MINVIVIENDA - Resolucion 0462 de 2026
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolucion 0462 de 2026
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2026
Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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RESOLUCIÓN NÚMERO 0462 DE 25 MAYO 2026
“Por medio de la cual se acepta una (01) renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda y se modifica parcialmente la Resolución 876 del 29 de octubre de 2025”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”.
Que, de acuerdo con lo previsto en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023, contentiva del Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”, se plantea como catalizador: “ 3. Territorios más Humanos:
contentiva del Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”, se plantea como catalizador: “ 3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral”, dentro del cual se contempla la implementación por parte del Gobierno nacional de “programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población”.
Que, de conformidad con lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio lidera un programa de mejoramiento de vivienda, a través del cual se busca atender a los hogares que presentan deficiencias de habitabilidad, sean estas locativas, de conexiones de servicios públicos y/o condiciones de hacinamiento (modulares), para así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país. Que la sección 9 del capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios y determina las condiciones y requisitos para los hogares objeto del programa de mejoramiento de vivienda.
Que conforme al artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015, el subsidio familiar de vivienda que asigna FONVIVIENDA en el marco del programa de mejoramiento podrá ser complementario a subsidios otorgados por otras entidades, y su valor podrá ascender hasta dieciocho (18) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) para las intervenciones de tipo locativo, de acuerdo con lo establecido para la modalidad correspondiente. Que FONVIVIENDA expidió la Resolución No. 0938 de 2023 por la cual se establecen los recursos disponibles, de esta manera se conformó las bolsas deFondo Nacional de Vivienda
para la modalidad correspondiente. Que FONVIVIENDA expidió la Resolución No. 0938 de 2023 por la cual se establecen los recursos disponibles, de esta manera se conformó las bolsas deFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
Versión: 10
Fecha: 29/04/2025
Código: GDC-PL-11
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Resolución No. 0462 de 25 MAYO 2026 “Por medio de la cual se acepta una (01) renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda y se modifica parcialmente la Resolución 876 del 29 de octubre de 2025” mejoramiento urbano y rural y se distribxuyó los cupos de conformidad con los criterios establecidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, para el esquema asociativo, modificada por la Resolución No. 1243 de 2023, la Resolución No. 0034 de 2024, la Resolución No. 0151 de 2024 y la Resolución No. 0438 de 2024, donde en su articulado se definieron los porcentajes de las bolsas de los esquemas de ejecución tanto en suelo urbano como rural.
Que la Resolución 0151 del 23 de abril de 2024 “Por la cual se liquida la bolsa de mejoramiento urbano y rural vigencia 2023 y se conforman las bolsas de mejoramiento urbano y rural vigencia 2024, de acuerdo con los criterios fijados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio ”, establece, en su artículo tercero, la conformación de las bolsas de mejoramiento urbano y rural, mediante
mejoramiento urbano y rural vigencia 2024, de acuerdo con los criterios fijados por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio ”, establece, en su artículo tercero, la conformación de las bolsas de mejoramiento urbano y rural, mediante la configuración de las bolsas “ Urbano Esquema Asociativo ” y “ Rural Esquema Asociativo”.
Que mediante la Circular 0003 del 5 de marzo de 2024 se abrió la convocatoria para entidades territoriales (Departamentos y Capitales de Departamentos) Entidades sin ánimo de lucro (ESAL) con el fin de presentar manifestación de interés para el Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de mejoramiento que se otorgue en el marco del esquema asociativo, estableciendo como tope máximo del valor del subsidio familiar de vivienda para áreas urbanas, hasta 12 SMMLV
Que a través de la resolución 0481 del 15 de agosto de 2024 se asignaron cupos de recursos para zonas urbanas a las Capitales de Departamento en el marco de la ejecución del Esquema Asociativo de la línea estratégica de mejoramientos de vivienda urbana y rural entre los cuales se encuentra el departamento del Valle del Cauca.
Que, de conformidad con lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio lidera un programa de mejoramiento de vivienda, a través del cual se busca atender a los hogares que presentan deficiencias de habitabilidad, sean estas locativas, de conexiones de servicios públicos y/o condiciones de hacinamiento (modulares), para así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país.
Que el 23 de septiembre de 2024, Fondo Nacional De Vivienda – Fonvivienda y el
(modulares), para así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país.
Que el 23 de septiembre de 2024, Fondo Nacional De Vivienda – Fonvivienda y el Municipio de Manizales suscribieron el Convenio Interadministrativo de Cooperación N° 017 cuyo objeto es: “Aunar esfuerzos administrativos, jurídicos, técnicos, sociales y financieros para la ejecución y seguimiento de las actividades en materia del subsidio familiar de vivienda bajo la modalidad de mejoramiento de vivienda urbana y rural, en el marco de la iniciativa del Gobierno nacional de acuerdo con las bases establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo - Ley 2294 de 2023.”. Que la sección 9 del capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios y determina las condiciones y requisitos para los hogares objeto del programa de mejoramiento de vivienda.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Resolución No. 0462 de 25 MAYO 2026 “Por medio de la cual se acepta una (01) renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda y se modifica parcialmente la Resolución 876 del 29 de octubre de 2025” Que, para la ejecución de las obras, los hogares deberán surtir un proceso de registro, postulación y diagnóstico, a partir del cual se determinar á la modalidad de intervención, la cual corresponderá a mejoramientos locativos en pisos,
Que, para la ejecución de las obras, los hogares deberán surtir un proceso de registro, postulación y diagnóstico, a partir del cual se determinar á la modalidad de intervención, la cual corresponderá a mejoramientos locativos en pisos, paredes, baños, cocinas y conexiones intradomiciliarias, entre otros. Que, con fundamento en la norma citada, el Fondo Nacional de ViviendaFONVIVIENDA expidió resolución mediante la cual se asignó el subsidio familiar de vivienda a hogares beneficiarios del programa de mejoramiento de vivienda , entre los cuales se encuentra el hogar representado por la siguiente persona:
Res. Fecha Res CEDULA NOMBRES APELLIDOS COOPERANTE VR. SFV 876 29/10/2025 10215206 ROBERTO SUAREZ GRISALES MANIZALES $ 7.799.719
Que la Alcaldía de Manizales remitió a esta entidad comunicación por medio de correo electrónico de fecha 6 de abril de 2026 adjuntando escrito de renuncia suscrita por el jefe del hogar el señor ROBERTO SUAREZ GRISALES y la señora TERESA DE JESUS SOLANO DE SUAREZ mayor de edad quien hace parte del núcleo familiar, quienes manifiestan de manera libre y voluntaria renuncia al subsidio de mejoramiento asignado a través de la Resolución 876 del 29 de octubre de 2025, en el marco del programa de mejoramiento de vivienda.
Que el artículo 2.1.1.7.12. en concordancia con el artículo 2.1.1.1.1.4.2.6 del Decreto Único de Vivienda 1077 de 2015 establece: “ El beneficiario del subsidio de que trata el presente capítulo podrá, antes del inicio de las obras, renunciar
Decreto Único de Vivienda 1077 de 2015 establece: “ El beneficiario del subsidio de que trata el presente capítulo podrá, antes del inicio de las obras, renunciar voluntariamente al beneficio obtenido, mediante comunicación suscrita por los miembros mayores de edad solicitantes del subsidio.”
Que, una vez verificada la renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda presentada por el hogar, se evidencia el cumplimiento del marco normativo dispuesto en el artículo 2.1.1.7.12. en concordancia con el artículo 2.1.1.1.1.4.2.6 Decreto 1077 de 2015, advirtiendo que consultada el área de pagos, no se evidencia pago ni total ni parcial de los subsidios asignados
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Aceptar la renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda, otorgado en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda , en relación con el hogar que se indica a continuación, al verificarse el cumplimiento de lo previsto en el artículo 2.1.1.7.12. en concordancia con el artículo 2.1.1.1.1.4.2.6 del Decreto Único de Vivienda 1077 de 2015 y según las razones expuestas en la parte motiva del presente acto:
Res. Fecha Res CEDULA NOMBRES APELLIDOS COOPERANTE VR. SFV 876 29/10/2025 10215206 ROBERTO SUAREZ GRISALES MANIZALES $ 7.799.719
Parágrafo 1. La presente renuncia produce efectos sobre todos los integrantes del núcleo familiarFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia
GRISALES MANIZALES $ 7.799.719
Parágrafo 1. La presente renuncia produce efectos sobre todos los integrantes del núcleo familiarFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74
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Fecha: 29/04/2025
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Resolución No. 0462 de 25 MAYO 2026 “Por medio de la cual se acepta una (01) renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda y se modifica parcialmente la Resolución 876 del 29 de octubre de 2025” Artículo 2. Modificar parcialmente la Resolución 876 del 29 de octubre de 2025, en el sentido de dejar sin efecto la asignación del hogar relacionado en el artículo primero de la presente resolución.
Artículo 3. Los demás acápites y apartes de la Resolución 876 del 29 de octubre de 2025, expedida por FONVIVIENDA, no sufren modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado.
Artículo 4. La presente resolución será publicada en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Artículo 5. La Subdirección de Subsidio y Ejecución de vivienda comunicará al Patrimonio Autónomo constituido según el Contrato de Fiducia Mercantil de administración y pagos No. 3-1-83679 de 2019 sus crito con Fiduciaria Bogot á́, ahora Aval Fiduciaria y al municipio de Manizales quien, a su vez, comunicará este
administración y pagos No. 3-1-83679 de 2019 sus crito con Fiduciaria Bogot á́, ahora Aval Fiduciaria y al municipio de Manizales quien, a su vez, comunicará este acto administrativo al hogar relacionado en el artículo primero.
Artículo 6. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá D.C., a los 25 MAYO 2026
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
GALEANO
AVILA
ANDERSO
N ARTURO
Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA
ANDERSON ARTURO
Fecha: 2026.05.25
15:22:10 -05'00'
ARTURO GALEANO AVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de ViviendaFonvivienda
Elaboro: Angie Hernández
Cargo: Contratista
Oficina: SSFV
Revisó: Juliana Toro Cadavid
Cargo: Subdirectora
Oficina: SSFV
Jhon Meyer
Cargo: Contratista
Oficina: SSFV
Eduardo Calderón Cargo: Contratista cto 023F-2025
Oficina: Fonvivienda
Aprobó: Rosa Elena Espitia Cargo: Directora Oficina: DIVIShttps://outlook.cloud.microsoft/mail/inbox/id/AAQkAGI0MTM4NjYxLTNlMzEtNDI0Yy04NmI0LTk4MGRhYzIzYjc3NQAQAD4ndHiSMpxOpPoGDYzmu0s%3D
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RV: CARTA DE RENUNCIA AL SUBSIDIO CONVENIO 017-2024 MANIZALES
Desde Jhon Jairo Meyer Martinez <JMeyer@minvivienda.gov.co> Fecha Jue 9/04/2026 12:14 Para Angie Lizeth Hernandez Pena <AHernandez@minvivienda.gov.co> CC Edward Fabian Duque Oviedo <EDuque_FDB@minvivienda.gov.co>
1 archivo adjunto (541 KB)
S-CO-SINF-2025-41184 RENUNCIA ROBERTO SUAREZ MINIST.pdf;
Hola Angie Pfv proyectar renuncia asociativo Gracias JM
De: Edward Fabian Duque Oviedo <EDuque_FDB@minvivienda.gov.co> Enviado el: lunes, 6 de abril de 2026 4:06 p. m.
Para: Jhon Jairo Meyer Martinez <JMeyer@minvivienda.gov.co> CC: Gilberto Nino Rubio <GNino_FDB@minvivienda.gov.co>; Josue Fernando Barrera Perdomo <JFBarrera@minvivienda.gov.co>; Claudia Marcela Mayorga Villa <CMayorga_FDB@minvivienda.gov.co>
Asunto: CARTA DE RENUNCIA AL SUBSIDIO CONVENIO 017-2024 MANIZALES Buena tarde Jhon Esperando todo vaya bienhttps://outlook.cloud.microsoft/mail/inbox/id/AAQkAGI0MTM4NjYxLTNlMzEtNDI0Yy04NmI0LTk4MGRhYzIzYjc3NQAQAD4ndHiSMpxOpPoGDYzmu0s%3D
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Bandeja de entrada: Angie Lizeth Hernandez Pena - Outlook Jhon, en el mes de noviembre de 2025, desde el municipio de Manizales se realizó la solicitud de renuncia de un subsidio
(documento adjunto), agradezco tu amable colaboración frente a la verificación si dicho trámite se realizó o si esta pendiente por realizar. Quedo atento a comentarios Muchas gracias Saludos
Arq. Edward Fabian Duque Oviedo Contratista - Apoyo a la supervisión Dirección de inversiones en Vivienda de interés Social EDuque_FDB@minvivienda.gov.co
De: Edward Fabian Duque Oviedo <EDuque_FDB@minvivienda.gov.co> Enviado: lunes, 6 de abril de 2026 9:51
Para: Josue Fernando Barrera Perdomo <JFBarrera@minvivienda.gov.co>; Claudia Marcela Mayorga Villa <CMayorga_FDB@minvivienda.gov.co>
Cc: Gilberto Nino Rubio <GNino_FDB@minvivienda.gov.co> Asunto: ENVIO CARTA DE RENUNCIA AL SUBSIDIO CONVENIO 017-2024 MANIZALES Buen día y buena semana Fernando De acuerdo con la inquietud manifestada, frente a los 128 subsidios asignados y los 127 mejoramientos ejecutados en el convenio del asunto, me permito adjuntar la información que me comparte el asociado. En dicha información se puede observar que la renuncia al subsidio fue solicitada el 13 de noviembre del 2025 Agradezco por favor instrucción en caso de que deba realizar algún trámite extra al realizado en la fecha mencionada. Quedo atento a tus comentarios Saludos
Arq. Edward Fabian Duque Oviedo
Agradezco por favor instrucción en caso de que deba realizar algún trámite extra al realizado en la fecha mencionada. Quedo atento a tus comentarios Saludos
Arq. Edward Fabian Duque Oviedo
Contratista - Apoyo a la supervisiónhttps://outlook.cloud.microsoft/mail/inbox/id/AAQkAGI0MTM4NjYxLTNlMzEtNDI0Yy04NmI0LTk4MGRhYzIzYjc3NQAQAD4ndHiSMpxOpPoGDYzmu0s%3D 3/5
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Bandeja de entrada: Angie Lizeth Hernandez Pena - Outlook Dirección de inversiones en Vivienda de interés Social
EDuque_FDB@minvivienda.gov.co
De: Juan David Arboleda Ramírez <juan.arboleda@manizales.gov.co> Enviado: lunes, 6 de abril de 2026 9:39
Para: Edward Fabian Duque Oviedo <EDuque_FDB@minvivienda.gov.co> Asunto: RV: ENVIO CARTA DE RENUNCIA AL SUBSIDIO Buen día, De la manera más cordial nos permitimos reenviar la carta de renuncia del señor Roberto Suarez Grisalez identificado con la cédula de ciudanía No. 10215206.
Cordialmente,
De: Maria Liliana Chica Cardona <liliana.chica@manizales.gov.co> Enviado: lunes, 6 de abril de 2026 9:26
Para: Juan David Arboleda Ramírez <juan.arboleda@manizales.gov.co>
De: Maria Liliana Chica Cardona <liliana.chica@manizales.gov.co> Enviado: lunes, 6 de abril de 2026 9:26
Para: Juan David Arboleda Ramírez <juan.arboleda@manizales.gov.co> Asunto: RV: ENVIO CARTA DE RENUNCIA AL SUBSIDIOhttps://outlook.cloud.microsoft/mail/inbox/id/AAQkAGI0MTM4NjYxLTNlMzEtNDI0Yy04NmI0LTk4MGRhYzIzYjc3NQAQAD4ndHiSMpxOpPoGDYzmu0s%3D
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MARIA LILIANA CHICA CARDONA
Líder de Programa Unidad de Gestión de Vivienda
De: Maria Liliana Chica Cardona Enviado: viernes, 14 de noviembre de 2025 8:23
Para: Fabio Alexander Beltran Osorio <fbeltran@minvivienda.gov.co> Asunto: ENVIO CARTA DE RENUNCIA AL SUBSIDIO Buenos días adjunto carta de renuncia al subsidio familiar de vivienda, en el marco del programa de mejoramiento de vivienda urbana, dentro del esquema asociativo de la ciudad de Manizales, para los tramites pertinentes.
Quedo atenta a la aceptación de la renuncia, muchas gracias
MARIA LILIANA CHICA CARDONA
Líder de Programa Unidad de Gestión de Vivienda Este mensaje y sus anexos son para uso exclusivo del destinatario. Si usted lo recibió por error, por favor elimínelo y avise al remitente.
MARIA LILIANA CHICA CARDONA
Líder de Programa Unidad de Gestión de Vivienda Este mensaje y sus anexos son para uso exclusivo del destinatario. Si usted lo recibió por error, por favor elimínelo y avise al remitente.
Este mensaje y sus anexos son para uso exclusivo del destinatario. Si usted lo recibió por error, por favor elimínelo y avise al remitente.https://outlook.cloud.microsoft/mail/inbox/id/AAQkAGI0MTM4NjYxLTNlMzEtNDI0Yy04NmI0LTk4MGRhYzIzYjc3NQAQAD4ndHiSMpxOpPoGDYzmu0s%3D 5/5
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