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MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolución 0432 de 2026

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA FONVIVIENDA - Resolución 0432 de 2026
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2026

Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 1 de 2

RESOLUCIÓN NÚMERO 0432 DE 13 MAYO 2026

“Por medio de la cual se acepta Una (1) renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda rural en el municipio de Maripi en el departamento de Boyacá en la modalidad de Mejoramiento De Vivienda en especie rural en el Esquema Asociativo y se modifica parcialmente la resolución de asignación 1196 del 19 de diciembre del 2025”.

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. numeral 8 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Que el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003 establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda "(...) 9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad

Que el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003 establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda "(...) 9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional (...)”. Que en el Capítulo 1 Sección I Titulo 10 Parte I Capítulo I del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio No. 1077 de 2015 se incorporó la política de vivienda rural y los requisitos y condiciones de la asignación del Subsidio Familiar de Vivienda Rural en sus diferentes modalidades. Que, con fundamento en la norma citada, en el Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA, expidió la Resolución Número 1196 del 19 de diciembre del 2025 ‘‘Por la cual se cincuenta y siete (57) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco de la ejecución del Esquema Asociativo de la línea estratégica de mejoramientos de vivienda rural” entre la que se encuentra la asignación del subsidio de la señora ALBA LUCIA SANCHEZ CRUZ identificada con Cedula de Ciudadanía No. 46680450. Que el artículo 2.1.1.7.12. en concordancia con el artículo 2.1.1.1.1.4.2.6 del Decreto Único reglamentario del sector Vivienda 1077 de 2015 establece: “El beneficiario del subsidio de que trata el presente capítulo podrá, antes del inicio de las obras, renunciar voluntariamente al beneficio obtenido, mediante comunicación suscrita por los miembros mayores de edad solicitantes del subsidio.”

subsidio de que trata el presente capítulo podrá, antes del inicio de las obras, renunciar voluntariamente al beneficio obtenido, mediante comunicación suscrita por los miembros mayores de edad solicitantes del subsidio.”

Que una vez verificada la renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda presentada por la señora Alba Lucia Sanchez Cruz a la gobernación de Boyaca mediante oficio de fecha 25 de marzo de 2026 allegada mediante correo electrónico, donde se evidencia el cumplimiento del marco normativo dispuesto en el artículo 2.1.1.7.12. en concordancia con el artículo 2.1.1.1.1.4.2.6 Decreto 1077 de 2015, y asimismo se constató desde al área de pagos que no existió desembolso del subsidio.

Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Aceptar la renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda, otorgado en el marco del “Programa de mejoramiento de vivienda rural bajo el Esquema Asociativo” conFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0432 del 13 MAYO 2026 “Por medio de la cual se acepta Una (1) renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda rural en el municipio de Maripi en el departamento de Boyacá en la modalidad de Mejoramiento De Vivienda en especie rural en el Esquema Asociativo y se modifica parcialmente la resolución de asignación 1196 del 19 de diciembre del 2025”.

municipio de Maripi en el departamento de Boyacá en la modalidad de Mejoramiento De Vivienda en especie rural en el Esquema Asociativo y se modifica parcialmente la resolución de asignación 1196 del 19 de diciembre del 2025”. relación al hogar que se indica a continuación, al verificarse el cumplimiento de lo previsto en el artículo 11 de la Resolución 725 de 2023 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, y en concordancia con el Decreto 1077 de 2015, y según las razones expuestas en la parte motiva del presente acto:

ID. HOGAR N.

RESOLUC

ION

FECHA

DOCUME

NTO DE

IDENTID

AD

NOMBRES

APELLIDOS DEPARTAMEN

TO

MUNICIPIO

VALOR SFVR

328649

1196

19/12/2025

46680450

ALBA LUCIA

SANCHEZ

CRUZ

BOYACÁ

MARIPÍ

$ 23.400.000 Artículo 2. Modificar parcialmente el artículo 1° de la Resolución No. 1196 del 19 de diciembre de 2025, en el sentido de dejar sin efecto la asignación del hogar relacionado en el artículo primero de la presente resolución.

Artículo 3. Los demás acápites y apartes de la Resolución de asignación número 1196 del 19 de diciembre de 2026, expedida por FONVIVIENDA, no sufren modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado.

Artículo 4. La presente resolución será publicada en la página web1 del Ministerio de

1196 del 19 de diciembre de 2026, expedida por FONVIVIENDA, no sufren modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado.

Artículo 4. La presente resolución será publicada en la página web1 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

Artículo.5 La subdirección de subsidios y ejecución de vivienda rural comunicará al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No. 027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARÍA S.A. y al prestador de asistencia técnica y notificará al hogar.

Artículo 6. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los 13 MAYO 2026

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

GALEANO

AVILA

ANDERSON

ARTURO Firmado digitalmente por

GALEANO AVILA

ANDERSON ARTURO

Fecha: 2026.05.12

14:43:26 -05'00'

ARTURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda

FONVIVIENDA

Laura Alejandra Jiménez Acosta Rosa Elena Espitia Riaño Contratista SSEVR Directora Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social

Andrei Suárez Laura Marcela SanguinoGutierrez Contratista SSEVR Subdirectora SSEVR

Eduardo Calderon Contratista pa rural cto 023F-2025 FonviviendaMaripí, Boyacá, 25 de marzo de 2026

Señores

Contratista SSEVR Subdirectora SSEVR

Eduardo Calderon Contratista pa rural cto 023F-2025 FonviviendaMaripí, Boyacá, 25 de marzo de 2026

Señores Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Gobernación de Boyacá Alcaldía Municipal de Maripí - Boyacá

Asunto: Desistimiento voluntario de proyecto de mejoramiento de vivienda

Yo, ALBA SÁNCHEZ CRUZ, mayor de edad, identificada con cédula de ciudadanía No. 46.680.450, por medio de la presente me permito manifestar de manera libre, expresa y voluntaria mi decisión de desistir del proyecto de mejoramiento de vivienda que actualmente es adelantado por las entidades anteriormente mencionadas.

Lo anterior obedece a que, en el lote de mi propiedad, no cuento actualmente con una vivienda construida, razón por la cual no es posible ejecutar intervenciones de mejoramiento en el marco del referido programa.

En ese sentido, manifiesto mi interés de postularme a futuros programas orientados a la construcción de vivienda nueva, los cuales se ajustan a mi situación actual, motivo por el cual formalizo el presente desistimiento.

Agradezco la atención prestada y quedo atenta a cualquier información adicional que se requiera.

Cordialmente,

JAtba Lu.c: ,o 5a<H::"1e2.

ALBA SÁNCHEZ CRUZ e.e. No. 46.680.450

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