MINVIVIENDA - Resolución 0381 de 2025
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0381 de 2025
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2025
Página 1 de 11
Fondo Nacional de Vivienda Versión:10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
RESOLUCIÓN NÚMERO DE
“Por la cual se asignan Ciento Veintiocho (128) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural dentro del Esquema Público”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”.
Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 Fonvivienda administrará y ejecutará los recursos
Ciudad y Territorio.
Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 Fonvivienda administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los términos del artículo 6 de la Ley 1537 de 2012.
Que de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 3571 de 2011, modificado por el Decreto 1604 de 2020, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio es la entidad encargada de formular, dirigir y coordinar las políticas, planes, programas y regulaciones en materia de vivienda, financiación de vivienda, desarrollo urbano, ordenamiento territorial y uso del suelo, en el marco de sus competencias, agua potable y saneamiento básico, así como de los instrumentos normativos para su implementación, y, prog ramas en materia de vivienda urbana y rural que son ejecutados por Fonvivienda adscrito a este Ministerio, creado mediante el Decreto Ley 555 de 2003, con personería jurídica, patrimonio propio, autonomía presupuestal y financiera.
Que mediante el Decreto 1247 de 2022, se modificó el artículo 2.1.10.1.1.1.1. del Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015 del sector Vivienda, Ciudad y Territorio, en lo referente a la formulación y ejecución de la política pública de vivienda rural, la cual tiene por finalidad “(...) coordinar y liderar la ejecución de proyectos de vivienda y mejoramiento de vivienda encaminados a mejorar las condiciones de bienestar de la población ubicada en suelo rural y disminuir el déficit habitacional rural”.
“(...) coordinar y liderar la ejecución de proyectos de vivienda y mejoramiento de vivienda encaminados a mejorar las condiciones de bienestar de la población ubicada en suelo rural y disminuir el déficit habitacional rural”.
Que conforme a lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio tiene una línea estratégica de mejoramiento de vivienda, bajo el cual el Gobierno Nacional busca realizar la mayor cantidad de adecuaciones en este cuatrienio, atendiendo a los hoga res que presentan deficiencias de habitabilidad, locativas, estructurales, de conexiones de servicios públicos y/o condiciones de hacinamiento (modulares), para así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país.
Que FIDUAGRARIA S.A., actuando como vocera y administradora del patrimonio autónomoFideicomiso Programa de Promoción de Vivienda Rural, y en cumplimiento del objeto contractual del contrato de fiducia mercantil No. 027-2020, adelantó el proceso de selección, de acuerdo con el manual operativo, aprobado por el Comité Fiduciario, con el fin de contratar la “interventoría técnica, administrativa, financiera, contable, económica, jurídica, de riesgos y seguros para el diagnóstico, estudios y diseños y constr ucción necesaria para la ejecución de los subsidios familiar de vivienda rural de conformidad con las especificaciones establecidas en el presente documento, para la ejecución del PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE VIVIENDA RURAL”, en atención a lo establecido en los numerales 10 y 11 del punto 8.3.1., de dicho manual.
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manual.
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Resolución No. del “Por la cual se asignan ciento veintiocho (128) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural dentro del Esquema Público”
Que en virtud de lo anteriormente expuesto se suscribió el contrato de prestación de servicios de interventoría No. 002F-2023, entre FIDUAGRARIA S.A., como vocera y administradora del patrimonio autónomo fideicomiso – programa de promoción de vivienda rura l y la Empresa Nacional Promotora del Desarrollo Territorial, Enterritorio (221014).
Que los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, establecen las condiciones para el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural y las restricciones para la postulación y posterior asignación de este.
Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la Resolución No. 0536 del 19 de
octubre de 2020, por la cual se reglamentan los artículos 2.1.10.1.1.1.1; 2.1.10.1.1.4.3; 2.1.10.1.1.4.6 y 2.1.10.1.1.5.1 del Título 10 de la Parte 1 del Libro 2 de l Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, acto administrativo que fue modificado por la Resolución No. 0725 de 23 agosto de 2023.
Que el artículo 2.1.10.1.1.4.1. del Decreto 1341 de 2020, determinó el valor del Subsidio Familiar de Vivienda Rural. “El monto del subsidio familiar de vivienda rural que se asigne para vivienda nueva será hasta por el monto establecido en el programa de subsidio familiar de vivienda 100% en especie, establecido en los artículos 2.1.1.2.1.4.6 y 2.1.1.2.2.2 del presente decreto. Para la modalidad de mejoramiento de vivienda rural, el monto del subsidio será de hasta veintidós (22) salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv).”
Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio , mediante el oficio 2023EE0040950, invitó a municipios de categorías 4, 5 y 6 a participar en la convocatoria del programa de mejoramientos de vivienda urbana/rural, en el marco del Decreto 1077 de 2015, a través de la presentación de manifestaciones de interés. En la invitación se describieron las condiciones y requisitos para participar, y se especificó que l a solicitud de manifestación de interés no
la presentación de manifestaciones de interés. En la invitación se describieron las condiciones y requisitos para participar, y se especificó que l a solicitud de manifestación de interés no genera obligación alguna para Fonvivienda de asignar las subvenciones ni genera ninguna obligación presupuestal.
Que las intervenciones se llevarán a cabo mediante obras que tengan como finalidad mejorar las condiciones sanitarias y habitacionales insatisfactorias de espacio, servicios públicos y calidad de las viviendas de los hogares beneficiarios.
Que, para la ejecución de las obras, los hogares deberán surtir un proceso de registro, postulación y diagnóstico , a partir del cual se determinar á la modalidad de intervención, la cual podrá consistir en mejoramientos locativos en pisos, paredes, baños, cocinas y/o conexiones intradomiciliarias, entre otros.
Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio emitió la Resolución 0782 del 29 de agosto de 2023, modificada parcialmente por la Resolución 0448 de 2024, “Por la cual se establecen los criterios de distribución de los cupos de subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento de vivienda urbana y rural”.
Que el 14 de septiembre de 2023 se expidió la Resolución 0938, modificada mediante la Resolución 1088 del 11 de octubre de 2023, a través de la cual se realizó la distribución de los recursos de la Bolsa de Mejoramiento Urbana Esquema Público y Bolsa de Mejoramiento Rural Esquema Público, en la que se distribuye ron 3.505 cupos para municipios del departamento de La Guajira y 5.000 cupos para municipios que se encuentran en territorios PDET.
Rural Esquema Público, en la que se distribuye ron 3.505 cupos para municipios del departamento de La Guajira y 5.000 cupos para municipios que se encuentran en territorios PDET.
Que, conforme con lo anterior, se asignaron cupos en el marco del Esquema Público, dentro de otros, a los siguientes municipios, a saber:
Nro. Departamento Municipio Contrato Obra 1 CORDOBA Montelíbano-Puerto LibertadorTierra Alta CONT. 008f-2024 2 LA GUAJIRA DibullaManaure-Uribia CONT. 012F-2024 3 LA GUAJIRA Albania-Distracción-Hato NuevoCONT. 011F-2024 4 LA GUAJIRA El Molino CONT.010F-2024 0381 27 JUNIO 2025Página 3 de 11
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5 BOLIVAR Arenal-Cantagallo-MoralesSimiti-San Pablo CONT.005F-2024
Que los contratos de obra que se relacionan en el cuadro precedente, los cuales tienen por objeto la realización de la categorización, el diagnóstico y la ejecución de los mejoramientos, son el resultado de un proceso de convocatoria pública realizado por FIDUAGRA RIA S.A., en
Que los contratos de obra que se relacionan en el cuadro precedente, los cuales tienen por objeto la realización de la categorización, el diagnóstico y la ejecución de los mejoramientos, son el resultado de un proceso de convocatoria pública realizado por FIDUAGRA RIA S.A., en calidad de vocera y administradora del patrimonio autónomo antes enunciado.
Que de acuerdo con el Decreto Ley 3571 de 2011 y el artículo 30 de la Resolución No. 0536 de 2020, el Ministerio y Fonvivienda, a través de la Subdirección de Subsidios y Ejecución de Vivienda Rural , verificaron la información del cumplimiento de requisitos de los hogares postulantes.
Que la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio encargada de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, informó a través de sus contratistas y funcionarios el resultado de la verificación de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, con el respectivo control de calidad mediante correo electrónicos del 23, 29 de abril; 10 de mayo; 17 de junio; 01, 30 de julio; 12, 26 de agosto; 23 de septiembre; 23, 29 de diciembre de 2024; 02 de marzo de 2025.
Que mediante acta de inicio suscrita entre Fiduagraria y el Consorcio V LA GUAJIRA ALTA de fecha 30 de agosto de 2024 se inició la ejecución del contrato antes anotado.
Que mediante acta de inicio suscrita entre Fiduagraria y el Consorcio V LA GUAJIRA MEDIA de fecha 30 de agosto de 2024 se inició la ejecución del contrato antes anotado.
Que mediante acta de inicio suscrita entre Fiduagraria y el Consorcio V LA GUAJIRA MEDIA de fecha 30 de agosto de 2024 se inició la ejecución del contrato antes anotado.
Que mediante acta de inicio suscrita entre Fiduagraria y el Consorcio V LA GUAJIRA BAJA de fecha 30 de agosto de 2024 se inició la ejecución del contrato antes anotado.
Que mediante acta de inicio suscrita entre Fiduagraria y el Consorcio V IVIENDA MAGDALENA de fecha 17 de septiembre de 2024 se inició la ejecución del contrato antes anotado.
Que mediante acta de inicio suscrita entre Fiduagraria y el Consorcio Vivienda Cauca de fecha 30 de agosto de 2024 se inició la ejecución del contrato antes anotado.
Que en consideración al artículo 33 de la Resolución No. 0536 de 2020, se desarrolló la etapa de preconstrucción de los hogares habilitados y previo al proceso de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda Rural bajo la modalidad de vivienda nueva en esp ecie por parte de Fonvivienda, el ejecutor verificó el informe técnico que contiene: i) Verificación y diagnóstico en sitio de las condiciones del predio presentado por el hogar habilitado para la construcción. ii) Estudios, diseños y presupuesto de la solución de vivienda planteada.
Que el artículo 18 de la Resolución No. 0536 de 2020 establece las etapas del programa de Subsidio Familiar de Vivienda Rural para la asignación del subsidio, entre las cuales se encuentra la relativa a los hogares habilitados con diagnóstico efectivo, res ultado de la verificación de cumplimiento de requisitos.
Subsidio Familiar de Vivienda Rural para la asignación del subsidio, entre las cuales se encuentra la relativa a los hogares habilitados con diagnóstico efectivo, res ultado de la verificación de cumplimiento de requisitos.
Que las actividades de preconstrucción se ejecutaron mediante los mecanismos establecidos en el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, adicionado por el artículo 1 del Decreto 1341 de 2020, en tal sentido, el supervisor mediante correo electróni co de fecha 18 de junio de 2025, informó el resultado de las actividades desarrolladas, detallando el valor del diagnóstico objeto de la asignación.
No CÓDIGO
HOGAR
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO
1 232729 1010075858 ALBA ROSA PUSHAINA LA GUAJIRA HATONUEVO
2 232691 5152441 GERVACIO ARPUSHAINA LA GUAJIRA HATONUEVO 3 237804 1122819069 OSMELIS BALLESTAS RAMIREZ LA GUAJIRA BARRANCAS 4 231957 77023338 RODRIGO ANTONIO LAGO DUARTE LA GUAJIRA EL MOLINO 0381 27 JUNIO 2025Página 4 de 11
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Resolución No. del “Por la cual se asignan ciento veintiocho (128) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural dentro del Esquema Público”
No CÓDIGO
HOGAR DOCUMENTO DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO 5 231975 5165201 NIXON ANTONIO HERRERA MARTINEZ LA GUAJIRA EL MOLINO 6 231966 5172143 LUIS RAFAEL VANEGAS MERIÑO LA GUAJIRA EL MOLINO 7 233174 1193530834 ELSA HELENA
VANGRIEKEN
JUSAYU LA GUAJIRA ALBANIA
8 233168 1193076439 NECTARIO JOSE CAMBAR JUSAYU LA GUAJIRA ALBANIA
9 233164 1131077472 SANDRA CAMILA RAMIREZ DUARTE LA GUAJIRA ALBANIA
10 233152 1124036713 JUVENAL PUSHAINA PALMAR LA GUAJIRA ALBANIA
11 233140 1010105111 JOSEFINA CAMBAR JUSAYU LA GUAJIRA ALBANIA
12 233139 1006890728 FABIOLA DANILA URIANA URIANA LA GUAJIRA ALBANIA 13 233136 1006743093 SORAIDA JUSAYU LA GUAJIRA ALBANIA 14 233110 40979142 MIRIAN
JUSAYU
VANGRIEKEN LA GUAJIRA ALBANIA
15 233103 40879205 MARIA LUISA URIANA PALACIO LA GUAJIRA ALBANIA
16 233085 17945600 RAMON EPIEYU URIANA LA GUAJIRA ALBANIA
VANGRIEKEN LA GUAJIRA ALBANIA
15 233103 40879205 MARIA LUISA URIANA PALACIO LA GUAJIRA ALBANIA
16 233085 17945600 RAMON EPIEYU URIANA LA GUAJIRA ALBANIA
17 233082 17846214 RAFAEL IPUANA LA GUAJIRA ALBANIA
18 233075 15208197 KEVIN AMAYA EPIEYU LA GUAJIRA ALBANIA
19 225623 26995608 GLADIS MARIA MARTINEZ LA GUAJIRA DISTRACCIÓN
20 225885 1122813025 ISILDA PUSAINA LA GUAJIRA HATONUEVO
21 225872 1193561606 DIVANIS BRITO BOLIVAR LA GUAJIRA HATONUEVO
22 225870 1122815921 JOSE GOMEZ GIL LA GUAJIRA HATONUEVO
23 271373 26982340 ROSA ELINDA ROMERO SUAREZ LA GUAJIRA BARRANCAS
24 233170 1193108235 ORLANDO EPIAYU LA GUAJIRA ALBANIA
25 233159 1131069342 YEFERSON CERVANTES DIAZ LA GUAJIRA ALBANIA
26 233150 1124019178 NELLIS MILENA ORTEGA BARRAZA LA GUAJIRA ALBANIA
27 233147 1121299309 JOSE ALFREDO GONZALEZ URIANA LA GUAJIRA ALBANIA
28 233141 1010105115 JOSE DOMINGO CAMBAR JUSAYU LA GUAJIRA ALBANIA
29 233131 84073698 SERGIO JOSE VITAL NUÑEZ LA GUAJIRA ALBANIA 30 233080 15239236 LUIS ANGEL PUSHAINA LA GUAJIRA ALBANIA 31 232740 1121299898 JUAN
PUSHAINA
30 233080 15239236 LUIS ANGEL PUSHAINA LA GUAJIRA ALBANIA 31 232740 1121299898 JUAN
PUSHAINA
GUAURIYU LA GUAJIRA HATONUEVO
32 232737 1122014805 ARGELIS EPIAYU LA GUAJIRA HATONUEVO
33 232732 1121300450 KELLYS PUSHAINA LA GUAJIRA HATONUEVO
34 232731 1121299779 SORAIDA MARCELA PUSHAINA LA GUAJIRA HATONUEVO
35 232719 1121297403 ANDRITH CAROLINA EPIAYU PUSHAINA LA GUAJIRA HATONUEVO
36 232688 26985204 JOSEFA SOTO PUSAINA LA GUAJIRA HATONUEVO
37 232684 5153676 FRANCISCO GUAURIYU LA GUAJIRA HATONUEVO
38 225891 1121299334 JACKELIN PAOLA PUSHAINA LA GUAJIRA HATONUEVO
39 225874 1121302096 ORLANDO ORTIZ RICARDO LA GUAJIRA HATONUEVO
40 225869 26985153 ROSIRIS ORTIZ PUSHAINA LA GUAJIRA HATONUEVO
41 225854 1121305477 ANDREINA ELENA URIANA URIANA LA GUAJIRA HATONUEVO
42 225853 1121297404 ANDREINA EPIAYU LA GUAJIRA HATONUEVO
43 225841 40960408 LUZ MARIBNA PUSHAINA LA GUAJIRA HATONUEVO 44 237796 84009228 CARLOS ARTURO OSPINO AMAYA LA GUAJIRA BARRANCAS 45 271380 26982674 TERESA DE JESUS GUTIERREZ MOREU LA GUAJIRA BARRANCAS
44 237796 84009228 CARLOS ARTURO OSPINO AMAYA LA GUAJIRA BARRANCAS 45 271380 26982674 TERESA DE JESUS GUTIERREZ MOREU LA GUAJIRA BARRANCAS
46 237800 1121044526 CARLOS ALFONSO BALLESTAS RAMIREZ LA GUAJIRA BARRANCAS 47 271935 27028148 VIRGINIA GONZALEZ JUSAYU LA GUAJIRA ALBANIA 48 271932 1131073233 JOSE GUILLERMO
PUSHAINA
GONZALEZ LA GUAJIRA ALBANIA
49 275172 15239185 CLAUDIO JESUS GAMEZ EPINAYU LA GUAJIRA ALBANIA 50 275165 40981875 MARIA EUGENIA JAYARIYU LA GUAJIRA ALBANIA 0381 27 JUNIO 2025Página 5 de 11
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
Resolución No. del “Por la cual se asignan ciento veintiocho (128) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural dentro del Esquema Público”
No CÓDIGO
HOGAR
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO
51 302338 1122820185 DAMARIS YANETH OSPINO IPUANA LA GUAJIRA BARRANCAS
52 303337 1192915657 LUIS MIGUEL ALVARADO FREILES LA GUAJIRA BARRANCAS
51 302338 1122820185 DAMARIS YANETH OSPINO IPUANA LA GUAJIRA BARRANCAS
52 303337 1192915657 LUIS MIGUEL ALVARADO FREILES LA GUAJIRA BARRANCAS
53 305370 26987712 KEIDIS YAQUELINE TONCEL RAMIREZ LA GUAJIRA BARRANCAS 54 219269 1051634659 MARELVIS MORENO PRADO BOLÍVAR CANTAGALLO 55 253468 1694429 CORNELIO SILVA BOLÍVAR MORALES
56 231234 8827120 ISMAEL SILVA RODRIGUEZ BOLÍVAR MORALES
57 219171 91420416 ALCIBIADES ZAYAS ALVARINO BOLÍVAR ARENAL
58 219169 45743475 NEXI ROMERO PIMIENTA BOLÍVAR ARENAL
59 231238 1050971605 WENDIS NAVARRO SANCHEZ BOLÍVAR SAN PABLO
60 231237 28313681 BINELVA ROJAS MEZA BOLÍVAR SAN PABLO
61 219471 1192916435 ELBER ANTONIO BARRIOS CHAVEZ BOLÍVAR SAN PABLO
62 219470 1104126412 YULIXA ALEJANDRA ROJAS LERMA BOLÍVAR SAN PABLO
63 219468 1050730757 JEAN CARLOS PABUENA GARIZAO BOLÍVAR SAN PABLO 64 219463 49687985 ELVIRA ROPERO ARIAS BOLÍVAR SAN PABLO 65 219462 45360024 ANA DE JESUS QUINTERO MARIO BOLÍVAR SAN PABLO 66 219460 32007989 MARIA ELENA GOMEZ ROPERO BOLÍVAR SAN PABLO 67 219456 28151340 NANCY ELVIRA
GUERRERO
MENESES BOLÍVAR SAN PABLO
66 219460 32007989 MARIA ELENA GOMEZ ROPERO BOLÍVAR SAN PABLO 67 219456 28151340 NANCY ELVIRA
GUERRERO
MENESES BOLÍVAR SAN PABLO 68 219455 19940038 EDER MIGUEL VILLAMIZAR DIAZ BOLÍVAR SAN PABLO 69 219453 8829438 JOSE MARIA
GUERRERO
MENESES BOLÍVAR SAN PABLO 70 219452 8828800 DIOMAR
GUERRERO
MENESES BOLÍVAR SAN PABLO 71 219450 5714712 MIGUEL ROJAS MEZA BOLÍVAR SAN PABLO 72 219565 1100550337
MILDRETH
JAQUELINE RIVAS CUELLO BOLÍVAR SIMITÍ 73 261675 3818392 ISMAEL VERGARA CAÑA BOLÍVAR MORALES 74 257281 49664412 GLADIS MARIA
VALENCIA
SANGUINO BOLÍVAR MORALES
75 257279 26767101 ABADEZA QUIÑONES CAMPO BOLÍVAR MORALES
76 234868 22824381 ARACELIS MATTOS TORRES BOLÍVAR MORALES 77 264407 3818315 RAMON CHAVEZ DIAZ BOLÍVAR MORALES 78 264444 22824415 LILIA DEL CARMEN
NIGRINIS
OTALVAREZ BOLÍVAR MORALES
79 264443 5086609 SERGIO GUTIERREZ CAÑA BOLÍVAR MORALES
80 236305 23151234 EDILMA MATAJIRA CACERES BOLÍVAR SIMITÍ
81 262918 8364001 DEIVIS XAVIER MARTINEZ AVILA BOLÍVAR SAN PABLO
80 236305 23151234 EDILMA MATAJIRA CACERES BOLÍVAR SIMITÍ
81 262918 8364001 DEIVIS XAVIER MARTINEZ AVILA BOLÍVAR SAN PABLO
82 260903 1002375241 YULIZA ROJAS CORTES BOLÍVAR CANTAGALLO
83 275181 7952830 SAMIR FLOREZ PALLARES BOLÍVAR ARENAL
84 275185 30858108 DEXI ESTHER OSPINO CUESTA BOLÍVAR ARENAL
85 225292 22530037 REBECA PATRICIA LOPEZ PALACIO LA GUAJIRA DIBULLA 86 225284 1123401569 LEONIS NICOLAS CHOLES PIMIENTA LA GUAJIRA DIBULLA 87 229630 1124562056 JOSE LUIS
GONZALEZ
GUTIERREZ LA GUAJIRA URIBIA
88 257295 1192901493 JOSE EPIAYU EPIAYU LA GUAJIRA MANAURE
89 257292 84049307 ALBERTO URIANA BONIVENTO LA GUAJIRA MANAURE
90 257285 17808744 JAIME URIANA LA GUAJIRA MANAURE
91 262939 1010053765 YULIBETH MARIA ALFONSO MENDOZA LA GUAJIRA DIBULLA
92 226580 84049291 ANTONIO URIANA EPIEYU LA GUAJIRA MANAURE 93 226571 84080149 ANTONIO RAFAEL EPIAYU LA GUAJIRA MANAURE 0381 27 JUNIO 2025Página 6 de 11
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
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Resolución No. del “Por la cual se asignan ciento veintiocho (128) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural dentro del Esquema Público”
No CÓDIGO
HOGAR
DOCUMENTO
DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO
94 226570 1118828057 NORELIS EPIAYU LA GUAJIRA MANAURE
95 226541 1124359674 JAIDER PEREZ URIANA LA GUAJIRA MANAURE
96 226534 40839136 BLANCA AGUILAR EPIEYU LA GUAJIRA MANAURE
97 226529 40837191 ISIDORA AGUILAR EPIEYU LA GUAJIRA MANAURE
98 226512 1124402781 YORI URIANA LA GUAJIRA MANAURE
99 226523 26966504 INES EPIAYU LA GUAJIRA MANAURE
100 226525 1118804940 VICTOR EPIAYU LA GUAJIRA MANAURE
101 226596 27035345 AYDA GONZALEZ SIJONA LA GUAJIRA MANAURE 102 298482 84026654 ELINSON IPUANA LA GUAJIRA MANAURE 103 300699 1214464180 DARWIN RAFAEL
ARPUSHANA
ARPUSHANA LA GUAJIRA MANAURE 104 301713 56101959 DIGNA ROSA
ARPUSHANA
URARIYU LA GUAJIRA MANAURE
103 300699 1214464180 DARWIN RAFAEL
ARPUSHANA
ARPUSHANA LA GUAJIRA MANAURE 104 301713 56101959 DIGNA ROSA
ARPUSHANA
URARIYU LA GUAJIRA MANAURE 105 301724 40838704 LUCY
URIANA
ARPUSHANA LA GUAJIRA MANAURE
106 302385 1118858199 SANDY PAOLA CAMARGO RIVEIRA LA GUAJIRA MANAURE 107 302386 1010098162 MARLENE BEATRIZ RIVEIRA EPIEYU LA GUAJIRA MANAURE 108 302389 1124405864 LILIBETH
ARPUSHAINA
GONZALEZ LA GUAJIRA MANAURE 109 302392 1124405876 YULEY ESTEFANI
MENGUAL
ARPUSHANA LA GUAJIRA MANAURE
110 302367 1118857366 ERICK RAFAEL MENGUAL AGUILAR LA GUAJIRA MANAURE 111 226618 1063788659 LEANDRO RAFAEL SANCHEZ BERRIO CÓRDOBA PUERTO LIBERTADOR 112 279248 50951530 ARGELIA MARIA
MERCADO
MENDOZA CÓRDOBA MONTELÍBANO 113 262135 50977165 RUBY RUTH ROMERO ROJAS CÓRDOBA TIERRALTA 114 262133 10772444 HUGO NEL
ALMANZA
ALTAMIRANDA CÓRDOBA TIERRALTA 115 262132 6889601 LEON ANGEL COGOLLO IBARRA CÓRDOBA TIERRALTA 116 262131 15661484 HUGO MANUEL
ALMANZA
MARTINEZ CÓRDOBA TIERRALTA
117 262129 70526874 LUIS MIGUEL RAMOS MACEA CÓRDOBA TIERRALTA
116 262131 15661484 HUGO MANUEL
ALMANZA
MARTINEZ CÓRDOBA TIERRALTA 117 262129 70526874 LUIS MIGUEL RAMOS MACEA CÓRDOBA TIERRALTA 118 262128 15610625
MANUEL
SANTANDER
VILLALBA
HERNANDEZ CÓRDOBA TIERRALTA
119 280187 1063287579 EMMA ISABEL MORFIL MEDINA CÓRDOBA MONTELÍBANO
120 271295 1063356683 LUZ ESTELLA MAZO VERTEL CÓRDOBA PUERTO LIBERTADOR
121 271297 1063360421 SHIRLEY PAOLA MADERA LOPEZ CÓRDOBA PUERTO LIBERTADOR 122 219459 32007824 MARITZA PAZOS CARCAMO BOLÍVAR SAN PABLO 123 219467 1050548746 MAYERLIS
BOHORQUEZ
RODRIGUEZ BOLÍVAR SAN PABLO
124 219451 8828662 YOLVIS DIAZ ROJAS BOLÍVAR SAN PABLO 125 219559 1049025196 GABRIEL PLAZAS SANABRIA BOLÍVAR SIMITÍ 126 234867 22824378 HERMINIA
AVENDAÑO
MATTOS BOLÍVAR MORALES
127 262917 1002361891 SANDRA QUINTERO ARRIETA BOLÍVAR SAN PABLO
128 235519 32005825 ROSALBA CORTES ROMERO BOLÍVAR SIMITÍ
Que EnTerritorio, en calidad de interventor, mediante correo electrónico de fecha 18 de junio del 2025, informó el resultado de los diagnósticos habilitados viables presentados por el referido contratista, en el que se detalla el valor de los mejoramientos objeto de intervención,
Que EnTerritorio, en calidad de interventor, mediante correo electrónico de fecha 18 de junio del 2025, informó el resultado de los diagnósticos habilitados viables presentados por el referido contratista, en el que se detalla el valor de los mejoramientos objeto de intervención, los cuales constituyen el valor de los subsidios familiares de vivie nda discriminados en el artículo primero de este acto administrativo.
Que el valor total de los recursos asignados como Subsidio Familiar de Vivienda Rural, destinados a la solución de vivienda de cada hogar que cumplió los requisitos establecidos en el artículo 65 de la Resolución No. 0536 de 2020 asciende a la suma de CUATRO MIL 0381 27 JUNIO 2025Página 7 de 11
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Resolución No. del “Por la cual se asignan ciento veintiocho (128) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural dentro del Esquema Público”
CUATROCIENTOS SETENTA Y T RES MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MIL PESOS
M/CTE ($4.473.542.000).
Que los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución se entenderán legalizados de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.7.14 del Decreto 1077 de 2015, con el documento que acredita la asignación
de la presente resolución se entenderán legalizados de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.7.14 del Decreto 1077 de 2015, con el documento que acredita la asignación del subsidio familiar de vivienda y el certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el interventor contratado para el efecto.
Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal ni requiere expedición de certificados de disponibilidad presupuestal, y los desembolsos correspondientes a los subsidios asignados en el presente acto administrativo se efectúan con carg o a los recursos incorporados en el respectivo Fideicomiso.
Que, en uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.
Que la política de asignación de Subsidios Familiares de Vivienda Rurales estipulada en el Decreto 1077 de 2015, consagrada etapas previas a la asignación tales como focalización, postulación y actividades de preconstrucción. Así las cosas, los hogares an teriormente enunciados se validaron por parte del MVCT y se indicó que cumplieron con los requisitos reseñados en la normatividad vigente al momento de su validación, y en concordancia con las convocatorias desarrolladas para la modalidad mejoramiento, por tal motivo, y en pro de garantizar la asignación de un subsidio de vivienda procurando que se respeten las condiciones, requisitos y criterios vigentes en el marco de las convocatorias llevadas a cabo por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
garantizar la asignación de un subsidio de vivienda procurando que se respeten las condiciones, requisitos y criterios vigentes en el marco de las convocatorias llevadas a cabo por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Que, teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1 Asignar Ciento Veintiocho (128) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural dentro del Esquema Público para un total de CUATRO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MIL PESOS MCTE ($4.473.542.000) Valor que no excede de los veintidós (22) SMLMV por unidad habitacional, para los hogares que supere dicho valor, este se circunscribe a actividades de Delta de Transporte.
Se relacionan únicamente los jefes de hogar del núcleo familiar, no obstante, lo anterior, el Subsidio Familiar de Vivienda Rural se asigna a la totalidad del hogar postulado, en los términos y condiciones del Decreto 1077 de 2015, respecto de los jefes de hogares que se relacionan a continuación:
No CÓDIGO
HOGAR DOCUMENTO DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SFVR 1 232729 1010075858 ALBA ROSA PUSHAINA LA GUAJIRA HATONUEVO $ 35.317.000
No CÓDIGO
HOGAR DOCUMENTO DE IDENTIDAD NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SFVR 1 232729 1010075858 ALBA ROSA PUSHAINA LA GUAJIRA HATONUEVO $ 35.317.000 2 232691 5152441 GERVACIO ARPUSHAINA LA GUAJIRA HATONUEVO $ 35.317.000 3 237804 1122819069 OSMELIS
BALLESTAS RAMIREZ LA GUAJIRA BARRANCAS $ 35.317.000 4 231957 77023338
RODRIGO ANTONIO LAGO DUARTE LA GUAJIRA EL MOLINO $ 38.217.000 5 231975 5165201
NIXON
ANTONIO
HERRERA MARTINEZ LA GUAJIRA EL MOLINO $ 38.217.000 6 231966 5172143 LUIS RAFAEL
VANEGAS MERIÑO LA GUAJIRA EL MOLINO $ 38.217.000 7 233174 1193530834 ELSA HELENA
VANGRIEKEN
JUSAYU LA GUAJIR
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