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MINVIVIENDA - Resolución 0446 de 2025

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolución 0446 de 2025
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2025

Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 1 de 3

RESOLUCIÓN NÚMERO 0446 DE 15 JULIO 2025

“Por la cual se asigna un (01) Subsidio Familiar de Vivienda vinculado al programa de Macroproyectos de Vivienda de Interés Social Nacional - Zona Urbana, para el Macroproyecto “Ciudad del Bicentenario” en el Distrito Especial de Cartagena – Departamento de Bolívar”.

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA.

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 3º del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003 y el artículo 2.1.1.1.6.3.1. del Decreto 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Ley 555 de 2003, se creó el Fondo Nacional de Vivienda, el cual tiene, entre otras, la función de asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional, tal como lo establece el numeral 9 del artículo 3°.

Que, conforme lo establecido en el numeral 3 del artículo 8° del decreto precitado, es función del Director Ejecutivo de Fonvivienda “ 3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones”.

Que, conforme lo establecido en el numeral 3 del artículo 8° del decreto precitado, es función del Director Ejecutivo de Fonvivienda “ 3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones”.

Que, el artículo 82 de la Ley 1151 de 2007, confirió al Fondo Nacional de Vivienda la competencia de la ejecución de los recursos para el desarrollo de los Macroproyectos de Interés Social Nacional.

Que, mediante el artículo 2.1.1.1.6.1.1. del Decreto 1077 de 2015 se reglamentó el Subsidio Familiar de Vivienda vinculado a Macroproyectos de Interés Social Nacional, de acuerdo con las condiciones contenidas en el artículo 2.1.1.1.1.1.4. del mismo Decreto.

Que, de acuerdo con el parágrafo 1 del artículo 2.1.1.1.6.3.1. del Decreto 1077 de 2015 le corresponde al Fondo Nacional de Vivienda efectuar la convocatoria para la postulación de los hogares para la obtención de los subsidios correspondientes a los Macroproyectos de Interés Social Nacional de acuerdo con el cronograma que señale el gestor del proyecto y las necesidades de este. Que, mediante la Resolución No. 0155 del 28 de abril de 2025, el Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA fijó las fechas de apertura y cierre de postulaciones para el subsidio familiar de vivienda que otorgará en el marco del Programa de Macroproyectos de Vivienda de Interés Social Nacional – Zona Urbana denominado “Ciudad del Bicentenario” en el distrito de Cartagenadepartamento de Bolívar, en los siguientes términos: - Fecha de Apertura: 02 de mayo de 2025

Macroproyectos de Vivienda de Interés Social Nacional – Zona Urbana denominado “Ciudad del Bicentenario” en el distrito de Cartagenadepartamento de Bolívar, en los siguientes términos: - Fecha de Apertura: 02 de mayo de 2025 - Fecha de Cierre: 16 de mayo de 2021

Que, la Gerencia del Macroproyecto “Ciudad del Bicentenario ” en la ciudad de Cartagena, mediante el correo electrónico de fecha 17 de mayo de 2025, remitió la postulación para el Macroproyecto.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0446 del 15 JULIO 2025 ““Por la cual se asigna un (01) Subsidio Familiar de Vivienda vinculado al programa de Macroproyectos de Vivienda de Interés Social Nacional - Zona Urbana, para el Macroproyecto “Ciudad del Bicentenario” en el Distrito Especial de Cartagena – Departamento de Bolívar”.

Que, la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda encargada de ejecutar el proceso de asignación en forma sistematizada informó el resultado de la asignación mediante correo electrónico del día 09 de julio de 2025. Que, la presente asignación contó con el respectivo control de calidad realizado para los procesos sistematizados de creación de ambiente, validaciones, cruces, calificación y lista de seleccionados, según correo electrónico del 09 de julio de 2025, emitido por el ingeniero de sistemas que lo realizó.

procesos sistematizados de creación de ambiente, validaciones, cruces, calificación y lista de seleccionados, según correo electrónico del 09 de julio de 2025, emitido por el ingeniero de sistemas que lo realizó. Que, el Decreto 1077 de 2015 establece en el artículo 2.1.1.1.6.3.3. “Monto del Subsidio Familiar de Vivienda. El monto del Subsidio Familiar de Vivienda de que trata esta sección podrá ser hasta de noventa salarios mínimos legales mensuales vigentes (90 smlmv). En todo caso, el valor del subsidio dependerá del monto de los recursos aportados por el Fondo Nacional de Vivienda en cada Macroproyecto. (…)

Parágrafo. Excepcionalmente podrá superarse el valor máximo antes señalado, cuando el grado de vulnerabilidad de los hogares y la especial situación de la entidad territorial, amerite un mayor esfuerzo del Gobierno Nacional, situación que se establecerá en el acto de individualización del Subsidio Familiar de Vivienda, previa definición por medio documento Conpes en el que se indique cuál será la fuente de financiación de los recursos adicionales.”

Que, el valor de la presente asignación asciende a la suma de CUARENTA Y DOS

MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL PESOS MCTE ($ 42.705.000).

Que, cumpliendo lo estipulado en el artículo 2.1.1.1.6.1.2. del Decreto 1077 de 2015, el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal y las imputaciones se harán de acuerdo con las reglas establecidas en esa normativa, afectándose los recursos depositados en el fideicomiso del Macroproyecto.

Que, para efectos de la culminación del presente proceso de asignación, fue beneficiario

harán de acuerdo con las reglas establecidas en esa normativa, afectándose los recursos depositados en el fideicomiso del Macroproyecto.

Que, para efectos de la culminación del presente proceso de asignación, fue beneficiario del subsidio familiar de vivienda el hogar que cumplió con lo establecido en el artículo 2.1.1.1.1.4.1.4. del Decreto 1077 de 2015 y demás requisitos fijados en la normatividad vigente.

Que, en mérito de lo expuesto.

RESUELVE:

ARTICULO 1º Asignar un (01) Subsidio Familiar de Vivienda vinculado al programa de Macroproyectos de Vivienda de Interés Social Nacional - Zona Urbana, para el Macroproyecto “Ciudad del Bicentenario” en el Distrito Especial de Cartagena – Departamento de Bolívar, cuyo valor asciende a la suma de CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL PESOS MCTE ($ 42.705.000), destinados al hogar encabezado por la persona que se relaciona a continuación:

MACROPROYECTO DE INTERES SOCIAL SAN ANTONIO

No. Cédula Nombre Proyecto Valor SFV 1 33154845 MELENDEZ RODRIGUEZ NORA

MACROPROYECTO

CIUDAD DEL

BICENTENARIO 42.705.000,00Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0446 del 15 JULIO 2025

PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0446 del 15 JULIO 2025 ““Por la cual se asigna un (01) Subsidio Familiar de Vivienda vinculado al programa de Macroproyectos de Vivienda de Interés Social Nacional - Zona Urbana, para el Macroproyecto “Ciudad del Bicentenario” en el Distrito Especial de Cartagena – Departamento de Bolívar”.

MANZANA 76A-GAVIOTA

DE DOS PISOS

ARTICULO 2º. Los hogares que presentaron postulación en las fechas de convocatoria citadas en la parte considerativa de la presente resolución y que no fueron relacionados en el artículo 1º del presente acto administrativo, no se consideran beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda, de acuerdo con el Decreto 1077 de 2015 artículo 2.1.1.1.1.4.3.1. y podrán interponer los recursos a que haya lugar en los términos y condiciones establecidos por la ley.

ARTICULO 3°. Comunicar el presente acto administrativo a la Gerencia Integral del Macroproyecto “Ciudad del Bicentenario”, para que notifique personalmente al hogar relacionado en el artículo 1ro de la presente resolución. Una vez surtida la notificación del hogar, la Gerencia Integral deberá comunicarlo a FONVIVIENDA.

ARTICULO 4°. El presente acto administrativo será publicado en la página web del Ministerio, conforme lo dispuesto en los artículos 2.1.1.1.1.4.3.1 y 2.1.1.1.1.4.3.2.

ARTICULO 4°. El presente acto administrativo será publicado en la página web del Ministerio, conforme lo dispuesto en los artículos 2.1.1.1.1.4.3.1 y 2.1.1.1.1.4.3.2. del Decreto 1077 de 2015.

ARTÍCULO 5°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación Dada en Bogotá, D.C., el 15 JULIO 2025

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

GALEANO

AVILA

ANDERSON

ARTURO

Firmado digitalmente

por GALEANO AVILA

ANDERSON ARTURO

Fecha: 2025.07.15

16:41:23 -05'00'

ARTURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA

Elaboró: Francisco Figueroa Contratista C - 315

SSFV

Revisó:

Maria Fernanda Merlano Contratista C - 233 SSFV

Jackeline Diaz Martinez Subdirectora (E) SSFV

Andrea Carolina Galezo Ospino Contratista DIVIS-FNV

Aprobó:

Rosa Elena Espitia Riaño Directora DIVIS

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