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MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolución 0361 de 2026

Ministerio de Vivienda

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Título
MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolución 0361 de 2026
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2026

RESOLUCIÓN NÚMERO 0361 DEL 28 ABRIL 2026

Por la cual se asignan ciento cincuenta y nueve (159) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de Mejoramiento de Vivienda urbana bajo el Esquema asociativo

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”. Que, de acuerdo con lo previsto en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023, contentiva del Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”, se plantea como catalizador: “ 3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral”, dentro del cual se contempla la implementación por parte del Gobierno nacional de “programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población”.

Gobierno nacional de “programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población”.

Que, de conformidad con lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio lidera un programa de mejoramiento de vivienda, a través del cual se busca atender a los hogares que presentan deficiencias de habitabilidad, sean estas locativas, de conexiones de servicios públicos y/o condiciones de hacinamiento (modulares), para así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país. Que la sección 9 del capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios y determina las condiciones y requisitos para los hogares objeto del programa de mejoramiento de vivienda.

Que conforme al artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015, el subsidio familiar de vivienda que asigna FONVIVIENDA en el marco del programa de mejoramiento podrá ser complementario a subsidios otorgados por otras entidades, y su valor podrá ascender hasta dieciocho (18) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) para las intervenciones de tipo locativo, de acuerdo con lo establecido para la modalidad correspondiente.

Que FONVIVIENDA expidió la Resolución No. 0938 de 2023 por la cual se establecen los recursos disponibles, de esta manera se conformó las bolsas de mejoramiento urbano y rural y se distribuyó los cupos de conformidad con los criterios establecidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, para el esquema asociativo, modificada por la Resolución No. 1243 de 2023, la Resolución

criterios establecidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, para el esquema asociativo, modificada por la Resolución No. 1243 de 2023, la Resolución

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/04/2025

Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0361 de 28 ABRIL 2026 “Por la cual se asignan ciento cincuenta y nueve (159) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de Mejoramiento de Vivienda urbana bajo el Esquema asociativo” No. 0034 de 2024, la Resolución No. 0151 de 2024 y la Resolución No. 0438 de 2024, donde en su articulado se definieron los porcentajes de las bolsas de los esquemas de ejecución tanto en suelo urbano como rural.

Que la Resolución 0151 del 23 de abril de 2024 “Por la cual se liquida la bolsa de mejoramiento urbano y rural vigencia 2023 y se conforman las bolsas de mejoramiento urbano y rural vigencia 2024, de acuerdo con los criterios fijados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio ”, establece, en su artículo tercero, la conformación de las bolsas de mejoramiento urbano y rural, mediante

mejoramiento urbano y rural vigencia 2024, de acuerdo con los criterios fijados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio ”, establece, en su artículo tercero, la conformación de las bolsas de mejoramiento urbano y rural, mediante la configuración de las bolsas “ Urbano Esquema Asociativo ” y “ Rural Esquema Asociativo”.

Que mediante la Circular 0003 del 5 de marzo de 2024 se abrió la convocatoria para entidades territoriales (Departamentos y Capitales de Departamentos) Entidades sin ánimo de lucro (ESAL) con el fin de presentar manifestación de interés para el Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de mejoramiento que se otorgue en el marco del esquema asociativo, estableciendo como tope máximo del valor del subsidio familiar de vivienda para áreas urbanas, hasta 12 SMMLV

Que a través de la resolución 0747 del 10 de octubre de 2024 “Por la cual se asignan cupos de recursos para zonas urbanas y rural a los Departamentos de Norte de Santander, Bolívar, Boyacá, Cesar, Córdoba, Cundinamarca, Meta, Nariño, Norte de Santander, Putumayo, Quindío, Risaralda, San Andrés, Santander, Valle del Cauca y Vichada; en el marco de la ejecución del Esquema Asociativo de la línea estratégica de mejoramientos de vivienda urbana y rural ” entre los cuales se encuentra el departamento de Norte de Santander. Que el 18 de octubre de 2024, Fondo Nacional De Vivienda – FONVIVIENDA y el Departamento de Norte de Santander suscribieron el Convenio Interadministrativo de Cooperación N.° 027 cuyo objeto es: “Aunar esfuerzos administrativos,

Departamento de Norte de Santander suscribieron el Convenio Interadministrativo de Cooperación N.° 027 cuyo objeto es: “Aunar esfuerzos administrativos, jurídicos, técnicos, sociales y financieros para la ejecución y seguimiento de las actividades en materia del subsidio familiar de vivienda bajo la modalidad de mejoramiento de vivienda urbana y rural, en el marco de la iniciativa del Gobierno nacional de acuerdo con las bases establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo - Ley 2294 de 2023.”

Que a través de Otro si N.° 1 de 2025 suscrito entre el Fondo Nacional De Vivienda – FONVIVIENDA y Departamento de Norte de Santander se redistribuyó funciones operativas hacia la Secretaria de Planeación Departamental del departamento de Norte de Santander, ajustando las condiciones técnicas necesarias para garantizar una ejecución eficiente, con mayor impacto y adecuado uso de los recursos públicos.

Que, en el marco del esquema asociativo del Programa de Mejoramiento de Vivienda, se asignó al departamento de Norte de Santander, cupos Urbanos a los siguientes municipios, así:

DEPARTAMENTO MUNICIPIO CUPOS

NORTE DE

SANTANDER

CONVENCION 116

LA PLAYA 10

TEORAMA 70

SARDINATA 35

PAMPLONA 90Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

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HACARI 50

RAGONVALIA 69

PUERTO

SANTANDER 60

LA TARRA 30

ABREGO 70

Que las intervenciones se llevarán a cabo mediante obras que tengan como finalidad mejorar las condiciones sanitarias y habitacionales insatisfactorias de espacio, servicios públicos y calidad de las viviendas de los hogares beneficiarios, con una inversión descrita así:

Valor Total del Convenio

Entidad

Valor aportado

$ 16.380.000.000

FONVIVIENDA

$ 11.466.000.000

DEPARTAMENTO DE NORTE DE

SANTANDER

$ 4.914.000.000

Que, para la ejecución de las obras, los hogares deberán surtir un proceso de registro, postulación y diagnóstico, a partir del cual se determinará la modalidad de intervención, la cual corresponderá a mejoramientos locativos en pisos, paredes, baños, cocinas y conexiones intradomiciliarias, entre otros. Que la política de asignación de los Subsidios Familiares de Vivienda, contemplada en el Decreto 1077 de 2015, establece etapas previas a su otorgamiento, como la focalización, la postulación y las actividades de preconstrucción. En este

Que la política de asignación de los Subsidios Familiares de Vivienda, contemplada en el Decreto 1077 de 2015, establece etapas previas a su otorgamiento, como la focalización, la postulación y las actividades de preconstrucción. En este contexto, por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se validó que los hogares anteriormente mencionados, cumplieron con los requisitos exigidos por la normativa vigente al momento de la apertura de la convocatoria del programa de mejoramiento. Por tanto, con el fin de garantizar una asignación adecuada del subsidio por parte de Fonvivienda, se velará por el cumplimiento de las condiciones, requisitos y criterios establecidos en dicha convocatoria y vigentes al momento de la apertura de esta.

Que el Departamento de Norte de Santander, en atención a la obligaciones contenidas en el numeral 27 de la Cláusula Cuarta y Numeral 8 de la Clausula Quinta del Convenio Interadministrativo N.° 027 de 2024 modificado por el otrosí N.° 1 de 2025 realizaron los diagnósticos de las viviendas de los hogares postulados y habilitados en el marco del programa, los cuales fueron aprobados e informados a través del oficio del 12 y 17 de marzo de 2026 dirigido a la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) través de correo electrónico de la misma fecha.

Que, mediante correo electrónico de fecha 13 de marzo del 2026, la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) informó a la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda, el resultado de los diagnósticos habilitados viables del Esquema Asociativo aplicable a suelo urbano, precisando que de acuerdo a lo

Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) informó a la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda, el resultado de los diagnósticos habilitados viables del Esquema Asociativo aplicable a suelo urbano, precisando que de acuerdo a lo dispuesto en el Convenio Interadministrativo No. 027-2024, la supervisión técnica de estos diagnósticos corresponde exclusivamente al Cooperante (Departamento de Norte de Santander y sus contratistas), quienes son responsables de verificar y acreditar todos los requisitos técnicos necesarios para la correcta asignación de los subsidios de mejoramiento de vivienda, frente a los hogares que fueronFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

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Que el mencionado listado, remitido por el Departamento de Norte de Santander, contó con el respectivo control de calidad reportado por el ingeniero de sistemas de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda a través de correo electrónico de fecha 17 de abril de 2026, sobre los hogares que se encuentran en estado habilitado con diagnóstico efectivo, los cuales serán beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en el marco del programa de mejoramiento de vivienda.

de fecha 17 de abril de 2026, sobre los hogares que se encuentran en estado habilitado con diagnóstico efectivo, los cuales serán beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en el marco del programa de mejoramiento de vivienda. Que el valor de los recursos asignados como subvención destinados al mejoramiento de la vivienda de cada hogar beneficiario, se realiza en consideración a la proyección de cupos y presupuestos contemplados en la resolución 0747 del 10 de octubre de 2024 atendiendo las condiciones de la circular 003 de 2024 y conforme al presupuesto aprobado y requerido por el interventor supervisor contratado por la Fiduciaria en los términos del contrato de Fiducia Mercantil de administración y pagos No. 3 -1-83679 de 2019 suscrito con Fiduciaria Bogot á́ ahora Aval Fiduciaria S.A., de acuerdo a la solicitud de asignación remitida por este, a la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS), el 12 y 17 de marzo de 2026.

Que, de conformidad con las consideraciones expuestas anteriormente, los subsidios objeto del presente acto administrativo se asignan con referencia a salarios mínimos legales mensuales vigentes correspondientes a la vigencia 2024, con el fin de garantizar certeza jurídica en su determinación, coherencia con el marco normativo aplicable y estabilidad en la aplicación de los criterios de asignación definidos para el programa. Que dichos valores cumplieron con los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015 ascendiendo a la suma de MIL SETECIENT0S

TREINTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL PESOS M/CTE

($1.736.280.000).

2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015 ascendiendo a la suma de MIL SETECIENT0S

TREINTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL PESOS M/CTE

($1.736.280.000).

Que los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución se entenderán legalizados de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.7.14 del Decreto 1077 de 2015, con el certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el supervisor contratado para el efecto.

Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal ni requiere expedición de certificados de disponibilidad presupuestal, y los desembolsos correspondientes a los subsidios asignados en el presente acto administrativo se efectúan con cargo a los recursos incorporados en el respectivo Fideicomiso.

Que, en uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.

Que, teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda. Que, en mérito de lo expuesto,Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

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RESUELVE:

Artículo 1. Asignar ciento cincuenta y nueve (159) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana dentro del Esquema Asociativo, por un valor total de MIL SETECIENT0S TREINTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL PESOS M/CTE ($1.736.280.000), a los hogares que se relacionan a continuación:

No. ID HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO

MVCT 1 311362 5407826 ALIRIO ALFONSO TORRADO PACHECO NORTE DE SANTANDER ÁBREGO $ 10.920.000,00 2 351047 27612538 ANTONIA ASCANIO DE

COLLANTES NORTE DE SANTANDER ÁBREGO $ 10.920.000,00 3 311370 27613238 OLGA MARIA CASTILLA DE

GUERRERO NORTE DE SANTANDER ÁBREGO $ 10.920.000,00 4 311405 27613370 MARIA DEL

CARMEN VERJEL SUAREZ NORTE DE

3 311370 27613238 OLGA MARIA CASTILLA DE

GUERRERO NORTE DE SANTANDER ÁBREGO $ 10.920.000,00 4 311405 27613370 MARIA DEL CARMEN VERJEL SUAREZ NORTE DE SANTANDER ÁBREGO $ 10.920.000,00 5 372336 27614459 OLIVIA AREVALO DE

ASCANIO

NORTE DE SANTANDER ÁBREGO $ 10.920.000,00 6 351043 27614553 CARMEN EDILMA QUINTERO NORTE DE SANTANDER ÁBREGO $ 10.920.000,00 7 311316 27615775 ILCELINA JIMENEZ VACA NORTE DE SANTANDER ÁBREGO $ 10.920.000,00 8 372341 27615935 ROSALBA PEÑARANDA GOMEZ NORTE DE SANTANDER ÁBREGO $ 10.920.000,00 9 311351 27615948 OLGA LUCIA PLATA QUINTERO NORTE DE SANTANDER ÁBREGO $ 10.920.000,00 10 311378 27741186 ALIRIA ROSA GARCIA GARCIA NORTE DE SANTANDER ÁBREGO $ 10.920.000,00 11 311369 60415169 MARINA RODRIGUEZ PARRA NORTE DE SANTANDER ÁBREGO $ 10.920.000,00 12 351050 60415742 CLAUDIA VERONICA TORRADO NUÑEZ NORTE DE SANTANDER ÁBREGO $ 10.920.000,00 13 311365 60416416 TERESA BAYONA JIMENEZ NORTE DE SANTANDER ÁBREGO $ 10.920.000,00

VERONICA TORRADO NUÑEZ NORTE DE SANTANDER ÁBREGO $ 10.920.000,00 13 311365 60416416 TERESA BAYONA JIMENEZ NORTE DE SANTANDER ÁBREGO $ 10.920.000,00 14 350958 60417007 AURORA TORRADO RIZO NORTE DE SANTANDER ÁBREGO $ 10.920.000,00 15 351263 88147780 EFRAIN VERGEL VERGEL NORTE DE SANTANDER ÁBREGO $ 10.920.000,00 16 311408 88149221 HERNAN PACHECO PEREZ NORTE DE SANTANDER ÁBREGO $ 10.920.000,00 17 311349 88287247 ORIELSON VEGA ORTIZ NORTE DE SANTANDER ÁBREGO $ 10.920.000,00 18 311347 1094575358 DEIBE NAVARRO ARIAS NORTE DE SANTANDER ÁBREGO $ 10.920.000,00 19 369132 1094576259 FREDY ALONSO ANGARITA LOPEZ NORTE DE SANTANDER ÁBREGO $ 10.920.000,00 20 372338 1128049936 CLAUDIA XIMENA CARDENAS PEREZ NORTE DE SANTANDER ÁBREGO $ 10.920.000,00 21 311421 1735088 NOE AMAYA NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 22 357986 1944956 ANGEL ALBERTO RODRIGUEZ

QUINTERO

NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 23 351269 5425574 HERMES CLARO MARTINEZ NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00

QUINTERO

NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 23 351269 5425574 HERMES CLARO MARTINEZ NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 24 311423 5425600 JOSE DE DIOS AMAYA NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 25 351089 5427389 ANDERSON ANTONIO SOLANO ANGARITA NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 26 351282 5488674 LUIS JOSE MORA FLOREZ NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 27 311418 13165817 JOSE DEL CARMEN CASTRILLON GOMEZ NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 28 311437 13337650 JOSE DOLORES COLLANTES ROPERO NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 29 311388 13370784 JOSE DEL CARMEN LAZARO AMAYA NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 30 351099 13374975 ALVARO CHINCHILLA

CHINCHILLA

NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 31 373002 13375488 RAMON DANIEL CARRASCAL ABRIL NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 32 372329 13377883 HECTOR JULIO ARENAS BLANCO NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00

33 369513 18969707 ARIDES CAMPO SANGUINO NORTE DE

32 372329 13377883 HECTOR JULIO ARENAS BLANCO NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 33 369513 18969707 ARIDES CAMPO SANGUINO NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 34 311428 27659502 MARIA DEL ROSARIO VILLAMIL SUAREZ NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 35 351113 37365107 ELVIA ROSA QUINTERO BLANCO NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 36 372353 37365890 BERTA QUINTERO DE

TORRES

NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 37 311433 37367705 YOLIMA ISABEL CASTILLO SUAREZ NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 38 351118 37368651 BELKIS ASTRID GARCIA SUAREZ NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 39 351107 37369743 DORIS VILLEGAS MARTINEZ NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 40 311442 37370252 AIDALI CARRASCAL ABRIL NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 41 372349 37370310 ISABEL VARGAS PEÑARANDA NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 42 351115 37371353 MARTHA NORIEGA PALLARES NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia

42 351115 37371353 MARTHA NORIEGA PALLARES NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00Fondo Nacional de Vivienda

Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

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Resolución No. 0361 de 28 ABRIL 2026 “Por la cual se asignan ciento cincuenta y nueve (159) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de Mejoramiento de Vivienda urbana bajo el Esquema asociativo”

No. ID HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO

MVCT 43 311426 37372668 ANA DILIA OCHOA FLOREZ NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 44 311417 37372677 MARIA DEL

CARMEN SEPULVEDA REYES NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 45 351284 43651154 CARMEN CECILIA ANGARITA ARIAS NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 46 351109 60423539 ALBA MARIA TELLEZ SANGUINO NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 47 311441 77018733 JUAN DE DIOS BONET CARRASCAL NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 48 351117 1004817686 FAUSTO YESID SANCHEZ

CONTRERAS

NORTE DE

SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 48 351117 1004817686 FAUSTO YESID SANCHEZ

CONTRERAS

NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 49 372590 1004818438 MIGUEL JESUS MORA FLOREZ NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 50 332173 1004819076 ANGELICA RAMIREZ MORA NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 51 351114 1004859275 CIRO ALONSO CORONEL DUARTE NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 52 351277 1007272964 JOHANNA MILENA DURAN CLARO NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 53 372327 1007320965 JAIDER ARENAS ARENAS NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 54 369909 1090417305 EDWIN SANCHEZ AMAYA NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 55 311385 1090982526 YEINY LILIANA CARRASCAL RINCON NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 56 369506 1090982736 FIDEL ANGEL SANTIAGO

CARRASCAL

NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 57 351267 1090982952 LAURID YISELA CASTILLA MONCADA NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 58 369508 1090983546 YURY DEL

CARMEN CARREÑO PEREZ NORTE DE

57 351267 1090982952 LAURID YISELA CASTILLA MONCADA NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 58 369508 1090983546 YURY DEL CARMEN CARREÑO PEREZ NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 59 351119 1090983895 YANETH DEL CARMEN LOBO NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 60 351104 1090984286 MARIA DEL CARMEN QUINTERO RINCON NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 61 351274 1090984616 DANIELA BARBOSA ORTIZ NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 62 311422 1090985495 MAGRETH TATIANA MANOSALVA MEJIA NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 63 351268 1090985767 HUBERNEL SANTIAGO SANTIAGO NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 64 372348 1090988182 ADRIANA GUERRERO SANCHEZ NORTE DE SANTANDER CONVENCIÓN $ 10.920.000,00 65 311503 4984229 JESUS EMIRO CHINCHILLA

PEÑARANDA

NORTE DE SANTANDER HACARÍ $ 10.920.000,00 66 311488 5453524 JESUS EMILIO GALVAN GUERRERO NORTE DE SANTANDER HACARÍ $ 10.920.000,00 67 311492 9715660 LUIS RAMON GUERRERO

GUERRERO

NORTE DE

66 311488 5453524 JESUS EMILIO GALVAN GUERRERO NORTE DE SANTANDER HACARÍ $ 10.920.000,00 67 311492 9715660 LUIS RAMON GUERRERO

GUERRERO

NORTE DE SANTANDER HACARÍ $ 10.920.000,00 68 311491 13358265 CARLOS DANIEL QUINTERO TRIGOS NORTE DE SANTANDER HACARÍ $ 10.920.000,00 69 311477 27602093 MARILI TORRES AVENDAÑO NORTE DE SANTANDER HACARÍ $ 10.920.000,00 70 311482 27726876 ANA DEL CARMEN AVENDAÑO QUINTERO NORTE DE SANTANDER HACARÍ $ 10.920.000,00 71 311510 27727237 MARIA DIOSELINA ORTIZ ACOSTA NORTE DE SANTANDER HACARÍ $ 10.920.000,00 72 311481 27839109 ANGELINA SEPULVEDA DE

BELTRAN

NORTE DE SANTANDER HACARÍ $ 10.920.000,00 73 311502 37332394 ZORAIDA ORTIZ QUINTERO NORTE DE SANTANDER HACARÍ $ 10.920.000,00 74 311489 88284881 MIGUEL ROBERTO QUINTERO SANGUINO NORTE DE SANTANDER HACARÍ $ 10.920.000,00 75 311493 1007962024 EDITH CASADIEGOS VERGEL NORTE DE SANTANDER HACARÍ $ 10.920.000,00 76 311500 1126121275 JOSE ANIBAL JAIMES CARDENAS NORTE DE SANTANDER HACARÍ $ 10.920.000,00

SANTANDER HACARÍ $ 10.920.000,00 76 311500 1126121275 JOSE ANIBAL JAIMES CARDENAS NORTE DE SANTANDER HACARÍ $ 10.920.000,00 77 311987 5504203 ANTONIO CONDE ROJAS NORTE DE SANTANDER PAMPLONA $ 10.920.000,00 78 311986 27751489 ANA PAULINA SUAREZ VILLAMIZAR NORTE DE SANTANDER PAMPLONA $ 10.920.000,00 79 312012 27751574 OLGA PORTILLA GONZALEZ NORTE DE SANTANDER PAMPLONA $ 10.920.000,00 80 311970 60251678 MARIA CRUZDELINA GARCIA GARCIA NORTE DE SANTANDER PAMPLONA $ 10.920.000,00 81 311961 60252925 ANA MERY CARRILLO PEÑA NORTE DE SANTANDER PAMPLONA $ 10.920.000,00 82 311994 60261855 MERCEDES NAVAS PINZON NORTE DE SANTANDER PAMPLONA $ 10.920.000,00 83 311995 60346833 MATILDE CONTRERAS TORRES NORTE DE SANTANDER PAMPLONA $ 10.920.000,00 84 311971 88031984 FABIO HERNANDO RICO SANTOS NORTE DE SANTANDER PAMPLONA $ 10.920.000,00 85 312001 1094267974 YOHAN YESSID GALVIZ NORTE DE SANTANDER PAMPLONA $ 10.920.000,00

86 311649 13251586 JESUS CAMACHO MONCADA NORTE DE

SANTANDER PUERTO SANTANDER $ 10.920.000,00

SANTANDER PAMPLONA $ 10.920.000,00

86 311649 13251586 JESUS CAMACHO MONCADA NORTE DE

SANTANDER PUERTO SANTANDER $ 10.920.000,00

87 311619 13306358 JOSE ROBERTO GIRALDO NORTE DE

SANTANDER PUERTO SANTANDER $ 10.920.000,00

88 311667 27599689 ALIX MERCEDES ARIAS DE VEGA NORTE DE

SANTANDER PUERTO SANTANDER $ 10.920.000,00

89 311626 27600259 CECILIA DUARTE AGUILLON NORTE DE

SANTANDER PUERTO SANTANDER $ 10.920.000,00

90 311642 28974876 LUZ MARY ARTURO TORRES NORTE DE

SANTANDER PUERTO SANTANDER $ 10.920.000,00

91 311646 37340109 ROSALBA GELVEZ CONTRERAS NORTE DE

SANTANDER PUERTO SANTANDER $ 10.920.000,00

92 311629 49554563 YAMILES PEREZ ORTIZ NORTE DE

SANTANDER PUERTO SANTANDER $ 10.920.000,00Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 10/04/2025

Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0361 de 28 ABRIL 2026 “Por la cual se asignan ciento cincuenta y nueve (159) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de Mejoramiento

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Resolución No. 0361 de 28 ABRIL 2026 “Por la cual se asignan ciento cincuenta y nueve (159) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de Mejoramiento de Vivienda urbana bajo el Esquema asociativo”

No. ID HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO MVCT 93 311670 49686674 NELIS

CONCEPCION NAVARRO MAQUILON NORTE DE

SANTANDER PUERTO SANTANDER $ 10.920.000,00

94 311653 60299455 MARIA DE JESUS CETINA NORTE DE

SANTANDER PUERTO SANTANDER $ 10.920.000,00

95 311662 60303286 ISBELIA SUESCUN SANCHEZ NORTE DE

SANTANDER PUERTO SANTANDER $ 10.920.000,00 96 311447 1988105 JOSE HORACIO JAIMES NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 97 311568 2006118 ALVARO CAICEDO PEÑALOZA NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 98 371581 5481303 LUIS EUDORO CONTRERAS CRUZ NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 99 311578 5481424 ALBERTO CAMILO FERNANDEZ SUAREZ NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 100 371588 5589817 HORACIO LEAL MARIÑO NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00

SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 100 371588 5589817 HORACIO LEAL MARIÑO NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 101 371582 27731473 ALICIA MALDONADO DE DUQUE NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 102 311449 27732338 CARMEN ALICIA PEREZ NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 103 311563 27732519 BELGUI COROMOTO LIZARAZO OROZCO NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 104 311560 27794001 FLOR LUNA LIZCANO NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 105 371583 27799177 ELCIDA CACERES DE

CONTRERAS NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 106 311539 27799331 ALIX SANDOVAL DE

ESPITIA

NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 107 371459 27799419 FLOR DE MARIA MIRANDA SILVA NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 108 335620 27799432 JULIA CELIS DE LEMUS NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 109 311450 27799482 AMELIA LIZARAZO MEDINA NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 110 311458 27799543 MARIA DEL

SOCORRO

CALDERON DE

ESQUIVEL

NORTE DE

SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 110 311458 27799543 MARIA DEL

SOCORRO

CALDERON DE

ESQUIVEL

NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 111 311534 27799620 ROSARITO CONTRERAS JAIMES NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 112 371585 27799760 CARMEN LEAL LUNA NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 113 311569 27800191 LUZ MARINA RIOS NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 114 371586 27800320 ROSA ELENA DUARTE PEREZ NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 115 311548 27800331 OLGA MERCEDES CONDE MORENO NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 116 371587 27800336 JUDIT CECILIA DUARTE CAICEDO NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 117 371941 27800868 MIRIAM SOFIA SILVA FERNANDEZ NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 118 311575 27801100 HILDA ESTHER MARTINEZ MEZA NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 119 311553 27801402 DORIS GELVEZ CELIS NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 120 311321 27801488 CANDIDA ROSA BUITRAGO DUARTE NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00

SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 120 311321 27801488 CANDIDA ROSA BUITRAGO DUARTE NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 121 311448 27801720 DERLIX LILIANA MEDINA JAIMES NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 122 352738 27801871 LUZ DARY PABON PEREZ NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 123 371942 27801902 NEYLY ROCIO LIZARAZO

CONTRERAS NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 124 311536 27847469 CARMEN SOFIA MOGOLLON

VILLAMIZAR NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.000,00 125 311533 27876859 ANA DOLORES BAUTISTA DE

VILLAMIZAR

NORTE DE SANTANDER RAGONVALIA $ 10.920.00

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