MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolución 0346 de 2026
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolución 0346 de 2026
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2026
Página 1 de 2
Fondo Nacional de Vivienda Versión:10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
RESOLUCIÓN NÚMERO
“Por la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0298 del 01 de abril de 2026 “Por la cual se declara la pérdida de ejecutoriedad de la asignación de un (01) Subsidio Familiar de Vivienda Rural asignado mediante la Resolución No. 473 del 17 de julio de 2025 “Por la cual se asignan setecientos sesenta y tres (763) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco de la ejecución del Esquema de Gestión Comunitaria de la línea estratégica de mejoramientos de vivienda rural”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”.
del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”.
Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo de Fonvivienda “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones”.
Que, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio tiene una línea estratégica de mejoramiento de vivienda, bajo el cual el Gobierno Nacional busca realizar la mayor cantidad de adecuaciones en este cuatrienio, atendiendo a los hogares que presentan deficiencias de habitabilidad, locativas, estructurales, de conexiones de servicios públicos y/o condiciones de hacinamiento (modulares), para así reducir las brechas sociales y econó micas entre hogares y regiones en el país.
Que el Fondo Nacional de Vivienda profirió la Resolución No. No. 0298 del 01 de abril de 2026 “Por la cual se declara la pérdida de ejecutoriedad de la asignación de un (01) Subsidio Familiar de Vivienda Rural asignado mediante la Resolución No. 473 del 17 de julio de 2025 “Por la cual se asignan setecientos sesenta y tres (763) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco de la ejecución del Esquema de Gestión Comunitaria de la línea estratégica de mejora mientos de vivienda rural”.
Que se identificó un error en el ID del hogar asociado a la pérdida de ejecutoriedad, el cual fue registrado de forma incorrecta en el considerando y en el resuelve del acto administrativo.:
No. GESTOR
de vivienda rural”.
Que se identificó un error en el ID del hogar asociado a la pérdida de ejecutoriedad, el cual fue registrado de forma incorrecta en el considerando y en el resuelve del acto administrativo.:
No. GESTOR
COMUNITARIO ID CEDULA NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTEO MUNICIPIO 533 IBIZA CONSTRUCCIONES 275880 15677961 MANUEL
SEGUNDO
QUINTANA
ROMERO CORDOBA PUEBLO
NUEVO
Que, en virtud de lo anterior, se hace necesario corregir el número de ID del jefe de Hogar de 275880 a 249273.
No. GESTOR
COMUNITARIO ID CEDULA NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTEO MUNICIPIO 533 IBIZA CONSTRUCCIONES 249273 15677961 MANUEL
SEGUNDO
QUINTANA
ROMERO CORDOBA PUEBLO
NUEVO
Que el Artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en su parte pertinente dispone: “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”. 0346 20 ABRIL 2026Página 2 de 2
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10
notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”. 0346 20 ABRIL 2026Página 2 de 2
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
Resolución No. del
“Por la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0298 del 01 de abril de 2026 “Por la cual se declara la pérdida de ejecutoriedad de la asignación de un (01) Subsidio Familiar de Vivienda Rural asignado mediante la Resolución No. 473 del 17 de julio de 2025 “Por la cual se asignan setecientos sesenta y tres (763) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco de la ejecución del Esquema de Gestión Comunitaria de la línea estratégica de mejoramientos de vivienda rural”
Que teniendo en cuenta que la situación presentada se enmarca en el artículo de la norma antes transcrita, y el error involuntario relacionado en los considerandos anteriores corresponde a errores de hecho que no inciden en el sentido de la decisión administrativa adoptada, resulta procedente corregir la Resolución No. 0298 del 01 de abril de 2026. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1 . Modificar el Artículo 1º de la Resolución No. 0298 del 0 1 de abril de 2026 , corrigiendo el número de ID correspondiente al jefe de hogar relacionado en el cuadro de hogares de la siguiente manera:
No. GESTOR
corrigiendo el número de ID correspondiente al jefe de hogar relacionado en el cuadro de hogares de la siguiente manera:
No. GESTOR
COMUNITARIO ID CEDULA NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTEO MUNICIPIO
VALOR
ASIGNACION
$ 533 IBIZA CONSTRUCCIONES 249273 15677961 MANUEL
SEGUNDO
QUINTANA
ROMERO CORDOBA PUEBLO
NUEVO
23.400.000
Artículo 2: La presente resolución será publicada en la página web1 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y en el Diario Oficial Artículo 3 : Ordenar a la de Subdirección de Subsidio y ejecución de vivienda rural del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio comunicar al Patrimonio Autónomo FideicomisoPrograma de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No 027 de 2020 su scrito con FIDUAGRARIA S.A y comunicada al municipio de la referencia. Artículo 4: Los demás acápites y apartes de la Resolución No. 0298 del 01 de abril de 2026 continúan vigentes y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado, la corrección se realiza únicamente para efectos de aclarar la información de los hogares postulantes cargada en el Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda. Artículo 5: La presente resolución rige a partir de su expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
ARTURO GALEANO ÁVILA
Artículo 5: La presente resolución rige a partir de su expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda FONVIVIENDA
Rosa Elena Espitia Riaño Directora DIVIS SSEVR
Laura Marcela Sanguino Gutierrez Subdirectora SSEVR SSFV Diana Marcela Castañeda Contratista – CTO 839 SSEVR
Eduardo Calderon Contratista CTO 023F-2025 pa rural Fonvivienda
Andrei Suárez Contratista SSEVR
1 Normativa | Minvivienda 0346 20 ABRIL 2026 20 días de abril de 2026