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MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolución 0234 de 2026

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolución 0234 de 2026
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2026

Página 1 de 3 Fondo Nacional de Vivienda Versión:10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025 Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

RESOLUCIÓN NÚMERO “Por la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0182 del 04 de marzo de 2026 “Por la cual se asignan cuatro (04) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Tangua, cuarenta (40) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Yacuanquer y doce (12) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Ipiales en el departamento de Nariño” EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA - FONVIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”. Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo de Fonvivienda “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones”. Que, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio tiene una línea estratégica de mejoramiento de vivienda, bajo el cual el

Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo de Fonvivienda “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones”. Que, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio tiene una línea estratégica de mejoramiento de vivienda, bajo el cual el Gobierno Nacional busca realizar la mayor cantidad de adecuaciones en este cuatrienio, atendiendo a los hogares que presentan deficiencias de habitabilidad, locativas, estructurales, de conexiones de servicios públicos y/o condiciones de hacinamiento (modulares), para así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país. Que el Fondo Nacional de Vivienda profirió la Resolución No. No. 0182 del 04 de marzo de “Por la cual se asignan cuatro (04) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Tangua, cuarenta (40) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Yacuanquer y doce (12) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Ipiales en el departamento de Nariño”. Que, mediante revisión de control del 10 de marzo de 2026, se evidencia un error en la cedula de ciudadanía del beneficiario en el renglón No. 26 descrito en el considerando y en el resuelve: No CODIGO HOGAR DOCUMENTO DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO

26 359619 10187006340 FREDY FERNEY DORADO ROSERO NARIÑO YACUANQUER 0234 18 MARZO 2026Página 2 de 3

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025 PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11 Resolución No. del “Por la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0182 del 04 de marzo de 2026 “Por la cual se asignan cuatro (04) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Tangua, cuarenta (40) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Yacuanquer y doce (12) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Ipiales en el departamento de Nariño”

Que, en virtud de lo anterior, se hace necesario corregir el número de cédula del jefe de Hogar del renglón No. 26 de 10187006340 a 1087006340. No CODIGO HOGAR DOCUMENTO DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO

26 359619 1087006340 FREDY FERNEY DORADO ROSERO NARIÑO YACUANQUER Que, el Artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en su parte pertinente dispone: “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”. Que teniendo en cuenta que la situación presentada se enmarca en el artículo de la norma antes transcrita, y el error involuntario relacionado en los considerandos anteriores corresponde a errores de hecho que no inciden en el sentido de la decisión administrativa adoptada, resulta procedente corregir la Resolución No. 0182 del 04 de marzo de 2026. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1. Modificar el Artículo 1º de la Resolución No. 0182 del 04 de marzo de 2026, corrigiendo el número de cédula correspondiente al jefe de hogar relacionado en el renglón No. 26 del cuadro de hogares de la siguiente manera: No CODIGO HOGAR DOCUMENTO DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO ASOCIADO VALOR ASIGNAR MINISTERIO VALOR ASIGNAR ASOCIADO VSFVR

26 359619 1087006340 FREDY FERNEY DORADO ROSERO NARIÑO YACUANQUER DEPARTAMENTO DE NARIÑO 16.380.000 7.020.000 23.400.000 ARTÍCULO 2: Ordenese a la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio publicar la presente resolución en la página web1 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y en el Diario Oficial, comunicarla al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No 027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARIA S.A y al municipio de la referencia. ARTÍCULO 3: Los demás acápites y apartes de la Resolución No. 0182 del 04 de marzo de 2026 continúan vigentes y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado, la corrección se realiza únicamente para efectos de aclarar la información 1 Norma'va | Minvivienda 0234 18 MARZO 2026Página 3 de 3

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Resolución No. del

“Por la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No . 0182 del 04 de marzo de 2026 “Por la cual se asignan cuatro (04) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Tangua, cuarenta (40) Subsidios Familiares de Vivienda Rural

cuatro (04) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Tangua, cuarenta (40) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Yacuanquer y doce (12) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del esquema asociativo del programa de mejoramiento de vivienda rural en el municipio de Ipiales en el departamento de Nariño”

de los hogares postulantes cargada en el Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda. ARTÍCULO 4: La presente resolución rige a partir de su expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

ARTURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda FONVIVIENDA

Rosa Elena Espitia Riaño Directora DIVIS SSEVR

Laura Marcela Sanguino Gutierrez Subdirectora SSEVR SSFV

Diana Marcela Castañeda Contratista – CTO 839 SSEVR

Andrea Galezo Ospino Contratista DIVIS

Andrei Suárez Contratista SSEVR

0234 18 MARZO 2026 18 días de marzo de 2026

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