MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolución 0178 de 2026
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolución 0178 de 2026
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2026
Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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RESOLUCIÓN NÚMERO 0178 DE 03 MARZO 2026 “Por la cual se asignan treinta y siete (37) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Tangua, en el departamento de Nariño”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”. Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 Fonvivienda administrará y ejecutará los
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 Fonvivienda administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los términos del artículo 6 de la Ley 1537 de 2012.
Que en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 de 2015 se establece que Fonvivienda es la entidad encargada del otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural.
Que de conformidad con lo establecido en el Decreto 3571 de 2011, modificado por el Decreto 1604 de 2020, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio es la entidad encargada de formular, dirigir y coordinar las políticas, planes, programas y regulaciones en materia de vivienda, financiación de vivienda, desarrollo urbano, ordenamiento territorial y uso del suelo, en el marco de sus competencias, agua potable y saneamiento básico, así como de los instrumentos normativos para su implementación, y, programas en materia de vivienda urbana y rural que son ejecutados por el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda. Que de acuerdo con lo propuesto en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023 por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 "Colombia, potencia mundial de la vida " se plantea como uno de los catalizadores " 3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral", la implementación por parte del Gobierno Nacional de " programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a
la vida " se plantea como uno de los catalizadores " 3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral", la implementación por parte del Gobierno Nacional de " programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población".
Que el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda y El Departamento de Nariño suscribieron el Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 047 -2024 , cuyo objeto se circunscribe a: “Aunar esfuerzos administrativos, técnicos, sociales y financieros para la ejecución y seguimiento de las actividades en materia del subsidio familiar de vivienda bajo la modalidad de mejoramiento de vivienda urbana y rural, tendientes a superar las condiciones sanitarias satisfactorias de espacio y servicios públicos de los hogares en el marco del programa de mejoramiento regulado en el Decreto 1077 de 2015 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.”
Que en atención a lo dispuesto por el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda celebró con la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. – FIDUAGRARIA S.A. el contrato de fiducia mercantil Nro. 027 de 2020, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso – Programa deFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Resolución No. 0178 del 03 MARZO 2026
“Por la cual se asignan treinta y siete (37) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Tangua, en el departamento de Nariño” Promoción de Vivienda Rural, por medio del cual se realizará la administración de los recursos que transfiera el fideicomitente o que, en general, se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda rural, destinada a la atención de hogares a los que se refiere el Programa de Promoción de Vivienda Rural, de conformidad con las normas que le sean aplicables y de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, y/o los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo. Que los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, establecen las condiciones para el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural y las restricciones para la postulación y posterior asignación de este.
Que conforme al artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015, el subsidio familiar de vivienda que asigna Fonvivienda en el marco del programa de mejoramiento podrá ser complementario a subsidios otorgados por otras entidades, y su valor podrá
vivienda que asigna Fonvivienda en el marco del programa de mejoramiento podrá ser complementario a subsidios otorgados por otras entidades, y su valor podrá ascender hasta veintidós (22) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), de acuerdo con lo establecido para la modalidad correspondiente.
Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la Resolución No. 0536 del 19 de octubre de 2020, por la cual se reglamentan los artículos 2.1.10.1.1.1.1; 2.1.10.1.1.4.3; 2.1.10.1.1.4.6 y 2.1.10.1.1.5.1 del Título 10 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, acto administrativo que fue modificado por la Resolución No. 725 de 23 agosto de 2023. Que de acuerdo con el artículo 30 de la Resolución No. 0536 de 2020 Fonvivienda a través de la Subdirección de Subsidios y Ejecución de Vivienda Rural verificó la información del cumplimiento de requisitos de los hogares postulantes.
Que la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargada de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó a través de sus contratistas y funcionarios el resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, con el respectivo control de calidad mediante correo electrónicos del 3, 10 de junio; 18,25 de julio y 02, 8, 15, 26 agosto de 2025.
resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, con el respectivo control de calidad mediante correo electrónicos del 3, 10 de junio; 18,25 de julio y 02, 8, 15, 26 agosto de 2025.
Que el valor de los recursos asignados como subvención destinados al mejoramiento de la vivienda de cada hogar beneficiario, se realiza en consideración a la proyección de cupos y presupuestos contemplados en la Resolución 0938 del 17 de febrero de 2023. Que, de conformidad con las consideraciones expuestas anteriormente, los subsidios objeto del presente acto administrativo se asignan con referencia a salarios mínimos legales mensuales vigentes correspondientes a la vigencia 2024, con el fin de garantizar certeza jurídica en su determinación, coherencia con el marco normativo aplicable y estabilidad en la aplicación de los criterios de asignación definidos para el programa.
Que en consideración al artículo 54 de la Resolución No. 0536 de 2020, se desarrolló la etapa de pre -construcción de los hogares habilitados y previo al proceso de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda Rural bajo la modalidad de mejoramiento en especie por parte de Fonvivienda, el ejecutor verificó el informe técnico que contiene: i) Verificación y diagnóstico en sitio de las condiciones del predio presentado por el hogar habilitado para la construcción. ii) Estudios, diseños y presupuesto de la solución de vivienda planteada.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Resolución No. 0178 del 03 MARZO 2026
“Por la cual se asignan treinta y siete (37) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Tangua, en el departamento de Nariño” Que el artículo 18 de la Resolución No. 0536 de 2020 establece las etapas del programa de Subsidio Familiar de Vivienda Rural para la asignación del subsidio, entre las cuales se encuentra la relativa a los hogares habilitados con diagnóstico efectivo, resultado de la verificación de cumplimiento de requisitos. Que las actividades de pre -construcción se ejecutaron mediante los mecanismos establecidos en el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, adicionado por el artículo 1 del Decreto 1341 de 2020, en tal sentido, el supervisor mediante correo electrónico de 29 de diciembre de 2025, informó el resultado de las actividades desarrolladas, detallando el valor del diagnóstico objeto de la asignación.
No. CÓDIGO
HOGAR
DOCUMENTO
DE
IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO 1 318159 1086225302 JESICA MIREYA DELGADO SOLANO NARIÑO TANGUA 2 318172 1086224021 DEICY
ADRIANA RIVERA RIVERA NARIÑO TANGUA
1 318159 1086225302 JESICA MIREYA DELGADO SOLANO NARIÑO TANGUA 2 318172 1086224021 DEICY ADRIANA RIVERA RIVERA NARIÑO TANGUA 3 318175 27487240 VILMA GENIT MONCAYO
JOJOA NARIÑO TANGUA 4 318177 27488190 SANDRA DE
JESUS
QUINTERO
MIRAMAG NARIÑO TANGUA 5 338882 27489748 MARIA OLIVIA GELPUD NARIÑO TANGUA 6 345867 98326707 MIGUEL
GUILLERMO
MERCHANCANO MONCAYO NARIÑO TANGUA 7 345869 27487613 NELCI
PATRICIA
GUANCHA NARVAEZ NARIÑO TANGUA 8 345904 27488647 VICKY
ALEXANDRA RIVAS TIMANA NARIÑO TANGUA 9 343266 27488242 MARGOTH DEL
CARMEN
MADROÑERO
MONCAYO NARIÑO TANGUA 10 337558 34616481 YUDY GUERRERO
GUATUSMAL NARIÑO TANGUA 11 337556 12958795 FLORIBERTO MENESES
TIMANA NARIÑO TANGUA 12 345903 1086224010 LORENA TIMANA
GUANCHA NARIÑO TANGUA 13 343979 1004542937 JESUS ANIBAL PUCHANA ERASO NARIÑO TANGUA 14 318170 27485973 MARIA
LAURENTINA
QUIROS DE
POTOSI NARIÑO TANGUA 15 324992 27487203 MONICA ROCIO URBINA
URBINA NARIÑO TANGUA 16 324993 27487084 PIEDAD DELA CRUZ
LAURENTINA
QUIROS DE
POTOSI NARIÑO TANGUA 15 324992 27487203 MONICA ROCIO URBINA
URBINA NARIÑO TANGUA 16 324993 27487084 PIEDAD DELA CRUZ
VILLOTA NARIÑO TANGUA 17 324994 98326797 LUIS ALFONSO RIASCOS FLORES NARIÑO TANGUA 18 324996 43279807 MARIA
ADRIANA MALES NARIÑO TANGUA 19 324999 27487060 NANCY RIASCOS PUCHANA NARIÑO TANGUA 20 325021 59832260 MIRIAN
MERCEDES
DELGADO
LOPEZ NARIÑO TANGUA 21 325005 59820962 SIXTA TULIA MIRAMAG
GUANCHA NARIÑO TANGUA 22 325001 27487838 JOVA EMERITA JOJOA NARIÑO TANGUA 23 325020 5203168 JORGE
ENRIQUE
LOPEZ MENESES NARIÑO TANGUA 24 337559 1085315194 ANDERSSON
ARLEY
DELGADO
VILLOTA NARIÑO TANGUA 25 325036 27487757 MARIA DEL
CARMEN
JOSA
GUERRERO NARIÑO TANGUA 26 337560 98326824 JOHN JAIRO PUPIALES PASTRANA NARIÑO TANGUA 27 333692 5353643
SEGUNDO
MARCO
ANTONIO
LOPEZ
BENAVIDES NARIÑO TANGUA
28 325027 87910004 JOSE ALBERTO ALMEIDA MERA NARIÑO TANGUA
29 333693 27488133 AURA MIMI ERASO CADENA NARIÑO TANGUA
LOPEZ
BENAVIDES NARIÑO TANGUA
28 325027 87910004 JOSE ALBERTO ALMEIDA MERA NARIÑO TANGUA 29 333693 27488133 AURA MIMI ERASO CADENA NARIÑO TANGUA 30 324998 1085347060 JAVIER
ANDRES TIMANA JOJOA NARIÑO TANGUA 31 325039 16482584 EDGAR
BERNARDO CHAPAL LOPEZ NARIÑO TANGUAFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Fecha: 29/04/2025
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Resolución No. 0178 del 03 MARZO 2026
“Por la cual se asignan treinta y siete (37) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Tangua, en el departamento de Nariño” 32 345894 27487327 GENI DEL
CARMEN
ANDRADE
MARTINEZ NARIÑO TANGUA 33 345895 1086223590 EDITH MARIEN TELAG ARMERO NARIÑO TANGUA 34 345892 1083752209 JESUS
BENICIO ROJAS ORTEGA NARIÑO TANGUA 35 325034 59814322 MARIA DEL
CARMEN MORENO NARIÑO TANGUA 36 352730 1086223235 CLAUDIA
LORENA
HERNANDEZ
MALES NARIÑO TANGUA 37 352834 59470005 MARIA NELLY JOSA DE
GUERRERO NARIÑO TANGUA
36 352730 1086223235 CLAUDIA
LORENA
HERNANDEZ
MALES NARIÑO TANGUA 37 352834 59470005 MARIA NELLY JOSA DE
GUERRERO NARIÑO TANGUA
Que el valor total de los recursos asignados como Subsidio Familiar de Vivienda Rural, destinados a la solución de vivienda de cada hogar que cumplió los requisitos establecidos en el artículo 65 de la Resolución No. 0536 de 2020 asciende a la suma
de SEISCIENTOS SEIS MILLONES SESENTA MIL PESOS ($606.060.000 )
M/CTE. Que los Subsidios Familiares de Vivienda Rural asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución se entenderán legalizados para Fonvivienda según lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.5.1. del Decreto 1077 de 2015 y el artículo 76 de la Resolución No. 0536 de 2021 con el documento que acredita la asignación dicho subsidio y el certificado de existencia de la obra, suscrito por el supervisor y el ejecutor.
Que Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.10.1.1.5.3 “pérdida y restitución del subsidio familiar de vivienda” del Decreto 1077 de 2015, ante las causales de pérdida y restitución del subsidio, por lo que para ello podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Que teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace
revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Que teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Asignar treinta y siete (37) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de Tangua en el departamento de Nariño en la modalidad de mejoramiento, por un valor total de SEISCIENTOS SEIS MILLONES SESENTA MIL PESOS ($606.060.000) M/CTE, valor que no excede de los veintidós (22) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) por unidad habitacional, para los hogares que supere dicho valor, este se circunscribe a actividades de Delta de Transporte respecto de los hogares que se relacionan a continuación: En el presente acto administrativo se relacionan únicamente los jefes de hogar de cada núcleo familiar, no obstante, lo anterior, el Subsidio Familiar de Vivienda Rural se asigna a la totalidad del hogar en los términos y condiciones del Decreto 1077 de 2015, a saber:
No.
CÓDIGO
HOGAR
DOCUMEN
TO DE
IDENTIDA
D
NOMBRES
APELLIDOS
DEPARTAMEN
TO
MUNICIPI
O
ASOCIADO
VALOR
ASIGNAR
MINISTERI
O VALOR
ASIGNAR
ASOCIADO
VSFVR
APELLIDOS
DEPARTAMEN
TO
MUNICIPI
O
ASOCIADO
VALOR
ASIGNAR
MINISTERI
O VALOR
ASIGNAR
ASOCIADO
VSFVR 1 318159 108622530
2
JESICA
MIREYA
DELGADO
SOLANO NARIÑO TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000 2 318172 108622402 1 DEICY
ADRIANA
RIVERA
RIVERA NARIÑO TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
3
318175
27487240 VILMA
GENIT
MONCAYO
JOJOA
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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“Por la cual se asignan treinta y siete (37) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del
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Resolución No. 0178 del 03 MARZO 2026
“Por la cual se asignan treinta y siete (37) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Tangua, en el departamento de Nariño”
No.
CÓDIGO
HOGAR
DOCUMEN
TO DE
IDENTIDA
D
NOMBRES
APELLIDOS
DEPARTAMEN
TO
MUNICIPI
O
ASOCIADO
VALOR
ASIGNAR
MINISTERI
O VALOR
ASIGNAR
ASOCIADO
VSFVR
4
318177
27488190 SANDRA
DE JESUS
QUINTERO
MIRAMAG
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
5
338882
27489748 MARIA
OLIVIA
GELPUD
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
6
345867
98326707
MIGUEL
GUILLERM
O
MERCHANCA
NO MONCAYO
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$
6
345867
98326707
MIGUEL
GUILLERM
O
MERCHANCA
NO MONCAYO
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
7
345869
27487613 NELCI
PATRICIA
GUANCHA
NARVAEZ
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
8
345904
27488647 VICKY
ALEXANDR
A RIVAS
TIMANA
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
9
343266
27488242
MARGOTH
DEL
CARMEN
MADROÑERO
MONCAYO
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
10
337558
34616481
YUDY GUERRERO
GUATUSMAL
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $
34616481
YUDY GUERRERO
GUATUSMAL
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
11
337556
12958795 FLORIBERT
O
MENESES
TIMANA
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
12
345903 108622401 0
LORENA TIMANA
GUANCHA
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
13
343979 100454293 7 JESUS
ANIBAL
PUCHANA
ERASO
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
14
318170
27485973 MARIA
LAURENTIN
A
QUIROS DE
POTOSI
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
15
324992
27487203 MONICA
ROCIO
URBINA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
15
324992
27487203 MONICA
ROCIO
URBINA
URBINA
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
16
324993
27487084
PIEDAD DELA CRUZ
VILLOTA
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
17
324994
98326797 LUIS
ALFONSO
RIASCOS
FLORES
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
18
324996
43279807 MARIA
ADRIANA
MALES
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
19
324999
27487060
NANCY RIASCOS
PUCHANA
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$
23.400.000
19
324999
27487060
NANCY RIASCOS
PUCHANA
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
20
325021
59832260 MIRIAN
MERCEDES
DELGADO
LOPEZ
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
21
325005
59820962 SIXTA
TULIA
MIRAMAG
GUANCHA
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
22
325001
27487838 JOVA
EMERITA
JOJOA
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
23
325020
5203168 JORGE
ENRIQUE
LOPEZ
MENESES
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
24
337559 108531519
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
24
337559 108531519 4
ANDERSSO
N ARLEY
DELGADO
VILLOTA
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
25
325036
27487757 MARIA DEL
CARMEN
JOSA
GUERRERO
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
26
337560
98326824 JOHN
JAIRO
PUPIALES
PASTRANA
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
27
333692
5353643
SEGUNDO
MARCO
ANTONIO
LOPEZ
BENAVIDES
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
28
325027
87910004 JOSE
ALBERTO
ALMEIDA
MERA
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
28
325027
87910004 JOSE
ALBERTO
ALMEIDA
MERA
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
29
333693
27488133
AURA MIMI ERASO
CADENA
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
30
324998 108534706 0
JAVIER
ANDRES
TIMANA
JOJOA
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
31
325039
16482584 EDGAR
BERNARDO
CHAPAL
LOPEZ
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
32
345894
27487327 GENI DEL
CARMEN
ANDRADE
MARTINEZ
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $
345894
27487327 GENI DEL
CARMEN
ANDRADE
MARTINEZ
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
33
345895 108622359 0 EDITH
MARIEN
TELAG
ARMERO
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
34
345892 108375220 9 JESUS
BENICIO
ROJAS
ORTEGA
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
35
325034
59814322 MARIA DEL
CARMEN
MORENO
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
36
352730 108622323 5
CLAUDIA
LORENA
HERNANDEZ
MALES
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000Fondo Nacional de Vivienda
MALES
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
Página 6 de 7
Resolución No. 0178 del 03 MARZO 2026
“Por la cual se asignan treinta y siete (37) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Tangua, en el departamento de Nariño”
No.
CÓDIGO
HOGAR
DOCUMEN
TO DE
IDENTIDA
D
NOMBRES
APELLIDOS
DEPARTAMEN
TO
MUNICIPI
O
ASOCIADO
VALOR
ASIGNAR
MINISTERI
O VALOR
ASIGNAR
ASOCIADO
VSFVR
37
352834
59470005 MARIA
NELLY
JOSA DE
GUERRERO
NARIÑO
TANGUA
DEPARTAMEN
TO DE
NARIÑO
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
TOTAL $ 606.060.00 0 $ 259.740.00 0 $ 865.800.000
$ 16.380.000 $ 7.020.000 $ 23.400.000
TOTAL $ 606.060.00 0 $ 259.740.00 0 $ 865.800.000
Artículo 2. La vigencia de los Subsidios Familiares de Vivienda Rural asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución, es de doce (12) meses contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de publicación del presente acto administrativo. Artículo 3. Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.10.1.1.5.3 “pérdida y restitución del subsidio familiar de vivienda” del Decreto 1077 de 2015, de llegarse a configurar dichas causales, por lo que podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.+
Artículo 4. A los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda Rural, relacionados en el artículo 1° de la presente resolución, que incumplan con las condiciones y requisitos indicados en los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, se les aplicará la pérdida de ejecutoriedad del acto administrativo, respecto de su asignación, según lo establecido en el numeral 4 del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), sin perjuicio de lo anterior, la asignación del beneficio estatal estará supeditada al cumplimiento técnico del predio sobre el cual se aplicará
artículo 91 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), sin perjuicio de lo anterior, la asignación del beneficio estatal estará supeditada al cumplimiento técnico del predio sobre el cual se aplicará el Subsidio Familiar de Vivienda Rural, y en caso de que este no cumpla se resolverá el presente acto administrativo. Artículo 5. La presente resolución será publicada en la página web1 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, comunicada al Patrimonio Autónomo FideicomisoPrograma de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No 027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARIA S.A y comunicada a la respectiva Fundación. Artículo 6. El presente acto administrativo no genera ejecución y las imputaciones presupuestales se harán de acuerdo con las reglas establecidas en el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015 de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia y su manual operativo con cargo a los recursos disponibles en el Fideicomiso – Programa de Promoción de Vivienda Rural.
Artículo 7. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Dada en Bogotá, D.C., a los 03 MARZO 2026
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
GALEANO
AVILA
ANDERSON
ARTURO Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA ANDERSON ARTURO Fecha: 2026.03.02 16:07:04 -05'00'
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda
Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA ANDERSON ARTURO Fecha: 2026.03.02 16:07:04 -05'00'
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda Fonvivienda
1 Normativa | MinviviendaFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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Resolución No. 0178 del 03 MARZO 2026
“Por la cual se asignan treinta y siete (37) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Tangua, en el departamento de Nariño”
Rosa Elena Espitia Riaño Directora Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social
Nubia Yineth Molina Cabrera Contratista Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural
María Antonia Prieto Contratista PA 030F – 2025
Laura Marcela Sanguino Gutiérrez Subdirectora Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural
Andrei Alexander Suárez Moreno Contratista Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural