MINVIVIENDA - Resolución 0396 de 2025
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0396 de 2025
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 0396 DE 03 JULIO 2025
“Por la cual se asignan veintiún (21) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de Mejoramiento de Vivienda”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y
CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del director ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”.
Que en el capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 se incorporó el programa “Casa Digna, Vida Digna” , destinado al mejoramiento de viviendas de interés social – VIS, de hogares con ingresos totales mensuales de hasta cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigentes, conforme con lo dispuesto en el artículo 2.1.1.1.1.1.4 del Decreto 1077 de 2015. Que, en virtud de lo establecido en el artículo 2.1.1.7.3 del Decreto 1077 de 2015,
lo dispuesto en el artículo 2.1.1.1.1.1.4 del Decreto 1077 de 2015. Que, en virtud de lo establecido en el artículo 2.1.1.7.3 del Decreto 1077 de 2015, el Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda suscribió el Contrato Fiduciario nro. 001 del 14 de marzo de 2019 en la radicación interna de Fonvivienda, radicado ante la Superintendencia Financiera de Colombia con el número 3 -1-83679, por medio del cual se constituyó un patrimonio autónomo denominado FideicomisoPrograma “Casa Digna, Vida Digna”.
Que el artículo 2.1.1.7.1 y siguientes del Decreto 1077 de 2015 determina las condiciones y requisitos de los hogares para ser beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en la modalidad de mejoramiento.
Que conforme al artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015, el subsidio familiar de vivienda que asigna FONVIVIENDA en el marco del programa de mejoramiento podrá ser complementario a subsidios otorgados por otras entidades, y su valor podrá ascender hasta dieciocho (18) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) para las intervenciones de tipo locativo, de acuerdo con lo establecido para la modalidad correspondiente. Que la política de asignación de los Subsidios Familiares de Vivienda, contemplada en el Decreto 1077 de 2015, establece etapas previas a su otorgamiento, como la focalización, la postulación y las actividades de preconstrucción. En este contexto, por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se validó que
en el Decreto 1077 de 2015, establece etapas previas a su otorgamiento, como la focalización, la postulación y las actividades de preconstrucción. En este contexto, por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se validó que los hogares anteriormente mencionados, cumplieron con los requisitos exigidos por la normativa vigente al momento de las postulaciones al programa de mejoramiento. Por tanto, con el fin de garantizar una asignación adecuada del subsidio por parte de Fonvivienda, se velará por el cumplimiento de las
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Que mediante el contrato No. 224003 ENT – 03 FIDUBOGOTÁ se vinculó a EnTerritorio para realizar la interventoría técnica, administrativa, financiera, jurídica, entre otras, de la ejecución de las etapas de estructuración, categorización, diagnóstico y realización de las obras de mejoramiento del programa de mejoramiento de vivienda. Que EnTerritorio, en calidad de interventor, mediante correo electrónico de fecha 17 de junio del 2025 dirigido a la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS), informó el listado de los hogares que se encuentran en estado
Que EnTerritorio, en calidad de interventor, mediante correo electrónico de fecha 17 de junio del 2025 dirigido a la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS), informó el listado de los hogares que se encuentran en estado habilitado con diagnóstico efectivo, los cuales serán beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en el marco del programa de mejoramiento, así como el porcentaje de los aportes realizados por cada entidad en el convenio, así:
Fuente de financiació n
Municipio Valor Total del Convenio
Entidad
Porcentaje Banco Mundial Arauca $ 3.000.000.000 FONVIVIENDA 100% Saravena $ 3.000.000.000 FONVIVIENDA 100%
Que, mediante correo electrónico de fecha 18 de junio de 2025, la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) informó a la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda el resultado de los diagnósticos habilitados viables aplicable a suelo urbano, según concepto emitido por EnTerritorio en calidad de interventor, frente a los hogares que cumplieron los requisitos exigidos en el artículo 2.1.1.7.5. del Decreto 1077 de 2015. Que el mencionado listado, remitido por EnTerritorio, contó con el respectivo control de calidad reportado por el ingeniero de sistemas de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda a través de correo electrónico de fecha 20 de junio de 2025, sobre los hogares que se encuentran en estado habilitado con diagnóstico efectivo, los cuales serán beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en el marco del programa de mejoramiento de vivienda
de 2025, sobre los hogares que se encuentran en estado habilitado con diagnóstico efectivo, los cuales serán beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en el marco del programa de mejoramiento de vivienda
Que el valor total de los recursos objeto de asignación por concepto de los subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento de los hogares que cumplieron los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.7.1 y siguientes del Decreto 1077 de 2015, asciende a la suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS
MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL PESOS M/CTE ($292.320.000).
Que los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución se entenderán legalizados de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.1.7.14 del Decreto 1077 de 2015 y el Manual Operativo del programa, con el documento que acredita la asignación del subsidio familiar de vivienda y el certificado de existencia de la obra de mejoramiento, suscrito por el interventor, ejecutor y el prestador de asistencia técnica. Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal ni requiere expedición de certificados de disponibilidad presupuestal, y los desembolsos correspondientes a los subsidios asignados en el presente acto administrativo se
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Que, en uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios.
Que, teniendo en cuenta que los hogares relacionados en la presente resolución cumplieron con los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas, se hace necesario expedir el acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda. Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Asignar veintiún (21) subsidios familiares de vivienda en el marco de Programa de “Casa Digna, Vida Digna” para el mejoramiento de viviendas de interés social, por un valor total de DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL PESOS M/CTE ($292.320.000), a los hogares que se relacionan a continuación:
No ID_HOGAR CEDULA NOMBRE APELLIDO DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR ASIGNADO 1 28485877 17546406 BERNARDO CONTRERAS
que se relacionan a continuación:
No ID_HOGAR CEDULA NOMBRE APELLIDO DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR ASIGNADO 1 28485877 17546406 BERNARDO CONTRERAS MARTINEZ ARAUCA ARAUCA $ 13.920.000 2 28485883 17583367 JOSE ISABEL MENDOZA ARAUCA ARAUCA $ 13.920.000 3 28486158 28096819 ROSA DELIA MEJIA LOZANO ARAUCA ARAUCA $ 13.920.000 4 28227237 33515103 ERNESTINA EUDES DE WILCHES ARAUCA SARAVENA $ 13.920.000 5 28430227 49664791 MARIA
ESTELLA
SANCHEZ MACEA ARAUCA SARAVENA $ 13.920.000 6 28486266 19464844 ALVARO TAMAYO ARAUCA ARAUCA $ 13.920.000 7 28485859 17589396 REINALDO MONTAÑEZ RATIA ARAUCA ARAUCA $ 13.920.000 8 28142526 68247001 EDILMA GONZALEZ IBAÑEZ ARAUCA SARAVENA $ 13.920.000 9 28430212 13817608 LUIS
FRANCISCO
AGUILAR AGUILAR ARAUCA SARAVENA $ 13.920.000 10 28486258 68288864 LUZ MARINA CONTRERAS GOMEZ ARAUCA ARAUCA $ 13.920.000 11 28486270 68298641 DERLYS
ISLEYER
LUNA BARRETO ARAUCA ARAUCA $ 13.920.000 12 28430229 68304099 LIGIA
11 28486270 68298641 DERLYS
ISLEYER
LUNA BARRETO ARAUCA ARAUCA $ 13.920.000 12 28430229 68304099 LIGIA YANETH LOPEZ URIBE ARAUCA SARAVENA $ 13.920.000 13 28486259 1116792686 YENIFER JOHANA CAMEJO RUIZ ARAUCA ARAUCA $ 13.920.000 14 28158475 13354531 JESUS ANTONIO JAIMES ARAUCA SARAVENA $ 13.920.000 15 28485881 9133178 JAIME JOSE CASTILLO DOMINGUEZ ARAUCA ARAUCA $ 13.920.000 16 27625502 5456073 GONZALO RIVERO ARAUCA SARAVENA $ 13.920.000
17
28142545
40512271
ANA MIRIAN DURAN
MORA
ARAUCA
SARAVENA
$ 13.920.000 18 28486340 40505800 ELIANA GIRALDO ARAUJO ARAUCA SARAVENA $ 13.920.000 19 28234701 68245478 AURA ROSA
CASTELLANO
S
ARCINIEGAS ARAUCA SARAVENA $ 13.920.000
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Página 3 de 4Artículo 4. Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo
PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
Página 3 de 4Artículo 4. Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.7.13 “perdida y restitución del subsidio familiar de vivienda” del Decreto 1077 de 2015, por lo cual podrá revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Resolución No 0396 DE 03 JULIO 2025 “Por la cual se asignan veintiún (21) subsidios familiares de vivienda en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de Mejoramiento de Vivienda”
No ID_HOGAR CEDULA NOMBRE APELLIDO DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR ASIGNADO 20 28486307 68248195 ISOLINA VALENCIA ARAUCA SARAVENA $ 13.920.000 21 28486272 68285092 NILDA DEL VALLE PAEZ
BRICEÑO ARAUCA ARAUCA $ 13.920.000
VALOR TOTAL DE LOS SFVE ASIGNADOS $292.320.000
Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución es de doce (12) meses, contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de su asignación y hasta la legalización del mismo. Artículo 3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 1437 de 2011, Fonvivienda aplicará la pérdida de ejecutoriedad del acto administrativo frente a la asignación del subsidio familiar de vivienda respectivo, cuando se compruebe que el beneficiario de la subvención se ha negado a la intervención del mejoramiento del inmueble postulado.
frente a la asignación del subsidio familiar de vivienda respectivo, cuando se compruebe que el beneficiario de la subvención se ha negado a la intervención del mejoramiento del inmueble postulado.
Artículo 5. Publicar la presente resolución en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Artículo 6. Comunicar al Patrimonio Autónomo del Fideicomiso - Programa “Casa Digna, Vida Digna” , constituido según el Contrato de fiducia mercantil de administración y pagos Nro. 001 de 2019 suscrito con Fiduciaria Bogotá, y al prestador de asistencia técnica. Artículo 7. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá D.C., a los 03 JULIO 2025
Dada en Bogotá D.C., a los 03 JULIO 2025
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
601
GALEANO
AVILA
ANDERSON
ARTURO Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA
ANDERSON ARTURO
Fecha: 2025.07.02
15:07:08 -05'00'
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda
Elaboro: Jhon Meyer
Cargo: Contratista
Oficina: SSFV
Revisó: Jackelinne Diaz Martínez
Cargo: Subdirectora (E)
Oficina: SSFV
Yeny Andrea Pachón Alonso
Cargo: Contratista
Oficina: DIVIS
Maria Fernanda Merlano Contratista DIVIS Julián Vásquez G Contratista CMC 17-2025
Oficina: SSFV
Yeny Andrea Pachón Alonso
Cargo: Contratista
Oficina: DIVIS
Maria Fernanda Merlano Contratista DIVIS Julián Vásquez G Contratista CMC 17-2025
FONVIVIENDA
Aprobó: Rosa Elena Espitia Riaño
Cargo: Directora (E)
Ofinina: DIVIS
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 10/04/2025
PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
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