MINVIVIENDA - Resolución 0382 de 2025
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0382 de 2025
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2025
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Fondo Nacional de Vivienda Versión:10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
RESOLUCIÓN NÚMERO
“Por medio de la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución 2080 de 2021, por la cual se asignaron subsidios familiares de vivienda”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA –
FONVIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003 y la sección 1, capítulo 4, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 modificado por el Decreto 729 de 2017, y
CONSIDERANDO
Que el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003 establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda “(…) Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional (…)”.
Que, asimismo, de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”
Que, mediante Resolución nro. 2080 del 9 de agosto de 2021, se asignó un subsidio
FONVIVIENDA “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”
Que, mediante Resolución nro. 2080 del 9 de agosto de 2021, se asignó un subsidio familiar de vivienda en especie al hogar de la señora MARIA GABRIELA PALACIO HINESTROZA, identificada con cédula de ciudadanía nro. 22181633, en el proyecto URBANIZACIÓN CIRCUNVALAR EL PIÑAL II, ubicado en Quibdó – Chocó, en el marco del programa Vivienda Gratuita Fase II (PVG 2), sin embargo, por un error involuntario, en el acto administrativo en mención se consignó el nombre MARIA GABRIELA
PALACIOS HINESTROZA.
Que, mediante Resolución nro. 2080 del 9 de agosto de 2021, se asignó un subsidio familiar de vivienda en especie al hogar de la señora MARTHA ROCIO PEREA COPETE, identificada con cédula de ciudadanía nro. 35891964, en el proyecto URBANIZACIÓN CIRCUNVALAR EL PIÑAL II, ubicado en Quibdó – Chocó, en el marco del programa Vivienda Gratuita Fase II (PVG 2), sin embargo, por un error involuntario, en el acto administrativo en mención se consignó el nombre MARTHA PEREA COPETE. Que las capturas de información relacionadas con los errores enunciados se tramitaron a través de los envíos web 42638 y 42639, para validación y aplicación de la corrección correspondiente en el sistema de información del subsidio familiar de vivienda. Que, al realizar las verificaciones correspondientes, se concluye que es procedente realizar las correcciones en los datos de los beneficiarios del subsidio familiar de vivienda.
correspondiente en el sistema de información del subsidio familiar de vivienda. Que, al realizar las verificaciones correspondientes, se concluye que es procedente realizar las correcciones en los datos de los beneficiarios del subsidio familiar de vivienda. Que el Artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo establece: “(…) Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”. 0382 27 JUNIO 2025Página 2 de 2
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
Resolución No. del “Por medio de la cual se corrige y modifica parcialmente la Resolución 2080 de 2021, por la cual se asignaron subsidios familiares de vivienda”
Que, en razón a que las inconsistencias relacionadas en los considerandos corresponden a errores formales que no inciden en el sentido de la decisión, resulta procedente corregir la Resolución 2080 de 2021.
Que en mérito de lo expuesto,
R E S U E L V E:
a errores formales que no inciden en el sentido de la decisión, resulta procedente corregir la Resolución 2080 de 2021.
Que en mérito de lo expuesto,
R E S U E L V E:
Artículo 1. Corregir los errores formales contenidos en la Resolución 2080 de 2021, respecto de los nombres de los beneficiarios del subsidio familiar de vivienda que se relacionan a continuación, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, así: Nro. Nro. de Resolución Fecha resolución Cedula de ciudadanía Nombre errado Nombre correcto Bolsa 1 2080 09/08/2021 22181633 MARIA GABRIELA
PALACIOS HINESTROZA
MARIA GABRIELA
PALACIO HINESTROZA PVG 2
2 2080 09/08/2021 35891964 MARTHA PEREA COPETE MARTHA ROCIO PEREA
COPETE PVG 2
Artículo 2. Los demás acápites y apartes de la Resolución 2080 de 2021 continúan vigentes y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado. Las correcciones se realizan únicamente para efectos de aclarar la información cargada en el sistema de información del subsidio familiar de vivienda.
Artículo 3. Publicar la presente resolución en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Artículo 4. Comunicar esta decisión a las personas citadas en el artículo 1 de la presente resolución.
Artículo 5. Contra esta resolución no procede recurso alguno.
Artículo 6. La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación.
presente resolución.
Artículo 5. Contra esta resolución no procede recurso alguno.
Artículo 6. La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación.
Dada en Bogotá, D.C.,
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda
Elaboró:
Ivan Garcia Contratista Contrato Nro. 721 - 2025 Subdirección SFV
Revisó:
María Fernanda Merlano Contratista Contrato Nro. 233 - 2025 Subdirección SFV
Jackelinne Díaz Martínez Subdirectora (E) Subdirección SFV
Juan Diego Díaz Abogado Contratista C-400 DIVIS – Fonvivienda
Aprobó:
Rosa Elena Espitia Director (E) DIVIS