MINVIVIENDA - Resolución 0432 de 2025
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0432 de 2025
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2025
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RESOLUCIÓN NÚMERO ( 0432 ) DE 14 JULIO 2025
“Por la cual se fija fecha de apertura en la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda Rural, ubicados en el departamento de Nariño en la modalidad de Vivienda Nueva Rural, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el Gobierno Nacional con la Mesa Regional Permanente de Concertación para El Desarrollo Integral de los Pueblos Pastos y Quillasingas –
MRPCPPQ”
El DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA “3.
Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”
Que, de conformidad con el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda “(…) 9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional. (…)”
vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional. (…)” Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio-de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Que, en consonancia con lo anterior, el parágrafo del artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 estableció que a partir del año 2020 el Fondo Nacional de Vivienda administrará y ejecutará los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana y rural en los términos del artículo 6 de la Ley 1537 de 2012.
Que en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. del Decreto 1077 de 2015 establece que el Fondo Nacional de Vivienda es la entidad encargada del otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural.
Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 2.1.10.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015 el Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda celebró con la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario S.A. – Fiduagraria S.A. el contrato de fiducia mercantil Nro. 027 de 2020, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso – Programa de Promoción de Vivienda Rural, por medio del cual se realizará la administración de los Recursos que transfiera el Fideicomitente o que, en general, se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades
Fideicomiso – Programa de Promoción de Vivienda Rural, por medio del cual se realizará la administración de los Recursos que transfiera el Fideicomitente o que, en general, se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda rural, destinada a la atención de hogares a los que se refiere el Programa de Promoción de Vivienda Rural, de conformidad con las normas que le sean aplicables y de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Fideicomitente, y/o los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo.
Fondo Nacional de Vivienda Versión:10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11Fondo Nacional de Vivienda
Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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Resolución No. 0432 del 14 JULIO 2025 Por la cual se fija fecha de apertura en la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda Rural, ubicados en el departamento de Nariño en la modalidad de Vivienda Nueva Rural, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el Gobierno Nacional con Mesa Regional Permanente De Concertación Para El Desarrollo Integral de los Pueblos Pastos y Quillasingas - MRPCPPQ
Que los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015,
Quillasingas - MRPCPPQ
Que los artículos 2.1.10.1.1.4.3 y 2.1.10.1.1.4.4. del Decreto 1077 de 2015, establecen las condiciones para el otorgamiento del Subsidio Familiar de Vivienda Rural y las restricciones para la postulación y posterior asignación del subsidio familiar de vivienda rural.
Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió la resolución 0536 del 19 de octubre de 2020, por la cual se reglamentan los artículos 2.1.10.1.1.1.1; 2.1.10.1.1.4.3; 2.1.10.1.1.4.6 y 2.1.10.1.1.5.1 del Título 10 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015.
Que en virtud de lo establecido en las consideraciones numerales 11 y 12 del Memorando de Entendimiento suscrito entre el Fondo Nacional de ViviendaFonvivienda y la Mesa Regional Permanente de Concertación Para El Desarrollo Integral de los Pueblos Pastos y Quillasingas (que actúa a través de la Asociación de Cabildos Indígenas de la Zona de Ipiales -ACIZI), este último priorizará los hogares potencialmente beneficiarios, de los cuales adelantará la recolección de documentos y verificación de la información, y procederá a cargar y registrar los datos de aquellos que hayan acreditado las condiciones y requisitos para acceder al SFVR en modalidad de vivienda nueva, en el medio que disponga FONVIVIENDA, convirtiéndose en
y verificación de la información, y procederá a cargar y registrar los datos de aquellos que hayan acreditado las condiciones y requisitos para acceder al SFVR en modalidad de vivienda nueva, en el medio que disponga FONVIVIENDA, convirtiéndose en hogares postulados de acuerdo a la guía para el registro de información de los postulantes al subsidio familiar de vivienda rural, antes de la suscripción de las actas de inicio de los contratos de vivienda nueva. De conformidad con el artículo 18 y 26 del Decreto No. 0536 del 19 de octubre de 2020, El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio priorizará los posibles hogares beneficiarios y las autoridades locales validarán la información.
De acuerdo con lo anterior, la Dirección de Vivienda Rural mediante correo electrónico con fecha del 9 de Junio del 2025, remitió listado definitivo de hogares potenciales beneficiarios de los SFVR, enviado por la Mesa Regional Permanente de Concertación Para El Desarrollo Integral de los Pueblos Pastos y Quillasingas con radicado 2025ER0054651 del 7 de Mayo del 2025, en atención al M emorando de Entendimiento, realizado entre Fonvivienda y la Mesa Regional Permanente de Concertación Para El Desarrollo Integral de los Pueblos Pastos y Quillasingas (que actúa a través de la Asociación de Cabildos Indígenas de la Zona de Ipiales -ACIZI), para la asignación y ejecución de los subsidios familiares de vivienda rural, conforme lo consagrado en el acta de la sesión XXVII del día 07 de junio del 2024, en el Resguardo de Panan, en Nariño. Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
lo consagrado en el acta de la sesión XXVII del día 07 de junio del 2024, en el Resguardo de Panan, en Nariño. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Convocar a los hogares potenciales beneficiarios relacionados en el listado remitido por la Dirección de Vivienda Rural con fecha del 9 de junio del 2025, para que presenten sus postulaciones al subsidio familiar de vivienda rural, ante la Mesa Regional Permanente de Concertación Para El Desarrollo Integral de los Pueblos Pastos y Quillasingas (que actúa a través de la Asociación de Cabildos Indígenas de la Zona de Ipiales -ACIZI), a partir de la siguiente fecha:
Apertura: lunes 14 de julio del 2025.Fondo Nacional de Vivienda
Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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Resolución No. 0432 del 14 JULIO 2025 Por la cual se fija fecha de apertura en la convocatoria para la postulación de hogares al Subsidio Familiar de Vivienda Rural, ubicados en el departamento de Nariño en la modalidad de Vivienda Nueva Rural, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el Gobierno Nacional con Mesa Regional Permanente De Concertación Para El Desarrollo Integral de los Pueblos Pastos y Quillasingas - MRPCPPQ
Artículo 2. La fecha de cierre para hogares del Departamento de Nariño, se establecerá mediante posterior acto administrativo expedido por Fonvivienda, de
Quillasingas - MRPCPPQ
Artículo 2. La fecha de cierre para hogares del Departamento de Nariño, se establecerá mediante posterior acto administrativo expedido por Fonvivienda, de acuerdo con el comportamiento de las postulaciones de los hogares potencialmente beneficiarios. Artículo 3. La Mesa Regional Permanente de Concertación Para El Desarrollo Integral de los Pueblos Pastos y Quillasingas (que actúa a través de la Asociación de Cabildos Indígenas de la Zona de Ipiales -ACIZI) realizará el proceso de postulación de los hogares potencialmente beneficiarios en atención al Memorando de Entendimiento suscrito con el Fondo Nacional de Vivienda. Artículo 4. Comunicar la presente resolución al Patrimonio Autónomo Fideicomiso Fiduagraria S.A. y La Mesa Regional Permanente de Concertación Para El Desarrollo Integral de los Pueblos Pastos y Quillasingas. Artículo 5. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Dada en Bogotá, D.C., a los 14 JULIO 2025
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
GALEANO
AVILA
ANDERSON
ARTURO
Firmado digitalmente
por GALEANO AVILA
ANDERSON ARTURO
Fecha: 2025.07.11
15:04:40 -05'00'
ANDERSON ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda
FONVIVIENDA
Laura Marcela Sanguino Gutierrez Andrei Alexander Suárez Subdirectora SSEVR Contratista CTO 737-2025 SSEVR
María Juliana Mondragón Ramírez
FONVIVIENDA
Laura Marcela Sanguino Gutierrez Andrei Alexander Suárez Subdirectora SSEVR Contratista CTO 737-2025 SSEVR
María Juliana Mondragón Ramírez Contratista SAE - DVR
Jorge Álvarez CPS-532-2025
DIVIS-FNV
María Camila Ramos Contratista CTO 764 – 2025 SSEVR