MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolución 0379 de 2026
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolución 0379 de 2026
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2026
RESOLUCIÓN NÚMERO 0379 DE 29 abril 2026
“Por medio de la cual se acepta Una (1) renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda rural en la modalidad de mejoramiento y se modifica parcialmente la resolución de asignación No. 0696 del 2 de octubre de 2024”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. numeral 8 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Que el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003 establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda "(...) 9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional ( )”. Que en el Capítulo 1 Sección I Titulo 10 Parte I Capítulo I del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio No. 1077 de 2015 se incorporó la política de vivienda rural y los requisitos y condiciones de la
Que en el Capítulo 1 Sección I Titulo 10 Parte I Capítulo I del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio No. 1077 de 2015 se incorporó la política de vivienda rural y los requisitos y condiciones de la asignación del Subsidio Familiar de Vivienda Rural en sus diferentes modalidades. Que, con fundamento en la norma citada, en el Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA, expidió la Resolución Número 0696 del 2 de octubre del 2024 “Por la cual se asignan ciento dieciséis (116) subsidios familiares de vivienda rural en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de mejoramiento de vivienda”, entre la que se encuentra la asignación del subsidio del señor JUAN ALIRIO BEDOYA CASTAÑO identificada con Cédula de Ciudadanía No. 4.557.219.
Que el Artículo 11° de la Resolución 725 de 2023, reza: Adiciónese el artículo 14E a la Resolución 0536 de 2020, el cual quedará así:
"ARTÍCULO 14E. RENUNCIA AL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA RURAL. El beneficiario del subsidio familiar de vivienda rural -SFVR, en cualquiera de sus modalidades, antes de la ejecución material de las obras, podrá renunciar voluntariamente al beneficio obtenido, mediante comunicación suscrita por los miembros del hogar, mayores de edad, solicitantes del subsidio.
Fondo Nacional de Vivienda Versión:10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
miembros del hogar, mayores de edad, solicitantes del subsidio.
Fondo Nacional de Vivienda Versión:10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
Página 1 de 3Resolución No. 0379 del 29 ABRIL 2026 “Por medio de la cual se acepta Una (1) renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda rural en la modalidad de mejoramiento y se modifica parcialmente la resolución de asignación No. 0696 del 2 de octubre de 2024”. En caso de que la renuncia sea posterior al inicio de las obras o desembolso del subsidio, el beneficiario deberá restituirlo indexado según el índice de precios al consumidor desde la fecha de asignación” Que, una vez verificada la renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda presentada por el beneficiario señor JUAN ALIRIO BEDOYA CASTAÑO traslada por FINDETER ante el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio y radicado con el No. 2026ER0032698 del 08 de abril de 2026, se evidencia el cumplimiento del marco normativo dispuesto en el artículo anteriormente señalado, y asimismo se constató desde al área de pagos que no existió desembolso del subsidio.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Aceptar la renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda, otorgado en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural, con relación al hogar que se indica a continuación, al verificarse el cumplimiento de lo previsto en el artículo
Artículo 1. Aceptar la renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda, otorgado en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural, con relación al hogar que se indica a continuación, al verificarse el cumplimiento de lo previsto en el artículo 11 de la Resolución 725 de 2023 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, y en concordancia con el Decreto 1077 de 2015, y según las razones expuestas en la parte motiva del presente acto:
ID HOGAR
RESOLUCION
FECHA
DOCUMENTO
DE
IDENTIDAD
NOMBRES
APELLIDOS
DEPARTAMENTO
MUNICIPIO
VALOR SFVR
195705
0696
02/10/2024
4.557.219
JUAN
ALIRIO
BEDOYA
CASTAÑO
RISARALDA
PEREIRA
25.520.000,00
Artículo 2. Modificar parcialmente el artículo 1° de la Resolución No. 0696 del 2 de octubre de 2024, en el sentido de dejar sin efecto la asignación del hogar relacionado en el artículo primero de la presente resolución. Artículo 3. Los demás acápites y apartes de la Resolución No. 0696 del 2 de octubre de 2024, expedida por FONVIVIENDA, no sufren modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado. Artículo 4. La presente resolución será publicada en la página web1 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y en el Diario Oficial, comunicada al Patrimonio
debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado. Artículo 4. La presente resolución será publicada en la página web1 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y en el Diario Oficial, comunicada al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No 027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARIA S.A. Artículo 5. Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No 027 de 2020 suscrito entre FIDUAGRARIA S.A y FONVIVIENDA para que en la medida de sus competencias entable las acciones legales correspondientes contra los titulares de los hogares
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PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
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beneficiarios arriba señalados si a ello hubiere lugar, en caso de haber realizado obras en el predio en aplicación del Subsidio Familiar de Vivienda Rural otorgado mediante la Resolución No. 0696 del 2 de octubre de 2024. Artículo 6. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Dada en Bogotá, D.C., a los 29 ABRIL 2026
PUBLÍQUESE, COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE
GALEANO
AVILA
ANDERSON
ARTURO Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA
ANDERSON ARTURO
Fecha: 2026.04.28
14:33:03 -05'00'
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda
FONVIVIENDA
Rosa Elena Espitia Riaño Directora Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social Laura Marcela Sanguino Gutiérrez Subdirectora Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural
Raúl Gaitán García Contratista Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural
Julián Vásquez Cargo. Contratisa CDVD 38-2026 Oficina. FNV Andrei Alexander Suárez Moreno Contratista Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural
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