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MINVIVIENDA - Resolucion 0456 de 2026

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolucion 0456 de 2026
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2026

Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

Página 1 de 4

RESOLUCIÓN NÚMERO 0456 DE 21 MAYO 2026

“Por medio de la cual se acepta una (1) renuncia parcial al Subsidio Familiar de Vivienda del Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con Opción de Compra “Semillero de Propietarios” y se modifica parcialmente la Resolución nro. 0314 del 04 de marzo de 2022, modificada por la Resolución nro. 0059 del 13 de febrero de 2023”

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9 del Artículo 3° del Decreto Ley nro. 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto nro. 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 9 del Artículo 3° del Decreto Ley nro. 555 de 2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda «(…) 9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional. (…)»

Que, asimismo, de acuerdo con el numeral 3 del Artículo 8º del Decreto Ley nro. 555

con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional. (…)»

Que, asimismo, de acuerdo con el numeral 3 del Artículo 8º del Decreto Ley nro. 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA «(…) 3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones. (…)»

Que en el capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio nro. 1077 de 2015 se incorporó el Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con Opción de Compra – «Semillero de Propietarios», destinado a facilitar el acceso a una solución de vivienda digna para la población cuyos ingresos son iguales o inferiores a dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV), por medio de una política de arrendamiento social con opción de compra. Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.1.1.6.4.1 del Decreto nro. 1077 de 2015, el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda suscribió con la Fiduciaria Bogotá S.A. – Fidubogotá el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 006 del 26 de diciembre de 2018, en la radicación interna de Fonvivienda, radicado ante la Superintendencia Financiera de Colombia con el número 3183165, por medio del cual se realizará la administración de los recursos del Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con Opción de Compra – «Semillero de Propietarios».

la Superintendencia Financiera de Colombia con el número 3183165, por medio del cual se realizará la administración de los recursos del Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con Opción de Compra – «Semillero de Propietarios».

Que la sección 2, capítulo 6, título 1, parte 1 del libro 2 del Decreto nro. 1077 de 2015 incorpora los beneficios para los hogares objeto del Programa «Semillero de Propietarios». Que a través de la Resolución nro. 0314 del 04 de marzo de 2022, el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda asignó, entre otros, un (1) subsidio familiar de vivienda al hogar representado por la señora ISADORA GONZÁLEZ DÍAZ identificada con cédula de ciudadanía nro. 1144042346, por valor de TRECE MILLONES CIENTO CUATRO MIL PESOS M/CTE ($13.104.000,00) en el marco del Programa de Arrendamiento yFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0456 del 21 MAYO 2026 “Por medio de la cual se acepta una (1) renuncia parcial al Subsidio Familiar de Vivienda del Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con Opción de Compra “Semillero de Propietarios” y se modifica parcialmente la Resolución nro. 0314 del 04 de marzo de 2022, modificada por la Resolución nro. 0059 del 13 de febrero de 2023”

distintas fuentes de información del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0456 del 21 MAYO 2026 “Por medio de la cual se acepta una (1) renuncia parcial al Subsidio Familiar de Vivienda del Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con Opción de Compra “Semillero de Propietarios” y se modifica parcialmente la Resolución nro. 0314 del 04 de marzo de 2022, modificada por la Resolución nro. 0059 del 13 de febrero de 2023”

Artículo 3. Los demás acápites y apartes de la Resolución nro. 0314 del 04 de marzo de 2022, modificada por la Resolución nro. 0059 del 13 de febrero de 2023, expedida por el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda, no sufren modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado.

Artículo 4. Publicar la presente Resolución en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Artículo 5. La Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda Comunicará el presente acto administrativo la señora ISADORA GONZÁLEZ DÍAZ identificada con cédula de ciudadanía nro. 1144042346 y al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de Compra – «Semillero de Propietarios»

se modifica parcialmente la Resolución nro. 0314 del 04 de marzo de 2022, modificada por la Resolución nro. 0059 del 13 de febrero de 2023”

Arrendamiento con Opción de Compra – «Semillero de Propietarios», siendo el Gestor Inmobiliario GRUPO ROYAL INVERSIONES SAS. Que, mediante Resolución nro. 0059 del 13 de febrero de 2023, se ajustaron diez mil seiscientos setenta y cinco (10.675) subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios del Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con Opción de Compra – «Semillero de Propietarios» en un porcentaje de 13,12% por ser esta la variación del índice de Precios de Consumidor (IPC) reportada por el Departamento Nacional de Estadística (DANE) para el año 2022. Acto Administrativo en el que se incluyó al hogar de la señora ISADORA GONZÁLEZ DÍAZ, identificada con cédula de ciudadanía nro. 1144042346, a cuyo subsidio asignado inicialmente se le adicionaron

OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTE PESOS M/CTE

($859.620).

Que el Artículo 2.1.1.1.1.4.2.6 del Decreto nro. 1077 de 2015, establece: «Renuncia al subsidio. El beneficiario del subsidio podrá, en cualquier momento, renunciar voluntariamente al beneficio obtenido, mediante comunicación suscrita en forma conjunta por los miembros del grupo familiar mayores de edad y la devolución a la entidad otorgante del documento que acredita la asignación del subsidio respectivo». Que mediante correo electrónico de fecha 16 de diciembre de 2025, el Gestor

conjunta por los miembros del grupo familiar mayores de edad y la devolución a la entidad otorgante del documento que acredita la asignación del subsidio respectivo». Que mediante correo electrónico de fecha 16 de diciembre de 2025, el Gestor Inmobiliario puso en conocimiento del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda la intención de la señora ISADORA GONZÁLEZ DÍAZ de dar por terminado de manera anticipada la relación contractual de arrendamiento de vivienda urbana por mutuo acuerdo, y renunciar al valor pendiente por ejecutar del subsidio familiar de vivienda asignado en el Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con Opción de Compra – «Semillero de Propietarios», por cuanto no hará uso de lo que queda del mismo, para lo cual aportó solicitud de terminación anticipada del contrato de arrendamiento y paz y salvo suscrito por las partes.

Que, mediante correo electrónico de fecha 22 de diciembre de 2025, el equipo de pagos de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda realizó la verificación correspondiente con el fin de determinar el estado de los pagos y desembolsos efectuados, evidenciando que, desde el 1 de mayo de 2022, fecha de inicio del contrato y hasta el 31 de octubre de 2023 de la finalización del mismo, se realizaron un total de dieciocho (18) pagos del contrato de arrendamiento, por valor de DIEZ

MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS DIEZ PESOS M/CTE

($10.257.810).

Que, conforme a la liquidación efectuada, procede la devolución de los valores indexados para los meses de noviembre, diciembre de 2023 así como para los meses

($10.257.810).

Que, conforme a la liquidación efectuada, procede la devolución de los valores indexados para los meses de noviembre, diciembre de 2023 así como para los meses de enero, febrero, marzo de 2024, por valor de TRES MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL OCHOCIENTOS DIEZ PESOS M/CTE ($3.705.810), suma que fue reintegrada conforme al soporte de la transacción que aportó el Gestor Inmobiliario. Que, posteriormente, mediante correo electrónico del 27 de enero de 2026, el equipo de pagos de la Subdirección confirmó que la devolución realizada se encuentra acorde con la liquidación efectuada.

Nro. Resolución Fecha de expedición Valor del SFV Valor pagado 0314 04 de marzo de 2022 $13.104.000 $9.828.000 0059 13 de febrero de 2023 $859.620 $429.810Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0456 del 21 MAYO 2026 “Por medio de la cual se acepta una (1) renuncia parcial al Subsidio Familiar de Vivienda del Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con Opción de Compra “Semillero de Propietarios” y se modifica parcialmente la Resolución nro. 0314 del 04 de marzo de 2022, modificada por la Resolución nro. 0059 del 13 de febrero de 2023”

TOTAL $13.963.620 $10.257.810

se modifica parcialmente la Resolución nro. 0314 del 04 de marzo de 2022, modificada por la Resolución nro. 0059 del 13 de febrero de 2023”

TOTAL $13.963.620 $10.257.810

Fuente de información: Elaboración propia basada en los datos históricos que reposan en las distintas fuentes de información del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda.

Que, en tal virtud, se procederá a modificar parcialmente la Resolución de asignación 0314 del 4 de marzo de 2022, modificada por la Resolución nro. 0059 del 13 de febrero de 2023, en el sentido de descontar del valor total del subsidio asignado a la señora ISADORA GONZÁLEZ DÍAZ el valor correspondiente a la renuncia parcial del subsidio familiar de vivienda:

Nro. Resolución Fecha de Expedición Valor del SFV objeto de Renuncia Parcial 0314 04 de marzo de 2022 $3.276.000 0059 13 de febrero de 2023 $429.810 Valor Total Renuncia $3.705.810

Fuente de información: Elaboración propia basada en los datos históricos que reposan en las distintas fuentes de información del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Aceptar la renuncia parcial al subsidio familiar de vivienda otorgado en el marco del Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con de Compra – «Semillero de Propietarios», del hogar que se indica a continuación, al verificarse el cumplimiento de lo previsto en el artículo 2.1.1.1.1.4.2.6 del Decreto 1077 de 2015 y según las

de Propietarios», del hogar que se indica a continuación, al verificarse el cumplimiento de lo previsto en el artículo 2.1.1.1.1.4.2.6 del Decreto 1077 de 2015 y según las razones expuestas en la parte motiva del presente Acto:

Nro. Resolución Fecha Resolución ID. Hogar

Cédula

Nombres y apellidos 0314 04 de marzo de 2022 517824 1144042346 ISADORA GONZÁLEZ DÍAZ Fuente de información: Elaboración propia basada en los datos históricos que reposan en las distintas fuentes de información del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda.

Artículo 2. Modificar parcialmente la Resolución de asignación 0314 del 04 de marzo de 2022, modificada por la Resolución nro. 0059 del 13 de febrero de 2023, en el sentido de descontar del valor total del subsidio asignado a la señora ISADORA GONZÁLEZ DÍAZ el valor correspondiente a la renuncia parcial del subsidio familiar de vivienda, así:

Nro. Resolución Fecha de Expedición Valor del SFV objeto de Renuncia Parcial 10314 04 de marzo de 2022 $ 3.276.000 0059 13 de febrero de 2022 $ 429.810 Valor Total Renuncia $ 3.705.810

Fuente de información: Elaboración propia basada en los datos históricos que reposan en las distintas fuentes de información del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda.Fondo Nacional de Vivienda

Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

ciudadanía nro. 1144042346 y al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Arrendamiento y Arrendamiento con opción de Compra – «Semillero de Propietarios» constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos nro. 006 de 2018 suscrito con Fiduciaria de Bogotá S.A.

Artículo 6. Contra esta Resolución no procede recurso alguno.

Artículo 7. La presente Resolución rige a partir del día siguiente a su publicación.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 21 MAYO 2026

GALEANO

AVILA

ANDERSON

ARTURO Firmado digitalmente por

GALEANO AVILA

ANDERSON ARTURO

Fecha: 2026.05.21

15:27:35 -05'00'

ARTURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda

Elaboró: Ivan Camilo Erazo

Cargo: Contratista

Oficina: SSFV

Revisó:

Gabriela del Pilar Thiriat Pedraza

Cargo: Contratista

Oficina: SSFV

María Fernanda Merlano

Cargo: Contratista

Oficina: SSFV

Juliana Toro Cadavid

Cargo: Subdirectora

Oficina: SSFV

Janneth Riaño Contratista Fonvivienda

Aprobó: Rosa Elena Espitia Riaño

Cargo: Director

Oficina: DIVISFIDUCIAR Comprobante de Transacción Fecha: 22/12/2025 12:51:16

Contratista Fonvivienda

Aprobó: Rosa Elena Espitia Riaño

Cargo: Director

Oficina: DIVISFIDUCIAR Comprobante de Transacción Fecha: 22/12/2025 12:51:16

Descripción de la Transacción :

Empresa: GRUPO ROYAL INVERSIONES SAS

Usuario: DANIELA MARTINEZ

Origen de los fondos : Tipo de producto: CUENTA CORRIENTE Número de producto: 7060

Destino de los fondos : Transacción: Pago a Proveedores Monto: $ 3.384.950,00

Descripción: Pago a Proveedores

Fecha: 22/12/2025

Hora: 12:43:52

Número de documento: 70670473

Banco Tipo Destino Número Destino ID Destinatario Nombre Destinatario Valor Estado Motivo CUENTAS CORRIENTES OTROS BANCOS 2873 8300558977 PATRIMONIO AUTONOMOS $ 3.384.950,00 Enviado a Otro Banco BOGOTA1 de 4 28/01/2026, 9:49 a. m.

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Outlook

RE: RV: RE: SUBSIDIO PENDIENTE DE PAGO POR LA NO LEGALIZACIÓN EN PROGRAMA “SEMILLERO DE PROPIETARIOS ARRIENDO

Desde Jonathan Smith Parada Perez <JSParada@minvivienda.gov.co> Fecha Mar 27/01/2026 14:43 Para Ivan Camilo Erazo Rodriguez <IErazo@minvivienda.gov.co> CC Geraldine Campo Obregon <GCampo@minvivienda.gov.co>

Fecha Mar 27/01/2026 14:43 Para Ivan Camilo Erazo Rodriguez <IErazo@minvivienda.gov.co> CC Geraldine Campo Obregon <GCampo@minvivienda.gov.co>

Buen día Camilo,

La devolución fue acorde con la liquidación.

Profesional Especializado Jonathan Parada Pérez JSParada@minvivienda.gov.co +57 601 9142174 Calle 17 9-36, Bogotá, Colombia www.minvivienda.gov.co

De: Ivan Camilo Erazo Rodriguez <IErazo@minvivienda.gov.co> Enviado: lunes, 22 de diciembre de 2025 14:12

Para: Jonathan Smith Parada Perez <JSParada@minvivienda.gov.co> Cc: Geraldine Campo Obregon <GCampo@minvivienda.gov.co> Asunto: RV: RV: RE: SUBSIDIO PENDIENTE DE PAGO POR LA NO LEGALIZACIÓN EN PROGRAMA “SEMILLERO DE PROPIETARIOS ARRIENDO

Buenas tardes Apreciado Jonathan, De acuerdo con el correo que antecede, reenvío comprobante de pago del GI para su verificación y confirmación del mismo. Quedamos atentos, mil gracias Cordialmente,

De: gerenciasc <gerenciasc@royalinmuebles.com> Enviado: lunes, 22 de diciembre de 2025 13:02

Para: Ivan Camilo Erazo Rodriguez <IErazo@minvivienda.gov.co> Cc: Geraldine Campo Obregon <GCampo@minvivienda.gov.co> Asunto: Re: RV: RE: SUBSIDIO PENDIENTE DE PAGO POR LA NO LEGALIZACIÓN EN PROGRAMA “SEMILLERO DE PROPIETARIOS ARRIENDO

Cordial saludo Camilo,

Cc: Geraldine Campo Obregon <GCampo@minvivienda.gov.co> Asunto: Re: RV: RE: SUBSIDIO PENDIENTE DE PAGO POR LA NO LEGALIZACIÓN EN PROGRAMA “SEMILLERO DE PROPIETARIOS ARRIENDO

Cordial saludo Camilo, Adjunto enviamos comprobante sobre el valor del reintegro que indica la liquidación que nos anexaron.2 de 4 28/01/2026, 9:49 a. m.

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Quedamos atentos a cualquier gestión adicional de nuestra parte. Saludos, Vanessa Valbuena Jefe Servicio al Cliente

El Lunes, Diciembre 22, 2025 08:45 -05, Ivan Camilo Erazo Rodriguez <IErazo@minvivienda.gov.co> Ha escrito:

Buenos días Apreciada Vanessa, Se remite liquidación de valores a ser restituidos con ocasión de la novedad reportada. Cordialmente,

De: Jonathan Smith Parada Perez <JSParada@minvivienda.gov.co> Enviado: lunes, 22 de diciembre de 2025 8:00

Para: Ivan Camilo Erazo Rodriguez <IErazo@minvivienda.gov.co> Cc: Geraldine Campo Obregon <GCampo@minvivienda.gov.co> Asunto: RE: RE: SUBSIDIO PENDIENTE DE PAGO POR LA NO LEGALIZACIÓN EN PROGRAMA “SEMILLERO DE PROPIETARIOS ARRIENDO

Buen Dia

Se han realizado 23 pagos entre mayo de 2022 y marzo de 2024 por valor de $ 13.345.985.

Buen Dia

Se han realizado 23 pagos entre mayo de 2022 y marzo de 2024 por valor de $ 13.345.985.

De acuerdo con la renuncia voluntaria al subsidio procede la devolución de los meses de noviembre, diciembre de 2023 y enero, febrero, marzo de 2024, se adjunta la correspondiente liquidación y certificación de la cuenta a la que deben reintegrar los recursos del subsidio y la indexación generada.

Inmediatamente se realice el reintegro, enviar el soporte de la transacción.

Profesional Especializado Jonathan Parada Pérez JSParada@minvivienda.gov.co +57 601 9142174 Calle 17 9-36, Bogotá, Colombia www.minvivienda.gov.co

De: Ivan Camilo Erazo Rodriguez <IErazo@minvivienda.gov.co> Enviado: martes, 16 de diciembre de 2025 10:44

Para: Jonathan Smith Parada Perez <JSParada@minvivienda.gov.co> Cc: Geraldine Campo Obregon <GCampo@minvivienda.gov.co> Asunto: RV: RE: SUBSIDIO PENDIENTE DE PAGO POR LA NO LEGALIZACIÓN EN PROGRAMA “SEMILLERO DE PROPIETARIOS ARRIENDO3 de 4 28/01/2026, 9:49 a. m.

Firefox https: //outlook.office.com/mail/inbox/id/AAQkADU3OGY5MzA1LTNjYzYtNDc0Zi1hM...

Buenos días Apreciado Jonathan, De acuerdo con la solicitud presentada por el Gestor Inmobiliario GRUPO ROYAL INVERSIONES S.A.S., mencionada en el correo que antecede, respetuosamente solicito su colaboración para generar la liquidación de los valores que deben ser

Buenos días Apreciado Jonathan, De acuerdo con la solicitud presentada por el Gestor Inmobiliario GRUPO ROYAL INVERSIONES S.A.S., mencionada en el correo que antecede, respetuosamente solicito su colaboración para generar la liquidación de los valores que deben ser restituidos por dicho Gestor, con ocasión de la novedad reportada en el archivo adjunto.

El Gestor Inmobiliario manifiesta que el reintegro corresponde a los subsidios del periodo comprendido entre noviembre de 202 3 y marzo de 2024, los cuales no fueron pagados al propietario del inmueble.

Datos de información:

DATOS DEL PROGRAMA DATOS DEL ARRENDATARIO

GESTOR INMOBILIARIO REPORTE DE NOVEDAD - CONTRATO DE ARRENDAMIENTO NOMBRE MODALIDAD NOMBRES APELLIDOS # DOCUMENTO NOVEDAD FECHA DE INICIO DEL

CONTRATO

FECHA DE FINALIZACIÓN DEL

CONTRATO TOTAL MESES A PAGAR SEMILLERO DE PROPIETARIOS ARRIENDO ISADORA GONZALEZ DIAZ 1144042346 GRUPO ROYAL INVERSIONES SAS TERMINACIÓN ANTICIPADA 1/05/2022 31/10/2023 18

Cordialmente,

-------- Mensaje Original -------- Asunto: RE: SUBSIDIO PENDIENTE DE PAGO POR LA NO LEGALIZACIÓN EN PROGRAMA “SEMILLERO DE PROPIETARIOS ARRIENDO Fecha: Martes, Diciembre 16, 2025 09:23 -05 De: "gerenciasc" <gerenciasc@royalinmuebles.com> Para: IErazo@minvivienda.gov.co Cc: isagonzalez1226@hotmail.com , GCampo@minvivienda.gov.co

Cordial saludo Camilo,

De: "gerenciasc" <gerenciasc@royalinmuebles.com> Para: IErazo@minvivienda.gov.co Cc: isagonzalez1226@hotmail.com , GCampo@minvivienda.gov.co

Cordial saludo Camilo,

Adjunto enviamos la documentación relacionada con el proceso de renuncia de la Señora ISADORA GONZALEZ DIAZ identificada con Cédula de Ciudadanía No. 1144042346. Quedamos atentos a las instrucciones de su parte con el fin de que la inmobiliaria pueda realizar el reintegro de los subsidios que no se aplicaron al canon de arrendamiento por los meses desde Noviembre 2023 hasta Marzo 2024. Saludos, Vanessa Valbuena Jefe Servicio al Cliente

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