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MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolucion 0277 de 2026

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolucion 0277 de 2026
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2026

Página 1 de 4 Fondo Nacional de Vivienda Versión:10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

RESOLUCIÓN NÚMERO 0277 DE 30 MARZO 2026

“Por la cual se adopta la versión No. 2 del Manual Operativo de Autogestión por Construcción delegada y se reemplaza integralmente el adoptado mediante la Resolución 0099 de 2025” EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y CONSIDERANDO: Que, el artículo 51 de la Constitución Política reconoce el derecho de todos los colombianos a una vivienda digna, y establece el deber del Estado de fijar las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho, promoviendo planes de vivienda de interés social, especialmente para la población más vulnerable. Que, de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Que, el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

Que, el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 FONVIVIENDA administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los términos del artículo 6 de la Ley 1537 de 2012. Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 3571 de 2011, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio tiene a su cargo la formulación, adopción, dirección y ejecución de la política pública en materia de vivienda urbana y rural, así como la definición de instrumentos normativos y operativos para su implementación. Que, el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 asignó al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio la competencia de coordinar y liderar la ejecución de los proyectos de vivienda y mejoramiento de vivienda en suelo rural, orientados a la reducción del déficit habitacional rural. Que, en desarrollo de dicha competencia, mediante el Decreto 1341 de 2020 se reglamentó el Programa de Promoción de Vivienda Rural, estableciendo la posibilidad de ejecutar los recursos a través de patrimonios autónomos, así como de contratar las actividades necesarias para la implementación del programa. Que, mediante la Resolución 536 de 2020, expedida por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, fue adoptada la Política Pública de Vivienda de Interés Social Rural

las actividades necesarias para la implementación del programa. Que, mediante la Resolución 536 de 2020, expedida por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, fue adoptada la Política Pública de Vivienda de Interés Social Rural y la metodología de focalización de beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda Rural. Asimismo, s e reglamentó el Subsidio Familiar de Vivienda Rural en las modalidades de Vivienda Nueva de Interés Social Rural y Mejoramiento de Vivienda Rural y, el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural para la población restituida.Página 2 de 4 Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Resolución No. 0277 DE 30 MARZO 2026 “Por la cual se adopta la versión No. 2 del Manual Operativo de Autogestión por Construcción delegada y se reemplaza integralmente el adoptado mediante la Resolución 0099 de 2025”. Que, el Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda y la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. – Fiduagraria S.A. suscribieron el Contrato de Fiducia Mercantil de Administración y Pagos No. 027 de 2020, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo para la administración y ejecución de los recursos del Programa de Promoción de Vivienda Rural. Que, la política de vivienda y hábitat establecida en el Plan Nacional de Desarrollo 20222026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, adoptado mediante la Ley 2294

de Promoción de Vivienda Rural. Que, la política de vivienda y hábitat establecida en el Plan Nacional de Desarrollo 20222026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, adoptado mediante la Ley 2294 de 2023, está centrada en garantizar el acceso a una vivienda adecuada, digna y asequible para la población colombiana mediante estrategias que involucren procesos de autogestión de vivienda en colaboración con organizaciones sociales y comunitarias, tanto en suelo urbano como en suelo rural. Que, el artículo 25 de la Resolución 725 de 2023, el cual adicionó el Título VI a la Resolución 536 de 2020 y, dispuso en el artículo 81, la responsabilidad en cabeza del Fondo Nacional de Vivienda “Fonvivienda” de establecer mediante manual operativo, la ejecución del subsidio familiar de vivienda bajo los esquemas de autoconstrucción y autogestión. Que, el Manual Operativo del Fideicomiso constituye el instrumento técnico y procedimental mediante el cual se regulan las actividades relacionadas con la recepción, administración, inversión y desembolso de los recursos, así como los procesos de contratación, ejecución y control del programa. Que, mediante la Resolución 0099 del 4 de abril de 2025 se adoptó el Manual Operativo de Autogestión por Construcción Delegada, con el propósito de establecer los lineamientos para la ejecución de soluciones de vivienda rural bajo dicho esquema. Que, en el proceso de implementación del Manual Operativo adoptado mediante la Resolución 0099 de 2025, se evidenció la necesidad de ajustar, precisar y actualizar su contenido, con el fin de mejorar la eficiencia operativa del programa, fortalecer los mecanismos de control y seguimiento, y armonizar su aplicación con la dinámica

Resolución 0099 de 2025, se evidenció la necesidad de ajustar, precisar y actualizar su contenido, con el fin de mejorar la eficiencia operativa del programa, fortalecer los mecanismos de control y seguimiento, y armonizar su aplicación con la dinámica actual de ejecución de los proyectos de vivienda rural. Que, en consecuencia, se hace necesario adoptar una nueva versión del Manual Operativo que reemplaza integralmente la versión anterior, incorporando ajustes orientados a optimizar los procesos operativos, contractuales y financieros del esquema de autogestión por construcción delegada. Que, las modificaciones introducidas al Manual Operativo comprenden, entre otros aspectos, la precisión y actualización de definiciones técnicas y operativas, con el fin de unificar criterios de interpretación y aplicación del esquema de autogestión, así como el fortalecimiento del procedimiento de pagos y desembolsos, mediante la definición de condiciones, soportes y validaciones requeridas para el trámite de estos. Que, igualmente dichas modificaciones incorporan la optimización de los procesos preliminares y de revisión para el trámite de pagos, a través de la implementación de controles adicionales y el mejoramiento de la trazabilidad en la gestión de los recursos, así como la actualización de los procedimientos de contratación derivada, en concordancia con la naturaleza del patrimonio autónomo y las reglas propias del contrato de fiducia mercantil.Página 3 de 4 Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

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Resolución No. 0277 DE 30 MARZO 2026

Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Resolución No. 0277 DE 30 MARZO 2026 “Por la cual se adopta la versión No. 2 del Manual Operativo de Autogestión por Construcción delegada y se reemplaza integralmente el adoptado mediante la Resolución 0099 de 2025”. Que, de igual forma, se fortalecen los mecanismos de seguimiento y control, mediante la incorporación de lineamientos más claros para la interventoría de los contratos derivados, junto con la inclusión de nuevos instrumentos operativos y anexos técnicos, tales como matrices, lineamientos de control presupuestal y herramientas de seguimiento, orientados a mejorar la gestión y el monitoreo del programa. Que, finalmente, el Manual se armoniza con la normativa vigente en materia de vivienda rural, así como con los lineamientos institucionales del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y del fideicomiso, con el propósito de garantizar una adecuada implementación del programa en condiciones de eficiencia, transparencia y coherencia normativa. Que las modificaciones anteriormente señaladas fueron analizadas en el marco de las instancias técnicas y operativas del programa, y responden a la necesidad de garantizar una ejecución más eficiente, transparente y oportuna de los recursos públicos destinados a la vivienda rural. Que, en mérito de lo expuesto, se hace necesario adoptar la nueva versión del Manual Operativo de Autogestión por Construcción Delegada, la cual sustituye integralmente el manual previamente adoptado mediante la Resolución 0099 de 2025. Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Operativo de Autogestión por Construcción Delegada, la cual sustituye integralmente el manual previamente adoptado mediante la Resolución 0099 de 2025. Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. ADOPCIÓN DEL MANUAL OPERATIVO. Adoptar la versión No. 2 del Manual Operativo de Autogestión por Construcción Delegada, el cual hace parte integral de la presente resolución, y que contiene los lineamientos, procedimientos, condiciones y demás disposiciones aplicables para la ejecución de dicho esquema en el marco del Programa de Promoción de Vivienda Rural. ARTÍCULO 2. SUSTITUCIÓN INTEGRAL. El Manual Operativo adoptado mediante la presente resolución sustituye en su totalidad el Manual Operativo de Autogestión por Construcción Delegada adoptado mediante la Resolución 0099 del 4 de abril de 2025, el cual queda sin efectos a partir de la entrada en vigor del presente acto administrativo. ARTÍCULO 3. ÁMBITO DE APLICACIÓN. Las disposiciones contenidas en el Manual Operativo adoptado mediante la presente resolución serán de obligatorio cumplimiento para los actores que intervienen en la ejecución del esquema de autogestión por construcción delegada, en el marco del Fideicomis o Programa de Promoción de Vivienda Rural. ARTÍCULO 4. IMPLEMENTACIÓN. La implementación del Manual Operativo adoptado mediante la presente resolución se realizará conforme a las disposiciones contenidas en el mismo, y será aplicable a los procesos que se inicien con posterioridad a su entrada en vigencia, sin perjuicio de las disposiciones de transición que se definan en el respectivo manual.Página 4 de 4 Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10

posterioridad a su entrada en vigencia, sin perjuicio de las disposiciones de transición que se definan en el respectivo manual.Página 4 de 4 Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Resolución No. 0277 DE 30 MARZO 2026 “Por la cual se adopta la versión No. 2 del Manual Operativo de Autogestión por Construcción delegada y se reemplaza integralmente el adoptado mediante la Resolución 0099 de 2025”. ARTÍCULO 5. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Dada en Bogotá, D.C. a los 30 MARZO 2026

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

ARTURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda

FONVIVIENDA

Elaboró: Vanessa Álvarez Loaiza

Contratista

Revisó: Iván Salcedo Rodríguez

Profesional Especializado Carolina Monroy Contratista PA RURAL

CTO. N. 001F-2026

Aprobó: Marisella Calpa Gómez Directora Dirección de Vivienda Rural.1 | P á g i n a

MANUAL OPERATIVO DE AUTOGESTIÓN POR CONSTRUCCIÓN DELEGADA2 | P á g i n a

REPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO

VICEMINISTERIO DE VIVIENDA

HELGA MARÍA RIVAS ARDILA

REPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO

VICEMINISTERIO DE VIVIENDA

HELGA MARÍA RIVAS ARDILA

Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio

AYDEE MARQUEZA MARSIGLIA BELLO

Viceministra de Vivienda

MARISELLA CALPA GÓMEZ

Directora de Vivienda Rural

JUAN CAMILO JIMÉNEZ GIRALDO

Subdirector de Acompañamiento y Evaluación

Equipo técnico: Ana María Guzmán Hernández

María Juliana Mondragón Ramírez Paula Michela Gómez Sinddy Tatiana García Carlos Orlando Arias Romero Juan Sebastián Amaya Amaya3 | P á g i n a

© Ministerio Vivienda Ciudad y Territorio - MVCT Marzo de 2026 www.minvivienda.gov.co Carrera 6 # 8-77 PBX (+571) 3323434 Bogotá D.C., Colombia4 | P á g i n a

Introducción .................................................................................................... 1 Una aproximación a la Autogestión ................................ ................................ ......... 2 1 Marco normativo aplicable ......................................................................... 5 2 Abreviaturas .............................................................................................. 7 3 Definiciones ............................................................................................... 7 4 Objetivos ................................................................................................. 12 4.1 Objetivo general ................................ ................................ .......................... 12 4.2 Objetivos específicos ................................ ................................ .................. 12 5 Alcance ................................................................................................... 13 6 Estrategia de Acompañamiento Integral (EAI) ............................................ 14 7 Actores y responsabilidades ..................................................................... 17 7.1 Organización y/o comunidad ................................ ................................ ....... 18 7.1.1 Responsabilidades ................................ ................................ ................................ . 18

6 Estrategia de Acompañamiento Integral (EAI) ............................................ 14 7 Actores y responsabilidades ..................................................................... 17 7.1 Organización y/o comunidad ................................ ................................ ....... 18 7.1.1 Responsabilidades ................................ ................................ ................................ . 18 7.1.2 Requisitos ................................ ................................................................ .............. 18 7.2 Potencial beneficiario ................................ ................................ ................. 19 7.2.1 Responsabilidades ................................ ................................ ................................ . 19 7.3 Hogar postulante ................................ ................................ ........................ 19 7.3.1 Responsabilidades ................................ ................................ ................................ . 19 7.4 Hogar beneficiario ................................ ................................ ....................... 20 7.4.1 Responsabilidades ................................ ................................ ................................ . 20 7.5 Entidades territoriales ................................ ................................ ................. 20 7.5.1 Responsabilidades ................................ ................................ ................................ . 20 7.6 Ejecutor ................................ ................................ ................................ ...... 22 7.6.1 Responsabilidades ................................ ................................ ................................ . 22 7.6.2 Requisitos ................................ ................................................................ .............. 24 7.7 Interventor ................................ ................................ ................................ . 25 7.7.1 Responsabilidades ................................ ................................ ................................ . 25 7.8 Participación de Terceros ................................ ................................ ............ 265 | P á g i n a

8 Fases y etapas operativas de la Modalidad de Autogestión por Construcción Delegada MACD ............................................................................................. 27 8.1 Fase de alistamiento ................................ ................................ ................... 27 8.1.1 Etapa de pre-alistamiento ................................ ................................ ....................... 27 8.1.2 Etapa de alistamiento ................................ ................................ ............................. 28 8.2 Fase de ejecución ................................ ................................ ....................... 32 8.2.1 Etapa de pre-construcción ................................ ................................ ...................... 32 8.2.2 Etapa de construcción ................................ ................................ ............................ 36 8.3 Fase de cierre ................................ ................................ ............................. 38

Índice Ilustraciones

8.2.1 Etapa de pre-construcción ................................ ................................ ...................... 32 8.2.2 Etapa de construcción ................................ ................................ ............................ 36 8.3 Fase de cierre ................................ ................................ ............................. 38

Índice Ilustraciones Ilustración 1. Diagrama momentos de la EAI ................................................................................... 15 Ilustración 2. Mapa de actores .............................................................................................................. 17 Ilustración 3. Flujograma de la fase de alistamiento ..................................................................... 27 Ilustración 4. Flujograma de la fase ejecución, etapa pre-construcción .................................. 32 Ilustración 5. Flujograma de la fase ejecución, etapa de construcción .................................... 36 Ilustración 6. Flujograma de la fase de cierre ................................................................................... 381 | P á g i n a

Introducción El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MVCT) tiene dentro de sus competencias la formulación, dirección y coordinación de las políticas, planes, programas y regulaciones en materia de vivienda y financiación de vivienda urbana y rural, así como la elaboración de los instrumentos normativos para su implementación. En desarrollo de estas funciones se han implementado instrumentos normativos que dan cuenta de una nueva política pública denominada Nuestro Hábitat Biodiverso. Por otra parte, e l Decreto 555 de 2003 dispone que Fonvivienda tiene como objetivos consolidar el Sistema Nacional de Información de Vivienda y ejecutar las políticas del Gobierno nacional en materia de vivienda de interés social. A su vez, la Resolución 725 de 2023, en el Título VI denominado “Esquemas de ejecución para las modalidades del Subsidio Familiar de Vivienda Rural”, dispone que FONVIVIENDA establecerá, mediante manual operativo, las condiciones de ejecución del subsidio familiar

para las modalidades del Subsidio Familiar de Vivienda Rural”, dispone que FONVIVIENDA establecerá, mediante manual operativo, las condiciones de ejecución del subsidio familiar de vivienda bajo los esquemas de autoconstrucción y autogestión. En ejercicio de las competencias anteriormente señaladas se estructura el presente Manual Operativo de Autogestión por Construcción Delegada (MACD) el cual se orienta a establecer las condiciones de ejecución de la modalidad, integrando los aspectos técnicos, jurídicos y administrativos a ser aplicados en el desarrollo de proyectos de vivienda rural. Para tal efecto, el presente manual operativo define: • Los actores involucrados y su rol en cada etapa del proceso, precisando funciones, obligaciones, responsabilidades y relaciones de coordinación, a nivel institucional, comunitario y territorial. • Las etapas del ciclo del subsidio, la modalidad y del proyecto, desde el alistamiento comunitario y la estructuración, hasta la ejecución y el cierre. • Las condiciones de ejecución necesarias para garantizar la trazabilidad, transparencia y calidad, incluyendo criterios para la planeación participativa, la toma de decisiones, la administración de recursos, el control y la rendición de cuentas. • Los aspectos técnicos, administrativos y jurídicos mínimos que deben observarse2 | P á g i n a

para la adecuada implementación, de manera que la modalidad sea aplicable y replicable, sin perder su pertinencia territorial y diferencial. • La metodología de acompañamiento a las organizaciones , denominada Estrategia de Acompañamiento Integral (EAI). Este Manual determina igualmente la forma como se emplearán las herramientas técnicas desarrolladas por el MVCT en el marco de la Política Pública de Vivienda de Interés Social

de Acompañamiento Integral (EAI). Este Manual determina igualmente la forma como se emplearán las herramientas técnicas desarrolladas por el MVCT en el marco de la Política Pública de Vivienda de Interés Social Rural (PPVISR), entendiendo la autogestión como un medio para promover el desarrollo territorial y un hábitat biodiverso, sostenible y equitativo. En esta perspectiva, la vivienda se concibe como un proceso social y un bien de uso esencial para la identidad y la memoria de los pueblos y comunidades rurales, y no simplemente como un producto o una mercancía. En consecuencia, el MVCT, en el marco de sus competencias, podrá acompañar a aquellas organizaciones y/o comunidades que cuentan con procesos impulsados en escenarios de participación establecidos en el marco de la formulación de los Planes Nacionales de Desarrollo, instancias de diálogo y concertación, compromisos derivados de los procesos de consulta previa, órdenes judiciales y a cuerdos previamente establecidos por el Gobierno nacional, o por oferta en los diferentes procesos de convocatoria que se adelanten. Las comunidades organizadas , que opten por desarrollar iniciativas bajo la modalidad de autogestión por construcción delegada deberán adoptar los instrumentos previstos en el presente manual entre ellos la Estrategia de Acompañamiento Integral (EAI), garantizando la participación efectiva de sus integrantes en todas las etapas del ciclo del proyecto, la adecuada estructuración de costos, la administración transparente de los recursos y el fortalecimiento de capacidades con enfoque territorial y diferencial. Una aproximación a la Autogestión La autogestión es la capacidad de una organización comunitaria para planear, ejecutar y

recursos y el fortalecimiento de capacidades con enfoque territorial y diferencial. Una aproximación a la Autogestión La autogestión es la capacidad de una organización comunitaria para planear, ejecutar y evaluar sus propios procesos, proyectos o decisiones . sin depender exclusivamente de agentes externos. De acuerdo con la Real Academia Española (RAE), implica el gobierno de sí mismo y la capacidad de organizarse de manera autónoma. En el marco del subsidio familiar de vivienda, esta definición adquiere una dimensión más profunda: no se trata solo de construir una vivienda, sino de construir capacidades, comunidad y territorio. Este enfoque busca que las comunidades sean protagonistas de su3 | P á g i n a

propio desarrollo, y que la vivienda sea una herramienta para fortalecer la materialización de sus derechos económicos, sociales y culturales, el tejido social, las capacidades colectivas, la organización comunitaria y el arraigo territorial. A nivel conceptual, la autogestión ha sido abordada desde distintas disciplinas del conocimiento, cada una aporta elementos fundamentales para entenderla y fortalecerla como estrategia en los procesos de vivienda. Desde la psicología, se entiende como la capacidad del individuo para dirigir sus acciones, asumir responsabilidades, autorregularse y desarrollar motivación intrínseca, elementos centrales en la teoría de la autodeterminación (Deci & Ryan, 2000)1. Este enfoque es clave para comprender que toda comunidad está compuesta por personas que, cuando fortalecen su autoestima y agencia personal, pueden participar de forma más activa, propositiva y comprometida en proyectos colectivos. En el ámbito educativo, la autogestión se relaciona con los principios de la educación

fortalecen su autoestima y agencia personal, pueden participar de forma más activa, propositiva y comprometida en proyectos colectivos. En el ámbito educativo, la autogestión se relaciona con los principios de la educación popular y el aprendizaje autónomo. La obra de Freire (1970)2 fundamenta que los procesos emancipadores se construyen mediante el diálogo, la conciencia crítica y la acción colectiva, principios coherentes con la autogestión comunitaria. Asimismo, la educación situada y territorial propuesta por Gadotti (2002)3 fortalece capacidades desde los saberes locales y comunitarios. Desde la sociología, la autogestión se comprende como una práctica colectiva que fortalece los lazos sociales, la cohesión comunitaria y la toma de decisiones horizontal. Touraine (1984)4 destaca el papel del actor social en la transformación de su propio entorno, mientras que Castells (1998)5 resalta la importancia de las redes comunitarias como forma de organización que potencia la autogestión. Este enfoque subraya el valor de las formas de organización local como base para procesos participativos y sostenibles. En el campo de la economía, la autogestión se relaciona con modelos de economía social y

1 Deci, E. L., & Ryan, R. M. (2000). The "What" and "Why" of Goal Pursuits: Human Needs and the Self-Determination of Behavior. Psychological Inquiry, 11(4), 227–268. 2 Freire, P. (1970). Pedagogía del oprimido. Siglo XXI Editores. 3 Gadotti, M. (2002). Pedagogía de la Tierra. Instituto Paulo Freire. 4 Touraine, A. (1984). El retorno del actor. Editorial Gedisa.

2 Freire, P. (1970). Pedagogía del oprimido. Siglo XXI Editores. 3 Gadotti, M. (2002). Pedagogía de la Tierra. Instituto Paulo Freire. 4 Touraine, A. (1984). El retorno del actor. Editorial Gedisa. 5 Castells, M. (1998). La era de la información: economía, sociedad y cultura. Vol. II. El poder de la identidad . Siglo XXI Editores.4 | P á g i n a

solidaria, en los cuales los beneficios se distribuyen equitativamente y se prioriza el bienestar colectivo. Coraggio (2011) 6 plantea que la economía popular constituye una estrategia de desarrollo sustentada en la acción colectiva, mientras que Singer (2002) 7 explica cómo la economía solidaria permite que las comunidades gestionen de forma autónoma recursos, capacidades y trabajo. Finalmente, desde la ciencia política, la autogestión se concibe como una forma de descentralización del poder, ejercicio del autogobierno y soberanía comunitaria. Boaventura de Sousa Santos (2006)8 propone que la democracia participativa y los saberes locales son herramientas de emancipación política, mientras que Dagnino (2005) 9 analiza cómo la ciudadanía activa transforma las relaciones entre Estado y sociedad civil, elementos centrales en los procesos autogestionarios. Desde esta mirada multidimensional, la autogestión no es simplemente una modalidad constructiva, sino un proceso integral de fortalecimiento de capacidades territoriales, ciudadanas y organizativas. Es una apuesta por reconocer a las comunidades como sujetos políticos, económicos, sociales y culturales que no solo construyen casas, sino proyectos de vida digna. Por ello, todo el diseño operativo del modelo debe estar al servicio de este

ciudadanas y organizativas. Es una apuesta por reconocer a las comunidades como sujetos políticos, económicos, sociales y culturales que no solo construyen casas, sino proyectos de vida digna. Por ello, todo el diseño operativo del modelo debe estar al servicio de este horizonte: facilitar, cualificar y acompañar los procesos comunitarios con respeto, pertinencia cultural, equidad territorial y visión de largo plazo. La autogestión es entonces una escuela de ciudadanía, una práctica de solidaridad y una oportunidad para reconstruir el tejido social desde el hábitat.

6 Coraggio, J. L. (2011). La economía social como estrategia de desarrollo en el contexto latinoamericano. Otra Economía, 5(8), 54–72. 7 Singer, P. (2002). Introdução à economia solidária. Fundação Perseu Abramo. 8 Boaventura de Sousa Santos, B. (2006). Conocer desde el Sur: Para una cultura política emancipatoria. Fondo Editorial de la Facultad de Ciencias Sociales – UNMSM. 9 Dagnino, E. (2005). Sociedad civil, participación y ciudadanía: De la crítica a la política. En A. Panfichi (Ed.), La disputa por la construcción democrática en América Latina (pp. 37–46). Fondo Editorial PUCP.5 | P á g i n a

1 Marco normativo aplicable Año Norma Objeto y relación 1991 Constitución Política de Colombia Artículo 51: Reconoce el derecho a la vivienda digna. Fundamenta todas las políticas de vivienda social. Incluye principios de participación, igualdad, propiedad y función social del suelo. 1991

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