🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolucion 0311 de 2026

Ministerio de Vivienda

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolucion 0311 de 2026
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2026

Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 1 de 9

RESOLUCIÓN NÚMERO 0311 DE 08 ABRIL 2026

Por la cual se modifica la Resolución No 0020 del 26 enero de 2026 “Por la cual se asignan ciento cuatro (104) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de Mejoramiento de Vivienda urbana bajo el Esquema asociativo”

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”. Que, de acuerdo con lo previsto en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023, contentiva del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”,

condiciones definidas por el Gobierno Nacional”. Que, de acuerdo con lo previsto en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023, contentiva del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”, se plantea como catalizador: “3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral”, dentro del cual se contempla la implementación por parte del Gobierno nacional de “programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población”.

Que, de conformidad con lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio lidera un programa de mejoramiento de vivienda, a través del cual se busca atender a los hogares que presentan deficiencias de habitabilidad, sean estas locativas, de conexiones de servicios públicos y/o condiciones de hacinamiento (modulares), para así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país.

Que la sección 9 del capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios y determina las condiciones y requisitos para los hogares objeto del programa de mejoramiento de vivienda. Que conforme al artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015, el subsidio familiar de vivienda que asigna FONVIVIENDA en el marco del programa de mejoramiento podrá ser complementario a subsidios otorgados por otras entidades, y su valor podrá ascender hasta dieciocho (18) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) para las intervenciones de tipo locativo, de acuerdo con lo establecido para la modalidad correspondiente.

ascender hasta dieciocho (18) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) para las intervenciones de tipo locativo, de acuerdo con lo establecido para la modalidad correspondiente.

Que FONVIVIENDA expidió la Resolución No. 0938 de 2023 por la cual se establecen los recursos disponibles, de esta manera se conformó las bolsas de mejoramiento urbano y rural y se distribuyó los cupos de conformidad con los criterios establecidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, para el esquema asociativo, modificada por la Resolución No. 1243 de 2023, la Resolución No. 0034 de 2024, la Resolución No. 0151 de 2024 y la Resolución No. 0438 de 2024, donde en suFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 2 de 9

Resolución No. 0311 del 08 ABRIL 2026 “Por la cual se modifica la Resolución No 0020 del 26 enero de 2026 “Por la cual se asignan ciento cuatro (104) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de Mejoramiento de Vivienda urbana bajo el Esquema asociativo””

articulado se definieron los porcentajes de las bolsas de los esquemas de ejecución tanto en suelo urbano como rural. Que la Resolución 0151 del 23 de abril de 2024 “ Por la cual se liquida la bolsa de mejoramiento urbano y rural vigencia 2023 y se conforman las bolsas de

tanto en suelo urbano como rural. Que la Resolución 0151 del 23 de abril de 2024 “ Por la cual se liquida la bolsa de mejoramiento urbano y rural vigencia 2023 y se conforman las bolsas de mejoramiento urbano y rural vigencia 2024, de acuerdo con los criterios fijados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio ”, establece, en su artículo tercero, la conformación de las bolsas de mejoramiento urbano y rural, mediante la configuración de las bolsas “ Urbano Esquema Asociativo ” y “ Rural Esquema Asociativo”. Que mediante la Circular 0003 del 5 de marzo de 2024 se abrió la convocatoria para entidades territoriales (Departamentos y Capitales de Departamentos) Entidades sin ánimo de lucro (ESAL) con el fin de presentar manifestación de interés para el Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de mejoramiento que se otorgue en el marco del esquema asociativo.

Que a través de la resolución 0873 del 05 de noviembre de 2024 se asignaron cupos de recursos para zonas urbanas y rurales al departamento de Atlántico en el marco de la ejecución del Esquema Asociativo de la línea estratégica de mejoramientos de vivienda urbana y rural.

Que el 02 de diciembre de 2024, Fondo Nacional De Vivienda – FONVIVIENDA y el Departamento de Atlántico suscribieron el Convenio Interadministrativo de Cooperación N° 050 cuyo objeto es: “Aunar esfuerzos administrativos, jurídicos, técnicos, sociales y financieros para la ejecución y seguimiento de las actividades en materia del subsidio familiar de vivienda bajo la modalidad de mejoramiento de

Cooperación N° 050 cuyo objeto es: “Aunar esfuerzos administrativos, jurídicos, técnicos, sociales y financieros para la ejecución y seguimiento de las actividades en materia del subsidio familiar de vivienda bajo la modalidad de mejoramiento de vivienda urbana y rural, en el marco de la iniciativa del Gobierno nacional de acuerdo con las bases establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo - Ley 2294 de 2023.”

Que a través de Otro si N° 1 de 2025 suscrito entre el Fondo Nacional De Vivienda – FONVIVIENDA y Departamento de Atlántico se redistribuyó funciones operativas hacia la Secretaria de Planeación Departamental del departamento de Atlántico, ajustando las condiciones técnicas necesarias para garantizar una ejecución eficiente, con mayor impacto y adecuado uso de los recursos públicos.

Que, en el marco del esquema asociativo del Programa de Mejoramiento de Vivienda, se asignó al departamento de Atlántico, cupos Urbanos a los siguientes municipios, así:

DEPARTAMENTO MUNICIPIO CUPOS

ATLÁNTICO

SOLEDAD 180

SABANAGRANDE 270

SUAN 270

Que las intervenciones se llevarán a cabo mediante obras que tengan como finalidad mejorar las condiciones sanitarias y habitacionales insatisfactorias de espacio, servicios públicos y calidad de las viviendas de los hogares beneficiarios, con una inversión descrita así:

Valor Total del Convenio

Entidad

Valor aportado $ 15.444.000.000 FONVIVIENDA $ 10.038.600.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

$ 15.444.000.000 FONVIVIENDA $ 10.038.600.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 3 de 9

Resolución No. 0311 del 08 ABRIL 2026 “Por la cual se modifica la Resolución No 0020 del 26 enero de 2026 “Por la cual se asignan ciento cuatro (104) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de Mejoramiento de Vivienda urbana bajo el Esquema asociativo”” Que, para la ejecución de las obras, los hogares deberán surtir un proceso de registro, postulación y diagnóstico, a partir del cual se determinar á la modalidad de intervención, la cual corresponderá a mejoramientos locativos en pisos, paredes, baños, cocinas y conexiones intradomiciliarias, entre otros. Que la política de asignación de los Subsidios Familiares de Vivienda, contemplada en el Decreto 1077 de 2015, establece etapas previas a su otorgamiento, como la focalización, la postulación y las actividades de preconstrucción. En este contexto, por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se validó que los hogares anteriormente mencionados, cumplieron con los requisitos exigidos por la normativa vigente al momento de la apertura de la convocatoria del programa de mejoramiento. Por tanto, con el fin de garantizar una asignación adecuada del subsidio por parte de Fonvivienda, se velará por el cumplimiento de las condiciones, requisitos y criterios

vigente al momento de la apertura de la convocatoria del programa de mejoramiento. Por tanto, con el fin de garantizar una asignación adecuada del subsidio por parte de Fonvivienda, se velará por el cumplimiento de las condiciones, requisitos y criterios establecidos en dicha convocatoria y vigentes al momento de la apertura de esta. Que el Departamento de Atlántico, en atención a la obligaciones contenidas en el numeral 27 de la Cláusula Cuarta y Numeral 8 de la Clausula Quinta del Convenio Interadministrativo N° 050 de 2024 modificado por el otrosí N° 1 de 2025 realizaron los diagnósticos de las viviendas de los hogares postulados y habilitados en el marco del programa, los cuales fueron aprobados e informados a través del oficio del 23 de diciembre de 2025 dirigido a la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) través de correo electrónico de la misma fecha. Que, mediante correo electrónico de fecha 31 de diciembre del 2025, la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) informó a la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda, el resultado de los diagnósticos habilitados viables del Esquema Asociativo aplicable a suelo urbano, precisando que de acuerdo a lo dispuesto en el Convenio Interadministrativo No. 050-2024, la supervisión técnica de estos diagnósticos corresponde exclusivamente al Cooperante (Departamento de Atlántico y sus contratistas), quienes son responsables de verificar y acreditar todos los requisitos técnicos necesarios para la correcta asignación de los subsidios de mejoramiento de vivienda, frente a los hogares que fueron habilitados por cumplir los requisitos exigidos en el artículo 2.1.1.7 5. del Decreto 1077 de 2015.

mejoramiento de vivienda, frente a los hogares que fueron habilitados por cumplir los requisitos exigidos en el artículo 2.1.1.7 5. del Decreto 1077 de 2015. Que el mencionado listado, remitido por el Departamento de Atlántico, contó con el respectivo control de calidad reportado por el ingeniero de sistemas de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda a través de correo electrónico de fecha 6 de enero de 2026, sobre los hogares que se encuentran en estado habilitado con diagnóstico efectivo, los cuales serán beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en el marco del programa de mejoramiento de vivienda. Que el valor de los recursos asignados como subvención destinados al mejoramiento de la vivienda de cada hogar beneficiario, se realiza de conformidad con los topes establecidos para el año de aprobación del diagnóstico por parte del supervisor. Que dichos valores cumplieron con los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015 ascendiendo a la suma de MIL SETENTA MILLONES CUATROCIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS OCHO PESOS CON DIEZ CENTAVOS M/CTE ($1.070.412.508,10). Que los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución se entenderán legalizados de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.7.14 del Decreto 1077 de 2015, con el certificado de DEPARTAMENTO DE ATLÁNTICO $ 5.405.400.000Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 4 de 9

Resolución No. 0311 del 08 ABRIL 2026 “Por la cual se modifica la Resolución No 0020 del 26 enero de 2026 “Por la cual se asignan ciento cuatro (104) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de Mejoramiento de Vivienda urbana bajo el Esquema asociativo””

existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el supervisor contratado para el efecto. Que, en uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.

Que Fonvivienda expidió la Resolución No. 0020 del 26 de enero de 2026, mediante la cual se asignaron, entre otros, Subsidios Familiares de Vivienda en la modalidad de Mejoramiento de Vivienda Urbana, bajo el esquema asociativo, incluyendo el otorgado a la señora Yuris Esther Orozco Hernández, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.041.892.362, correspondiente al ID Hogar 350136 del municipio de Sabanagrande, en los siguientes términos:

ID

HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO

MVCT

350136

1041892362 YURIS

ESTHER

OROZCO

HERNANDEZ

ID

HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO

MVCT

350136

1041892362 YURIS

ESTHER

OROZCO

HERNANDEZ

ATLÁNTICO

SABANAGRANDE

$ 11.043.816,70

Que mediante oficio con radicado No. 20261020046121 con fecha del 12 de febrero de 2026, la Subsecretaría de Vivienda de Interés Social de la Gobernación del Atlántico expuso entre otros aspectos lo siguiente: “(…) Durante la validación conjunta de los presupuestos individuales formulados en la etapa de diagnóstico, se evidenció que el presupuesto correspondiente a la beneficiaria YURIS ESTHER OROZCO HERNANDEZ superó el tope máximo permitido por vivienda, de conformidad con los lineamientos establecidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio – MVCT.

Esta situación obedeció a una inconsistencia presentada en el proceso de consolidación y verificación del diagnóstico, la cual fue identificada con posterioridad a la remisión de la información al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio – MVCT, en el marco de una revisión técnica y presupuestal efectuada de manera articulada entre el contratista, la interventoría y la entidad contratante. En ningún caso corresponde a una modificación del alcance del proyecto, sino a la necesidad de armonizar el presupuesto con los límites normativos vigentes. En consecuencia, el contratista procedió a realizar el ajuste del presupuesto correspondiente, el cual fue revisado y validado por la interventoría, emitiendo concepto favorable al evidenciarse que el valor corregido se encuentra dentro del tope

En consecuencia, el contratista procedió a realizar el ajuste del presupuesto correspondiente, el cual fue revisado y validado por la interventoría, emitiendo concepto favorable al evidenciarse que el valor corregido se encuentra dentro del tope máximo permitido por vivienda y mantiene coherencia con el diagnóstico técnico aprobado.

Con fundamento en lo anterior, esta Secretaría acoge la validación efectuada por la interventoría y solicita respetuosamente al Ministerio tener en cuenta la actualización del presupuesto ajustado correspondiente a la beneficiaria YURIS ESTHER OROZCO HERNANDEZ, identificada con el ID Hogar 350136 de Sabanagrande, con el fin de garantizar el cumplimiento de la normativa del MVCT y la correcta ejecución de los recursos públicos. (…)” subrayado y negrilla fuera del texto. Adicionalmente, mediante correo electrónico del 24 de febrero de 2026, el apoyo técnico de la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social requirió realizar la corrección de la asignación del subsidio de la beneficiaria en mención.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 5 de 9

Resolución No. 0311 del 08 ABRIL 2026 “Por la cual se modifica la Resolución No 0020 del 26 enero de 2026 “Por la cual se asignan ciento cuatro (104) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de Mejoramiento de Vivienda urbana bajo el Esquema asociativo”” Al

ciento cuatro (104) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de Mejoramiento de Vivienda urbana bajo el Esquema asociativo”” Al

ID

HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO

MVCT

350136

1041892362 YURIS

ESTHER

OROZCO

HERNANDEZ

ATLÁNTICO

SABANAGRANDE

$ 10.909.397,10 Que con base en lo anterior y en el entendido que al ajustarse el valor de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares representados por las personas antes relacionadas, modifica el valor global de los recursos asignados como subvención destinados al mejoramiento de la vivienda de cada hogar beneficiario, los cuales cumplieron con los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015 ascendiendo la suma de MIL SETENTA MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL OCHENTA Y OCHO PESOS CON 50 CTS M/CTE ($1.070.278.088,50).

Que igualmente se considera adecuado proceder con la modificación del clausulado de la Resolución No 020 del 26 de enero de 2026, en el sentido de efectuar el ajuste aritmético de la asignación del subsidio del hogar en cuestión, en los términos requeridos por la Gobernación del Atlántico, según los soportes anexos.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

aritmético de la asignación del subsidio del hogar en cuestión, en los términos requeridos por la Gobernación del Atlántico, según los soportes anexos.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Modificar parcialmente la parte considerativa de la resolución 020 del 26 de enero de 2026 en el sentido de modificar el valor global de los recursos asignados como subvención destinados al mejoramiento de la vivienda de cada hogar beneficiario, los cuales cumplieron con los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015 los cuales ascienden a la suma de MIL SETENTA MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL OCHENTA Y OCHO PESOS CON 50 CTS M/CTE ($ 1.070.278.088,50).

Artículo 2. Modificar parcialmente el artículo primero de la resolución 020 del 26 de enero de 2026 en el sentido de ajustar el valor del subsidio asignados al hogar de:

No. ID

HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO

MVCT

47

350136

1041892362 YURIS

ESTHER

OROZCO

HERNANDEZ

ATLÁNTICO

SABANAGRANDE

$ 10.909.397,10 respecto, el Artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo estableció lo siguiente respecto de la corrección de errores formales en los actos administrativos:

“(…) En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean

errores formales en los actos administrativos:

“(…) En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda. (…)” Subrayado fuera del texto.

Con fundamento en lo anterior, se considera procedente efectuar la aclaración de la Resolución No. 0020 del 26 de enero de 2026, en lo concerniente a la asignación del subsidio a favor de la señora YURIS ESTHER OROZCO HERNÁNDEZ, realizando la correspondiente corrección aritmética, así:Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 6 de 9

Resolución No. 0311 del 08 ABRIL 2026 “Por la cual se modifica la Resolución No 0020 del 26 enero de 2026 “Por la cual se asignan ciento cuatro (104) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de Mejoramiento de Vivienda urbana bajo el Esquema asociativo””

Relacionado en la parte considerativa del presente acto administrativo, el cual quedará así: “Artículo 1. Asignar ciento cuatro (104) subsidios familiares de vivienda en el marco

de Vivienda urbana bajo el Esquema asociativo””

Relacionado en la parte considerativa del presente acto administrativo, el cual quedará así: “Artículo 1. Asignar ciento cuatro (104) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana dentro del Esquema Asociativo, por un valor total de MIL SETENTA MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL OCHENTA Y OCHO PESOS CON 50 CTS M/CTE ($ 1.070.278.088,50), a os hogares que se relacionan a continuación:

No. ID HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO MVCT 1 361282 3753124 MANUEL DE

LOS REYES

FERRER CHARRIS ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.859.223,20 2 350495 3753558 GILBERTO

ANTONIO

ACOSTA RETAMOZO ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.899.204,40 3 350518 5082195

JOSE DE

LOS

SANTOS

BOLAÑO PEREZ ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.906.882,00 4 357716 5082341 GUSTAVO GONZALEZ ROSELLON ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.856.747,30 5 350263 8767646 YIMY

MANUEL

ZAMBRANO ALVAREZ ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.818.261,30 6 367438 21492779 GLORIA

STELLA

HENAO

ZULUAGA ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.919.930,70

ALVAREZ ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.818.261,30 6 367438 21492779 GLORIA

STELLA

HENAO ZULUAGA ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.919.930,70 7 350132 22388029 MARINA

ISABEL

DE ALBA MARIN ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.882.190,90 8 369659 22425117 DENIS

ESTHER

RIVERA ARNEDO ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.919.979,70 9 365960 22440634 NACIRA DEL

CARMEN

POLO CABARCAS ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.919.791,40 10 350265 22500276 ELVIRA

ELENA

ACOSTA DONADO ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.904.650,40 11 369915 22605201 LEONOR

YUNELIZ

CAHUANA GOMEZ ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.827.476,10 12 361305 22605597 SANDRA

MILENA

VELANDIA VALLE ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.790.840,90 13 350521 22606157 DIVYS

XENIA

MANJARRES ARRIETA ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.911.163,20 14 370538 22606628 EMMA

JUDITH

ALVARADO GONZALEZ ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.919.914,60 15 361304 22620400 RITA

ANTONIA

CARRILLO

14 370538 22606628 EMMA

JUDITH

ALVARADO GONZALEZ ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.919.914,60 15 361304 22620400 RITA

ANTONIA

CARRILLO VALENCIA ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.906.436,10 16 350141 22621714 SOFIA

BEATRIZ

ROMERO PADILLA ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.743.669,30 17 350475 22621793 NINFA ESTHER MEJIA FRIAS ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.916.119,90 18 365962 22621822 MONICA

PATRICIA

BOTERO ROMERO ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.874.581,90 19 350462 22622214 NOHORA

ESTHER

PACHECO PACHECO ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.830.956,50 20 330333 22622372 GILMA

ESTHER

HERNANDEZ PACHECO ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.896.673,90 21 350500 22622567 DAMARIS

ESTHER

BERMEJO MERCADO ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.918.979,40 22 350467 22622573 ZORAYA DE

JESUS

CARDENAS DEL VILLAR ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.917.312,00 23 358676 22622693 GLORIA

ISABEL

SANDOVAL CANTILLO ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.918.357,10 24 361289 22622763 GLORIA

MARIA

CONRADO

23 358676 22622693 GLORIA

ISABEL

SANDOVAL CANTILLO ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.918.357,10 24 361289 22622763 GLORIA

MARIA

CONRADO

CASTRO ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.918.529,30

25

350268

22622793

YOLADIS

DEL

SOCORRO

MARRIAGA

MORALES

ATLÁNTICO

SABANAGRANDE

$ 10.829.140,70 26 366060 22622850 ANA ELVIRA CAMARGO BOLAÑO ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.881.708,60 27 368843 22623036 MONICA

PATRICIA

DEL VILLAR RUIZ ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.887.285,50 28 366067 22623098 YOLANDA

FELIPA

MANCILLA MUTER ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.846.428,60 29 350527 22623403 MILADIS

ESTER

CONRADO

BOLAÑO ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.859.153,20Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 7 de 9

Resolución No. 0311 del 08 ABRIL 2026 “Por la cual se modifica la Resolución No 0020 del 26 enero de 2026 “Por la cual se asignan

Código: GDC-PL-11

Página 7 de 9

Resolución No. 0311 del 08 ABRIL 2026 “Por la cual se modifica la Resolución No 0020 del 26 enero de 2026 “Por la cual se asignan ciento cuatro (104) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de Mejoramiento de Vivienda urbana bajo el Esquema asociativo””

30 350474 22623449 BONY DEL

CARMEN

JULIO BARRAGAN ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.919.998,60 31 350513 22623522 AZULA

ROSA

GOMEZ PEREZ ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.792.933,20 32 350147 22623856 HIRTY

PATRICIA

RODRIGUEZ TORRES ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.808.109,90 33 350492 22623962 ENIS

AURORA

SUAREZ RETAMOZO ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.787.535,50 34 350499 22624031 DARIS LUZ MIRANDA ACOSTA ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.917.522,00 35 350491 22624058 ANGELA ESTER

GUTIERREZ AYALA ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.810.968,70 36 350140 22624063 SANDRA

LUCIA

ARENAS COLPAS ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.755.543,40 37 367802 22624245 ROCIO DEL

CARMEN

GUTIERREZ RADA ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.917.735,50 38 350477 22624687 SUGEY

37 367802 22624245 ROCIO DEL

CARMEN

GUTIERREZ RADA ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.917.735,50 38 350477 22624687 SUGEY

INGRIS

BERMEJO BERMEJO ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.840.610,20 39 350465 22647712 CARMEN DURAN MARIANO ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.832.473,40 40 367803 22675056 MANUELA

VICTORIA

PACHECO BOLAÑO ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.907.740,20 41 350512 22675886 LUISA

BELTRINI

CABALLERO RODRIGUEZ ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.794.681,80 42 350464 32883385 IVAMA

MILENA

ALTAMAR ROJAS ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.912.083,00 43 350257 72097088 MARCOS

ANTONIO

TRUYOL DE LEON ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.844.173,90 44 361269 72097152 REINALDO TURIZZO GOMEZ ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.850.628,60 45 361267 72098438 AGARIS

RAFAEL

DURAN DE LA CRUZ ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.778.439,00 46 350457 1001829397 MARIA DEL

CARMEN

ALVARADO MONTENEGRO ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.919.888,00 47 350136 1041892362 YURIS

ESTHER

OROZCO

46 350457 1001829397 MARIA DEL

CARMEN

ALVARADO MONTENEGRO ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.919.888,00 47 350136 1041892362 YURIS

ESTHER

OROZCO HERNANDEZ ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.909.397,10 48 361264 1042346785 CLIMACO

RAFAEL

CASTRO GONZALEZ ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.919.646,50 49 350501 1042347549 NORELLIS

MILAGRO

CARDENAS PACHECO ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.617.674,20 50 361285 1042349796 MARCELA

PATRICIA

CASALINS DIAZ ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.844.943,20 51 350479 1042350149 LILY

MALORY

INSIGNARES SARMIENTO ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.753.813,70 52 350482 1042353596 WENDY

LORENA

BARRIOS DE LA CRUZ ATLÁNTICO SABANAGRANDE $ 10.919.960,80 53 368346 5125666 RAFAEL

ANTONIO

DE LA HOZ PADILLA ATLÁNTICO SOLEDAD $ 7.800.000,00 54 368234 7466343 ORLANDO

ENRIQUE

RANGEL RODRIGUEZ ATLÁNTICO SOLEDAD $ 7.800.000,00 55 368217 22408469 ERSY MARIA ARCIRIA LOPEZ ATLÁNTICO SOLEDAD $ 7.800.000,00 56 368402 22422373 JUDITH MARIA

55 368217 22408469 ERSY MARIA ARCIRIA LOPEZ ATLÁNTICO SOLEDAD $ 7.800.000,00 56 368402 22422373 JUDITH

MARIA MURILLO LOPEZ ATLÁNTICO SOLEDAD $ 7.800.000,00 57 368542 22687220 ELIZABETH MARTINEZ ATLÁNTICO SOLEDAD $ 7.800.000,00 58 368311 23241951 ARELIS MARIA MURILLO RIVERA ATLÁNTICO SOLEDAD $ 7.800.000,00 59 368470 28284617 MERCEDES GUTIERREZ DE ORTIZ ATLÁNTICO SOLEDAD $ 7.800.000,00 60 368481 32605363 RUBY

ESTELA

CARBONO VANEGAS ATLÁNTICO SOLEDAD $ 7.800.000,00 61 368301 32616183 GLENIS CONTRERAS PADILLA ATLÁNTICO SOLEDAD $ 7.800.000,00 62 368543 32648511 LENIS

ESTHER

EPALZA CABRERA ATLÁNTICO SOLEDAD $ 7.800.000,00 63 368651 32666494 TERESA DE

JESUS PINEDA DE MORALES ATLÁNTICO SOLEDAD $ 7.800.000,00 64 368237 32729363 AMPARO JULIO VASQUEZ ATLÁNTICO SOLEDAD $ 7.800.000,00 65 368489 32818235 ROCIRIS

EUGENIA

MARTINEZ ORTIZ ATLÁNTICO SOLEDAD $ 7.800.000,00 66 368372 32872349 YALETH

CECILIA

BELEÑO

65 368489 32818235 ROCIRIS

EUGENIA

MARTINEZ ORTIZ ATLÁNTICO SOLEDAD $ 7.800.000,00 66 368372 32872349 YALETH

CECILIA

BELEÑO CERVANTES ATLÁNTICO SOLEDAD $ 7.800.000,00 67 368232 49771672 ROSIRIS MARIA CAMPO YANCI ATLÁNTICO SOLEDAD $ 7.800.000,00 68 368444 50845135 DAMARIS MARIA

MALDONADO MELENDEZ ATLÁNTICO SOLEDAD $ 7.800.000,00 69 368238 50915047 ALCIRA DEL

CARMEN

SALCEDO

TRIANA ATLÁNTICO SOLEDAD $ 7.800.000,00Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 8 de 9

Resolución No. 0311 del 08 ABRIL 2026 “Por la cual se modifica la Resolución No 0020 del 26 enero de 2026 “Por la cual se asignan ciento cuatro (104) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de Mejoramiento de Vivienda urbana bajo el Esquema asociativo””

70 368627 72052145 SILFREDO

LUIS

MONTERO FLOREZ ATLÁNTICO SOLEDAD $ 7.800.000,00 71 368293 84049046 YIMIS DE

JESUS

ESTRADA

MORELOS ATLÁNTICO SOLEDAD $ 7.800.000,00

MONTERO FLOREZ ATLÁNTICO SOLEDAD $ 7.800.000,00 71 368293 84049046 YIMIS DE

JESUS

ESTRADA MORELOS ATLÁNTICO SOLEDAD $ 7.800.000,00 72 368556 1048204700 ADALBERTO

CARLOS

CARRILLO GOMEZ ATLÁNTICO SOLEDAD $ 7.800.000,00 73 343623 872623 ISRAEL ARROYO RODRIGUEZ ATLÁNTICO SUAN $ 10.920.000,00 74 350983 3770563 LUIS

ALBERTO

BARRIOS PACHECO ATLÁNTICO SUAN $ 10.920.000,00 75 364832 8510192 GUILLERMO

RAFAEL

CRESPO FONSECA ATLÁNTICO SUAN $ 10.920.000,00 76 361548 8510370 RONAL

ALBERTO

HERRERA NARVAEZ ATLÁNTICO SUAN $ 10.920.000,00 77 357649 8511036 FERNANDO

ANDRES

FONSECA MONTES ATLÁNTICO SUAN $ 10.920.000,00 78 367897 8511784 JAVIER DE

JESUS

VELASQUEZ VILLARREAL ATLÁNTICO SUAN $ 10.920.000,00 79 361532 8512056 FREDYS

JAVIER

RODRIGUEZ GONZALEZ ATLÁNTICO SUAN $ 10.920.000,00 80 366857 22695434 ANGELICA NARVAEZ

HERRERA ATLÁNTICO SUAN

Consultar sobre este documento ...