MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolución 0196 de 2026
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolución 0196 de 2026
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2026
RESOLUCIÓN NÚMERO 0196 DE 9 MARZO 2026
“Por la cual se asignan ciento noventa y siete (197) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana bajo el Esquema asociativo”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”.
Que, de acuerdo con lo previsto en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023, contentiva del Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”, se plantea como catalizador: “3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral”, dentro del cual se contempla la implementación por parte del Gobierno nacional de “programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población”. Que, de conformidad con lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio
construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población”. Que, de conformidad con lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio lidera un programa de mejoramiento de vivienda, a través del cual se busca atender a los hogares que presentan deficiencias de habitabilidad, sean estas locativas, de conexiones de servicios públicos y/o condiciones de hacinamiento (modulares), para así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país. Que la sección 9 del capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios y determina las condiciones y requisitos para los hogares objeto del programa de mejoramiento de vivienda.
Que conforme al artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015, el subsidio familiar de vivienda que asigna FONVIVIENDA en el marco del programa de mejoramiento podrá ser complementario a subsidios otorgados por otras entidades, y su valor podrá ascender hasta dieciocho (18) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) para las intervenciones de tipo locativo, de acuerdo con lo establecido para la modalidad correspondiente. Que FONVIVIENDA expidió la Resolución No. 0938 de 2023 por la cual se establecen los recursos disponibles, de esta manera se conformó las bolsas de mejoramiento urbano y rural y se distribuyó los cupos de conformidad con los criterios establecidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, para el esquema asociativo, modificada por la Resolución No. 1243 de 2023, la Resolución
mejoramiento urbano y rural y se distribuyó los cupos de conformidad con los criterios establecidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, para el esquema asociativo, modificada por la Resolución No. 1243 de 2023, la Resolución No. 0034 de 2035, la Resolución No. 0151 de 2035 y la Resolución No. 0438 de 2035, donde en su articulado se definieron los porcentajes de las bolsas de los esquemas de ejecución tanto en suelo urbano como rural.
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Que la Resolución 0151 del 23 de abril de 2035 “Por la cual se liquida la bolsa de mejoramiento urbano y rural vigencia 2023 y se conforman las bolsas de mejoramiento urbano y rural vigencia 2035, de acuerdo con los criterios fijados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio ”, establece, en su artículo tercero, la conformación de las bolsas de mejoramiento urbano y rural, mediante la configuración de las bolsas “ Urbano Esquema Asociativo ” y “ Rural Esquema Asociativo”. Que mediante la Circular 0003 del 5 de marzo de 2035 se abrió la convocatoria para entidades territoriales (Departamentos y Capitales de Departamentos)
la configuración de las bolsas “ Urbano Esquema Asociativo ” y “ Rural Esquema Asociativo”. Que mediante la Circular 0003 del 5 de marzo de 2035 se abrió la convocatoria para entidades territoriales (Departamentos y Capitales de Departamentos) Entidades sin ánimo de lucro (ESAL) con el fin de presentar manifestación de interés para el Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de mejoramiento que se otorgue en el marco del esquema asociativo, estableciendo como tope máximo del valor del subsidio familiar de vivienda para áreas urbanas, hasta 12 SMMLV
Que a través de la resolución 0481 del 15 de agosto de 2025 se asignaron cupos de recursos para zonas urbanas a las Capitales de Departamento en el marco de la ejecución del Esquema Asociativo de la línea estratégica de mejoramientos de vivienda urbana y rural entre los cuales se encuentra la ciudad de PopayánCauca. Que el 27 de septiembre de 2024, Fondo Nacional De Vivienda – FONVIVIENDA y el Municipio de Popayán - Cauca suscribieron el Convenio Interadministrativo de Cooperación N° 014 cuyo objeto es: “Aunar esfuerzos administrativos, jurídicos, técnicos, sociales y financieros para la ejecución y seguimiento de las actividades en materia del subsidio familiar de vivienda bajo la modalidad de mejoramiento de vivienda urbana y rural, en el marco de la iniciativa del Gobierno nacional de acuerdo con las bases establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo - Ley 2294 de 2023.”
Que a través de Otro si N° 1 de 2025 suscrito entre el Fondo Nacional de Vivienda
acuerdo con las bases establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo - Ley 2294 de 2023.”
Que a través de Otro si N° 1 de 2025 suscrito entre el Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA y el Municipio de Popayán - Cauca se redistribuyó funciones operativas hacia la Secretaría de Infraestructura del municipio, ajustando las condiciones técnicas necesarias para garantizar una ejecución eficiente, con mayor impacto y adecuado uso de los recursos públicos.
Que, en el marco del esquema asociativo del Programa de Mejoramiento de Vivienda, se asignó cupos a la ciudad de Popayán, así:
DEPARTAMENTO MUNICIPIO CUPOS
CAUCA POPAYÁN 800
Que las intervenciones se llevarán a cabo mediante obras que tengan como finalidad mejorar las condiciones sanitarias y habitacionales insatisfactorias de espacio, servicios públicos y calidad de las viviendas de los hogares beneficiarios, a través de la siguiente inversión.
Valor Total del Convenio
Entidad
Valor aportado
Porcentaje
$ 12.480.000.000
FONVIVIENDA
$ 6.240.000.000
50%
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POPAYÁN
$ 6.240.000.000
50%
Que, para la ejecución de las obras, los hogares deberán surtir un proceso de registro, postulación y diagnóstico, a partir del cual se determinará la modalidad de intervención, la cual corresponderá a mejoramientos locativos en pisos, paredes, baños, cocinas y conexiones intradomiciliarias, entre otros.
Que la política de asignación de los Subsidios Familiares de Vivienda, contemplada en el Decreto 1077 de 2015, establece etapas previas a su otorgamiento, como la focalización, la postulación y las actividades de preconstrucción. En este contexto, por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se validó que los hogares anteriormente mencionados, cumplieron con los requisitos exigidos por la normativa vigente al momento de la apertura de la convocatoria del programa de mejoramiento. Por tanto, con el fin de garantizar una asignación adecuada del subsidio por parte de Fonvivienda, se velará por el cumplimiento de las condiciones, requisitos y criterios establecidos en dicha convocatoria y vigentes al momento de la apertura de esta.
Que la Secretaría de Infraestrucrura d el Municipio de Popayán - Cauca, en atención a la obligaciones contenidas en el numeral 27 de la Cláusula Cuarta y Numeral 8 de la Clausula Quinta del Convenio Interadministrativo N° 014 de 2024
atención a la obligaciones contenidas en el numeral 27 de la Cláusula Cuarta y Numeral 8 de la Clausula Quinta del Convenio Interadministrativo N° 014 de 2024 modificado por el otrosí N° 1 de 2025 realizaron los diagnósticos de las viviendas de los hogares postulados y habilitados en el marco del programa, los cuales fueron aprobados e informados en oficio enviado a través de correo electrónico de fecha 26 de enero de 2026. Que, mediante correo electrónico de fecha 29 de enero del 2026, la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) informó a la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda, el resultado de los diagnósticos habilitados viables del Esquema Asociativo aplicable a suelo urbano, precisando que de acuerdo a lo dispuesto en el Convenio Interadministrativo No. 014-2035, la supervisión técnica de estos diagnósticos corresponde exclusivamente al Cooperante (Municipio de Popayán - Cauca y sus contratistas), quienes son responsables de verificar y acreditar todos los requisitos técnicos necesarios para la correcta asignación de los subsidios de mejoramiento de vivienda, frente a los hogares que fueron habilitados por cumplir los requisitos exigidos en el artículo 2.1.1.7.5. del Decreto 1077 de 2015.
Que el mencionado listado, remitido por Municipio de Popayán - Cauca, contó con el respectivo control de calidad reportado por el ingeniero de sistemas de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda a través de correo electrónico de fecha 10 de febrero de 2026, sobre los hogares que se encuentran en estado habilitado con diagnóstico efectivo, los cuales serán beneficiarios del subsidio
Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda a través de correo electrónico de fecha 10 de febrero de 2026, sobre los hogares que se encuentran en estado habilitado con diagnóstico efectivo, los cuales serán beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en el marco del programa de mejoramiento de vivienda. Que el valor de los recursos asignados como subvención destinados al mejoramiento de la vivienda de cada hogar beneficiario, se realiza en consideración a la proyección de cupos y presupuestos contemplados en la resolución 0481 del 15 de agosto de 2024 atendiendo las condiciones de la circular 003 de 2024 y conforme al presupuesto aprobado y requerido por el interventor supervisor contratado por la Fiduciaria en los términos del contrato de Fiducia Mercantil de administración y pagos No. 3 -1-83679 de 2019 suscrito con Fiduciaria Bogotá́ ahora Aval Fiduciaria S.A., de acuerdo a la solicitud de
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asignación remitida por este, a la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS), el 26 de enero de 2026.
Que, de conformidad con las consideraciones expuestas anteriormente, los subsidios objeto del presente acto administrativo se asignan con referencia a
Social (DIVIS), el 26 de enero de 2026.
Que, de conformidad con las consideraciones expuestas anteriormente, los subsidios objeto del presente acto administrativo se asignan con referencia a salarios mínimos legales mensuales vigentes correspondientes a la vigencia 2024, con el fin de garantizar certeza jurídica en su determinación, coherencia con el marco normativo aplicable y estabilidad en la aplicación de los criterios de asignación definidos para el programa. Que dichos valores cumplieron con los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015 ascendiendo a la suma de MIL QUINIENTOS
VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS SETENTA
Y UN PESOS CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS M/CTE ($1.524.540.671,74).
Que los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución se entenderán legalizados de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.7.14 del Decreto 1077 de 2015, con el certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el supervisor contratado para el efecto. Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal ni requiere expedición de certificados de disponibilidad presupuestal, y los desembolsos correspondientes a los subsidios asignados en el presente acto administrativo se efectúan con cargo a los recursos incorporados en el respectivo Fideicomiso.
Que, en uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.
Que, en uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.
Que, teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE: Artículo 1. Asignar ciento noventa y siete (197) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana dentro del Esquema Asociativo, por un valor total de MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO
MILLONES QUINIENTOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UN
PESOS CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS M/CTE ($1.524.540.671,74),
a los hogares que se relacionan a continuación:
No. ID HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO MVCT 1 344257 1438501 SALVADOR QUIÑONES RUIZ CAUCA POPAYÁN $ 7.794.325,50 2 344264 2704061 ELVIO FUENTES BURBANO CAUCA POPAYÁN $ 7.759.111,00 3 344265 2704110 JOSE FERNANDO MELENDEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.796.508,50 4 344266 2707429 AURELIO CHITO CARVAJAL CAUCA POPAYÁN $ 7.742.720,50
3 344265 2704110 JOSE FERNANDO MELENDEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.796.508,50 4 344266 2707429 AURELIO CHITO CARVAJAL CAUCA POPAYÁN $ 7.742.720,50 5 368058 4613681 JOSE RAFAEL RIVERA LOPEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.793.906,50 6 344292 4669551 ENOC ELI SOLARTE YANDE CAUCA POPAYÁN $ 7.692.265,00
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No. ID HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO MVCT 7 344293 4669566 ROMAN MENDEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.760.989,00 8 344295 4673299 POLIDORO GARCIA SANDOVAL CAUCA POPAYÁN $ 7.792.000,50 9 344570 4678129 LEONEL GUTIERREZ LLANTEN CAUCA POPAYÁN $ 7.720.075,00 10 368101 4697290 YONY FERNANDO CABEZAS PINO CAUCA POPAYÁN $ 7.766.909,50 11 370084 4739237 RAFAEL BOLAÑOS
10 368101 4697290 YONY FERNANDO CABEZAS PINO CAUCA POPAYÁN $ 7.766.909,50 11 370084 4739237 RAFAEL BOLAÑOS GALLARDO CAUCA POPAYÁN $ 7.575.350,50 12 361892 4774619 LUIS EDUARDO PERAFAN CAUCA POPAYÁN $ 7.665.750,50 13 344584 4917253 LUIS ADOLFO MOSCA MOSCA CAUCA POPAYÁN $ 7.385.150,00 14 344585 4930115 HORACIO ALBERTO MARTINEZ LOPEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.720.075,00 15 344604 10325149 FABIO ENRIQUE SOLARTE MUÑOZ CAUCA POPAYÁN $ 7.719.738,50 16 344614 10521439 LUIS FELIPE RUIZ CAUCA POPAYÁN $ 7.765.456,50 17 344619 10523668 JULIO JAIRO INSUASTY CAUCA POPAYÁN $ 7.798.855,50 18 370920 10524414 GILBERTO MUÑOZ CAUCA POPAYÁN $ 7.771.788,00 19 371431 10525867 MANUEL
ANTONIO
PABON FERNANDEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.720.075,00 20 369174 10528127 MAURICIO MERA FLOR CAUCA POPAYÁN $ 7.799.993,00 21 369882 10529070 VICTOR
ADOLFO
REBOLLEDO HURTADO CAUCA POPAYÁN $ 7.793.605,00 22 369809 10530295 GERARDO
HERNAN
MOSQUERA
21 369882 10529070 VICTOR
ADOLFO
REBOLLEDO HURTADO CAUCA POPAYÁN $ 7.793.605,00 22 369809 10530295 GERARDO
HERNAN
MOSQUERA AGREDO CAUCA POPAYÁN $ 7.724.700,00 23 347399 10531414 JESUS EDUARDO FULI SOLANO CAUCA POPAYÁN $ 7.790.797,00 24 347400 10531503 SILVIO TULIO HOYOS DIAZ CAUCA POPAYÁN $ 7.720.075,00 25 347403 10534711 RODRIGO QUIJANO PIAMBA CAUCA POPAYÁN $ 7.713.471,00 26 347404 10535810 FRANCISCO
JAVIER
CORDOBA CASTILLO CAUCA POPAYÁN $ 7.778.320,50 27 347411 10538351 JOSE HILARIO HORMIGA SANCHEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.787.958,50 28 369889 10539179 EDGAR MANRIQUE CAUCA POPAYÁN $ 7.788.559,50 29 347417 10543612 VICTOR HUGO RUIZ BRAVO CAUCA POPAYÁN $ 7.786.944,50 30 347422 10546632 FABIAN GONZALEZ FAJARDO CAUCA POPAYÁN $ 7.678.678,50 31 344634 17610825 YAMIL TOBAR MENESES CAUCA POPAYÁN $ 7.727.354,00 32 344637 17971983 JOSE EDINSON HOYOS GUZMAN CAUCA POPAYÁN $ 7.775.392,00
31 344634 17610825 YAMIL TOBAR MENESES CAUCA POPAYÁN $ 7.727.354,00 32 344637 17971983 JOSE EDINSON HOYOS GUZMAN CAUCA POPAYÁN $ 7.775.392,00 33 344655 25263157 MARIA MARIACA BONILLA CAUCA POPAYÁN $ 7.745.317,50 34 369187 25264131 CLEMIRA EULALIA PEÑA ARIAS CAUCA POPAYÁN $ 7.798.900,00 35 344661 25266101 JUANA PAULA AGUILAR DE PAZ CAUCA POPAYÁN $ 7.795.942,50 36 371426 25266223 LUCINDA GAVIRIA HOYOS CAUCA POPAYÁN $ 7.758.398,50 37 344663 25266341 DEYANIRA SALAMANCA DE URIBE CAUCA POPAYÁN $ 7.768.716,00 38 346965 25269708 CARMEN ELENA BORJA MONTENEGRO CAUCA POPAYÁN $ 7.793.555,50 39 369866 25269709 MARIA
BERCELIA
HURTADO SALAZAR CAUCA POPAYÁN $ 7.661.803,00 40 372164 25269761 MARIANA DORADO ZUÑIGA CAUCA POPAYÁN $ 7.794.288,50 41 371427 25270159 LEOPOLDINA FIGUEROA PAREDES CAUCA POPAYÁN $ 7.770.595,50 42 346970 25270188 ILIA MARTINEZ DE URBANO CAUCA POPAYÁN $ 7.743.820,00 43 371414 25271323 ANA LIGIA YUNDA MANZANO CAUCA POPAYÁN $ 7.799.722,50
42 346970 25270188 ILIA MARTINEZ DE URBANO CAUCA POPAYÁN $ 7.743.820,00 43 371414 25271323 ANA LIGIA YUNDA MANZANO CAUCA POPAYÁN $ 7.799.722,50 44 347917 25274603 BEATRIZ ELENA BALANTA HERNANDEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.726.584,00 45 362494 25278466 CLAUDIA HERLINDA SUAREZ CAUCA POPAYÁN $ 7.799.661,50 46 369208 25279996 ANA MILENA SANCHEZ CAMPO CAUCA POPAYÁN $ 7.720.075,00 47 347010 25282492 MARIA ALEXANDRA ESPINOSA JURADO CAUCA POPAYÁN $ 7.788.559,50 48 368191 25283081 MARLY IZQUIERDO BARRIOS CAUCA POPAYÁN $ 7.799.950,50 49 371416 25285679 LUZ AIDA ASTUDILLO BETANCOUR CAUCA POPAYÁN $ 7.584.501,00 50 369867 25289793 YAMILETH VELASCO RUIZ CAUCA POPAYÁN $ 7.789.741,50 51 347029 25291317 SANDRA PATRICIA CHAPUESGAL CAUCA POPAYÁN $ 7.514.218,00 52 347037 25296891 DIOSELINA GOMEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.775.872,00 53 347045 25320912 FANNY ESPERANZA DAZA ANACONA CAUCA POPAYÁN $ 7.796.774,50 54 369041 25343675 CARMEN SERNA DE SERNA CAUCA POPAYÁN $ 7.792.024,00
53 347045 25320912 FANNY ESPERANZA DAZA ANACONA CAUCA POPAYÁN $ 7.796.774,50 54 369041 25343675 CARMEN SERNA DE SERNA CAUCA POPAYÁN $ 7.792.024,00 55 370900 25394870 CARMEN LIBIA CAMPO TAFUR CAUCA POPAYÁN $ 7.799.632,50 56 347071 25407009 GERARDINA ASTUDILLO DE ECHEVERRIA CAUCA POPAYÁN $ 7.742.523,00 57 347072 25414818 HILDA MARIA LLANTEN DE TORRES CAUCA POPAYÁN $ 7.760.773,50 58 372449 25415539 HERMINDA VIDAL SOLARTE CAUCA POPAYÁN $ 7.551.476,00 59 370922 25420540 FELINA ORDOÑEZ MUÑOZ CAUCA POPAYÁN $ 7.733.669,00 60 347082 25420884 NIDIA MONTERO
LLANTEN CAUCA POPAYÁN $ 7.799.819,00
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No. ID HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO MVCT 61 347087 25424276 EDELMIRA IDROBO
de vivienda urbana bajo el Esquema asociativo”
No. ID HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO MVCT 61 347087 25424276 EDELMIRA IDROBO BOHOJORGE CAUCA POPAYÁN $ 7.799.579,50 62 347091 25431601 SILVIA GAHON MONTENEGRO CAUCA POPAYÁN $ 7.445.064,00 63 347092 25431603 ELCIRA MARIA MANRIQUE DE GUEVARA CAUCA POPAYÁN $ 7.720.075,00 64 347095 25431822 BERTA CONSUELO CASTILLO CAUCA POPAYÁN $ 7.798.467,00 65 347096 25452672 MARIA LILA MEDINA GUTIERREZ CAUCA POPAYÁN $ 7.799.989,00 66 347100 25453262 MARIA ELENA SALAZAR GONZALEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.799.491,50 67 372894 25481767 ROMIRA CAJIBIOY GIRONZA CAUCA POPAYÁN $ 7.782.161,00 68 367966 25481904 ALBA CECILIA QUISOBONI CHITO CAUCA POPAYÁN $ 7.759.727,00 69 347441 25483857 MARIA JAQUELIN ZUÑIGA PALECHOR CAUCA POPAYÁN $ 7.786.305,00 70 347443 25492481 LUZ MARY MOLANO CRUZ CAUCA POPAYÁN $ 7.795.914,50 71 347942 25493049 ANA JULIA LUNA DE PINO CAUCA POPAYÁN $ 7.799.698,00 72 370074 25559765 TERESA DE
71 347942 25493049 ANA JULIA LUNA DE PINO CAUCA POPAYÁN $ 7.799.698,00 72 370074 25559765 TERESA DE JESUS VALENCIA CAUCA POPAYÁN $ 7.761.109,50 73 347461 25586224 LEONILDE NARVAEZ MANQUILLO CAUCA POPAYÁN $ 7.791.714,00 74 374351 25588140 LUCENIA RODRIGUEZ HOYOS CAUCA POPAYÁN $ 7.799.292,50 75 347469 25593709 GLORIA MARELY DAZA DORADO CAUCA POPAYÁN $ 7.739.837,00 76 347475 25603826 MATILDE SOLANO DE GARCES CAUCA POPAYÁN $ 7.658.459,50 77 347486 25633306 PAULINA MENESES CAUCA POPAYÁN $ 7.691.145,00 78 347487 25633449 ANA ILDA ROJAS CAUCA POPAYÁN $ 7.631.226,00 79 347489 25633840 GILMA DELIA MUÑOZ CAUCA POPAYÁN $ 7.752.019,00 80 347494 25645135 LILIA
MARGARITA
BENAVIDES ORDOÑEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.780.672,00 81 347496 25647796 REINELDA CAJIBIOY ANACONA CAUCA POPAYÁN $ 7.799.781,50 82 347499 25681883 MARIA TERESA SANCHEZ PEÑA CAUCA POPAYÁN $ 7.704.099,00 83 371362 25703021 ROMELIA SALAZAR CAUCA POPAYÁN $ 7.797.410,00
82 347499 25681883 MARIA TERESA SANCHEZ PEÑA CAUCA POPAYÁN $ 7.704.099,00 83 371362 25703021 ROMELIA SALAZAR CAUCA POPAYÁN $ 7.797.410,00 84 347512 25707653 AURA ROSA MONTENEGRO ASTAIZA CAUCA POPAYÁN $ 7.799.472,50 85 347948 25710299 NUBIA MARIA MOSQUERA MERA CAUCA POPAYÁN $ 7.340.722,50 86 347519 26473635 YOLIMA NARVAEZ SEGOVIA CAUCA POPAYÁN $ 7.800.000,00 87 372699 27073158 MARIA DEL
SOCORRO
ZAMBRANO CAICEDO CAUCA POPAYÁN $ 7.798.147,00 88 347526 27109289 LIDIA EUGENIA CAICEDO CAUCA POPAYÁN $ 7.799.559,00 89 369204 27180590 MARCIANA MARTOS BOLAÑOS CAUCA POPAYÁN $ 7.711.243,50 90 347532 27273113 BERTHA JULIA SIMALES DE BRAVO CAUCA POPAYÁN $ 7.711.243,50 91 347537 27295777 NELLY MARGOT RUIZ CAUCA POPAYÁN $ 7.714.649,00 92 370893 27442843 LUCIA NARVAEZ ORDOÑEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.792.902,50 93 347542 27442916 ERLINDA OJEDA CAUCA POPAYÁN $ 7.711.243,50 94 347547 27479559 LIDIA DEL
SOCORRO
VASQUEZ
RODRIGUEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.720.075,00
94 347547 27479559 LIDIA DEL
SOCORRO
VASQUEZ RODRIGUEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.720.075,00 95 370895 27548737
MARIA
ESPERANZA DE
JESUS POPAYAN MAIGUAL CAUCA POPAYÁN $ 7.379.317,50 96 347554 29105159 MYRIAM MACA CAUCA POPAYÁN $ 7.753.337,00 97 368206 29476306 TERESA DE
JESUS CHICUNQUE DE DAZA CAUCA POPAYÁN $ 7.784.480,50 98 347565 31297586 MARIA MERCEDES POTOSI POTOSI CAUCA POPAYÁN $ 7.797.830,00 99 347577 34316211 YANIRA HOYOS MENESES CAUCA POPAYÁN $ 7.776.948,00 100 347584 34319585 CLAUDIA PATRICIA GAVIRIA GARCES CAUCA POPAYÁN $ 7.798.988,50 101 371424 34320380 LUZ VEY JOAQUI CAUCA POPAYÁN $ 7.562.751,00 102 347118 34330330 RUTH EILIN MOSQUERA SILVA CAUCA POPAYÁN $ 7.795.319,50 103 347127 34445218 SANDRA BEATRIZ DAZA BOLAÑOS CAUCA POPAYÁN $ 7.514.995,00 104 347130 34495848 MARIA MARUJA GUACA VARGAS CAUCA POPAYÁN $ 7.797.963,00 105 347132 34522519 ROSA DEL
CARMEN REYES CAUCA POPAYÁN $ 7.799.992,50
104 347130 34495848 MARIA MARUJA GUACA VARGAS CAUCA POPAYÁN $ 7.797.963,00 105 347132 34522519 ROSA DEL CARMEN REYES CAUCA POPAYÁN $ 7.799.992,50 106 347133 34523125 ANA DEIVA MONTENEGRO CAUCA POPAYÁN $ 7.785.228,50 107 347135 34523774 TEODOCIA BASTIDAS CAUCA POPAYÁN $ 7.797.538,50 108 347138 34524541 LUZ MARINA VALENCIA DE URBANO CAUCA POPAYÁN $ 7.799.236,00 109 347142 34525041 MELBA ESCOBAR SOLIS CAUCA POPAYÁN $ 7.767.698,00 110 347143 34525332 AYDA MILENA ORDOÑEZ RODRIGUEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.799.995,50 111 347144 34525378 DIVA
ESPERANZA MUÑOZ GOMEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.781.663,00
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/04/2025
PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
Página 6 de 9Resolución No 0196 del 9 marzo 2026 ““Por la cual se asignan ciento noventa y siete (197) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana bajo el Esquema asociativo”
No. ID HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO
MVCT
de vivienda urbana bajo el Esquema asociativo”
No. ID HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO MVCT 112 368186 34525850 MARIA ELENA GONZALEZ SANCHEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.798.894,50 113 347156 34527848 IRMA OLIVA LEMOS VELASCO CAUCA POPAYÁN $ 7.780.626,00 114 347157 34527855 MARTHA IRENE MACA CANENCIO CAUCA POPAYÁN $ 7.799.795,00 115 369872 34528914 MARLENE
ESPERANZA
SUAREZ CHAGUENDO CAUCA POPAYÁN $ 7.772.403,00 116 368108 34529777 LUZ DARY SANCHEZ GOMEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.792.233,00 117 374349 34530282 CLAUDINA GARCES MAZABUEL CAUCA POPAYÁN $ 7.720.075,12 118 369219 34531373 LUZMIRA TRUJILLO CAUCA POPAYÁN $ 7.720.075,00 119 368109 34531729 ROSA ELENA RIASCOS BURBANO CAUCA POPAYÁN $ 7.704.304,50 120 370927 34532406 ISABEL PUNGO CAUCA POPAYÁN $ 7.730.240,50 121 347604 34532442 MARLENI SANCHEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.799.935,00 122 347612 34533576 MARIA VENTURA GALINDEZ MUÑOZ CAUCA POPAYÁN $ 7.768.791,00 123 371363 34534867 MARIA
122 347612 34533576 MARIA VENTURA GALINDEZ MUÑOZ CAUCA POPAYÁN $ 7.768.791,00 123 371363 34534867 MARIA JULIANA SOLARTE CAUCA POPAYÁN $ 7.725.729,50 124 369774 34536431 ANA HELIDA LOPEZ GARCIA CAUCA POPAYÁN $ 7.673.908,50 125 347648 34537542 MARIA IRENE PIANDA BOTINA CAUCA POPAYÁN $ 7.797.166,50 126 362501 34539184 LUZ MARINA PAZ NARVAEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.798.204,00 127 347660 34539691 ELVIRA CHANTRE CHAVACO CAUCA POPAYÁN $ 7.720.075,00 128 370908 34541756 MARIA
CONSTANZA
CORDOBA MONTILLA CAUCA POPAYÁN $ 7.610.157,50 129 371411 34542214 EUMANIA BERMUDEZ CASTRO CAUCA POPAYÁN $ 7.780.789,50 130 368196 34544080 BLANCA LIA QUIÑONES BURBANO CAUCA POPAYÁN $ 7.739.639,50 131 347696 34544918 NUBI AMPARO MARTINEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.766.272,00 132 369140 34545263 CARMEN ROSA CHITO ALVARADO CAUCA POPAYÁN $ 7.720.075,00 133 370910 34546182 AMELIA MARIA RUIZ CAUCA POPAYÁN $ 7.799.632,50 134 367784 34547645 GLORIA
MARITZA ACOSTA RIVERA CAUCA POPAYÁN $ 7.791.997,50
133 370910 34546182 AMELIA MARIA RUIZ CAUCA POPAYÁN $ 7.799.632,50 134 367784 34547645 GLORIA MARITZA ACOSTA RIVERA CAUCA POPAYÁN $ 7.791.997,50 135 370915 34550152 MAGNOLIA SOLARTE HOYOS CAUCA POPAYÁN $ 7.799.963,50 136 347201 34550327 MARIA ALEJANDRINA BOLAÑOS LOPEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.726.713,00 137 369786 34550875 EMMA
ALEJANDRA
ALARCON ESCOBAR CAUCA POPAYÁN $ 7.761.413,00 138 347712 34552658 LIDIA MARIA RENGIFO CAUCA POPAYÁN $ 7.799.305,00 139 347219 34554372 ZONIA LEONOR RAMIREZ RODRIGUEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.792.341,50 140 347234 34557774 JESSICA
MARCELA
GONZALEZ CUELLAR CAUCA POPAYÁN $ 7.779.959,50 141 347239 34558694 GLADYS ELENA RIVERA LOPEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.536.665,50 142 369185 34560434 CONCEPCION CHAGUENDO YUGUE CAUCA POPAYÁN $ 7.799.558,50 143 348026 34560812 EDELMIRA MACIAS ORTIZ CAUCA POPAYÁN $ 7.742.170,00 144 373698 34561692 AMALIA MANQUILLO
JUSPIAN CAUCA POPAYÁN $ 7.613.867,00
143 348026 34560812 EDELMIRA MACIAS ORTIZ CAUCA POPAYÁN $ 7.742.170,00 144 373698 34561692 AMALIA MANQUILLO JUSPIAN CAUCA POPAYÁN $ 7.613.867,00 145 347250 34561698 DORA LID IDROBO DAZA CAUCA POPAYÁN $ 7.799.579,50 146 369880 34563291 GLORIA MERCEDES MUÑOZ CAUCA POPAYÁN $ 7.780.546,00 147 347729 34566887 PATRICIA RIVERA ESCOBEDO CAUCA POPAYÁN $ 7.780.699,50 148 370928 34567334 LYDA DELGADO ARROYAVE CAUCA POPAYÁN $ 7.791.997,50 149 369046 34568488 MARTA RUBY BOLAÑOS FERNANDEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.799.240,00 150 347283 34570565 NELY FERNANDEZ SOLARTE CAUCA POPAYÁN $ 7.798.238,00 151 347285 34571018 RUBY ELENA CAMAYO SANCHEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.757.521,50 152 347287 34571819 MELBA LUCY MALES PERAFAN CAUCA POPAYÁN $ 7.767.451,50 153 347733 34594297 ALBA ROSA MERA CAUCA POPAYÁN $ 7.353.960,00 154 347298 34659835 CLAUDIA
MILENA
AGREDO QUIÑONEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.799.876,12 155 347310 36113356 FELISA DELGADO
BURBANO CAUCA POPAYÁN $ 7.651.424,50
MILENA
AGREDO QUIÑONEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.799.876,12 155 347310 36113356 FELISA DELGADO BURBANO CAUCA POPAYÁN $ 7.651.424,50 156 371430 36271755 LUZ MERY BRAVO RIVERA CAUCA POPAYÁN $ 7.770.539,00 157 369052 37218074 ANA JOAQUINA FLOREZ MEJIA CAUCA POPAYÁN $ 7.312.012,00 158 347317 38990686 MARIA OBDULIA GONZALEZ ÑAÑEZ CAUCA POPAYÁN $ 7.799.894,50 159 347327 41737738 CARMEN GONZALEZ VIDAL CAUCA POPAYÁN $ 7.760.286,00 160 369150 43500781 AMANDA DEL