MINVIVIENDA - Resolución 0011 de 2026
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0011 de 2026
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2026
LA MINISTRA DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO CONSIDERANDO: Que la Ley 2056 de 2020 "Por la cual se regula la organizacion y el funcionamiento del Sistema General de Regalias", determina que "la distribucidn, objetivos, fines, administracidn, ejecucldn, control, el uso eficiente y la destinacidn de los ingresos provenientes de la explotacidn de los recursos naturales no renovables, precisando las condiciones de participacibn de sus beneficiarios". Que el numeral 11 del articulo 2° de la mencionada ley, establece como objetivos y fines del Sistema General de Regalias: "promover la estructuracidn de proyectos de emprendimiento que de manera progresiva generen fuentes de ocupacion alternativas de la mano de obra local de las zonas donde se desarrollan actlvidades de exploracidn y explotacidn de recursos naturales no renovables". En ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 3° del articulo 59 de la Ley 489 de 1998, numeral 2 del articulo 2 del Decreto ley 3571 de 2011, el articulo 2 de la Ley 1537 de 2012, y Que el articulo 51 de la Constitucion Politica de Colombia reconoce el derecho de todos los ciudadanos a una vivienda digna y dispone que el Estado establecera las condiciones necesarias para hacer efectivo dicho derecho, promoviendo planes de vivienda de interes social, sistemas adecuados de financiacion a largo plazo y formas asociativas para la ejecucion de los programas de vivienda, mandate que se complementa con los dispuesto en el articulo 64 ibidem. Que el articulo 2 del Decreto Ley 3571 de 2011, modificado por el articulo 1 del Decreto 1604 de 2020, dispone que son funciones del Ministerio de Vivienda,
se complementa con los dispuesto en el articulo 64 ibidem. Que el articulo 2 del Decreto Ley 3571 de 2011, modificado por el articulo 1 del Decreto 1604 de 2020, dispone que son funciones del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MVCT), entre otras: formular, dirigir y coordinar las politicas, planes, programas y regulaciones en materia de vivienda y financiacion de vivienda urbana y rural, desarrollo urbano, ordenamiento territorial y uso del suelo, en el marco de sus competencias, agua potable y saneamiento basico, asi como los instrumentos normativos para su implementacion. Por la cual se adoptan los terminos de referenda para la ejecucion del plan de convocatorias para la inversion de los recursos del 5% del mayor recaudo, de que trata la Resolucion 40599 del Ministerio de Minas y Energia "Convocatoria de desarrollo em presa ria I para el impulso comunitario en el sector vivienda", y se adoptan otras disposiciones Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Calle 17 # 9 - 36, Bogota D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Pagina 1 de 4 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio RESOLUCION NUMERO0011 DE 0 9 ENE 2026Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Calle 17 # 9 - 36, Bogota D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74 Que el numeral 10 del articulo 5 de la Ley 2056 de 2020, establece como una de las funciones de la Comision Rectora del Sistema General de Regalias la de Adoptar los lineamientos para la financiacidn de los proyectos de emprendimiento
Que el numeral 10 del articulo 5 de la Ley 2056 de 2020, establece como una de las funciones de la Comision Rectora del Sistema General de Regalias la de Adoptar los lineamientos para la financiacidn de los proyectos de emprendimiento y generacidn de empleo con cargo a los recursos del 5% del mayor recaudo del Sistema General de Regalias, los cuales seran definidos por el Gobierno national". Que el mencionado Decreto senala en el articulo 1.2.14.1.4. "Convocatorias Publicas. Las convocatorias publicas son los procesos a traves de los cuales el Ministerio o Departamento Administrativo lider de la convocatoria establecido en el Plan Bienal de Convocatorias, invita a participar a las entidades territoriales que se definan en los terminos de referenda, para concursar por los recursos del 5% del mayor recaudo, con el objeto de conformar, a traves de un proceso de evaluation integral, un listado de propuestas de proyectos de inversion que se encuentren en fase III." Que en el referido Decreto, en el articulo 1.2.14.2.1., se establecen las reglas para el ciclo de los proyectos de inversion financiados con cargo al 5% del mayor recaudo, entre las cuales se incluye: Que mediante Acuerdo 13 de 2025, proferido por la Comision Rectora del Sistema General de Regalias, adopto lineamientos para la financiacidn de proyectos de c. La priorizacidn y a pro ba cion de los proyectos de inversion y la designation de la entidad publica ejecutora estara a cargo del Ministerio o Departamento Administrativo lider de la convocatoria. La priorizacidn de los proyectos de inversion para la a pro ba cion por parte del Ministerio o Departamento Administrativo lider de la convocatoria, se realizara sobre el conjunto de
Administrativo lider de la convocatoria. La priorizacidn de los proyectos de inversion para la a pro ba cion por parte del Ministerio o Departamento Administrativo lider de la convocatoria, se realizara sobre el conjunto de proyectos viabilizados y registrados con forme a Io dispuesto en el literal b) del presente articulo, y respetara el orden de elegibilidad de acuerdo con el puntaje obtenido en la evaluation tecnica de la convocatoria y los recursos disponibles para su aprobacidn. La emisidn del concepto de viabilidad de los proyectos tipo requerira el aval de uso expedido por el Departamento National de Planeacidn. Que mediante Decreto 1610 de 2024, se adiciond el Decreto 1821 de 2020, Decreto Unico Reglamentario del Sistema General de Regalias, estableciendo los lineamientos para la distribucidn y financiacidn de proyectos de inversion con cargo a los recursos del 5% del mayor recaudo del Sistema General de Regalias y se dictan otras disposiciones. b. La emisidn del concepto de viabilidad estara a cargo de! Ministerio o Departamento Administrativo lider de la convocatoria y debera realizarse para los proyectos presentados de conformidad al literal a) del presente articulo, en un plazo maximo de tres (3) meses contados a partir de la fecha limite para la presentation de los proyectos de la que trata el literal a) del presente articulo.
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Pagina 2 de 4 k )• T a Ministerio de Q (J J |Vivienda-c-d±vTerritorio o9 ENE 2026 Por la cual se adoptan los terminos de referencia para la ejecucidn del plan de convocatorias para la inversion de los recursos del 5% del mayor recaudo, de que trata I
a Ministerio de Q (J J |Vivienda-c-d±vTerritorio o9 ENE 2026 Por la cual se adoptan los terminos de referencia para la ejecucidn del plan de convocatorias para la inversion de los recursos del 5% del mayor recaudo, de que trata I Resolucion 40599 del Ministerio de Minas y Energia "Convocatoria de desarrollo empresarial para el impulso comunitario en el sector vivienda", y se adoptan otras disposicionesEn merito de Io expuesto,
RESUELVE:
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Calle 17 # 9 - 36, Bogota D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74 Que el articulo 4.6.3 del Acuerdo establece, entre las lineas para la inversion de los recursos del 5% del mayor recaudo, que deben ser tenidas en cuenta para la elaboracion del plan bienal de convocatorias: "d) Desarrollo empresarial: V. Proyectos de inversion que fomenten el desarrollo empresarial comunitario para la provision y/o mejoramiento de las condiciones habitacionales urban as y ru rales”. inversion con cargo a los recursos del 5% del mayor recaudo del Sistema General del Regalias y dicto otras disposiciones. Que el Ministerio de Minas y Energia mediante Resolucion No. 40599 de 2025, adopto el plan de convocatorias para la inversion de los recursos del 5% del mayor recaudo incorporados en el presupuesto del Sistema General de Regalias para el bienio 2025-2026, indicando el objeto y alcance territorial de la "Convocatoria de desarrollo empresarial para el impulso comunitario en el sector vivienda". Articulo 1. Objeto: Adoptar los Terminos de Referenda que determinan las reglas, las condiciones de participacion y los criterios de seleccion para la
desarrollo empresarial para el impulso comunitario en el sector vivienda". Articulo 1. Objeto: Adoptar los Terminos de Referenda que determinan las reglas, las condiciones de participacion y los criterios de seleccion para la conformacion del listado de propuestas de proyectos elegibles, en el marco de la linea: "Desarrollo Empresarial para el impulso comunitario en el sector vivienda”, establecida en el Plan de Convocatorias con cargo a los recursos del 5% del mayor recaudo del Sistema General de Regalias, y sus respectivos anexos, los cuales hacen parte integral de la presente Resolucion.
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Pagina 3 de 4 I ) T Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio0011 „v,enQa.v^y.errranO 2026 Por la cual se adoptan los terminos de referencia para la ejecucion del plan de convocatorias para la inversion de los recursos del 5% del mayor recaudo, de que trata I Resolucion 40599 del Ministerio de Minas y Energia "Convocatoria de desarrollo empresarial para el impulso comunitario en el sector vivienda", y se adoptan otras disposiciones Que, mediante el presente acto administrative, es necesario definir el procedimiento para la presentacion y evaluacion de las iniciativas del sector vivienda, susceptibles de ser financiadas con recursos del 5% del mayor recaudo, estableciendo los procedimientos para la priorizacion y aprobacion de los proyectos, garantizando la coordinacion entre las dependencias del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que se cumplieron las formalidades previstas en los numerales 3 y 8 del articulo 8 del Codigo de Procedimiento Administrative y de Io Contencioso Administrativo,
proyectos, garantizando la coordinacion entre las dependencias del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que se cumplieron las formalidades previstas en los numerales 3 y 8 del articulo 8 del Codigo de Procedimiento Administrative y de Io Contencioso Administrativo, y las sehaladas en el articulo 2.1.2.1.14 del Decreto 1081 de 2015. Articulo 2. Viabilidad de los proyectos. La viabilidad de los proyectos estara a cargo de la Direccion de Vivienda Rural del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. La Direccion de Inversiones en Vivienda de Interes Social brindara apoyo en el tramite de viabilidad, cuando el proyecto contemple soluciones urbanas.0011 o 9 ENE 2026
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Anexos: Aprobd: $ b
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Calle 17 # 9 - 36, Bogota D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74 Articulo 3. Vigencia. La presente Resolucion rige a partir del dia siguiente al de su publicacion en el Diario Oficial Anexo 1. Terminos de referencia para la aprobacion de proyectos: "desarrollo empresarial para el impulso comunitario en el sector vivienda" y sus respectivos anexos. 1. 2. Viceministro (a) de Vivienda, Ciudad y Territorio o su delegado. Director (a) de Inversiones en Vivienda de Interes Social.
3. Director (a) de Vivienda Rural.
Articulo 3. Priorizacion, aprobacion y designacion de la entidad ejecutora. Los proyectos que resulten viabilizados podran ser priorizados y aprobados a traves de una instancia de aprobacion compuesta por: Por la cual se adoptan los terminos de referencia para la ejecucion del plan de
Los proyectos que resulten viabilizados podran ser priorizados y aprobados a traves de una instancia de aprobacion compuesta por: Por la cual se adoptan los terminos de referencia para la ejecucion del plan de convocatorias para la inversion de los recursos del 5% del mayor recaudo, de que trata I Resolucion 40599 del Ministerio de Minas y Energia "Convocatoria de desarrollo empresarial para el impulso comunitario en el sector vivienda", y se adoptan otras disposiciones
HELGA MAFIA RIVAS ARDILA
Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio
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Elabord: Estefany Lucia Garcia Oviedo
Contratista Subdlreccidn de Polltica y Apoyo Tdcnico kJr • Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Adriana Alvarez Contratista Subdireccldn de Polltica y Apoyo Tdcnico Dada en Bogota, D.C., a los 0 9 ENE 2026
Revlsd: Rodrigo Andrds Bernal Montero ,
Jefe Oficina Asesora Jurldica (E) Marla Fernanda Cepeda G. Contratista Subdireccldn de Polltica y Apoyo Tdcnlco Ricardo Andris Cdrdonas R. '0r, Contratista Subdireccldn de Polltica y Apoyo Tdcnlco Esta instancia sera responsable de designer la entidad de reconocida idoneidad, capacidad y experiencia probada que actuara como ejecutora del proyecto. La instancia tendra sesiones para deliberar y los resultados de sus decisiones se adoptaran mediante acto administrative motivado que sera publicado en el Sistema Unificado de Inversion y Finanzas Publicas del Sistema General de RegaliasSUIFP SGR. Marlsella Calpa Gdmez
instancia tendra sesiones para deliberar y los resultados de sus decisiones se adoptaran mediante acto administrative motivado que sera publicado en el Sistema Unificado de Inversion y Finanzas Publicas del Sistema General de RegaliasSUIFP SGR. Marlsella Calpa Gdmez Directora Direccidn de Vivienda Rural Magaly Gala Rodriguez/ '/)/) Jefe de Despacho / ' Aydee Marqueza Marsiglia Bello Viceministra de Vivienda Li.
MABQua—• —PLAN DE CONVOCATORIAS PARA LA FINANCIACION DE PROYECTOS DE INVERSION CON CARGO A LOS RECURSOS DEL 5% DEL MAYOR RECAUDO
SISTEMA GENERAL DE REGALIAS
TERMINOS DE REFERENCIA PARA LA APROBACION DE PROYECTOS:
"DESARROLLO EMPRESARIAL PARA EL IMPULSO COMUNITARIO EN EL
SECTOR VIVIENDA"
MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO
SISTEMA GENERAL DE REGALIAS
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Pagina 1 de 20 0011 0 9 ENE 2026 '9 Ministerio de Vivienda, Ciudad y TerritorioftMJ Tabla de contenido
1. PRESENTACION 4 52.OBJETO 2.1 ALCANCE 5
5 5
4.1 TIRO DE MEJORAMIENTO Y VALOR 6
5.DURACION Y FINANCIACION 7
6.REGLAS PARA LA PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS 8 9 8.COMPONENTE FORTALECIMIENTO COMUNITARIO 11
9. FOCALIZACION 11
10. CONCORDANCIA CON EL PLAN BIENAL DE CONVOCATORIAS 12
12. PROCEDIMIENTO DE EVALUACION 15
13. LISTADO DE ELEGIBLES 15
14. CRITERIOS DE DESEMPATE 16
15. PUBLICACION DEL LISTADO DE ELEGIBLES Y ACLARACIONES16
16.1 PRESENTACION Y VIABILIDAD 17
17. CRONOGRAMA 19
18. MODIFICACIONES 19
19. ANEXOS 19
20. ACEPTACION DE TERMINOS Y VERACIDAD 20
16.2 PRIORIZACION, APROBACION Y DESIGNACION DEL EJECUTOR
18
3. ACTORES A LOS QUE SE DIRIGE LA CONVOCATORIA
4. LINEA DE INVERSION............................................................. 7.DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA PRESENTACION DE LA PROPUESTA............................................................................................................
16. PRESENTACION, VIABILIDAD, PRIORIZACION Y APROBACION DE PROYECTOS....................................................................................................17
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11. CRITERIOS DE EVALUACION Y SELECCION DE LAS PROPUESTAS
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Regina 2 de 20 Ministerio de
Vivienda, Ciudad y Territorio0011 0 9 ENE 2026 .8 14 14 19 Indice de tablas Tabla 1 Mejoramientos por deficit habitacional................................................................................ Tabla 2 Criterios de evaluacion general (Fuente: Decreto 1610 de 2024.).................................. Tabla 3 Criterios de evaluacion sectorial (Fuente: Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio) Tabla 4 Cronograma de ejecucion (Fuente: Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio)........... Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Calle 17 # 9 - 36, Bogota D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Pdgina 3 de 20 Ministerio de Vivienda. Ciudad y Territorio1. PRESENTACION El Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2022-2026, Colombia Potencia Mundial de la Vida, en Io relacionado con la politica de habitat integral, establece que el Gobierno Nacional implementara programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construccidn en sitio propio y el acceso a credito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusion de la poblacidn, en el marco del catalizador "Convergencia regional" y, de manera particular, del eje "3. Territories mas humanos: habitat integral". Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Calle 17 # 9 - 36, Bogota D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Pagina 4 de 20 0011 0 9 ENE 2026 V Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Asimismo, los presentes terminos de referenda se enmarcan en la Resolucion No. 40599 de 2025 del Ministerio de Minas y Energia: "Por la cual se establece el plan de convocatorias para la inversion de los recursos del 5% del mayor recaudo incorporados en el presupuesto del Sistema General de Regalias para el bienio 20252026", la cual destina recursos para financiar proyectos de mejoramiento de vivienda urbana y rural, priorizando los municipios donde se presente una disminucion en el volumen de actividades de explotacion de los recursos naturales no renovables. En este marco, se incluyo el "Desarrollo Empresarial para el impulso comunitario en el sector vivienda", con el proposito de dinamizar economicamente los territorios y aumentar el empleo de obra local a traves del desarrollo de programas de mejoramiento de vivienda urbanos y rurales en el esquema de mejoramiento comunitario. ' Por el cual se adiciona el Decreto 1821 de 2020, Decreto Unico Reglamentario del Sistema General de Regalias, estableciendo los lineamientos para la distribucion y fmanciacion de proyectos de inversion con cargo a los recursos del 5% del mayor recaudo del Sistema General de Regalias y se dictan otras disposiciones. 2 Por la cual se regula la organizacibn y el funcionamiento del Sistema General de Regalias. El Decreto 1610 de 20241 establece los lineamientos para la distribucion y financiacion de proyectos de inversion con cargo a los recursos del 5% del mayor recaudo del Sistema General de Regalias, priorizando la financiacion de proyectos de
El Decreto 1610 de 20241 establece los lineamientos para la distribucion y financiacion de proyectos de inversion con cargo a los recursos del 5% del mayor recaudo del Sistema General de Regalias, priorizando la financiacion de proyectos de emprendimiento rural, proyectos dirigidos a aumentar la productividad, la competitividad, el desarrollo empresarial y la generacion de empleo en el sector agropecuario rural, vias terciarias y energia electrica, y el emprendimiento femenino. Esto con el objetivo de que, de manera progresiva, se de la ocupacion de la mano de obra local en actividades economicas diferentes a la explotacion de recursos naturales no renovables, de acuerdo con Io establecido en el articulo 24 de la Ley 2056 de
20202.2. OBJETO
2.1 ALCANCE
4. LINEA DE INVERSION Los proyectos presentados deberan abordar la linea tematica "Desarrollo Empresarial para el impulso comunitario en el sector vivienda". Para ello, deberan proponerse soluciones de vivienda en la modalidad de mejoramiento, de acuerdo con los parametros que se desarrollan a continuacion.
Desarrollar el proceso de seleccion objetivo y condiciones de elegibilidad de las iniciativas de las entidades territoriales que desarrollen actividades de explotacion de los recursos naturales no renovables, asi como, la viabilidad, priorizacion y aprobacion de los proyectos para mejoramiento de vivienda, en el marco de la linea: "Desarrollo Empresarial para el impulso comunitario en el sector vivienda", establecida en el Plan de Convocatorias con cargo a los recursos del 5% del mayor recaudo del Sistema General de Regalias. El presente documento tiene como fin establecer las condiciones objetivas de participacion y los criterios de calificacion para la seleccion de las propuestas y proyectos de mejoramiento de vivienda susceptibles de ser financiados con cargo al
General de Regalias. El presente documento tiene como fin establecer las condiciones objetivas de participacion y los criterios de calificacion para la seleccion de las propuestas y proyectos de mejoramiento de vivienda susceptibles de ser financiados con cargo al 5% del mayor recaudo del Sistema General de Regalias que sean presentados en fase III, de conformidad con el articulo 1.2.14.1.4 del Decreto 1821 de 2020 y demas normas concordantes. Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Calle 17 # 9 - 36, Bogota D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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P^gina 5 de 20 oI Ministerio de Vivienda. Ciudad y Territorio 0011 0 9 ENE 2026
3. ACTORES A LOS QUE SE DIRIGE LA CONVOCATORIA Esta dirigida a las entidades que desarrollen actividades de explotacion de los recursos naturales no renovables, interesadas en participar en la asignacion de los recursos del 5% del mayor recaudo del Sistema General de Regalias, para desarrollar proyectos encaminados al "Desarrollo Empresarial para el impulso comunitario en el sector vivienda", de conformidad con la Resolucidn No. 40599 de 2025 del Ministerio de Minas y Energia, "Por la cual se establece el plan de convocatorias para la inversion de los recursos del 5% del mayor recaudo incorporados en el presupuesto del Sistema General de Regalias para el bienio 2025-2026".
Asimismo, los presentes terminos de referencia desarrollan las etapas de presentacion, viabilidad, priorizacion y aprobacion de los proyectos de inversion.4.1 TIRO DE MEJORAMIENTO Y VALOR
General de Regalias para el bienio 2025-2026". Asimismo, los presentes terminos de referencia desarrollan las etapas de presentacion, viabilidad, priorizacion y aprobacion de los proyectos de inversion.4.1 TIRO DE MEJORAMIENTO Y VALOR El proyecto que se presente debera incluir todos los costos asociados al desarrollo del mejoramiento de vivienda, entre los cuales se encuentran: De conformidad con Io establecido en el articulo 2.1.1.7.4 del Decreto 1077 de 2015 (modificado por el Decreto 0413 de 2025), los tipos de intervenciones que se podran aplicar en la presente convocatoria son los siguientes:
B. Servicios publicos: Viviendas que requieren intervencion que provisione y/o mejore el acceso a agua y saneamiento basico que permita mejorar las redes y conexiones intradomiciliarias, almacenamiento y/o recoleccion de aguas lluvias, areas de aseo, disposicion, sustitucion y/o actualizacion de aparatos sanitarios y otros asociados a la provision de servicios publicos, asi como las mejoras que permitan un uso eficiente de recursos o la instalacion de esquemas no convencionales. Estas intervenciones no requeriran licenciamiento.
Todas las obras que se desarrollen podran contemplar obras orientadas a la eficiencia energetica, recoleccion de aguas lluvias y uso de materiales de bajo impacto ambiental. Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Calle 17 # 9 - 36, Bogota D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio
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Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio
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A. Locativo: Viviendas que solo requieren mejoras locativas y que no requieren licenciamiento. Se incluye cualquier intervencion que tenga como finalidad mantener el inmueble en las debidas condiciones de habitabilidad, corrigiendo deficiencias constructivas y de materiales en pisos, paredes, acabados, cerramientos, mobiliario (sanitario y cocina), y en redes electricas, gas y/o hidrosanitarias, sin afectar la estructura portante, ni las caracteristicas funcionales, formales y/o volumetricas de la vivienda. Ademas, se incluyen las adecuaciones que permitan el uso pleno de los espacios a personas con necesidades especiales de accesibilidad.
Costos directos (materiales, mano de obra, transporte, entre otros). Costos indirectos (administrativos, imprevistos y utilidad). Modelo de acompahamiento social Interventoria y/o apoyo a la supervision Componente comunitario, el cual se desarrolla en el numeral 8 del presente documento. El valor del subsidio familiar de vivienda (SFV) sera de hasta 18 SMMLV en zonas urbanas y de hasta 22 SMMLV en zonas rurales.5. DURACION Y FINANCIACION • Plazo de ejecucion: el termino de la ejecucion de los proyectos sera de hasta 24 meses. El valor del SFV sera de hasta 22 SMMLV en zonas urbanas y de hasta 22 SMLMV en zonas rurales. Nota 1: El valor del subsidio familiar de vivienda rural (SFVR) para mejoramiento de
24 meses. El valor del SFV sera de hasta 22 SMMLV en zonas urbanas y de hasta 22 SMLMV en zonas rurales. Nota 1: El valor del subsidio familiar de vivienda rural (SFVR) para mejoramiento de vivienda rural podra tener un incremento, por una sola vez, para cubrir el costo variable de transporte en zonas de dificil acceso entre uno (1) y ocho (8) SMMLV, atendiendo a criterios que establezca el estructurador del proyecto. Todas las obras que se desarrollen podran contemplar obras orientadas a la eficiencia energetica, recoleccion de aguas lluvias y uso de materiales de bajo impacto ambiental. Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Calle 17 # 9 - 36, Bogota D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Pagina 7 de 20 0011 0 9 ENE 2026t) t Ministerio de Vivienda, Ciudad y Terr itorio El valor del SFV sera de hasta 10 SMMLV en zonas urbanas y de hasta 22 SMMLV en zonas rurales.
C. Modular: Viviendas que, debido a las caracteristicas espaciales, requieren ampliacion o conformacion de una unidad habitacional o de servicios, a traves de modules y/o construccion progresiva de los espacios que permitan mejorar la habitabilidad de la vivienda.
Nota 2: Los costos asociados al componente comunitario: fortalecimiento comunitario y proceso constructivo, deben ser incluidos en el presupuesto; no obstante, estos no forman parte del valor del Subsidio Familiar de Vivienda (urbano y/o rural). Todas las obras que se desarrollen podran contemplar intervenciones
comunitario y proceso constructivo, deben ser incluidos en el presupuesto; no obstante, estos no forman parte del valor del Subsidio Familiar de Vivienda (urbano y/o rural). Todas las obras que se desarrollen podran contemplar intervenciones orientadas a la eficiencia energetica, recoleccion de aguas lluvias y uso de materiales de bajo impacto ambiental. Nota 3: El valor del subsidio familiar de vivienda incluye todos los costos directos e indirectos del proyecto (obras; interventoria; apoyo a la supervision; acompanamiento social).6. REGLAS PARA LA PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS Regia No. 2 La propuesta debe incluir que el proyecto a presentar cuente como minimo con el 90% del numero de mejoramientos en la zona rural donde se va a desarrollar, asi como el compromise de contratar mano de obra de la zona e incorporar un enfoque comunitario. Regia No. 1 Verificar que la propuesta se localice en el (los) municipio(s) habilitados de conformidad con la Resolucion No. 40599 de 2025 del Ministerio de Minas y Energia "Por la cual se establece el plan de convocatorias para la inversion de los recursos del 5% del mayor recaudo incorporados en el presupuesto del Sistema General de Regalias para el bienio 2025-2026". Cada municipio podra postularse a maximo dos convocatorias sectoriales, de acuerdo con Io senalado en la misma resolucion. Las propuestas deberan cumplir con las siguientes reglas para continuar con el tramite de calificacion y elegibilidad. Nota 1: El numero de mejoramientos en ningun caso podra superar el numero de hogares en deficit cualitativo. Deficit habitacional cualitativo del area total Numero de mejoramientos por propuesta Entre 0% y 30,99 Hasta 100
Nota 1: El numero de mejoramientos en ningun caso podra superar el numero de hogares en deficit cualitativo. Deficit habitacional cualitativo del area total Numero de mejoramientos por propuesta Entre 0% y 30,99 Hasta 100 Entre 31,00 y 49,99 Hasta 200 Entre 50,00 % y 100% Hasta 300 Tabla 1 Mejoramientos por deficit habitacional VJI Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Calle 17 # 9 - 36, Bogota D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Financiacibn: para la presente convocatoria se asigna un monto de CIENTO
TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO CON VEINTE CENTAVOS ($103,737,639,774,20), provenientes de los recursos del 5% de mayor recaudo del Sistema General de Regalias, bienio 2025-2026, acorde con el Decreto 1610 de 2024 y la Resolucion No. 40599 de 2025 del Ministerio de Minas y Energia: "Por la cual se establece el plan de convocatorias para la inversion de los recursos del 5% del mayor recaudo incorporados en el presupuesto del Sistema General de Regalias para el bienio 2025-2026". Regia No. 3 Las propuestas se podran presentar por municipio o grupo de municipios con una distribucion de conformidad con la siguiente tabla: 0011 0 9 ENE 2026PRESENTACIONREQUERIDOS LA DE LAPARA Regia No. 4
Regia No. 3 Las propuestas se podran presentar por municipio o grupo de municipios con una distribucion de conformidad con la siguiente tabla: 0011 0 9 ENE 2026PRESENTACIONREQUERIDOS LA DE LAPARA Regia No. 4 Los municipios que presenter) iniciativas de manera individual o agrupada con otros municipios deberan acreditar que en cada uno de los planes de desarrollo municipales se encuentre incluido el componente de inversion relacionado con acceso a soluciones de vivienda. Regia No
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