MINVIVIENDA - Resolución 0154 de 2026
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0154 de 2026
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2026
Página 1 de 3 Fondo Nacional de Vivienda Versión:10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025 Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
RESOLUCIÓN NÚMERO “Por la cual se acepta una (1) renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda otorgado con recursos de la bolsa para población en situación de desplazamiento” EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA - FONVIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003 y la sección 1, capítulo 4, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 modificado por el Decreto 729 de 2017, y CONSIDERANDO Que, de conformidad con el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Fondo Nacional De Vivienda - Fonvivienda “(…) 9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”. Que, asimismo, de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Que, con fundamento en la norma citada, el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda expidió la resolución 2289 de 2014, mediante la cual se asignaron subsidios familiares de vivienda con recursos de la bolsa para población en situación de desplazamiento. Que el hogar encabezado por la siguiente persona se incluyó como beneficiario del subsidio familiar de vivienda en la resolución precitada: Nro. Nro. Resolución Fecha Cédula Nombre Apellido 1 2289 29/12/2014 43345364 ALEYDA VARGAS VARGAS Que el artículo
encabezado por la siguiente persona se incluyó como beneficiario del subsidio familiar de vivienda en la resolución precitada: Nro. Nro. Resolución Fecha Cédula Nombre Apellido 1 2289 29/12/2014 43345364 ALEYDA VARGAS VARGAS Que el artículo 2.1.1.1.1.4.2.6 del Decreto Único de Vivienda 1077 de 2015 establece: “Renuncia al subsidio. El beneficiario del subsidio podrá, en cualquier momento, renunciar voluntariamente al beneficio obtenido, mediante comunicación suscrita en forma conjunta por los miembros del grupo familiar mayores de edad y la devolución a la entidad otorgante del documento que acredita la asignación del subsidio respectivo. La renuncia oportuna al subsidio implica el derecho a postular nuevamente”. Que, una vez efectuada la verificación en el Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, se evidencia que el subsidio otorgado al hogar ya referido en el presente acto administrativo no ha sido
0154 26 FEBRERO 2026Página 2 de 3 Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025 PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11 Resolución No. del “Por la cual se acepta una (1) renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda otorgado con recursos de la bolsa para población en situación de desplazamiento”
movilizado ni legalizado en ninguna solución habitacional, por tanto, los recursos se encuentran en la cuenta CAP (cuenta de ahorro programado) del Banco Agrario S.A. Que, una vez verificado por la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda, se puede evidenciar que el subsidio al cual se está renunciando no tuvo ningún tipo de avance en ejecución y, por ende, no se realizó pago alguno del mismo. Que el hogar en mención presentó renuncia voluntaria al Subsidio Familiar de Vivienda otorgado por el Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda, por cuanto no harán uso de este: Nro. Nro. Resolución Fecha Cédula Nombre Apellido Valor SFV Radicado de renuncia 1 2289 29/12/2014 43345364 ALEYDA VARGAS VARGAS $ 18.480.000 2026ER0002504 Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Aceptar la renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda otorgado con recursos de la bolsa para población en situación de desplazamiento, presentada por el hogar que se indica a continuación, al verificarse el cumplimiento de lo previsto en el artículo 2.1.1.1.1.4.2.6 del Decreto Único de Vivienda 1077 de 2015 y según las razones expuestas en la parte motiva del presente acto: Nro. Nro. Resolución Fecha Cédula Nombre Apellido Valor SFV Radicado de renuncia 1 2289 29/12/2014 43345364 ALEYDA VARGAS VARGAS $ 18.480.000 2026ER0002504 Artículo 2. Modificar parcialmente la resolución 2289 de 2014, en el sentido de dejar sin efecto la asignación del hogar relacionado en el artículo 1 del presente acto administrativo. Artículo 3. Los demás acápites y apartes de la resolución 2289 de
Artículo 2. Modificar parcialmente la resolución 2289 de 2014, en el sentido de dejar sin efecto la asignación del hogar relacionado en el artículo 1 del presente acto administrativo. Artículo 3. Los demás acápites y apartes de la resolución 2289 de 2014, expedida por el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda, no sufren modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí resuelto. Artículo 4. Actualizar la base de datos del subsidio familiar de vivienda, en el sentido de modificar el estado del hogar citado en el artículo 1 de esta resolución, modificándose de “Asignados” a “Renuncias al subsidio”. Artículo 5. La presente resolución se notificará al grupo de Pagos de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda para realizar la restitución del subsidio otorgado al tesoro nacional. Artículo 6. Publicar el presente acto administrativo en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
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Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
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Resolución No. del “Por la cual se acepta una (1) renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda otorgado con recursos de la bolsa para población en situación de desplazamiento”
Artículo 7. Comunicar esta decisión al hogar citado en el artículo 1 de la presente resolución.
Artículo 8. Contra esta resolución no procede recurso alguno.
Artículo 9. La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación.
Dada en Bogotá, D.C.,
PUBLÍ QUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda
Elaboró:
Ivan Garcia Contratista Contrato Nro. 777 - 2026 Subdirección SFV
Revisó:
Nilson Parodys Contratista Contrato Nro. 049 - 2026 Subdirección de SFV
Andrea Galezo Ospino Contratista DIVIS
Aprobó:
Rosa Elena Espitia Director DIVIS
Juliana Toro Cadavid Subdirectora Subdirección SFV
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Contratista DIVIS
Aprobó:
Rosa Elena Espitia Director DIVIS
Juliana Toro Cadavid Subdirectora Subdirección SFV
0154 26 FEBRERO 2026 26 días de febrero de 2026