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MINVIVIENDA - Resolución 0276 de 2025

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0276 de 2025
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2025

Página 1 de 2

Fondo Nacional de Vivienda Versión:10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

RESOLUCIÓN NÚMERO DE

“Por la cual se acepta una (01) renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda Rural en la modalidad de vivienda nueva en el marco del Programa “Mi Casa en el Campo” EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, Resolución 725 del Ministerio de Vivienda, Ciudad Territorio, y

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Que el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003 establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda "(...) 9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno

Nacional(...)”. Que en el Capítulo 1 Sección I Titulo 10 Parte I Capítulo I del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio No. 1077 de 2015 se incorporó

Nacional(...)”. Que en el Capítulo 1 Sección I Titulo 10 Parte I Capítulo I del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio No. 1077 de 2015 se incorporó la política de vivienda rural y los requisitos y condiciones de la asignación del Subsidio Familiar de Vivienda Rural en sus diferentes modalidades. Que, con fundamento en la norma citada, FONVIVIENDA, expidió la Resolución Número 0301 del 14 de junio de 202 4, mediante el cual se asignaron subsidios familiares de vivienda rurales, entre otros al hogar que se relaciona en la parte resolutiva del presente acto administrativo. Que con posterior asignación el hogar presentó renuncia voluntaria suscrita por todos los miembros mayores de edad ante FONVIVIENDA, mediante radicado 2024ER0178348 del 13 de noviembre del 2024. Que el artículo 11 de la Resolución 725 de 2023 del MVCT, establece: “(…) Artículo 11°. Adiciónese el artículo 14E a la Resolución 0536 de 2020, el cual quedará así:

"ARTÍCULO 14E. RENUNCIA Al SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA RURAL. El beneficiario del subsidio familiar de vivienda rural -SFVR, en cualquiera de sus modalidades, antes de la ejecución material de las obras, podrá renunciar voluntariamente al beneficio obtenido, mediante comunicación suscrita por los miembros del hogar, mayores de edad, solicitantes del subsidio. En caso de que la renuncia sea posterior al inicio de las obras o desembolso del subsidio, el beneficiario deberá restituirlo indexado según el índice de precios al consumidor desde la fecha de asignación." (…)

En caso de que la renuncia sea posterior al inicio de las obras o desembolso del subsidio, el beneficiario deberá restituirlo indexado según el índice de precios al consumidor desde la fecha de asignación." (…) Que el hogar beneficiario que se relaciona en la parte resolutiva del presente acto administrativo presento comunicación escrita y renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda asignado por FONVIVIENDA en el marco del programa “Mi Casa en el Campo”, por cuanto no harán uso del mismo, y se encuentran dentro de los presupuestos y condiciones del artículo 11 de la Resolución No. 725 de 2023 del Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio. Que en mérito de lo expuesto,

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Resolución No. del “Por la cual se acepta una (01) renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda Rural en la modalidad de vivienda nueva en el marco del Programa “Mi Casa en el Campo”

Fondo Nacional de Vivienda Versión:10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

RESUELVE: ARTÍCULO 1º: Aceptar la renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda, otorgado en el marco del programa “Mi Casa en el Campo", con relación al hogar que se indica a continuación, al verificarse el cumplimiento de lo previsto en el artículo 11 de la Resolución No. 725 de 2023 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, y en

marco del programa “Mi Casa en el Campo", con relación al hogar que se indica a continuación, al verificarse el cumplimiento de lo previsto en el artículo 11 de la Resolución No. 725 de 2023 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, y en concordancia con el Decreto 1077 de 2015, y según las razones expuestas en la parte motiva del presente acto:

CONSECUTIVO RESOLUCION FECHA DOCUMENTO

DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS VALOR SFVR

RADICADO O MEDIO

RECIBIDO DE

SOLICITUD

FECHA DE RADICADO 198495 0301 14/06/2024 10485159 JAIR MINA GONZALEZ 91.000.000 2024ER0178348 13/11/2024

ARTÍCULO 2º. - Modificar parcialmente la Resolución Número 0301 del 14 de junio de 202 4, en el sentido de dejar sin efecto la asignación del subsidio familiar de vivienda al hogar relacionado en el artículo primero de la presente Resolución, los demás acápites y apartes de las antes reseñadas no sufren modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado. ARTÍCULO 3º - Notifíquese al hogar antes señalado a través de la Alcaldía de Miraflores -Guaviareen virtud del convenio No. 077 de 2021 suscrito entre el Municipio de Miraflores y FONVIVIENDAel contenido del presente acto administrativo en la forma prevista en el numeral 1° del artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, haciéndole saber que contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno.

en la forma prevista en el numeral 1° del artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, haciéndole saber que contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno. Artículo 4º. La presente Resolución será publicada en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y en el Diario Oficial, comunicada al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No 027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARIA S.A y comunicada al municipio de la referencia. Artículo 5º. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá, D.C., a los

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

ARTURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda FONVIVIENDA

Raúl Gaitán García Contratista SSEVR

Laura Marcela Sanguino Subdirectora SSEVR Andrei Suárez Contratista SSEVR

Tatiana Caamaño Contratista SSEVR

Carolina Monroy Contratista PA

CTO 001F-2025

0276 21 MAYO 2025 21 MAYO 2025

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