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MINVIVIENDA - Resolución 0362 de 2025

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0362 de 2025
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2025

Página 1 de 11

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

RESOLUCIÓN NÚMERO

“Mediante la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0216 del 14 de mayo de 2025, “Por la cual se da cumplimiento a unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el departamento de CHOCÓ en la modalidad de vivienda nueva en especie rural”

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. numeral 8 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “3.

Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Que, el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003 establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “(…) Asignar subsidios de vivienda

Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Que, el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003 establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “(…) Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional (…)”. Que, el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 FONVIVIENDA administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los términos del artículo 6 de la Ley 1537 de 2012. Que, en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. numeral 8 del Decreto 1077 de 2015 se establece que FONVIVIENDA es la entidad encargada del otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural. Que, en virtud de lo dispuesto por el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, FONVIVIENDA celebró con la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. – FIDUAGRARIA S.A. el contrato de fiducia mercantil Nro. 027 de 2020, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso – Programa de

S.A. – FIDUAGRARIA S.A. el contrato de fiducia mercantil Nro. 027 de 2020, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso – Programa de Promoción de Vivienda Rural, por medio del cual se realizará la administración de los recursos que transfiera el fideicomitente o que, en general, se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda rural, destinada a la atención de hogares a los que se refiere el Programa de Promoción de Vivienda Rural, de conformidad con las normas que le sean aplicables

0362 DE 19 JUNIO 2025Página 2 de 11

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Resolución No. del “Mediante la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0216 del 14 de mayo de 2025, “Por la cual se da cumplimiento a unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el departamento de CHOCÓ en la modalidad de vivienda nueva en especie rural”

y de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, y/o los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo. Que, el Decreto 1077 de 2015 conforme a lo estipulado en el artículo 2.1.10.1.1.4.6.

contractuales del Patrimonio Autónomo. Que, el Decreto 1077 de 2015 conforme a lo estipulado en el artículo 2.1.10.1.1.4.6. para la asignación de un subsidio familiar de vivienda, en cumplimiento de sentencias de restitución de tierras establece que: “La Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas o quien haga sus veces, enviará periódicamente al Fondo Nacional de Vivienda el listado de las personas a favor de las cuales se haya emitido sentencia ejecutoriada de restitución de tierras con orden de asignación de subsidio de vivienda rural. “(…) Para efectos de lo anterior, los listados contendrán cómo mínimo:

1. La identificación del hogar postulado al subsidio familiar de vivienda rural.

2. La identificación del predio sobre el cual se aplicará el subsidio familiar de vivienda rural y la modalidad del subsidio por beneficiario.

3. La constatación de que el hogar postulado cuente con el ánimo de asentamiento sobre el predio en el que se aplicará el subsidio familiar de vivienda rural.

Recibidos los listados de postulados, el Fondo Nacional de Vivienda iniciará el proceso de otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural.”. Que, los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, establecen las condiciones para el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural y las restricciones para la postulación y posterior asignación de dicho subsidio. Que, la Resolución No. 0536 del 19 de octubre de 2020 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en su artículo 66 consagra que “en cumplimiento de lo dispuesto

Que, la Resolución No. 0536 del 19 de octubre de 2020 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en su artículo 66 consagra que “en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.1.10.1.1.4.6 del Decreto 1077 de 2015, establézcase como única ruta de atención para hogares restituidos, el listado de personas a favor de las cuales se haya emitido sentencia ejecutoriada de restitución de tierras con orden de asignación de subsidio de vivienda rural, enviado por la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas. (…) Parágrafo: Los listados de hogares del presente artículo serán sujetos de postulación y posterior verificación por parte del Fondo Nacional de Vivienda “Fonvivienda”. Que, FONVIVIENDA suscribió convenio interadministrativo con la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras - UAEGRTD, para la atención al cumplimiento de las órdenes de jueces y magistrados de restitución de tierras el día 1 de octubre de 2021 - Convenio interadministrativo de intercambio de información No 4137 de 2021. Que, la UAEGRTD priorizó a los hogares objeto de atención y cumplimiento de sentencias por parte de la jurisdicción de Restitución de Tierras. Que, FIDUAGRARIA S.A. actuando como vocera y administradora del patrimonio autónomoFideicomiso Programa de Promoción de Vivienda Rural, y en cumplimiento del objeto contractual del contrato de fiducia mercantil No. 027 -2020, adelantó el proceso de selección, de acuerdo con el Manual Operativo, aprobado por el Comité

autónomoFideicomiso Programa de Promoción de Vivienda Rural, y en cumplimiento del objeto contractual del contrato de fiducia mercantil No. 027 -2020, adelantó el proceso de selección, de acuerdo con el Manual Operativo, aprobado por el Comité 0362 19 JUNIO 2025Página 3 de 11

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

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Resolución No. del “Mediante la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0216 del 14 de mayo de 2025, “Por la cual se da cumplimiento a unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el departamento de CHOCÓ en la modalidad de vivienda nueva en especie rural”

Fiduciario, con el fin de contratar la “Interventoría técnica, administrativa, financiera, contable, económica, jurídica, de riesgos y seguros para el diagnóstico, estudios y diseños y construcción necesaria para la ejecución de los subsidios familiar de vivienda rural de conformidad con las es pecificaciones establecidas en el presente documento, para la ejecución del PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE VIVIENDA RURAL”, en atención a lo establecido en los numerales 10 y 11 del punto 8.3.1., de dicho manual. Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, se suscribió el contrato de prestación

en atención a lo establecido en los numerales 10 y 11 del punto 8.3.1., de dicho manual. Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, se suscribió el contrato de prestación de servicios de interventoría No. 004F-2021, entre FIDUAGRARIA S.A., como vocera y administradora del patrimonio autónomo fideicomiso – programa de promoción de vivienda rural y la Empresa Nacional Promotora del Desarrollo Territorial, Enterritorio (221014). Que en cumplimiento al artículo 30 de la Resolución No. 0536 de 2020 FONVIVIENDA a través de la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural verificó la información del cumplimiento de requisitos de los hogares postulantes. Que, la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargada de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó el resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, con el respectivo control de calidad mediante correos electrónicos 22, 25 de julio, 9,11,19,26 de agosto, 19 de septiembre y 15 de noviembre de 2022. Que, se suscribió contrato de obra Nro. 012F -2023 entre FIDUAGRARIA S.A., como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo Fideicomiso – Programa de Promoción de Vivienda Rural y CONSORCIO CHOCÓ RESTITUCIONES. Que, mediante Acta de inicio suscrita entre FIDUAGRARIA S.A., como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo Fideicomiso –Programa de Promoción de

Promoción de Vivienda Rural y CONSORCIO CHOCÓ RESTITUCIONES. Que, mediante Acta de inicio suscrita entre FIDUAGRARIA S.A., como vocera y administradora del Patrimonio Autónomo Fideicomiso –Programa de Promoción de Vivienda Rural, el ejecutor y la interventoría se consignó como fecha de inicio 29 de julio de 2022, fijando un plazo de doce (12) meses. Que, mediante otrosí No. 2 al Contrato de Obra No. 012F-2023 celebrado entre la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. FIDUAGRARIA y CONSORCIO CHOCÓ RESTITUCIONES , se amplía el plazo contractual por diez (10) meses otorgados fijando fecha de terminación hasta el 26 de noviembre de 2025. Que, en cumplimiento al artículo 33 de la Resolución No. 0536 de 2020, previo al proceso de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda Rural bajo la modalidad de vivienda nueva por parte de FONVIVIENDA, se desarrolló por parte del contratista ejecutor la etapa de pre -construcción de los hogares habilitados y se presentó el resultado del diagnóstico y verificación de las condiciones de los predios objeto de intervención y los estudios, diseños y presupuesto de las soluciones de vivienda planteadas. Que las actividades de pre -construcción se ejecutaron mediante los mecanismos establecidos en el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, en tal sentido, el interventor mediante correo electrónico de fecha 20 de Diciembre de 2024, informó sobre la aprobación del resultado de las actividades desarrolladas respecto al

el interventor mediante correo electrónico de fecha 20 de Diciembre de 2024, informó sobre la aprobación del resultado de las actividades desarrolladas respecto al diagnóstico integral, detallando el valor, objeto de la asignación, y los hogares que requieren un mayor valor relacionado con el rubro de transporte de materiales a zonas 0362 19 JUNIO 2025Página 4 de 11

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Resolución No. del “Mediante la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0216 del 14 de mayo de 2025, “Por la cual se da cumplimiento a unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el departamento de CHOCÓ en la modalidad de vivienda nueva en especie rural”

rurales dispersas, teniendo en cuenta la distancia y las condiciones de las vías de acceso. Que derivado de lo anterior, se profirió la Resolución No. 0216 del 14 de mayo de 2025 “Por la cual se da cumplimiento a unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el departamento de CHOCÓ en la modalidad de vivienda nueva en especie rural”

Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el departamento de CHOCÓ en la modalidad de vivienda nueva en especie rural” Que se evidenció que en el cuadro de hogares plasmado en la parte resolutiva se omitió por error el hogar número nueve (9) del listado transcrito en el acto administrativo como se describe a continuación:

# CONSECUTIVO DOCUMENTO

DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO AUTORIDAD

COMPETENTE RADICADO VALOR SFVR

1 202972

1078918148 EVER

HUTADO

OBREGON

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierras 270013121001201500001-01 $ 114.481.000 52866500

NAYIBE RENTERIA

BEJARANO

2 203012

30014060 RUBIELA RENTERIA

MATURANA

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 112.071.500

8424397 CIRIANO RENTERIA

GUEVARA

1078918604 JAMES RENTERIA

RENTERIA

1078919476 ARIHASNY RENTERIA RENTERIA 3 200698 26348235 MARIA

DORIS

RENTERIA

RENTERIA CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial

RENTERIA

1078919476 ARIHASNY RENTERIA RENTERIA 3 200698 26348235 MARIA

DORIS

RENTERIA

RENTERIA CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 112.924.700 4 201442

1003933361 JOSE

DARLINSON

ALVAREZ

RENTERIA

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 118.470.500 1193445868

KARINA

ANDREA

MARTINEZ

GONZALEZ

5 203532

26343829

BENEDITA

MENA

CORDOBA

CHOCO

LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 110.578.400 6 200670

1078918746 SIRLEYDY OBREGON

MENA

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra

2700131210011078918746 SIRLEYDY OBREGON

MENA

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 116.116.300

82140827 FERNELY CUESTA

MORENO

1078917931 FERNANDA CUESTA

OBREGON

1129324646 FERNECY CUESTA

OBREGON

1129325088 BLEINER CUESTA

OBREGON

1078922185 VALERIA CUESTA

OBREGON

7 200705

82140084

BERNABE

GUTIERREZ

ARIAS

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial 270013121001201500001-01 $ 119.260.500 0362 19 JUNIO 2025Página 5 de 11

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Resolución No. del “Mediante la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0216 del 14 de mayo de 2025, “Por la cual se da cumplimiento a unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el departamento de CHOCÓ en la modalidad de vivienda nueva en especie rural”

se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el departamento de CHOCÓ en la modalidad de vivienda nueva en especie rural”

# CONSECUTIVO DOCUMENTO

DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO AUTORIDAD

COMPETENTE RADICADO VALOR SFVR

1133669779

SIRLADIS

CUESTA

de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 8 201432

11830903 MISAEL ALVAREZ

GARCIA

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 109.693.600

26345589 MARIA AYDE RENTERIA

BORJA

1078917057 JAIVER ALVAREZ

RENTERIA

26345794 MARIA

YARLEIDIS

CUESTA

RENTERIA

1078465044 KEVIN CORREA

CUESTA

1078917725 KEINER CORREA

CUESTA

10 201481

1078917720 ZULLY GARRIDO

RENTERIA

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 109.756.800

1033366229 JOSE DARIO SUAREZ BRAVO 11 203009 1078917000 DIEGO LUIS RENTERIA

Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 109.756.800

1033366229 JOSE DARIO SUAREZ BRAVO 11 203009 1078917000 DIEGO LUIS RENTERIA

RENTERIA CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de Medellín Sala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 110.531.000 12 201450

1004043033

LIGIA

RENTERIA

GUEVARA

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 113.738.400

1078919583 FREYSER RENTERIA

RENTERIA

13 201445

1078917827 CARLOS

ENRIQUE

MOSQUERA

RENTERIA

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de Medellín Sala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 120.050.500

1078918568 LIBANESA RAMIREZ

RENTERIA

1129325054 KAREN

YULIETH

MOSQUERA

RAMIREZ

1129325001 KAROL

YISETH

MOSQUERA

RAMIREZ

14 200700

1078920529 YEFFER MACHADO

MOSQUERA

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial

1129325001 KAROL

YISETH

MOSQUERA

RAMIREZ

14 200700

1078920529 YEFFER MACHADO

MOSQUERA

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 119.181.500

1010101186 NORELY RODRIGUEZ

MACHADO

15 200701

1193035845 DUBAN

ANDRES

MACHADO

COPETE

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 119.181.500 1077428338 ADELAIDA URRUTIA

BEJARANO

1078473582 MARIA

ISABELL

MACHADO

URRUTIA

16 200704

1077434932 HECTOR

SAMIR

MATURANA

TAPIA

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 119.181.500

1078918590 ORFID RODRIGUEZ

GUTIERREZ

1078008930 HELEN

DAHIANA

MATURANA

RODRIGUEZ

17 201473

1078916220 OSIRIS MORENO

GARRIDO

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala

DAHIANA

MATURANA

RODRIGUEZ

17 201473

1078916220 OSIRIS MORENO

GARRIDO

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 108.240.000

1077451568 ARAN

DILIES

MARTINEZ CORDOBA 0362 19 JUNIO 2025Página 6 de 11

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Resolución No. del “Mediante la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0216 del 14 de mayo de 2025, “Por la cual se da cumplimiento a unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el departamento de CHOCÓ en la modalidad de vivienda nueva en especie rural”

# CONSECUTIVO DOCUMENTO

DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO AUTORIDAD

COMPETENTE RADICADO VALOR SFVR

18

205271

1585769

MANUEL

SERNA

OBREGON CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil

18

205271

1585769

MANUEL

SERNA

OBREGON CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 108.737.700

19 203535

4802577

SATURNINO

ARIAS

MACHADO

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 119.260.500

TOTAL $ 2.171.157.400

Que, por lo tanto, se hace necesario ajustar el acto administrativo de asignación de los Subsidios Familiares de Vivienda Rural mencionados en la referencia, en los siguientes términos:

# CONSECUTIVO DOCUMENTO

DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO AUTORIDAD

COMPETENTE RADICADO VALOR SFVR

1 202972

1078918148 EVER

HUTADO

OBREGON

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierras 270013121001201500001-01 $ 114.481.000 52866500

NAYIBE RENTERIA

BEJARANO

2 203012

30014060 RUBIELA RENTERIA

MATURANA

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de

52866500

NAYIBE RENTERIA

BEJARANO

2 203012

30014060 RUBIELA RENTERIA

MATURANA

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 112.071.500

8424397 CIRIANO RENTERIA

GUEVARA

1078918604 JAMES RENTERIA

RENTERIA

1078919476 ARIHASNY RENTERIA RENTERIA 3 200698 26348235 MARIA

DORIS

RENTERIA

RENTERIA CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 112.924.700

4 201442

1003933361 JOSE

DARLINSON

ALVAREZ

RENTERIA

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 118.470.500

1193445868

KARINA

ANDREA

MARTINEZ

GONZALEZ

5 203532

26343829

BENEDITA

MENA

CORDOBA

CHOCO

LLORO

BENEDITA

MENA

CORDOBA

CHOCO

LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 110.578.400

6 200670

1078918746 SIRLEYDY OBREGON

MENA

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 116.116.300

82140827 FERNELY CUESTA

MORENO

1078917931 FERNANDA CUESTA

OBREGON

1129324646 FERNECY CUESTA

OBREGON

1129325088 BLEINER CUESTA OBREGON 0362 19 JUNIO 2025Página 7 de 11

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Resolución No. del “Mediante la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0216 del 14 de mayo de 2025, “Por la cual se da cumplimiento a unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y

“Mediante la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0216 del 14 de mayo de 2025, “Por la cual se da cumplimiento a unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el departamento de CHOCÓ en la modalidad de vivienda nueva en especie rural”

# CONSECUTIVO DOCUMENTO

DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO AUTORIDAD

COMPETENTE RADICADO VALOR SFVR

1078922185 VALERIA CUESTA

OBREGON

7 200705

82140084

BERNABE

GUTIERREZ

ARIAS

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 119.260.500 1133669779

SIRLADIS

CUESTA

8 201432

11830903 MISAEL ALVAREZ

GARCIA

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 109.693.600

26345589 MARIA AYDE RENTERIA

BORJA

1078917057 JAIVER ALVAREZ

RENTERIA

9 203006

82140358 HEILER CORREA

ALVAREZ

201500001-01 $ 109.693.600

26345589 MARIA AYDE RENTERIA

BORJA

1078917057 JAIVER ALVAREZ

RENTERIA

9 203006

82140358 HEILER CORREA

ALVAREZ

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de Medellín Sala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 109.701.500

26345794 MARIA

YARLEIDIS

CUESTA

RENTERIA

1078465044 KEVIN CORREA

CUESTA

1078917725 KEINER CORREA

CUESTA

10 201481

1078917720 ZULLY GARRIDO

RENTERIA

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 109.756.800

1033366229 JOSE DARIO SUAREZ BRAVO 11 203009 1078917000 DIEGO LUIS RENTERIA

RENTERIA CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de Medellín Sala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 110.531.000 12 201450

1004043033

LIGIA

RENTERIA

GUEVARA

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra

LIGIA

RENTERIA

GUEVARA

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 113.738.400

1078919583 FREYSER RENTERIA

RENTERIA

13 201445

1078917827 CARLOS

ENRIQUE

MOSQUERA

RENTERIA

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de Medellín Sala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 120.050.500

1078918568 LIBANESA RAMIREZ

RENTERIA

1129325054 KAREN

YULIETH

MOSQUERA

RAMIREZ

1129325001 KAROL

YISETH

MOSQUERA

RAMIREZ

14 200700

1078920529 YEFFER MACHADO

MOSQUERA

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 119.181.500

1010101186 NORELY RODRIGUEZ

MACHADO

15 200701

1193035845 DUBAN

ANDRES

MACHADO

COPETE

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra

270013121001ANDRES

MACHADO

COPETE

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 119.181.500 1077428338 ADELAIDA URRUTIA

BEJARANO

1078473582 MARIA

ISABELL

MACHADO

URRUTIA

16 200704

1077434932 HECTOR

SAMIR

MATURANA

TAPIA

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 119.181.500

1078918590 ORFID RODRIGUEZ

GUTIERREZ

1078008930 HELEN

DAHIANA

MATURANA RODRIGUEZ 0362 19 JUNIO 2025Página 8 de 11

Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11

Resolución No. del “Mediante la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución No. 0216 del 14 de mayo de 2025, “Por la cual se da cumplimiento a unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el

cual se da cumplimiento a unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el departamento de CHOCÓ en la modalidad de vivienda nueva en especie rural”

# CONSECUTIVO DOCUMENTO

DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO AUTORIDAD

COMPETENTE RADICADO VALOR SFVR

17 201473

1078916220 OSIRIS MORENO

GARRIDO

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 108.240.000

1077451568 ARAN

DILIES

MARTINEZ

CORDOBA

18

205271

1585769

MANUEL

SERNA

OBREGON CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 108.737.700 19 203535

4802577

SATURNINO

ARIAS

MACHADO

CHOCO LLORO

Tribunal Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 119.260.500

TOTAL $ 2.171.157.400

Superior de Distrito Judicial de MedellínSala Civil Especializada en Restitución de Tierra 270013121001201500001-01 $ 119.260.500

TOTAL $ 2.171.157.400

Que, el Artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en su parte pertinente dispone: “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda” Que, teniendo en cuenta que la situación presentada se enmarca en el artículo transcrito en precedencia, corresponde a una omisión, constitutiva de un error involuntario también denominado de hecho, que no incide en el sentido de la decisión administrativa adoptada, por lo cual, resulta procedente corregir en lo pertinente la Resolución No. 0216 del 14 de mayo de 2025. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Corregir y modificar parcialmente, en la parte resolutiva en el artículo 1 de la Resolución No. 0216 del 14 de mayo de 2025 “Por la cual se da cumplimiento a unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de

unas órdenes judiciales en el marco de la Jurisdicción de Restitución de Tierras y se asignan DIECINUEVE (19) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de LLORO en el departamento de CHOCÓ en la modalidad de vivienda nueva en especie rural”, en lo relacionado con el error por omisión del hogar número nueve (9), los cuales quedarán así:

# CONSECUTIVO DOCUMENTO

DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICI

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