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MINVIVIENDA - Resolución 0406 de 2025

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0406 de 2025
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2025

Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 1 de 5 RESOLUCIÓN NÚMERO 0406 DE 09 JULIO 2025 “Por la cual se asignan treinta (30) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Semillero de Propietarios, en la modalidad de arrendamiento para población migrante”. EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la sección 9 del capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”. Que, asimismo, de acuerdo con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones”. 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones”. Que en la sección 9 del capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 se enmarcan las condiciones especiales de asignación del subsidio familiar de vivienda en la modalidad de arrendamiento en el marco del programa de promoción y acceso a la vivienda "Semillero de Propietarios" para población migrante, destinado a facilitar el acceso a una solución de vivienda digna para la población migrante venezolana cuyos ingresos sean iguales o inferiores a 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), por medio de una política de arrendamiento social. Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.1.1.6.4.1 del Decreto 1077 de 2015, Fonvivienda suscribió con la Fiduciaria Bogotá S.A. – Fidubogotá el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 006 del 26 de diciembre de 2018 en la radicación interna de Fonvivienda, radicado ante la Superintendencia Financiera de Colombia con el número 3183165, por medio del cual se realizará la administración de los recursos para la ejecución de las actividades en materia de vivienda de interés social prioritaria urbana, destinados a la atención de hogares a los que se refiere el programa de promoción y acceso a vivienda “Semillero de Propietarios". Que la sección 9, capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios y determina las condiciones y requisitos para los hogares Que la sección 9, capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios y determina las condiciones y requisitos para los hogares objeto del programa “Semillero de Propietarios” para población migrante. Que el artículo 2.1.1.6.9.3. del Decreto 1077 de 2015 establece siguiendo sus líneas:Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 2 de 5 Resolución No. 0406 del 09 JULIO 2025 “Por la cual se asignan treinta (30) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Semillero de Propietarios, en la modalidad de arrendamiento para población migrante”. “Artículo 2.1.1.6.9.3. Valor del subsidio familiar de vivienda destinado a hogares migrantes. El valor del subsidio familiar de vivienda aplicable al canon de arrendamiento mensual, para los hogares migrantes beneficiarios, se establecerá así: a) Para contratos de arrendamiento con plazo igual o inferior a seis (6) meses, se asignará un subsidio familiar de vivienda por el mismo plazo, por valor de hasta 0,60 salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la asignación del subsidio, para cada canon mensual de arrendamiento. b) Para contratos de arrendamiento con plazo de doce (12) meses, se asignará un subsidio familiar de vivienda por el mismo plazo, por valor de hasta 0,45 salarios para cada canon mensual de arrendamiento. b) Para contratos de arrendamiento con plazo de doce (12) meses, se asignará un subsidio familiar de vivienda por el mismo plazo, por valor de hasta 0,45 salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la asignación del subsidio, para cada canon mensual de arrendamiento.” Que, en cumplimiento del artículo 2.1.1.6.9.8 del Decreto 1077 de 2015, los hogares migrantes habilitados solicitaron ante Fonvivienda la asignación de subsidios familiares de vivienda en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda “Semillero de Propietarios" , en la modalidad de arrendamiento para población migrante, para hogares que suscribieron contratos de arrendamiento. Para el efecto, los hogares enviaron el correspondiente contrato de arrendamiento debidamente suscrito, los documentos que permiten acreditar las condiciones mínimas de habitabilidad de la vivienda objeto de arrendamiento, acta de entrega y recibo de la vivienda objeto de arrendamiento y la información del arrendador para su validación. Que, para el desarrollo de la actividad descrita, se requiere disponer de experiencia técnica y capacidad operativa para la verificación de las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas arrendadas a los hogares potenciales beneficiarios del programa, razón por la cual se han suscrito los respectivos Convenios Interadministrativos entre Fonvivienda y las Entidades Territoriales competentes, con el fin de garantizar la adecuada ejecución de esta labor. Que, en el marco de los convenios interadministrativos suscritos, las Entidades Territoriales efectuaron la verificación de las condiciones mínimas de habitabilidad en las viviendas postuladas por las personas habilitadas por Fonvivienda, certificando su Que, en el marco de los convenios interadministrativos suscritos, las Entidades Territoriales efectuaron la verificación de las condiciones mínimas de habitabilidad en las viviendas postuladas por las personas habilitadas por Fonvivienda, certificando su viabilidad para la asignación de subsidios en el marco del programa “Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de Arrendamiento para población Migrante”. Que, como parte de las actividades previstas en los convenios interadministrativos, las Entidades Territoriales realizarán el seguimiento a los hogares beneficiarios del subsidio, a través de visitas trimestrales efectuadas aleatoriamente. Que, para el cumplimiento de dichas responsabilidades, las Entidades Territoriales realizan un aporte en especie consistente en la vinculación de un equipo de profesionales contratados por prestación de servicios, conformado por perfiles financieros, jurídicos, sociales, técnicos, administrativos, cartográficos, entre otros, así como la disposición del servicio de transporte para movilizar al personal interdisciplinario encargado de las visitas de verificación a las unidades habitacionales y de seguimiento a los hogares. Que el valor total de los recursos asignados como subsidios familiares de vivienda en dinero a los hogares que cumplieron los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.6.9.1. del Decreto 1077 del 2015 asciende a la suma de DOSCIENTOS DIEZ MILLONES DOSCIENTOS VEINTITRÉS MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 3 de 5 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 3 de 5 Resolución No. 0406 del 09 JULIO 2025 “Por la cual se asignan treinta (30) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Semillero de Propietarios, en la modalidad de arrendamiento para población migrante”. ($210.223.500), que corresponde en todo o en parte al canon de arrendamiento, que no puede exceder los 0.45 SMLMV por hogar, durante doce (12) meses. Que, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 2.1.1.6.9.5 y 2.1.1.6.9.8 del Decreto 1077 de 2015, y teniendo en cuenta que los hogares reportados en el correo electrónico de fecha 03 de julio de 2025 cumplieron con los requisitos establecidos en la norma antes mencionada, se hace necesario expedir el presente acto administrativo de asignación del subsidio familiar de vivienda. Que el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal y las imputaciones se harán de acuerdo con las reglas establecidas en la sección 2.1.1.6.9.1. del Decreto 1077 de 2015, afectándose los recursos depositados en el Fideicomiso Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de Compra “Semillero de Propietarios” subcuenta de recursos de cooperación no reembolsables. Que Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.4.1.5.3 “Semillero de Propietarios” subcuenta de recursos de cooperación no reembolsables. Que Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.4.1.5.3 del Decreto 1077 de 2015, relacionada con la posibilidad de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Asignar treinta (30) subsidios familiares de vivienda en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda “ Semillero de Propietarios ", en la modalidad de arrendamiento para población migrante, por un valor total de DOSCIENTOS DIEZ MILLONES DOSCIENTOS VEINTITRÉS MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE. ($210.223.500), a los hogares que se relacionan a continuación:

TIPO DE

DOCUMENT

O DE

IDENTIDAD

NÚMERO DE

DOCUMENT

O DE

IDENTIDAD

NOMBRES

Y

APELLIDOS

ARRENDADO

R Nro. DE

DOCUMENTO

DE

IDENTIDAD

ARRENDADOR

DEPARTAMENT

O

MUNICIPIO

VALOR CANON

ARRIENDO

MENSUAL

VALOR

SUBSIDIO

AL CANON

ARRIEND

O

MENSUAL

VALOR TOTAL

SUBSIDIO

POR

12 MESES

1 PPT 6626208

LISBETH

MARISOL

SANCHEZ

GONZALEZ

VICTOR

DANILO

CARDENAS

URREGO

SUBSIDIO

POR

12 MESES

1 PPT 6626208

LISBETH

MARISOL

SANCHEZ

GONZALEZ

VICTOR

DANILO

CARDENAS

URREGO

79982905

BOGOTÁ, D.C.

BOGOTÁ, D.C. $ 980.000 $ 640.575 $ 7.686.900

2 CE 757940

CARMEN

MARIA

GARCIA

MATOS

LUZ MARINA

ROJAS

GARCIA

41755483

BOGOTÁ, D.C.

BOGOTÁ, D.C. $ 1.202.100 $ 640.575 $ 7.686.900

3 PPT 6214443

RICARDO

JOSE

ANGULO

GRATEROL

DEISSY

PRADA DE

PERDOMO

41480941

BOGOTÁ, D.C.

BOGOTÁ, D.C. $ 600.000 $ 600.000 $ 7.200.000

4 PPT 694303 GEISA

SONSIREE

LOZADA DE

BERMUDEZ

ZOILA

MERCEDES

PAZ

BORNACHERA

36547427

MAGDALENA SANTA MARTA $ 800.000 $ 640.575 $ 7.686.900

5 PPT 6462591

MADELANNE

CHIQUINQUI

RA ARANDIA

NUVAEZ

FLAMINIA

PÉREZ CELIS

57442886 5 PPT 6462591

MADELANNE

CHIQUINQUI

RA ARANDIA

NUVAEZ

FLAMINIA

PÉREZ CELIS

57442886

MAGDALENA SANTA MARTA $ 400.000 $ 400.000 $ 4.800.000

6 PPT 5222992

MORELA

MARIA REYES

FONSECA

JADER

ARMANDO

NAVARRO

CASTRO

85468245

MAGDALENA SANTA MARTA $ 650.000 $ 640.575 $ 7.686.900

7 PPT 1266351

MADELEY DE

LOS

ANGELES

HUAPAYA

RIOS

MADELEY

HUAPAYA

1266351

MAGDALENA

SANTA MARTA

$ 580.000 $ 580.000 $ 6.960.000 8 PPT 5321663

YESICA

RIERA

CHUELLO

ROSMIRA

ROSA DEL RIO

LEON 36561367 MAGDALENA SANTA MARTA $ 800.000 $ 640.575 $ 7.686.900

9 PPT 6294590

ISENIA DEL

CARMEN

MORENO

GARCIA

CLAUDIA

MILENA

CHÁVEZ

PARRA 37511681

SANTANDER BUCARAMANGA $ 600.000 $ 600.000 $ 7.200.000

10 PPT

CLAUDIA

MILENA

CHÁVEZ

PARRA 37511681

SANTANDER BUCARAMANGA $ 600.000 $ 600.000 $ 7.200.000

10 PPT 4894778 CAROL

ANDREINA

LOPEZ

CASTILLO

LUZ MIRALVA

SILVA ACUÑA

37831288

SANTANDER BUCARAMANGA $ 600.000 $ 600.000 $ 7.200.000

11 PPT 4956498

YAMILETH

COROMOTO

VILLASMIL

MORENO

ABELARDO

RINCON

MONSALVE

5574694

SANTANDER BUCARAMANGA $ 300.000 $ 300.000 $ 3.600.000

12 PPT 6146844

CORIANNY

YOLIBER

ARIAS

SOLORZANO

OSCAR

MAURICIO

TOVAR DIAZ

91472483

SANTANDER BUCARAMANGA $ 1.000.000 $ 640.575 $ 7.686.900

13 PPT 5011943

PAOLA JOSE

JARAMILLO

LOPEZ MARIA

ISABEL

GOMEZ

VASQUEZ

37713228

SANTANDER BUCARAMANGA $ 600.000 $ 600.000 $ 7.200.000

14 CE 738995

THAMIR

JOSEFINA

GONZALEZ

ALEXANDER

SANTANDER BUCARAMANGA $ 600.000 $ 600.000 $ 7.200.000

14 CE 738995

THAMIR

JOSEFINA

GONZALEZ

ALEXANDER

MALDONADO

CONTRERAS

91508738 SANTANDER BUCARAMANGA $ 700.000 $ 640.575 $ 7.686.900Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 4 de 5 Resolución No. 0406 del 09 JULIO 2025 “Por la cual se asignan treinta (30) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Semillero de Propietarios, en la modalidad de arrendamiento para población migrante”. N°

TIPO DE

DOCUMENT

O DE

IDENTIDAD

NÚMERO DE

DOCUMENT

O DE

IDENTIDAD

NOMBRES

Y

APELLIDOS

ARRENDADO

R Nro. DE

DOCUMENTO

DE

IDENTIDAD

ARRENDADOR

DEPARTAMENT

O

MUNICIPIO

VALOR CANON

ARRIENDO

MENSUAL

VALOR

SUBSIDIO

AL CANON

ARRIEND

O

MENSUAL

VALOR TOTAL

SUBSIDIO

POR

12 MESES

15 PPT 4888750

MENSUAL

VALOR

SUBSIDIO

AL CANON

ARRIEND

O

MENSUAL

VALOR TOTAL

SUBSIDIO

POR

12 MESES

15 PPT 4888750

MARISELA

LINCOLN DE

MOJICA

SORELY

JOHANA

QUIROGA

ORDOÑEZ

37557218

SANTANDER BUCARAMANGA $ 900.000 $ 640.575 $ 7.686.900

16 PPT 5972959

HECTOR

ANTONIO

ZAMBRANO

MOLINA

ISABELINA

PORTILLA

MANTILLA

37753371

SANTANDER BUCARAMANGA $ 700.000 $ 640.575 $ 7.686.900

17 PPT 4266705

KATERINE

TIBISAY

MORALES

MALDONADO

OMAR

LIZARAZO

BUSTOS

91477912

SANTANDER BUCARAMANGA $ 650.000 $ 640.575 $ 7.686.900

18 PPT 5913208 ANA

CRISTINA

CARRASQUE

RO PEÑA

YAMILE

CASTAÑEDA

SEPÚLVEDA

37559627

SANTANDER BUCARAMANGA $ 700.000 $ 640.575 $ 7.686.900

19 PPT 5022089

GENESIS

SCARLEN

SUAREZ

MORENO

ALBA

LIBRADA

GARCIA

BARBOSA

19 PPT 5022089

GENESIS

SCARLEN

SUAREZ

MORENO

ALBA

LIBRADA

GARCIA

BARBOSA

63359490

SANTANDER BUCARAMANGA $ 480.000 $ 480.000 $ 5.760.000

20 PPT 1280366

LEIDYS

JOSEFINA

PAREDES

SALAS

OMAIRA

AFANADOR

63301524

SANTANDER BUCARAMANGA $ 600.000 $ 600.000 $ 7.200.000

21 PPT 6416287

BELKYS

YOLIMAR

GUILLEN

HERNANDEZ

VICTOR

ALFONZO

CABRERA

HERNANDEZ

1095806502

SANTANDER BUCARAMANGA $ 660.000 $ 640.575 $ 7.686.900

22 PPT 5507257

ELIENE

OSLAIDE

SEVILLA

MARTINEZ

MARTHA

GALVÁN DÍAZ

51718058

SANTANDER BUCARAMANGA $ 600.000 $ 600.000 $ 7.200.000

23 PPT 6867363 KATTY

LIZNEY

FLOREZ

PARRA MARIA

TERESA

CHAPARRO

CORTES

37842990

SANTANDER BUCARAMANGA $ 500.000 $ 500.000 $ 6.000.000

FLOREZ

PARRA MARIA

TERESA

CHAPARRO

CORTES

37842990

SANTANDER BUCARAMANGA $ 500.000 $ 500.000 $ 6.000.000

24 PPT 6972851

DAMELIS

COROMOTO

CABEZA

YUSMARY

SANCHEZ

SARABIA

49666956

SANTANDER BUCARAMANGA $ 500.000 $ 500.000 $ 6.000.000

25 PPT 6844088

ELIANNY

JOSEFINA

PRADO

GUTERREZ

MONICA

AMAYA

ORTEGA

28411671

SANTANDER BUCARAMANGA $ 500.000 $ 500.000 $ 6.000.000

26 PPT 1663044

MEGLIBETH

ROSELIS

MEDINA

LEON

CARLOS

NEIRA

ARENAS

13816640

SANTANDER BUCARAMANGA $ 900.000 $ 640.575 $ 7.686.900

27 PPT 5294282 MARIA

ZUGEIDI

SALAS DE

MORENO

JUAN CARLOS

MARTINEZ

BONILLA

1098613789

SANTANDER BUCARAMANGA $ 1.000.000 $ 640.575 $ 7.686.900

28 PPT 5815373

YGNACIA

MARIA

GUTIERREZ

REYES

SANTANDER BUCARAMANGA $ 1.000.000 $ 640.575 $ 7.686.900

28 PPT 5815373

YGNACIA

MARIA

GUTIERREZ

REYES RAMON

PEÑARANDA

ANGARITA

91228509

SANTANDER BUCARAMANGA $ 700.000 $ 640.575 $ 7.686.900

29 PPT 1165278

JAVIER

RAMON

ANZOLA

MEJIAS

CANDELARIA

SEQUEDA

SEQUEDA

28357093

SANTANDER BUCARAMANGA $ 600.000 $ 600.000 $ 7.200.000

30 PPT 1352563

ALIX TERESA

RUIZ

GUTIERREZ

MARTHA

CECILIA

MARQUEZ

QUINTERO

63329854

SANTANDER BUCARAMANGA $ 450.000 $ 450.000 $ 5.400.000

VALOR TOTAL DE LOS SFV ASIGNADOS $ 210.223.500

Artículo 2. La vigencia de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados en el artículo 1° de la presente resolución es de doce (12) meses, contados a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de la presente asignación. Artículo 3. El Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda podrá en cualquier momento verificar la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares contados a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de la presente asignación. Artículo 3. El Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda podrá en cualquier momento verificar la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares beneficiarios, haciendo uso de la facultad establecida en el artículo 2.1.1.4.1.5.3 del Decreto 1077 de 2015. Artículo 4. La asignación de los subsidios familiares de vivienda para los hogares relacionados en el artículo 1° de esta resolución queda condicionada a:

  • La suscripción de los contratos de arrendamiento o ajuste de los que se encuentren vigentes, los cuales inician desde el momento que se haga entrega material de la vivienda, lo cual será reportado por el gestor inmobiliario y/o propietario de la vivienda que funja como arrendador. • La verificación del arrendador en las bases de SARLAFT que haga la Fiduciaria Bogotá en cumplimiento del contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 006 de 2018 y/o el establecimiento de crédito al cual se trasladen los valores correspondientes del subsidio, de conformidad con lo indicado en el numeral 9.5.2.2.1. del manual operativo.Fondo Nacional de Vivienda

Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 5 de 5 Resolución No. 0406 del 09 JULIO 2025 “Por la cual se asignan treinta (30) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Página 5 de 5 Resolución No. 0406 del 09 JULIO 2025 “Por la cual se asignan treinta (30) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios en el marco del programa de promoción y acceso a vivienda Semillero de Propietarios, en la modalidad de arrendamiento para población migrante”. • La disponibilidad de los recursos depositados en el Fideicomiso Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de Compra “ Semillero de Propietarios” subcuenta de recursos de cooperación no reembolsables. Artículo 5. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Artículo 6. Comunicar el presente acto administrativo a los hogares beneficiarios y al Patrimonio Autónomo Fideicomiso Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de Compra “Semillero de Propietarios”, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 006 de 2018, suscrito con la Fiduciaria de Bogotá S.A. Artículo 7. La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 09 JULIO 2025

GALEANO

AVILA

ANDERSON

ARTURO Firmado digitalmente

por GALEANO AVILA

ANDERSON ARTURO

Fecha: 2025.07.09

10:25:04 -05'00'

ARTURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda

Elaboró: Claudia Bustamante V.

Fecha: 2025.07.09

10:25:04 -05'00'

ARTURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda

Elaboró: Claudia Bustamante V.

Contratista Contrato nro. 27 - 2025 SSFV Revisó Geraldine Campo Contratista Contrato nro. 397 – 2025 SSFV Nilson Parodys Contratista Contrato nro. 235 - 2025 SSFV Jackeline Díaz Martínez Subdirectora

SSFV (E)

Janeth Riaño Contratista Contrato nro. 0616 – 2025

Aprobó: Rosa Elena Espitia R.

Directora (E) DIVIS

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