Fonvivienda en el marco del programa de mejoramiento podrá ser complementario a subsidios otorgados por otras entidades, y su valor podrá

vivienda que asigna Fonvivienda en el marco del programa de mejoramiento podrá ser complementario a subsidios otorgados por otras entidades, y su valor podrá ascender hasta veintidós (22) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), de acuerdo con lo establecido para la modalidad correspondiente.

Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la Resolución No. 0536 del 19 de octubre de 2020, por la cual se reglamentan los artículos 2.1.10.1.1.1.1; 2.1.10.1.1.4.3; 2.1.10.1.1.4.6 y 2.1.10.1.1.5.1 del Título 10 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, acto administrativo que fue modificado por la Resolución No. 725 de 23 agosto de 2023. Que de acuerdo con el artículo 30 de la Resolución No. 0536 de 2020 Fonvivienda a través de la Subdirección de Subsidios y Ejecución de Vivienda Rural verificó la información del cumplimiento de requisitos de los hogares postulantes.

Que la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargada de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó a través de sus contratistas y funcionarios el resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, con el respectivo control de calidad mediante correo electrónicos del 3, 10 de junio; 18,25 de julio y 02, 8, 15, 26 agosto de 2025.

resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, con el respectivo control de calidad mediante correo electrónicos del 3, 10 de junio; 18,25 de julio y 02, 8, 15, 26 agosto de 2025.

Que el valor de los recursos asignados como subvención destinados al mejoramiento de la vivienda de cada hogar beneficiario, se realiza en consideración a la proyección de cupos y presupuestos contemplados en la Resolución 0938 del 17 de febrero de 2023. Que, de conformidad con las consideraciones expuestas anteriormente, los subsidios objeto del presente acto administrativo se asignan con referencia a salarios mínimos legales mensuales vigentes correspondientes a la vigencia 2024, con el fin de garantizar certeza jurídica en su determinación, coherencia con el marco normativo aplicable y estabilidad en la aplicación de los criterios de asignación definidos para el programa.

Que en consideración al artículo 54 de la Resolución No. 0536 de 2020, se desarrolló la etapa de pre -construcción de los hogares habilitados y previo al proceso de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda Rural bajo la modalidad de mejoramiento en especie por parte de Fonvivienda, el ejecutor verificó el informe técnico que contiene: i) Verificación y diagnóstico en sitio de las condiciones del predio presentado por el hogar habilitado para la construcción. ii) Estudios, diseños y presupuesto de la solución de vivienda planteada.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

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Resolución No. 0178 del 03 MARZO 2026

“Por la cual se asignan treinta y siete (37) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Tangua, en el departamento de Nariño” Que el artículo 18 de la Resolución No. 0536 de 2020 establece las etapas del programa de Subsidio Familiar de Vivienda Rural para la asignación del subsidio, entre las cuales se encuentra la relativa a los hogares habilitados con diagnóstico efectivo, resultado de la verificación de cumplimiento de requisitos. Que las actividades de pre -construcción se ejecutaron mediante los mecanismos establecidos en el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, adicionado por el artículo 1 del Decreto 1341 de 2020, en tal sentido, el supervisor mediante correo electrónico de 29 de diciembre de 2025, informó el resultado de las actividades desarrolladas, detallando el valor del diagnóstico objeto de la asignación.

No. CÓDIGO

HOGAR

DOCUMENTO

DE

IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO 1 318159 1086225302 JESICA MIREYA DELGADO SOLANO NARIÑO TANGUA 2 318172 1086224021 DEICY

ADRIANA RIVERA RIVERA NARIÑO TANGUA

1 318159 1086225302 JESICA MIREYA DELGADO SOLANO NARIÑO TANGUA 2 318172 1086224021 DEICY ADRIANA RIVERA RIVERA NARIÑO TANGUA 3 318175 27487240 VILMA GENIT MONCAYO

JOJOA NARIÑO TANGUA 4 318177 27488190 SANDRA DE

JESUS

QUINTERO

MIRAMAG NARIÑO TANGUA 5 338882 27489748 MARIA OLIVIA GELPUD NARIÑO TANGUA 6 345867 98326707 MIGUEL

GUILLERMO

MERCHANCANO MONCAYO NARIÑO TANGUA 7 345869 27487613 NELCI

PATRICIA

GUANCHA NARVAEZ NARIÑO TANGUA 8 345904 27488647 VICKY

ALEXANDRA RIVAS TIMANA NARIÑO TANGUA 9 343266 27488242 MARGOTH DEL

CARMEN

MADROÑERO

MONCAYO NARIÑO TANGUA 10 337558 34616481 YUDY GUERRERO

GUATUSMAL NARIÑO TANGUA 11 337556 12958795 FLORIBERTO MENESES

TIMANA NARIÑO TANGUA 12 345903 1086224010 LORENA TIMANA

GUANCHA NARIÑO TANGUA 13 343979 1004542937 JESUS ANIBAL PUCHANA ERASO NARIÑO TANGUA 14 318170 27485973 MARIA

LAURENTINA

QUIROS DE

POTOSI NARIÑO TANGUA 15 324992 27487203 MONICA ROCIO URBINA

URBINA NARIÑO TANGUA 16 324993 27487084 PIEDAD DELA CRUZ

LAURENTINA

QUIROS DE

POTOSI NARIÑO TANGUA 15 324992 27487203 MONICA ROCIO URBINA

URBINA NARIÑO TANGUA 16 324993 27487084 PIEDAD DELA CRUZ

VILLOTA NARIÑO TANGUA 17 324994 98326797 LUIS ALFONSO RIASCOS FLORES NARIÑO TANGUA 18 324996 43279807 MARIA

ADRIANA MALES NARIÑO TANGUA 19 324999 27487060 NANCY RIASCOS PUCHANA NARIÑO TANGUA 20 325021 59832260 MIRIAN

MERCEDES

DELGADO

LOPEZ NARIÑO TANGUA 21 325005 59820962 SIXTA TULIA MIRAMAG

GUANCHA NARIÑO TANGUA 22 325001 27487838 JOVA EMERITA JOJOA NARIÑO TANGUA 23 325020 5203168 JORGE

ENRIQUE

LOPEZ MENESES NARIÑO TANGUA 24 337559 1085315194 ANDERSSON

ARLEY

DELGADO

VILLOTA NARIÑO TANGUA 25 325036 27487757 MARIA DEL

CARMEN

JOSA

GUERRERO NARIÑO TANGUA 26 337560 98326824 JOHN JAIRO PUPIALES PASTRANA NARIÑO TANGUA 27 333692 5353643

SEGUNDO

MARCO

ANTONIO

LOPEZ

BENAVIDES NARIÑO TANGUA

28 325027 87910004 JOSE ALBERTO ALMEIDA MERA NARIÑO TANGUA

29 333693 27488133 AURA MIMI ERASO CADENA NARIÑO TANGUA

LOPEZ

BENAVIDES NARIÑO TANGUA

28 325027 87910004 JOSE ALBERTO ALMEIDA MERA NARIÑO TANGUA 29 333693 27488133 AURA MIMI ERASO CADENA NARIÑO TANGUA 30 324998 1085347060 JAVIER

ANDRES TIMANA JOJOA NARIÑO TANGUA 31 325039 16482584 EDGAR

BERNARDO CHAPAL LOPEZ NARIÑO TANGUAFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

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Resolución No. 0178 del 03 MARZO 2026

“Por la cual se asignan treinta y siete (37) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Tangua, en el departamento de Nariño” 32 345894 27487327 GENI DEL

CARMEN

ANDRADE

MARTINEZ NARIÑO TANGUA 33 345895 1086223590 EDITH MARIEN TELAG ARMERO NARIÑO TANGUA 34 345892 1083752209 JESUS

BENICIO ROJAS ORTEGA NARIÑO TANGUA 35 325034 59814322 MARIA DEL

CARMEN MORENO NARIÑO TANGUA 36 352730 1086223235 CLAUDIA

LORENA

HERNANDEZ

MALES NARIÑO TANGUA 37 352834 59470005 MARIA NELLY JOSA DE

GUERRERO NARIÑO TANGUA

36 352730 1086223235 CLAUDIA

LORENA

HERNANDEZ

MALES NARIÑO TANGUA 37 352834 59470005 MARIA NELLY JOSA DE

GUERRERO NARIÑO TANGUA

Que el valor total de los recursos asignados como Subsidio Familiar de Vivienda Rural, destinados a la solución de vivienda de cada hogar que cumplió los requisitos establecidos en el artículo 65 de la Resolución No. 0536 de 2020 asciende a la suma

de SEISCIENTOS SEIS MILLONES SESENTA MIL PESOS ($606.060.000 )

M/CTE. Que los Subsidios Familiares de Vivienda Rural asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución se entenderán legalizados para Fonvivienda según lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.5.1. del Decreto 1077 de 2015 y el artículo 76 de la Resolución No. 0536 de 2021 con el documento que acredita la asignación dicho subsidio y el certificado de existencia de la obra, suscrito por el supervisor y el ejecutor.

Que Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.10.1.1.5.3 “pérdida y restitución del subsidio familiar de vivienda” del Decreto 1077 de 2015, ante las causales de pérdida y restitución del subsidio, por lo que para ello podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Que teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace

revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Que teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Asignar treinta y siete (37) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de Tangua en el departamento de Nariño en la modalidad de mejoramiento, por un valor total de SEISCIENTOS SEIS MILLONES SESENTA MIL PESOS ($606.060.000) M/CTE, valor que no excede de los veintidós (22) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) por unidad habitacional, para los hogares que supere dicho valor, este se circunscribe a actividades de Delta de Transporte respecto de los hogares que se relacionan a continuación: En el presente acto administrativo se relacionan únicamente los jefes de hogar de cada núcleo familiar, no obstante, lo anterior, el Subsidio Familiar de Vivienda Rural se asigna a la totalidad del hogar en los términos y condiciones del Decreto 1077 de 2015, a saber:

No.

CÓDIGO

HOGAR

DOCUMEN

TO DE

IDENTIDA

D

NOMBRES

APELLIDOS

DEPARTAMEN

TO

MUNICIPI

O

ASOCIADO

VALOR

ASIGNAR

MINISTERI

O VALOR

ASIGNAR

ASOCIADO

VSFVR

APELLIDOS

DEPARTAMEN

TO

MUNICIPI

O

ASOCIADO

VALOR

ASIGNAR

MINISTERI

O VALOR

ASIGNAR

ASOCIADO

VSFVR 1 318159 108622530

2

JESICA

MIREYA

DELGADO

SOLANO NARIÑO TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 2 318172 108622402 1 DEICY

ADRIANA

RIVERA

RIVERA NARIÑO TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

3

318175

27487240 VILMA

GENIT

MONCAYO

JOJOA

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

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“Por la cual se asignan treinta y siete (37) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del

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“Por la cual se asignan treinta y siete (37) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Tangua, en el departamento de Nariño”

No.

CÓDIGO

HOGAR

DOCUMEN

TO DE

IDENTIDA

D

NOMBRES

APELLIDOS

DEPARTAMEN

TO

MUNICIPI

O

ASOCIADO

VALOR

ASIGNAR

MINISTERI

O VALOR

ASIGNAR

ASOCIADO

VSFVR

4

318177

27488190 SANDRA

DE JESUS

QUINTERO

MIRAMAG

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

5

338882

27489748 MARIA

OLIVIA

GELPUD

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

6

345867

98326707

MIGUEL

GUILLERM

O

MERCHANCA

NO MONCAYO

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$

6

345867

98326707

MIGUEL

GUILLERM

O

MERCHANCA

NO MONCAYO

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

7

345869

27487613 NELCI

PATRICIA

GUANCHA

NARVAEZ

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

8

345904

27488647 VICKY

ALEXANDR

A RIVAS

TIMANA

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

9

343266

27488242

MARGOTH

DEL

CARMEN

MADROÑERO

MONCAYO

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

10

337558

34616481

YUDY GUERRERO

GUATUSMAL

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $

34616481

YUDY GUERRERO

GUATUSMAL

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

11

337556

12958795 FLORIBERT

O

MENESES

TIMANA

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

12

345903 108622401 0

LORENA TIMANA

GUANCHA

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

13

343979 100454293 7 JESUS

ANIBAL

PUCHANA

ERASO

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

14

318170

27485973 MARIA

LAURENTIN

A

QUIROS DE

POTOSI

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

15

324992

27487203 MONICA

ROCIO

URBINA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

15

324992

27487203 MONICA

ROCIO

URBINA

URBINA

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

16

324993

27487084

PIEDAD DELA CRUZ

VILLOTA

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

17

324994

98326797 LUIS

ALFONSO

RIASCOS

FLORES

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

18

324996

43279807 MARIA

ADRIANA

MALES

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

19

324999

27487060

NANCY RIASCOS

PUCHANA

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$

23.400.000

19

324999

27487060

NANCY RIASCOS

PUCHANA

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

20

325021

59832260 MIRIAN

MERCEDES

DELGADO

LOPEZ

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

21

325005

59820962 SIXTA

TULIA

MIRAMAG

GUANCHA

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

22

325001

27487838 JOVA

EMERITA

JOJOA

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

23

325020

5203168 JORGE

ENRIQUE

LOPEZ

MENESES

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

24

337559 108531519

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

24

337559 108531519 4

ANDERSSO

N ARLEY

DELGADO

VILLOTA

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

25

325036

27487757 MARIA DEL

CARMEN

JOSA

GUERRERO

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

26

337560

98326824 JOHN

JAIRO

PUPIALES

PASTRANA

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

27

333692

5353643

SEGUNDO

MARCO

ANTONIO

LOPEZ

BENAVIDES

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

28

325027

87910004 JOSE

ALBERTO

ALMEIDA

MERA

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

28

325027

87910004 JOSE

ALBERTO

ALMEIDA

MERA

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

29

333693

27488133

AURA MIMI ERASO

CADENA

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

30

324998 108534706 0

JAVIER

ANDRES

TIMANA

JOJOA

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

31

325039

16482584 EDGAR

BERNARDO

CHAPAL

LOPEZ

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

32

345894

27487327 GENI DEL

CARMEN

ANDRADE

MARTINEZ

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $

345894

27487327 GENI DEL

CARMEN

ANDRADE

MARTINEZ

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

33

345895 108622359 0 EDITH

MARIEN

TELAG

ARMERO

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

34

345892 108375220 9 JESUS

BENICIO

ROJAS

ORTEGA

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

35

325034

59814322 MARIA DEL

CARMEN

MORENO

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

36

352730 108622323 5

CLAUDIA

LORENA

HERNANDEZ

MALES

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000Fondo Nacional de Vivienda

MALES

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0178 del 03 MARZO 2026

“Por la cual se asignan treinta y siete (37) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Tangua, en el departamento de Nariño”

No.

CÓDIGO

HOGAR

DOCUMEN

TO DE

IDENTIDA

D

NOMBRES

APELLIDOS

DEPARTAMEN

TO

MUNICIPI

O

ASOCIADO

VALOR

ASIGNAR

MINISTERI

O VALOR

ASIGNAR

ASOCIADO

VSFVR

37

352834

59470005 MARIA

NELLY

JOSA DE

GUERRERO

NARIÑO

TANGUA

DEPARTAMEN

TO DE

NARIÑO

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

TOTAL $ 606.060.00 0 $ 259.740.00 0 $ 865.800.000

$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000

TOTAL $ 606.060.00 0 $ 259.740.00 0 $ 865.800.000

Artículo 2. La vigencia de los Subsidios Familiares de Vivienda Rural asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución, es de doce (12) meses contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de publicación del presente acto administrativo. Artículo 3. Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.10.1.1.5.3 “pérdida y restitución del subsidio familiar de vivienda” del Decreto 1077 de 2015, de llegarse a configurar dichas causales, por lo que podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.+

Artículo 4. A los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda Rural, relacionados en el artículo 1° de la presente resolución, que incumplan con las condiciones y requisitos indicados en los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, se les aplicará la pérdida de ejecutoriedad del acto administrativo, respecto de su asignación, según lo establecido en el numeral 4 del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), sin perjuicio de lo anterior, la asignación del beneficio estatal estará supeditada al cumplimiento técnico del predio sobre el cual se aplicará

artículo 91 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), sin perjuicio de lo anterior, la asignación del beneficio estatal estará supeditada al cumplimiento técnico del predio sobre el cual se aplicará el Subsidio Familiar de Vivienda Rural, y en caso de que este no cumpla se resolverá el presente acto administrativo. Artículo 5. La presente resolución será publicada en la página web1 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, comunicada al Patrimonio Autónomo FideicomisoPrograma de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No 027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARIA S.A y comunicada a la respectiva Fundación. Artículo 6. El presente acto administrativo no genera ejecución y las imputaciones presupuestales se harán de acuerdo con las reglas establecidas en el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015 de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia y su manual operativo con cargo a los recursos disponibles en el Fideicomiso – Programa de Promoción de Vivienda Rural.

Artículo 7. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Dada en Bogotá, D.C., a los 03 MARZO 2026

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

GALEANO

AVILA

ANDERSON

ARTURO Firmado digitalmente por

GALEANO AVILA ANDERSON ARTURO Fecha: 2026.03.02 16:07:04 -05'00'

ARTURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda

Firmado digitalmente por

GALEANO AVILA ANDERSON ARTURO Fecha: 2026.03.02 16:07:04 -05'00'

ARTURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda Fonvivienda

1 Normativa | MinviviendaFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0178 del 03 MARZO 2026

“Por la cual se asignan treinta y siete (37) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Tangua, en el departamento de Nariño”

Rosa Elena Espitia Riaño Directora Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social

Nubia Yineth Molina Cabrera Contratista Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural

María Antonia Prieto Contratista PA 030F – 2025

Laura Marcela Sanguino Gutiérrez Subdirectora Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural

Andrei Alexander Suárez Moreno Contratista Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural

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