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MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolución 0396 de 2026

Ministerio de Vivienda

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Título
MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolución 0396 de 2026
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2026

Página 1 de 6

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

RESOLUCIÓN NÚMERO

“Por la cual se asignan cincuenta y cuatro (54) subsidios familiares de vivienda de los cuales treinta y siete (37) corresponden a subsidios familiares de vivienda y diecisiete (17) subsidios con aplicación concurrente a hogares que fueron preasignados en el marco de la Resolución 101 del 16 de febrero de 2024, en el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social “Mi Casa Ya”

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en las secciones 1 y 2 del capítulo 4 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional.”

es función del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional.”

Que en el capítulo 4 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto nro. 1077 de 2015 se incorporó el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social “Mi Casa Ya”, modificado por el Decreto nro. 490 de 2023, con el objetivo de facilitar la adquisición de una solución de vivienda de interés social ubicada en suelo rural o urbano para aquellas familias que cuenten con una clasificación de Sisbén IV entre A1 y D20 y que cumplan con los demás requisitos del programa, a través de un subsidio familiar de vivienda.

Que el inciso segundo del artículo 6 de la Ley 3 de 1991, modificado por el artículo 28 de la Ley 1469 de 2011, establece que la cuantía del subsidio será determinada por el Gobierno nacional, de acuerdo con los recursos disponibles, el valor final de la solución de vivienda y las condiciones socioeconómicas de los beneficiarios, en cuya postulación se dará un tratamiento preferente a las mujeres cabeza de familia de los estratos más pobres de la población, a las trabajadoras del sector informal y a las madres comunitarias.

Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.1.1.4.1.1.1 del Decreto nro. 1077 de 2015, el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda suscribió con Fiduciaria de Occidente S.A., actualmente Aval Fiduciaria S.A., el Contrato de fiducia mercantil de

2015, el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda suscribió con Fiduciaria de Occidente S.A., actualmente Aval Fiduciaria S.A., el Contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 421 del 21 de mayo de 2015 en la radicación interna de 0396 DEL 08 MAYO 2026Página 2 de 6

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Resolución No.

“Por la cual se asignan cincuenta y cuatro (54) subsidios familiares de vivienda de los cuales treinta y siete (37) corresponden a subsidios familiares de vivienda y diecisiete (17) subsidios con aplicación concurrente a hogares que fueron preasignados en el marco de la Resolución 101 del 16 de febrero de 2024, en el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social “Mi Casa Ya”

Fonvivienda, radicado ante la Superintendencia Financiera de Colombia con el número 314688, por medio del cual se realiza la administración de los recursos para el desarrollo del Programa “Mi Casa Ya”, a través del patrimonio autónomo constituido.

Que la subsección 2 de la sección 1 del cap ítulo 4 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 instituye los beneficios para los hogares objeto del Programa “Mi Casa Ya”, y en la subsección 3 de la sección 1 del capítulo 4 del título

2 del Decreto 1077 de 2015 instituye los beneficios para los hogares objeto del Programa “Mi Casa Ya”, y en la subsección 3 de la sección 1 del capítulo 4 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del citado decreto se establecen las condiciones y requisitos de los hogares para ser beneficiarios del Programa “Mi Casa Ya”.

Que, a través de la Resolución nro. 0101 de 2024, se reglamentó el esquema de preasignación para los hogares más vulnerables que deseen adquirir vivienda nueva de interés prioritario, realizando la reserva de un cupo para posteriormente realizar el proceso para la asignación del subsidio familiar de vivienda en la vigencia en la cual se proyecta la entrega del inmueble.

Que el artículo 2.1.1.1.1.1 .2 del Decreto nro. 1077 de 2015 incorpora la definición de la concurrencia del subsidio familiar de vivienda y de los recursos complementarios al subsidio para la adquisición de vivienda.

Que el artículo 2.1.1.8.1 del Decreto nro. 1077 de 2015 habilita la aplicación concurrente de los subsidios familiares de vivienda otorgados por el Gobierno nacional, a través de Fonvivienda o quien haga sus veces, con los subsidios familiares de vivienda otorgados por las Cajas de Compensación Familiar, para las postulaciones al subsidio familiar de vivienda destinado a la adquisición de vivienda nueva.

Que, mediante correo electrónico de fecha 08 de mayo de 2026, los colaboradores que cuentan con el usuario del aplicativo de TransUnion informan a la Subdirectora del Subsidio Familiar de Vivienda sobre los hogares que surtieron el procedimiento

Que, mediante correo electrónico de fecha 08 de mayo de 2026, los colaboradores que cuentan con el usuario del aplicativo de TransUnion informan a la Subdirectora del Subsidio Familiar de Vivienda sobre los hogares que surtieron el procedimiento contenido en los anexos 1 y 2 de la Resolución 0101 de 2024 y se encuentran en estado “Por asignar”, según la consulta realizada en el aplicativo de TransUnion, con corte al 08 de mayo de 2026.

Que los hogares en mención, que surtieron el procedimiento contenido en el anexo 2 de la Resolución 0101 de 2024 , correspondiente al esquema de preasignación, cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.4.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, por lo que mediante el presente acto administrativo se les asigna el subsidio familiar de vivienda en el marco del programa “Mi Casa Ya”.

Que los 54 hogares incluidos como beneficiarios en este acto administrativo aplicarán el subsidio otorgado para la adquisición de vivienda de tipo VIP; 42 están clasificados entre los grupos A, B y C del Sisbén IV, correspondiente a hogares en pobreza extrema, pobreza moderada y vulnerabilidad; 8 subsidios se aplicarán en municipios de categorías 3, 4, 5, 6; 12 hogares cuentan con al menos una integrante víctima del conflicto armado y 2 subsidios se otorgan a mujeres cabeza de hogar.

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PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Resolución No.

“Por la cual se asignan cincuenta y cuatro (54) subsidios familiares de vivienda de los cuales treinta y siete (37) corresponden a subsidios familiares de vivienda y diecisiete (17) subsidios con aplicación concurrente a hogares que fueron preasignados en el marco de la Resolución 101 del 16 de febrero de 2024, en el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social “Mi Casa Ya”

Que el valor total de los recursos asignados como subsidio familiar de vivienda, destinados a la solución de vivienda de los hogares que cumplieron los requisitos establecidos en el Decreto nro. 1077 del 2015, y que se individualizan a través de la presente resolución, asciende a la suma de DOS MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS PESOS ($ 2.417.387.700) M/CTE.

Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal ni requiere expedición de certificados de disponibilidad presupuestal, y los desembolsos correspondientes a los subsidios asignados en el presente acto administrativo se efectúan con cargo a los recursos incorporados en el Fideicomiso - Programa de

expedición de certificados de disponibilidad presupuestal, y los desembolsos correspondientes a los subsidios asignados en el presente acto administrativo se efectúan con cargo a los recursos incorporados en el Fideicomiso - Programa de promoción de acceso a la vivienda de interés social “Mi Casa Ya”, constituido en virtud del Contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 421 de 2015, celebrado entre Fiduoccidente actualmente Aval Fiduciaria S.A., y Fonvivienda.

Que los desembolsos se sujetan a las reglas establecidas en la sección 1 del capítulo 4 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto nro. 1077 de 2015.

Que, en uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.4.1.5.3 del Decreto nro. 1077 de 2015, Fonvivienda podrá revisar en cualquier mome nto la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Asignar treinta y siete (37) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – “Mi Casa Ya”, por un valor total de MIL OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES

SEISCIENTOS VEINTIOCHO MIL CIEN PESOS ($ 1.828.628.100) M/CTE, a los

hogares que se relacionan a continuación:

Nro. ID. Hogar Departamento Municipio Cédula Nombres Apellidos Valor SFV Entidad financiera 1 1463198 ATLANTICO BARRANQUILLA 1045714806 MELISA DEL

hogares que se relacionan a continuación:

Nro. ID. Hogar Departamento Municipio Cédula Nombres Apellidos Valor SFV Entidad financiera 1 1463198 ATLANTICO BARRANQUILLA 1045714806 MELISA DEL CARMEN CERA BURGOS $ 52.527.150 BANCOLOMBIA 2 1466345 ATLANTICO BARRANQUILLA 52407210 MAIROBIS

MARIA RODRIGUEZ POLANCO $ 52.527.150 BANCOLOMBIA 3 1503587 ATLANTICO BARRANQUILLA 1143261328 NESTOR

GUSTAVO

GARCIA MARTINEZ $ 42.705.000 BANCOLOMBIA 4 1507081 ATLANTICO BARRANQUILLA 1140900430 ADRIAN ILIE TELLEZ RODRIGUEZ $ 35.018.100 BANCOLOMBIA 5 1553440 ATLANTICO GALAPA 22502837 LOURDES

MARIA ZARATE MIRANDA $ 35.018.100 BANCOLOMBIA 6 1474722 ATLANTICO SOLEDAD 8509161 JAVIER

ALBERTO

VARGAS

HERRERA $ 52.527.150 BBVA COLOMBIA 7 1564545 ATLANTICO SOLEDAD 1043002741 ONEDIS SARA RIVERA ALVAREZ $ 52.527.150 BANCOLOMBIA

8 1561414 CAUCA PUERTO TEJADA 1059990228 EDWIN SAID RAMOS

MORENO $ 52.527.150 FONDO NACIONAL DE AHORRO 9 1569762 CAUCA PUERTO TEJADA 1114835942 YURI VANESSA MANCILLA RIOS $ 52.527.150 FONDO NACIONAL

DE AHORRO

1059987456 DAMASO PALOMINO

DE AHORRO 9 1569762 CAUCA PUERTO TEJADA 1114835942 YURI VANESSA MANCILLA RIOS $ 52.527.150 FONDO NACIONAL

DE AHORRO

1059987456 DAMASO PALOMINO ARBOLEDA 10 1508525 NORTE

SANTANDER LOS PATIOS 1005038662 DIANA

CAROLINA

MANCILLA

GOMEZ $ 52.527.150 BBVA COLOMBIA 11 1518258 SANTANDER FLORIDABLANCA 1234340953 YUDI TATIANA MEDINA TAVERA $ 52.527.150 BANCOLOMBIA

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PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Resolución No.

“Por la cual se asignan cincuenta y cuatro (54) subsidios familiares de vivienda de los cuales treinta y siete (37) corresponden a subsidios familiares de vivienda y diecisiete (17) subsidios con aplicación concurrente a hogares que fueron preasignados en el marco de la Resolución 101 del 16 de febrero de 2024, en el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social “Mi Casa Ya”

Nro. ID. Hogar Departamento Municipio Cédula Nombres Apellidos Valor SFV Entidad financiera 12 1537765 SANTANDER FLORIDABLANCA 1094044243 ADRIANA

MAYERLY

MARTINEZ

Nro. ID. Hogar Departamento Municipio Cédula Nombres Apellidos Valor SFV Entidad financiera 12 1537765 SANTANDER FLORIDABLANCA 1094044243 ADRIANA

MAYERLY

MARTINEZ

SUAREZ $ 52.527.150 FONDO NACIONAL

DE AHORRO 13 1569764 SANTANDER FLORIDABLANCA 1098637111 ADRIANA

MARCELA ROJAS CAMACHO $ 52.527.150 BANCOLOMBIA 14 1574337 SANTANDER FLORIDABLANCA 1005234482 MAYRA

ALEJANDRA

GUEVARA CESPEDES $ 52.527.150 BBVA COLOMBIA 15 1585746 SANTANDER FLORIDABLANCA 37836696 CARMEN

CECILIA REYES FERRO $ 52.527.150 DAVIVIENDA S.A. 16 1586053 SANTANDER FLORIDABLANCA 1098672825 SONIA STHELLA BERNAL CARDENAS $ 52.527.150 BANCOLOMBIA 17 1555972 SUCRE SINCELEJO 71705408 HERNAN

ALONSO LOPERA MUÑOZ $ 52.527.150 BANCOLOMBIA 18 1557108 SUCRE SINCELEJO 1102824136 ENRIQUE

SALVADOR RAMOS SIERRA $ 52.527.150 BANCOLOMBIA 19 1561425 SUCRE SINCELEJO 92510430 JULIO ENRIQUE MENDOZA GONZALEZ $ 52.527.150 BANCOLOMBIA 26035649 NORALBA DIAZ MARTINEZ 20 1565275 SUCRE SINCELEJO 1013675844 ROMARIO DE JESUS

PETANO

GONZALEZ $ 52.527.150 BANCOLOMBIA 26035649 NORALBA DIAZ MARTINEZ 20 1565275 SUCRE SINCELEJO 1013675844 ROMARIO DE

JESUS PETANO MENDEZ $ 52.527.150 BANCOLOMBIA 21 1488278 VALLE CALI 1107089150 NORMA

ALEXANDRA

SALINAS

RENGIFO $ 52.527.150 DAVIVIENDA S.A.

22 1498629 VALLE CALI 1003807757 KAREN NATALIA CONDE

RODRIGUEZ $ 35.018.100 DAVIVIENDA S.A.

23 1527312 VALLE EL CERRITO 1065096827 LUZ DARI CHIMUNJA

MAJIN $ 52.527.150 FONDO NACIONAL

DE AHORRO

24 1571399 VALLE EL CERRITO 1005829701 SEBASTIAN MANQUILLO

ARCINIEGAS $ 52.527.150 FONDO NACIONAL

DE AHORRO 25 1577526 VALLE EL CERRITO 1059905294 MONICA

CAROLA BOLAÑOS SALAZAR $ 35.018.100

LA HIPOTECARIA

COMPAÑIA DE

FINANCIAMIENTO

SA

1143954087 LUIS MIGUEL AROCA

VASQUEZ

26 1285384 VALLE GUADALAJARA DE

BUGA 1115067540 JENNY FARIDE LOPEZ ARDILA $ 52.527.150 BANCOLOMBIA

27 1385132 VALLE GUADALAJARA DE

BUGA 1115077424 JUAN CAMILO CARDOZO DELGADO $ 52.527.150 BANCOLOMBIA

28 1387843 VALLE GUADALAJARA DE

27 1385132 VALLE GUADALAJARA DE

BUGA 1115077424 JUAN CAMILO CARDOZO DELGADO $ 52.527.150 BANCOLOMBIA

28 1387843 VALLE GUADALAJARA DE

BUGA 1115085341 LINA MARCELA CEBALLOS

CALLE $ 52.527.150 BANCOLOMBIA

29 1399192 VALLE GUADALAJARA DE

BUGA 94478571 WILMAR CORRALES ROMERO $ 52.527.150 BANCOLOMBIA

30 1407949 VALLE GUADALAJARA DE

BUGA 1006228917 LUISA

FERNANDA ARCE FRANCO $ 52.527.150 BANCOLOMBIA

31 1412360 VALLE GUADALAJARA DE

BUGA 1115068504 ROBINSON AGUDELO DE JESUS $ 52.527.150 BANCOLOMBIA

32 1412380 VALLE GUADALAJARA DE

BUGA 38851439 MARIA

RUBIELA LUNA CASTRO $ 35.018.100 BANCOLOMBIA

33 1417623 VALLE GUADALAJARA DE

BUGA 1115064112 LUZ KATHERINE CUELLAR LUNA $ 35.018.100 BANCOLOMBIA

34 1430506 VALLE GUADALAJARA DE

BUGA 1114452216 WILSON

FERNANDO SEDAS URIBE $ 52.527.150 BANCOLOMBIA

35 1478084 VALLE GUADALAJARA DE

BUGA 1115066950 PAOLA ANDREA JARAMILLO HERNANDEZ $ 52.527.150 BANCOLOMBIA

36 1561569 VALLE GUADALAJARA DE

BUGA 1006428041 JUAN PABLO OSPINA ZANABRIA $ 52.527.150 BANCOLOMBIA

HERNANDEZ $ 52.527.150 BANCOLOMBIA

36 1561569 VALLE GUADALAJARA DE BUGA 1006428041 JUAN PABLO OSPINA ZANABRIA $ 52.527.150 BANCOLOMBIA 37 1584962 VALLE JAMUNDI 1089795085 ELSY CAMACHO

CAJIAO $ 52.527.150 FONDO NACIONAL

DE AHORRO

VALOR TOTAL DE LOS SFV ASIGNADOS $1.828.628.100

Artículo 2. Asignar diecisiete (17) subsidios familiares de vivienda con aplicación concurrente en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social – “Mi Casa Ya”, por un valor total de QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS PESOS ($588.759.600) M/CTE, a los hogares que se relacionan a continuación:

Nro. ID. Hogar Departamento Municipio Cédula Nombres Apellidos Valor SFV Entidad financiera 1 1511916 BOGOTA

DISTRITO CA BOGOTA 79991958 MAURICIO

ALFONSO ARIAS ORTIZ $ 28.470.000 BANCO DE BOGOTA 2 1560609 BOGOTA

DISTRITO CA BOGOTA 1055690213 LUIS

EDUARDO CABALLERO PINEDA $ 35.018.100 BANCOLOMBIA 3 1582549 BOGOTA

DISTRITO CA BOGOTA 1233494840 BRAYAN

ALEXANDER

CARDENAS RODRIGUEZ $ 35.018.100 BANCOLOMBIA

0396 DEL 08 MAYO 2026Página 5 de 6

DISTRITO CA BOGOTA 1233494840 BRAYAN

ALEXANDER

CARDENAS RODRIGUEZ $ 35.018.100 BANCOLOMBIA

0396 DEL 08 MAYO 2026Página 5 de 6

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Resolución No.

“Por la cual se asignan cincuenta y cuatro (54) subsidios familiares de vivienda de los cuales treinta y siete (37) corresponden a subsidios familiares de vivienda y diecisiete (17) subsidios con aplicación concurrente a hogares que fueron preasignados en el marco de la Resolución 101 del 16 de febrero de 2024, en el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social “Mi Casa Ya”

Nro. ID. Hogar Departamento Municipio Cédula Nombres Apellidos Valor SFV Entidad financiera 4 1544716 TOLIMA IBAGUE 1002408230 JUAN DAVID ESTEBAN JURADO $ 35.018.100 BANCOLOMBIA 5 1459802 VALLE CALI 1010131625 DARLY JULIETH ROJAS LEON $ 35.018.100 DAVIVIENDA S.A. 6 1478713 VALLE CALI 1193445496 KAREN

MICHEL

VALENCIA

OROBIO $ 35.018.100 DAVIVIENDA S.A.

7 1485431 VALLE CALI 31969543 LUZ ENED ORTEGA

6 1478713 VALLE CALI 1193445496 KAREN

MICHEL

VALENCIA

OROBIO $ 35.018.100 DAVIVIENDA S.A.

7 1485431 VALLE CALI 31969543 LUZ ENED ORTEGA BERNATE $ 35.018.100 DAVIVIENDA S.A. 8 1494495 VALLE CALI 1143866868 JORGE

HERNEY DELGADO GUADIR $ 35.018.100 BANCOLOMBIA 9 1499457 VALLE CALI 1144177370 KELLY

JOHANA

CASTELLANOS BERMUDEZ $ 35.018.100 DAVIVIENDA S.A. 10 1502483 VALLE CALI 1143868160 NATALIA GIRALDO SANCLEMENTE $ 35.018.100 DAVIVIENDA S.A. 11 1509526 VALLE CALI 1111803092 JOHANA DEL

CARMEN PASUY ANAGUANO $ 35.018.100 BANCOLOMBIA 12 1512532 VALLE CALI 67045600 LEIDY

JOHANNA

SALINAS RENGIFO $ 35.018.100 DAVIVIENDA S.A. 13 1549536 VALLE CALI 1143996600 HERNAN

DAVID ARBOLEDA HERNANDEZ $ 35.018.100 BANCOLOMBIA 14 1568036 VALLE CALI 1114888691 ANGELICA MARIA AMU GRUESO $ 35.018.100 DAVIVIENDA S.A. 15 1526256 VALLE CANDELARIA 1113978353 SERGIO HERRERA OSPINA $ 35.018.100 BANCOLOMBIA

16 1463215 VALLE JAMUNDI 1114732453 JUAN CAMILO CORDOBA

15 1526256 VALLE CANDELARIA 1113978353 SERGIO HERRERA OSPINA $ 35.018.100 BANCOLOMBIA 16 1463215 VALLE JAMUNDI 1114732453 JUAN CAMILO CORDOBA AGREDO $ 35.018.100 BANCOLOMBIA 17 1556677 VALLE JAMUNDI 41120998 LUZ MILA JIMENEZ $ 35.018.100 BBVA COLOMBIA

VALOR TOTAL DE LOS SFV ASIGNADOS $588.759.600

Artículo 3. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en los artículos 1° y 2° de la presente Resolución es de doce (12) meses, contados a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de esta asignación.

Artículo 4. Fonvivienda podrá en cualquier momento verificar la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios, haciendo uso de la facultad establecida en el artículo 2.1.1.4.1.5.3 del Decreto nro. 1077 de 2015.

Artículo 5. El desembolso del subsidio familiar de vivienda asignado a los hogares beneficiarios del Programa “Mi Casa Ya ” relacionados en los artículos 1° y 2° del presente acto administrativo queda condicionado: i) al desembolso del crédito hipotecario o al inicio del contrato de leasing habitacional, lo cual será reportado por la entidad otorgante del mismo a Fonvivienda, y ii) a la disponibilidad de los recursos incorporados en el fideicomiso Programa “Mi Casa Ya ”, constituido mediante el Contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 421 de 2015 suscrito

incorporados en el fideicomiso Programa “Mi Casa Ya ”, constituido mediante el Contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 421 de 2015 suscrito con la Fiduciaria de Occidente S.A., actualmente Aval Fiduciaria S.A.

Artículo 6. En caso de inobservancia de las condiciones y requisitos indicados en el artículo 2.1.1.4.1.3.1, en el parágrafo del artículo 2.1.1.4.1.5.3 y en los artículos 2.1.1.4.1.3.2, 2.1.1.1.13.3, 2.1.1.8.3 del Decreto nro. 1077 de 2015, por parte de los hogares beneficiarios del subsidio familiar de vivienda relacionados en los artículos 1° y 2° de la presente resolución, se declarará la pérdida de ejecutoriedad de que trata el numeral 4 del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).

Artículo 7. Publicar la presente Resolución en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

Artículo 8. La Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda comunicará el presente acto administrativo a los hogares citados en los artículos 1° y 2° de esta Resolución y al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - “Mi Casa Ya”, constituido según el Contrato 0396 DEL 08 MAYO 2026Página 6 de 6

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Resolución No.

“Por la cual se asignan cincuenta y cuatro (54) subsidios familiares de vivienda de los cuales treinta y siete (37) corresponden a subsidios familiares de vivienda y diecisiete (17) subsidios con aplicación concurrente a hogares que fueron preasignados en el marco de la Resolución 101 del 16 de febrero de 2024, en el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social “Mi Casa Ya”

de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 421 de 2015, suscrito con la Fiduciaria de Occidente S.A., actualmente Aval Fiduciaria S.A.

Artículo 9. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Dada en Bogotá D.C.,

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

ARTURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda

Elaboró: Andrea Peña A.

Contratista Subdirección SFV

Revisó:

Tatiana Castillo Contratista Subdirección SFV

María Fernanda Merlano Contratista Subdirección SFV

Juliana Toro Cadavid Subdirectora Subdirección SFV

Janneth Riaño Contratista Fonvivienda

Subdirección SFV

María Fernanda Merlano Contratista Subdirección SFV

Juliana Toro Cadavid Subdirectora Subdirección SFV

Janneth Riaño Contratista Fonvivienda

Aprobó:

Rosa Elena Espitia Directora DIVIS

0396

DEL 08 MAYO 2026 08 MAYO 2026

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