MINVIVIENDA - Resolución 0191 de 2021
Ministerio de Defensa
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0191 de 2021
- Autor
- Ministerio de Defensa
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2021
RESOLUCIÓN 191 DE 2021
(febrero 3) Diario Oficial No. 51.578 de 4 de febrero de 2021 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Por la cual se adiciona la Resolución número 4519 del 27 de mayo de 2016. EL SEÑOR COMANDANTE GENERAL DE LAS FUERZAS MILITARES ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en particular las que le han sido conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia; artículo 12 de la Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 21 de la Ley 1150 de 2007, artículo 110 del Decreto número 111 de 1996; artículos 9o , 10 , 11 y 12 de la Ley 489 de 1998, y Decreto número 049 de 2003 modificado parcialmente por el Decreto número 4890 de 2011, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución número 4519 del 27 de mayo de 2016, se delegaron unas funciones y competencias relacionadas con la contratación de bienes y servicios con destino al Ministerio de Defensa Nacional, a las Fuerzas Militares y la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones. Que el señor Comandante del Comando Financiero y Presupuestal del Ejército Nacional, mediante oficio radicado número 2020128001759631, solicitó una modificación de la Resolución número 4519 del 27 de mayo de 2016, por la cual se delegaron unas funciones y competencias relacionadas con la contratación, en el sentido de adicionar en el artículo 5o dentro de los delegatarios del Ejército Nacional, una nueva dependencia denominada Central Administrativa y Contable Especializada CENAC Educación de reciente activación. Que el artículo 5o
contratación, en el sentido de adicionar en el artículo 5o dentro de los delegatarios del Ejército Nacional, una nueva dependencia denominada Central Administrativa y Contable Especializada CENAC Educación de reciente activación. Que el artículo 5o de la Ley 489 de 1998 estipula que: “Los organismos administrativos deberán ejercer con exclusividad las potestades y atribuciones inherentes, de manera directa e inmediata, respecto de los asuntos que le hayan sido asignad os expresamente por la ley, ordenanza, el acuerdo o el reglamento ejecutivo”. Igualmente, el artículo 209 de la Constitución Política establece en su segundo inciso que “Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuad o cumplimiento de los fines del Estado”. Que, asimismo, el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, señala que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la citada ley, “... podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias” y “... podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculad os al organismo correspondiente , con el propósito de dar desarrollo a los principio de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente ley” (Subrayas fuera de texto).RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Adiciónese el numeral 5.2 del artículo 5o
de la Resolución número 4519 de 2016, así: “Artículo 5o . SON DELEGATARIOS EN EL EJÉRCITO NACIONAL (...) 5.2. EN RELACIÓN CON SUS FUNCIONES ARTÍCULO 2o. La presente resolución deberá aplicarse de manera integral con las disposiciones contenidas en la Resolución número 4519 de 2016 y las Resoluciones números 5159 de 2017, 134 de 2018, 0267 de 2018 y 1417 de 2018 que la modificaron. ARTÍCULO 3o. LA PRESENTE RESOLUCIÓN DEROGA EL NUMERAL 5.2 DEL ARTÍCULO 5o DE LA RESOLUCIÓN NÚMERO 4519 DEL 27 DE MAYO DE 2016. Las demás estipulaciones de la Resolución número 4519 del 27 de mayo de 2016, modificada por las Resoluciones números 5159 del 18 de julio de 2017, 0134 del 15 de enero de 2018 y 0267 del 19 de enero de 2018, que no hayan sido modificadas o adicionadas expresamente por la presente resolución,continúan vigentes. ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 3 de febrero de 2021. El Ministro de Defensa Nacional (E), GR Luis Fernando Navarro Jiménez. Comandante General de las Fuerzas Militares Encargado de las Funciones del Despacho de Ministro de Defensa Nacional.
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Última actualización: 20 de abril de 2024