MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolución 0347 de 2026
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolución 0347 de 2026
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2026
Página 1 de 7
Fondo Nacional de Vivienda Versión:10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
RESOLUCIÓN NÚMERO DE
“Por la cual se asignan veintidós (22) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el Municipio de Buenaventura en el departamento de Valle del Cauca en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Convenio Interadministrativo FP -566 DE 2023 con Fondo Paz”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. numeral 8 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Que el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003 establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “(…) Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional (…)”.
del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “(…) Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional (…)”. Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 FONVIVIENDA administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los términos del artículo 6 de la Ley 1537 de 2012. Que en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. Numeral 8 del Decreto 1077 de 2015 se establece que FONVIVIENDA es la entidad encargada del otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural. Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, FONVIVIENDA celebró con la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. – FIDUAGRARIA S.A. el contrato de fiducia mercantil Nro. 027 de 2020, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denom inado Fideicomiso – Programa de Promoción de Vivienda Rural, por medio del cual se realizará la administración de los recursos que transfiera el fideicomitente o que, en general, se transfieran al
de constituir un patrimonio autónomo denom inado Fideicomiso – Programa de Promoción de Vivienda Rural, por medio del cual se realizará la administración de los recursos que transfiera el fideicomitente o que, en general, se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividad es en materia de vivienda rural, destinada a la atención de hogares a los que se refiere el Programa de Promoción de Vivienda Rural, de conformidad con las normas que le sean aplicables y de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, y /o los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo.
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Resolución No. del “Por la cual se asignan veintidós (22) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el Municipio de Buenaventura en el departamento de Valle del Cauca en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Convenio Interadministrativo FP -566 DE 2023 con Fondo Paz”
Que los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, establecen las condiciones para el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural y las restricciones para la postulación y posterior asignación del mismo. Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la Resolución 0536 del 19
establecen las condiciones para el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural y las restricciones para la postulación y posterior asignación del mismo. Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la Resolución 0536 del 19 de octubre de 2020, por la cual se reglamentan los artículos 2.1.10.1.1.1.1; 2.1.10.1.1.4.3; 2.1.10.1.1.4.6 y 2.1.10.1.1.5.1 del Título 10 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015. Que, de conformidad con las etapas establecidas en la Resolución 0536 del 19 de octubre de 2020, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y Fondo Paz realizaron la priorización de los hogares potencialmente beneficiarios, dando cumplimiento a lo dispuesto en el Convenio Interadministrativo FP-566 de 2023. Que FONVIVIENDA y FONDO PAZ suscribieron el Convenio interadministrativo FP – 566 de 2023. Que FIDUAGRARIA S.A., actuando como vocera y administradora del p atrimonio autónomoFideicomiso Programa de Promoción de Vivienda Rural, y en cumplimiento del objeto contractual del Contrato de Fiducia Mercantil No. 027 -2020, adelantó el proceso de selección, de acuerdo con el Manual Operativo, aprobado por el Comité Fiduciario, con el fin de contratar la “Interventoría técnica, administrativa, financiera, contable, económica, jurídica, de riesgos y seguros para el diagnóstico, estudios y
Fiduciario, con el fin de contratar la “Interventoría técnica, administrativa, financiera, contable, económica, jurídica, de riesgos y seguros para el diagnóstico, estudios y diseños y construcción necesaria para la ejecución de los subsidios familiar de vivienda rural de conformidad con las especificaciones establecidas en el presente documento, para la ejecución del PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE VIVIENDA RURAL”, en atención a lo establecido en los numerales 10 y 11 del punto 8.3.1., de dicho manual. Que en virtud de lo anteriormente expuesto se suscribió el contrato de prestación de servicios de interventoría no. 004F -2021 suscrito entre FIDUAGRARIA S.A., como vocera y administradora del patrimonio autónomo fideicomiso – programa de promoción de vivienda rural y la empresa nacional promotora de desarrollo territorial, Enterritorio (221014). Que de acuerdo con el artículo 30 de la Resolución 0536 de 2020 FONVIVIENDA a través de la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural, verificó la información del cumplimiento de requisitos de los hogares postulantes. Que la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural, encargada del proceso de validaciones y cruces en forma sistematizada, verifico que los hogares cumplieron con los requisitos, con fechas de resultado del proceso el 22 de mayo, 7 de julio, 22 y 29 de octubre del 2024, 7 de abril, 15 de septiembre, 11 noviembre, 6 y 14 de diciembre, para los respectivos controles de información y de calidad del proceso antes anotado. Que, FIDUAGRARÍA S.A. co mo vocera y administradora del Patrimonio Autónomo
diciembre, para los respectivos controles de información y de calidad del proceso antes anotado. Que, FIDUAGRARÍA S.A. co mo vocera y administradora del Patrimonio Autónomo Fideicomiso –Programa de Promoción de Vivienda Rural y RSU CONSULTORES S.A.S. suscribieron contrato de obra 003F-2025 cuyo objeto es “contratar por el sistema de precio global fijo sin fórmula de reajuste y de conformidad con las especificaciones establecidas en el programa de promoción de vivienda rural; el diagnóstico integral, estructuración tecnica y construcción para la correcta ejecución de los subsidios 0347 20 ABRIL 2026Página 3 de 7
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Resolución No. del “Por la cual se asignan veintidós (22) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el Municipio de Buenaventura en el departamento de Valle del Cauca en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Convenio Interadministrativo FP -566 DE 2023 con Fondo Paz”
familiares de vivienda rural bajo la modalidad de vivienda nueva en especie, en el litoral pacífico colombiano.”
Que mediante acta de inicio suscrita entre FIDUAGRARÍA S.A., como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo Fideicomiso –Programa de Promoción de Vivienda Rural, el ejecutor y la inte rventoría se consignó como fecha de inicio el 16
administradora del Patrimonio Autónomo Fideicomiso –Programa de Promoción de Vivienda Rural, el ejecutor y la inte rventoría se consignó como fecha de inicio el 16 de abril de 2025 y se fijó un plazo de 13 meses de ejecución. Que, mediante otrosí No. 1 del 26 de noviembre del 2025, se prorrogo el plazo de ejecución del contrato en tres meses más, ampliándolo en 16 meses, teniendo como nueva fecha de finalización el 16 de agosto del 2026. Que, en cumplimiento al artículo 33 de la Resolución 0536 de 2020, se realizó la etapa de preconstrucción de los hogares habilitados y previo al proceso de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda Rural bajo la modalidad de vivienda nueva por parte de FONVIVIENDA, el ejecutor verificó el informe técnico que contiene: i) Verificación y diagnóstico en sitio de las condiciones del predio presentado por el hogar habilitado para la const rucción de vivienda nueva. ii) Estudios, diseños y presupuesto de la solución de vivienda planteada. Que las actividades de pre -construcción se ejecutaron mediante los mecanismos establecidos en el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, adicion ado por el artículo 1 del Decreto 1341 de 2020, el interventor mediante correo electrónico de fecha 31 de marzo de 2026, informó el resultado de las actividades desarrolladas. Que el artículo 18 de la Resolución 0536 de 2020 establece las etapas del progra ma de Subsidio Familiar de Vivienda Rural para la asignación del subsidio, entre las cuales se encuentran los hogares habilitados con diagnóstico efectivo, resultado de la
Que el artículo 18 de la Resolución 0536 de 2020 establece las etapas del progra ma de Subsidio Familiar de Vivienda Rural para la asignación del subsidio, entre las cuales se encuentran los hogares habilitados con diagnóstico efectivo, resultado de la verificación de cumplimiento de requisitos. Que la interventoría informó a través de correo electrónico con fecha del 31 de marzo del 2026 , que los diagnósticos cumplieron con los lineamientos establecidos en el contrato de obra antes reseñado, respecto de los hogares que se trascriben de la siguiente manera:
No No
CONTRATO
NOMBRE
PROYECTO
ID. HOGAR
DOCUMENT
O DE
IDENTIDAD
NOMBRES APELLIDOS DPTO MUNICIPIO
1 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ
218849 1151439190 LUCIO CAMPO ASPRILLA VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
2 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ 218851 16483011 EFREN MANYOMA
HURTADO
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
3 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ 218852 29260702 GLADYS
CESILIA
QUIÑONEZ
GARCES
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
4 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ 218853 1028185773 DEISY
LILIANA MENA CARDENAS VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
5 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ 218854 6163145 EDGAR MANYOMA
HURTADO
LILIANA MENA CARDENAS VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
5 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ 218854 6163145 EDGAR MANYOMA
HURTADO
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
6 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ 253497 1028185655 DEISI
PATRICIA
CARDENAS
CARDENA
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA 0347 20 ABRIL 2026Página 4 de 7
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Resolución No. del “Por la cual se asignan veintidós (22) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el Municipio de Buenaventura en el departamento de Valle del Cauca en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Convenio Interadministrativo FP -566 DE 2023 con Fondo Paz”
7 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ 274408 6163236 JARINSON RODALLEGAS
VALOIS
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
8 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ 274411 16487344 JAIRO LOPEZ
RODALLEGAS
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
9 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ
ESPECIALES
PARA LA PAZ 274411 16487344 JAIRO LOPEZ
RODALLEGAS
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
9 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ 274412 16970029 HEBERTH RODALLEGA
VALOIS
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
10 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ
218914 16483000 JOSE LIDER MANYOMA
HURTADO
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
11 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ 218915 1028185612 EDER
HUMBERTO
GONZALEZ
HURTADO
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
12 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ
218928 29228134 ODILIA LOZANO VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
13 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ 218930 29228162 LEONOR MURILLO
GONZALEZ
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
14 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ 253500 16761373 GUILLERMO RODALLEGAS
DIAZ
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
15 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ 274409 6164016 LUCIO
SANTOS
PEDROZA
GUAITOTO
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
16 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
ESPECIALES
PARA LA PAZ 274409 6164016 LUCIO
SANTOS
PEDROZA
GUAITOTO
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
16 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ 274413 29228123 MARIA
VIRGINIA
GONZALEZ
HURTADO
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
17 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ 313574 16970001 ANIBAL GONZALEZ
HURTADO
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
18 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ 357399 1148951916 YISELA ANGULO
SANCLEMENTE
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
19 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ 373549 16505914 LUIS
ALBERTO
TOVAR
GONZALEZ
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
20 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ 357400 1028185770 ELIZABETH ARBOLEDA
CORDOBA
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
21 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ 357403 94444294 PEDRO
APARICIO
GAMBOA
LARGACHA
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
22 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ
357385 6163209 TULIO LOZANO VALOIS VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
22 003F-2025
PROGRAMAS
ESPECIALES
PARA LA PAZ
357385 6163209 TULIO LOZANO VALOIS VALLE DEL
CAUCA BUENAVENTURA
Que el valor de los recursos asignados como Subsidio Familiar de Vivienda Rural, destinados a la solución de vivienda para los hogares que cumplieron con los requisitos establecidos, asciende a la suma de DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES QUINIE NTOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS Y SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 2.556.547.837,75), cuyo aporte proviene de EL FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ – FONDO PAZ y la asignación de los mismos corresponde a FONVIVIENDA de acuerdo a lo establecido en el convenio interadministrativo FP – 566 del 2023.
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Resolución No. del “Por la cual se asignan veintidós (22) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el Municipio de Buenaventura en el departamento de Valle del Cauca en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Convenio Interadministrativo FP -566 DE 2023 con Fondo Paz”
Buenaventura en el departamento de Valle del Cauca en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Convenio Interadministrativo FP -566 DE 2023 con Fondo Paz”
Que, los Subsidios Familiares de Vivienda Rural asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución se entenderán legalizados para FONVIVIENDA según lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.5.1. del Decreto 1077 de 2015 y el artículo 76 de la Resolución 0536 de 2020 con el documento que acredita la asignación del subsidio familiar de vivienda y el certificado de existencia de la obra, suscrito por el interventor y ejecutor. Que, FONVIVIENDA podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.10.1.1.5.3 “pérdida y restitución del subsidio familiar de vivienda ” del Decreto 1077 de 2015, ante las causales de pérdida y restitución del subsidio, por lo que para ello podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Que teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda. Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1 . Asignar veintidós (22) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de Buenaventura, en el departamento de Valle del Cauca en la modalidad
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1 . Asignar veintidós (22) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de Buenaventura, en el departamento de Valle del Cauca en la modalidad de vivienda nueva en el marco del Convenio Interadministrativo FP -566 DE 2023 con Fondo Paz, por un valor de NOVENTA Y UN MILLONES DE PESOS ($ 91.000.000) por unidad habitacional, para los hogares que supere dicho valor, este se circunscribe a actividades de Delta de Transporte, para un total de DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS Y SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 2.556.547.837,75) En el presente acto administrativo se relacionan únicamente el jefe de hogar del núcleo familiar, no obstante, lo anterior, el Subsidio Familiar de Vivienda Rural se asigna a la totalidad del hogar en los términos y condiciones del Decreto 1077 de 2015, a saber: # ID. HOGAR
DOCUMENTO
DE
IDENTIDAD
NOMBRES APELLIDOS DEPTO MUNICIPIO VALOR SFVR APORTES
FONDO PAZ TOTAL 1 218849 1151439190 LUCIO CAMPO
ASPRILLA
VALLE
DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 116.989.348,75 $ 116.989.348,75 $ 116.989.348,75 2 218851 16483011 EFREN MANYOMA
HURTADO
VALLE DEL CAUCA
DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 116.989.348,75 $ 116.989.348,75 $ 116.989.348,75 2 218851 16483011 EFREN MANYOMA
HURTADO
VALLE
DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 116.989.348,75 $ 116.989.348,75 $ 116.989.348,75 3 218852 29260702 GLADYS
CESILIA
QUIÑONEZ
GARCES
VALLE
DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 116.989.348,75 $ 116.989.348,75 $ 116.989.348,75 4 218853 1028185773 DEISY
LILIANA
MENA
CARDENAS
VALLE
DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 116.989.348,75 $ 116.989.348,75 $ 116.989.348,75 5 218854 6163145 EDGAR MANYOMA
HURTADO
VALLE
DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 116.989.348,75 $ 116.989.348,75 $ 116.989.348,75 0347 20 ABRIL 2026Página 6 de 7
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
Resolución No. del “Por la cual se asignan veintidós (22) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el Municipio de Buenaventura en el departamento de Valle del Cauca en la modalidad de vivienda nueva en
Resolución No. del “Por la cual se asignan veintidós (22) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el Municipio de Buenaventura en el departamento de Valle del Cauca en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Convenio Interadministrativo FP -566 DE 2023 con Fondo Paz”
6 253497 1028185655 DEISI
PATRICIA
CARDENAS
CARDENA
VALLE
DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 116.989.348,75 $ 116.989.348,75 $ 116.989.348,75 7 274408 6163236 JARINSON RODALLEGA
S VALOIS
VALLE
DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 116.989.348,75 $ 116.989.348,75 $ 116.989.348,75 8 274411 16487344 JAIRO
LOPEZ
RODALLEGA
S VALLE
DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 116.989.348,75 $ 116.989.348,75 $ 116.989.348,75 9 274412 16970029 HEBERTH RODALLEGA
VALOIS
VALLE
DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 116.989.348,75 $ 116.989.348,75 $ 116.989.348,75 10 218914 16483000 JOSE LIDER MANYOMA
HURTADO
VALLE
DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 115.641.984,00 $ 115.641.984,00 $ 115.641.984,00 11 218915 1028185612 EDER
HUMBERTO
GONZALEZ
HURTADO
VALLE DEL
BUENAVENTURA $ 115.641.984,00 $ 115.641.984,00 $ 115.641.984,00 11 218915 1028185612 EDER
HUMBERTO
GONZALEZ
HURTADO
VALLE
DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 115.641.984,00 $ 115.641.984,00 $ 115.641.984,00 12 218928 29228134 ODILIA LOZANO
VALLE
DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 115.641.984,00 $ 115.641.984,00 $ 115.641.984,00 13 218930 29228162 LEONOR MURILLO
GONZALEZ
VALLE
DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 115.641.984,00 $ 115.641.984,00 $ 115.641.984,00 14 253500 16761373 GUILLERMO RODALLEGA
S DIAZ
VALLE
DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 115.641.984,00 $ 115.641.984,00 $ 115.641.984,00 15 274409 6164016 LUCIO
SANTOS
PEDROZA
GUAITOTO
VALLE
DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 115.641.984,00 $ 115.641.984,00 $ 115.641.984,00 16 274413 29228123 MARIA
VIRGINIA
GONZALEZ
HURTADO
VALLE
DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 115.641.984,00 $ 115.641.984,00 $ 115.641.984,00 17 313574 16970001 ANIBAL GONZALEZ
HURTADO
VALLE DEL CAUCA
CAUCA BUENAVENTURA $ 115.641.984,00 $ 115.641.984,00 $ 115.641.984,00 17 313574 16970001 ANIBAL GONZALEZ
HURTADO
VALLE
DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 115.641.984,00 $ 115.641.984,00 $ 115.641.984,00 18 357399 1148951916 YISELA
ANGULO
SANCLEMEN
TE VALLE
DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 116.968.263,00 $ 116.968.263,00 $ 116.968.263,00 19 373549 16505914 LUIS
ALBERTO
TOVAR
GONZALEZ
VALLE
DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 116.968.263,00 $ 116.968.263,00 $ 116.968.263,00 20 357400 1028185770 ELIZABETH ARBOLEDA
CORDOBA
VALLE
DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 116.968.263,00 $ 116.968.263,00 $ 116.968.263,00 21 357403 94444294 PEDRO
APARICIO
GAMBOA
LARGACHA
VALLE
DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 116.968.263,00 $ 116.968.263,00 $ 116.968.263,00 22 357385 6163209 TULIO LOZANO
VALOIS
VALLE
DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 110.634.775,00 $ 110.634.775,00 $ 110.634.775,00
TOTAL $ 2.556.547.837,75
VALOIS
VALLE
DEL CAUCA BUENAVENTURA $ 110.634.775,00 $ 110.634.775,00 $ 110.634.775,00
TOTAL $ 2.556.547.837,75
Artículo 2. La vigencia del subsidio familiar de Vivienda Rural asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución, es de doce (12) meses contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de publicación del presente acto administrativo en el Diario Oficial. Artículo 3. FONVIVIENDA podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.10.1.1.5.3 “perdida y restitución del subsidio familiar de vivienda ” del Decreto 1077 de 2015, de llegarse a configurar dichas causales, por lo que podrá revi sar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por el hogar beneficiario. Artículo 4. A los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda Rural, relacionado en el artículo 1° de la presente resolución, que inc umpla con las 0347 20 ABRIL 2026Página 7 de 7
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
Resolución No. del “Por la cual se asignan veintidós (22) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el Municipio de Buenaventura en el departamento de Valle del Cauca en la modalidad de vivienda nueva en
Resolución No. del “Por la cual se asignan veintidós (22) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el Municipio de Buenaventura en el departamento de Valle del Cauca en la modalidad de vivienda nueva en especie rural en el marco del Convenio Interadministrativo FP -566 DE 2023 con Fondo Paz”
condiciones y requisitos indicados en los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, se le aplicará la pérdida de ejecutoriedad del acto administrativo, respecto de su asignación, según lo establecido en el numeral 4 del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), sin perjuicio de lo anterior, la asignación del beneficio estatal estará supeditada al cumplimiento técnico del predio sobre el cual se aplicará el Subsidio Familiar de Vivienda Rural, y en caso de que este no cumpla se resolverá el presente acto administrativo. Artículo 5. La presente resolución será publicada en la página web1 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, Artículo 6. Ordenar a la de Subdirección de Subsidio y ejecución de vivienda rural del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio comunicar al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el contrato de fiducia mercanti l de administración y pagos No 027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARIA S.A y comunicada a EL FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA
PAZ – FONDO PAZ.
de fiducia mercanti l de administración y pagos No 027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARIA S.A y comunicada a EL FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA
PAZ – FONDO PAZ.
Artículo 7. El presente acto administrativo no genera ejecución y las imputaciones presupuestales se harán de a cuerdo con las reglas establecidas en el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015 de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia y su manual operativo con cargo a los recursos disponibles en el Fideicomiso – Programa de Promoción de Vivienda Rural. Artículo 8. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Dada en Bogotá, D.C., a los
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda
FONVIVIENDA
Laura Katerin García Quintero Laura Marcela Sanguino Gutiérrez Contratista CTO 473 – 2026 Subdirectora
SSEVR SSEVR
Andrei Suárez María Camila Ramos Contratista CTO 410 - 2026 Contratista CTO 385 – 2026
SSEVR SSEVR
Camilo Andres Poveda Avila Sonia Camila Cepeda Fontal Eduardo Calderon Contratista CTO 009F – 2026 Contratista CTO 003F -2026 Contratista PA RURAL CTO 023F-2025 SSEVR SSEVR Fonvivienda
1 Normativa | Minvivienda 0347 20 ABRIL 2026 20 días de abril de 2026