MINVIVIENDA - Resolución 0362 de 2025
Ministerio de Vivienda
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0362 de 2025
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2025
Página 1 de 11
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
RESOLUCIÓN NÚMERO
“Mediante la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0216 del 14 de mayo de 2025, “Por la cual se da cumplimiento a unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el departamento de CHOCÓ en la modalidad de vivienda nueva en especie rural”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. numeral 8 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y
CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “3.
Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Que, el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003 establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “(…) Asignar subsidios de vivienda
Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Que, el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003 establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “(…) Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional (…)”. Que, el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 FONVIVIENDA administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los términos del artículo 6 de la Ley 1537 de 2012. Que, en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. numeral 8 del Decreto 1077 de 2015 se establece que FONVIVIENDA es la entidad encargada del otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural. Que, en virtud de lo dispuesto por el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, FONVIVIENDA celebró con la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. – FIDUAGRARIA S.A. el contrato de fiducia mercantil Nro. 027 de 2020, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso – Programa de
S.A. – FIDUAGRARIA S.A. el contrato de fiducia mercantil Nro. 027 de 2020, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso – Programa de Promoción de Vivienda Rural, por medio del cual se realizará la administración de los recursos que transfiera el fideicomitente o que, en general, se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda rural, destinada a la atención de hogares a los que se refiere el Programa de Promoción de Vivienda Rural, de conformidad con las normas que le sean aplicables
0362 DE 19 JUNIO 2025Página 2 de 11
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
Resolución No. del “Mediante la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0216 del 14 de mayo de 2025, “Por la cual se da cumplimiento a unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el departamento de CHOCÓ en la modalidad de vivienda nueva en especie rural”
y de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, y/o los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo. Que, el Decreto 1077 de 2015 conforme a lo estipulado en el artículo 2.1.10.1.1.4.6.
contractuales del Patrimonio Autónomo. Que, el Decreto 1077 de 2015 conforme a lo estipulado en el artículo 2.1.10.1.1.4.6. para la asignación de un subsidio familiar de vivienda, en cumplimiento de sentencias de restitución de tierras establece que: “La Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas o quien haga sus veces, enviará periódicamente al Fondo Nacional de Vivienda el listado de las personas a favor de las cuales se haya emitido sentencia ejecutoriada de restitución de tierras con orden de asignación de subsidio de vivienda rural. “(…) Para efectos de lo anterior, los listados contendrán cómo mínimo:
1. La identificación del hogar postulado al subsidio familiar de vivienda rural.
2. La identificación del predio sobre el cual se aplicará el subsidio familiar de vivienda rural y la modalidad del subsidio por beneficiario.
3. La constatación de que el hogar postulado cuente con el ánimo de asentamiento sobre el predio en el que se aplicará el subsidio familiar de vivienda rural.
Recibidos los listados de postulados, el Fondo Nacional de Vivienda iniciará el proceso de otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural.”. Que, los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, establecen las condiciones para el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural y las restricciones para la postulación y posterior asignación de dicho subsidio. Que, la Resolución No. 0536 del 19 de octubre de 2020 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en su artículo 66 consagra que “en cumplimiento de lo dispuesto
Que, la Resolución No. 0536 del 19 de octubre de 2020 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en su artículo 66 consagra que “en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.1.10.1.1.4.6 del Decreto 1077 de 2015, establézcase como única ruta de atención para hogares restituidos, el listado de personas a favor de las cuales se haya emitido sentencia ejecutoriada de restitución de tierras con orden de asignación de subsidio de vivienda rural, enviado por la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas. (…) Parágrafo: Los listados de hogares del presente artículo serán sujetos de postulación y posterior verificación por parte del Fondo Nacional de Vivienda “Fonvivienda”. Que, FONVIVIENDA suscribió convenio interadministrativo con la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras - UAEGRTD, para la atención al cumplimiento de las órdenes de jueces y magistrados de restitución de tierras el día 1 de octubre de 2021 - Convenio interadministrativo de intercambio de información No 4137 de 2021. Que, la UAEGRTD priorizó a los hogares objeto de atención y cumplimiento de sentencias por parte de la jurisdicción de Restitución de Tierras. Que, FIDUAGRARIA S.A. actuando como vocera y administradora del patrimonio autónomoFideicomiso Programa de Promoción de Vivienda Rural, y en cumplimiento del objeto contractual del contrato de fiducia mercantil No. 027 -2020, adelantó el proceso de selección, de acuerdo con el Manual Operativo, aprobado por el Comité
autónomoFideicomiso Programa de Promoción de Vivienda Rural, y en cumplimiento del objeto contractual del contrato de fiducia mercantil No. 027 -2020, adelantó el proceso de selección, de acuerdo con el Manual Operativo, aprobado por el Comité 0362 19 JUNIO 2025Página 3 de 11
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
Resolución No. del “Mediante la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0216 del 14 de mayo de 2025, “Por la cual se da cumplimiento a unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el departamento de CHOCÓ en la modalidad de vivienda nueva en especie rural”
Fiduciario, con el fin de contratar la “Interventoría técnica, administrativa, financiera, contable, económica, jurídica, de riesgos y seguros para el diagnóstico, estudios y diseños y construcción necesaria para la ejecución de los subsidios familiar de vivienda rural de conformidad con las es pecificaciones establecidas en el presente documento, para la ejecución del PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE VIVIENDA RURAL”, en atención a lo establecido en los numerales 10 y 11 del punto 8.3.1., de dicho manual. Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, se suscribió el contrato de prestación
en atención a lo establecido en los numerales 10 y 11 del punto 8.3.1., de dicho manual. Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, se suscribió el contrato de prestación de servicios de interventoría No. 004F-2021, entre FIDUAGRARIA S.A., como vocera y administradora del patrimonio autónomo fideicomiso – programa de promoción de vivienda rural y la Empresa Nacional Promotora del Desarrollo Territorial, Enterritorio (221014). Que en cumplimiento al artículo 30 de la Resolución No. 0536 de 2020 FONVIVIENDA a través de la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural verificó la información del cumplimiento de requisitos de los hogares postulantes. Que, la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargada de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, con el respectivo control de calidad mediante correos electrónicos 22, 25 de julio, 9,11,19,26 de agosto, 19 de septiembre y 15 de noviembre de 2022. Que, se suscribió contrato de obra Nro. 012F -2023 entre FIDUAGRARIA S.A., como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo Fideicomiso – Programa de Promoción de Vivienda Rural y CONSORCIO CHOCÓ RESTITUCIONES. Que, mediante Acta de inicio suscrita entre FIDUAGRARIA S.A., como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo Fideicomiso –Programa de Promoción de
Promoción de Vivienda Rural y CONSORCIO CHOCÓ RESTITUCIONES. Que, mediante Acta de inicio suscrita entre FIDUAGRARIA S.A., como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo Fideicomiso –Programa de Promoción de Vivienda Rural, el ejecutor y la interventoría se consignó como fecha de inicio 29 de julio de 2022, fijando un plazo de doce (12) meses. Que, mediante otrosí No. 2 al Contrato de Obra No. 012F-2023 celebrado entre la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. FIDUAGRARIA y CONSORCIO CHOCÓ RESTITUCIONES , se amplía el plazo contractual por diez (10) meses otorgados fijando fecha de terminación hasta el 26 de noviembre de 2025. Que, en cumplimiento al artículo 33 de la Resolución No. 0536 de 2020, previo al proceso de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda Rural bajo la modalidad de vivienda nueva por parte de FONVIVIENDA, se desarrolló por parte del contratista ejecutor la etapa de pre -construcción de los hogares habilitados y se presentó el resultado del diagnóstico y verificación de las condiciones de los predios objeto de intervención y los estudios, diseños y presupuesto de las soluciones de vivienda planteadas. Que las actividades de pre -construcción se ejecutaron mediante los mecanismos establecidos en el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, en tal sentido, el interventor mediante correo electrónico de fecha 20 de Diciembre de 2024, informó sobre la aprobación del resultado de las actividades desarrolladas respecto al
el interventor mediante correo electrónico de fecha 20 de Diciembre de 2024, informó sobre la aprobación del resultado de las actividades desarrolladas respecto al diagnóstico integral, detallando el valor, objeto de la asignación, y los hogares que requieren un mayor valor relacionado con el rubro de transporte de materiales a zonas 0362 19 JUNIO 2025Página 4 de 11
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
Resolución No. del “Mediante la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0216 del 14 de mayo de 2025, “Por la cual se da cumplimiento a unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el departamento de CHOCÓ en la modalidad de vivienda nueva en especie rural”
rurales dispersas, teniendo en cuenta la distancia y las condiciones de las vías de acceso. Que derivado de lo anterior, se profirió la Resolución No. 0216 del 14 de mayo de 2025 “Por la cual se da cumplimiento a unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el departamento de CHOCÓ en la modalidad de vivienda nueva en especie rural”
Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el departamento de CHOCÓ en la modalidad de vivienda nueva en especie rural” Que se evidenció que en el cuadro de hogares plasmado en la parte resolutiva se omitió por error el hogar número nueve (9) del listado transcrito en el acto administrativo como se describe a continuación:
# CONSECUTIVO DOCUMENTO
DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO AUTORIDAD
COMPETENTE RADICADO VALOR SFVR
1 202972
1078918148 EVER
HUTADO
OBREGON
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierras 270013121001201500001-01 $ 114.481.000 52866500
NAYIBE RENTERIA
BEJARANO
2 203012
30014060 RUBIELA RENTERIA
MATURANA
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 112.071.500
8424397 CIRIANO RENTERIA
GUEVARA
1078918604 JAMES RENTERIA
RENTERIA
1078919476 ARIHASNY RENTERIA RENTERIA 3 200698 26348235 MARIA
DORIS
RENTERIA
RENTERIA CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial
RENTERIA
1078919476 ARIHASNY RENTERIA RENTERIA 3 200698 26348235 MARIA
DORIS
RENTERIA
RENTERIA CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 112.924.700 4 201442
1003933361 JOSE
DARLINSON
ALVAREZ
RENTERIA
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 118.470.500 1193445868
KARINA
ANDREA
MARTINEZ
GONZALEZ
5 203532
26343829
BENEDITA
MENA
CORDOBA
CHOCO
LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 110.578.400 6 200670
1078918746 SIRLEYDY OBREGON
MENA
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra
2700131210011078918746 SIRLEYDY OBREGON
MENA
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 116.116.300
82140827 FERNELY CUESTA
MORENO
1078917931 FERNANDA CUESTA
OBREGON
1129324646 FERNECY CUESTA
OBREGON
1129325088 BLEINER CUESTA
OBREGON
1078922185 VALERIA CUESTA
OBREGON
7 200705
82140084
BERNABE
GUTIERREZ
ARIAS
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial 270013121001201500001-01 $ 119.260.500 0362 19 JUNIO 2025Página 5 de 11
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
Resolución No. del “Mediante la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0216 del 14 de mayo de 2025, “Por la cual se da cumplimiento a unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el departamento de CHOCÓ en la modalidad de vivienda nueva en especie rural”
se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el departamento de CHOCÓ en la modalidad de vivienda nueva en especie rural”
# CONSECUTIVO DOCUMENTO
DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO AUTORIDAD
COMPETENTE RADICADO VALOR SFVR
1133669779
SIRLADIS
CUESTA
de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 8 201432
11830903 MISAEL ALVAREZ
GARCIA
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 109.693.600
26345589 MARIA AYDE RENTERIA
BORJA
1078917057 JAIVER ALVAREZ
RENTERIA
26345794 MARIA
YARLEIDIS
CUESTA
RENTERIA
1078465044 KEVIN CORREA
CUESTA
1078917725 KEINER CORREA
CUESTA
10 201481
1078917720 ZULLY GARRIDO
RENTERIA
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 109.756.800
1033366229 JOSE DARIO SUAREZ BRAVO 11 203009 1078917000 DIEGO LUIS RENTERIA
Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 109.756.800
1033366229 JOSE DARIO SUAREZ BRAVO 11 203009 1078917000 DIEGO LUIS RENTERIA
RENTERIA CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de Medellín Sala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 110.531.000 12 201450
1004043033
LIGIA
RENTERIA
GUEVARA
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 113.738.400
1078919583 FREYSER RENTERIA
RENTERIA
13 201445
1078917827 CARLOS
ENRIQUE
MOSQUERA
RENTERIA
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de Medellín Sala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 120.050.500
1078918568 LIBANESA RAMIREZ
RENTERIA
1129325054 KAREN
YULIETH
MOSQUERA
RAMIREZ
1129325001 KAROL
YISETH
MOSQUERA
RAMIREZ
14 200700
1078920529 YEFFER MACHADO
MOSQUERA
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial
1129325001 KAROL
YISETH
MOSQUERA
RAMIREZ
14 200700
1078920529 YEFFER MACHADO
MOSQUERA
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 119.181.500
1010101186 NORELY RODRIGUEZ
MACHADO
15 200701
1193035845 DUBAN
ANDRES
MACHADO
COPETE
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 119.181.500 1077428338 ADELAIDA URRUTIA
BEJARANO
1078473582 MARIA
ISABELL
MACHADO
URRUTIA
16 200704
1077434932 HECTOR
SAMIR
MATURANA
TAPIA
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 119.181.500
1078918590 ORFID RODRIGUEZ
GUTIERREZ
1078008930 HELEN
DAHIANA
MATURANA
RODRIGUEZ
17 201473
1078916220 OSIRIS MORENO
GARRIDO
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala
DAHIANA
MATURANA
RODRIGUEZ
17 201473
1078916220 OSIRIS MORENO
GARRIDO
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 108.240.000
1077451568 ARAN
DILIES
MARTINEZ CORDOBA 0362 19 JUNIO 2025Página 6 de 11
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
Resolución No. del “Mediante la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0216 del 14 de mayo de 2025, “Por la cual se da cumplimiento a unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el departamento de CHOCÓ en la modalidad de vivienda nueva en especie rural”
# CONSECUTIVO DOCUMENTO
DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO AUTORIDAD
COMPETENTE RADICADO VALOR SFVR
18
205271
1585769
MANUEL
SERNA
OBREGON CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil
18
205271
1585769
MANUEL
SERNA
OBREGON CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 108.737.700
19 203535
4802577
SATURNINO
ARIAS
MACHADO
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 119.260.500
TOTAL $ 2.171.157.400
Que, por lo tanto, se hace necesario ajustar el acto administrativo de asignación de los Subsidios Familiares de Vivienda Rural mencionados en la referencia, en los siguientes términos:
# CONSECUTIVO DOCUMENTO
DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO AUTORIDAD
COMPETENTE RADICADO VALOR SFVR
1 202972
1078918148 EVER
HUTADO
OBREGON
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierras 270013121001201500001-01 $ 114.481.000 52866500
NAYIBE RENTERIA
BEJARANO
2 203012
30014060 RUBIELA RENTERIA
MATURANA
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de
52866500
NAYIBE RENTERIA
BEJARANO
2 203012
30014060 RUBIELA RENTERIA
MATURANA
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 112.071.500
8424397 CIRIANO RENTERIA
GUEVARA
1078918604 JAMES RENTERIA
RENTERIA
1078919476 ARIHASNY RENTERIA RENTERIA 3 200698 26348235 MARIA
DORIS
RENTERIA
RENTERIA CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 112.924.700
4 201442
1003933361 JOSE
DARLINSON
ALVAREZ
RENTERIA
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 118.470.500
1193445868
KARINA
ANDREA
MARTINEZ
GONZALEZ
5 203532
26343829
BENEDITA
MENA
CORDOBA
CHOCO
LLORO
BENEDITA
MENA
CORDOBA
CHOCO
LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 110.578.400
6 200670
1078918746 SIRLEYDY OBREGON
MENA
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 116.116.300
82140827 FERNELY CUESTA
MORENO
1078917931 FERNANDA CUESTA
OBREGON
1129324646 FERNECY CUESTA
OBREGON
1129325088 BLEINER CUESTA OBREGON 0362 19 JUNIO 2025Página 7 de 11
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
Resolución No. del “Mediante la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0216 del 14 de mayo de 2025, “Por la cual se da cumplimiento a unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y
“Mediante la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0216 del 14 de mayo de 2025, “Por la cual se da cumplimiento a unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el departamento de CHOCÓ en la modalidad de vivienda nueva en especie rural”
# CONSECUTIVO DOCUMENTO
DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO AUTORIDAD
COMPETENTE RADICADO VALOR SFVR
1078922185 VALERIA CUESTA
OBREGON
7 200705
82140084
BERNABE
GUTIERREZ
ARIAS
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 119.260.500 1133669779
SIRLADIS
CUESTA
8 201432
11830903 MISAEL ALVAREZ
GARCIA
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 109.693.600
26345589 MARIA AYDE RENTERIA
BORJA
1078917057 JAIVER ALVAREZ
RENTERIA
9 203006
82140358 HEILER CORREA
ALVAREZ
201500001-01 $ 109.693.600
26345589 MARIA AYDE RENTERIA
BORJA
1078917057 JAIVER ALVAREZ
RENTERIA
9 203006
82140358 HEILER CORREA
ALVAREZ
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de Medellín Sala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 109.701.500
26345794 MARIA
YARLEIDIS
CUESTA
RENTERIA
1078465044 KEVIN CORREA
CUESTA
1078917725 KEINER CORREA
CUESTA
10 201481
1078917720 ZULLY GARRIDO
RENTERIA
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 109.756.800
1033366229 JOSE DARIO SUAREZ BRAVO 11 203009 1078917000 DIEGO LUIS RENTERIA
RENTERIA CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de Medellín Sala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 110.531.000 12 201450
1004043033
LIGIA
RENTERIA
GUEVARA
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra
LIGIA
RENTERIA
GUEVARA
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 113.738.400
1078919583 FREYSER RENTERIA
RENTERIA
13 201445
1078917827 CARLOS
ENRIQUE
MOSQUERA
RENTERIA
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de Medellín Sala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 120.050.500
1078918568 LIBANESA RAMIREZ
RENTERIA
1129325054 KAREN
YULIETH
MOSQUERA
RAMIREZ
1129325001 KAROL
YISETH
MOSQUERA
RAMIREZ
14 200700
1078920529 YEFFER MACHADO
MOSQUERA
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 119.181.500
1010101186 NORELY RODRIGUEZ
MACHADO
15 200701
1193035845 DUBAN
ANDRES
MACHADO
COPETE
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra
270013121001ANDRES
MACHADO
COPETE
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 119.181.500 1077428338 ADELAIDA URRUTIA
BEJARANO
1078473582 MARIA
ISABELL
MACHADO
URRUTIA
16 200704
1077434932 HECTOR
SAMIR
MATURANA
TAPIA
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 119.181.500
1078918590 ORFID RODRIGUEZ
GUTIERREZ
1078008930 HELEN
DAHIANA
MATURANA RODRIGUEZ 0362 19 JUNIO 2025Página 8 de 11
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
Resolución No. del “Mediante la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0216 del 14 de mayo de 2025, “Por la cual se da cumplimiento a unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el
cual se da cumplimiento a unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el departamento de CHOCÓ en la modalidad de vivienda nueva en especie rural”
# CONSECUTIVO DOCUMENTO
DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO AUTORIDAD
COMPETENTE RADICADO VALOR SFVR
17 201473
1078916220 OSIRIS MORENO
GARRIDO
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 108.240.000
1077451568 ARAN
DILIES
MARTINEZ
CORDOBA
18
205271
1585769
MANUEL
SERNA
OBREGON CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 108.737.700 19 203535
4802577
SATURNINO
ARIAS
MACHADO
CHOCO LLORO
Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 119.260.500
TOTAL $ 2.171.157.400
Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 119.260.500
TOTAL $ 2.171.157.400
Que, el Artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en su parte pertinente dispone: “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda” Que, teniendo en cuenta que la situación presentada se enmarca en el artículo transcrito en precedencia, corresponde a una omisión, constitutiva de un error involuntario también denominado de hecho, que no incide en el sentido de la decisión administrativa adoptada, por lo cual, resulta procedente corregir en lo pertinente la Resolución No. 0216 del 14 de mayo de 2025. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Corregir y modificar parcialmente, en la parte resolutiva en el artículo 1 de la Resolución No. 0216 del 14 de mayo de 2025 “Por la cual se da cumplimiento a unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de
unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el departamento de CHOCÓ en la modalidad de vivienda nueva en especie rural”, en lo relacionado con el error por omisión del hogar número nueve (9), los cuales quedarán así:
# CONSECUTIVO DOCUMENTO
DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICI
Estás viendo una vista previa
Lee el documento completo con Ariel
Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.