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MINVIVIENDA - Resolucion 0485 de 2026

Ministerio de Vivienda

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Detalles

Título
MINVIVIENDA - Resolucion 0485 de 2026
Autor
Ministerio de Vivienda
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Urbano
Año
2026

Página 1 de 3

RESOLUCIÓN NÚMERO 0485 DE 29 MAYO 2026

“Por medio de la cual se acepta Una (1) renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda rural en la modalidad de mejoramiento y se modifica parcialmente la resolución de asignación No. 0848 del 31 de octubre de 2024”

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA –

FONVIVIENDA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 3 del artículo 8° y el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1.10.1.1.2.1. numeral 8 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda “Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.” Que, el numeral 9 del artículo 3 del Decreto Ley 555 de 2003 establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda "(...) 9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional ( )”. Que en el Capítulo 1 Sección I Titulo 10 Parte I Capítulo I del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio No. 1077 de 2015 se incorporó la política de vivienda rural y los requisitos y condiciones de la

Que en el Capítulo 1 Sección I Titulo 10 Parte I Capítulo I del Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio No. 1077 de 2015 se incorporó la política de vivienda rural y los requisitos y condiciones de la asignación del Subsidio Familiar de Vivienda Rural en sus diferentes modalidades. Que, con fundamento en la norma citada, en el Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda, expidió la Resolución No. 0848 del 31 de octubre del 2024 “ Por la cual se asignan sesenta y ocho (68) subsidios familiares de vivienda rural en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de mejoramiento de vivienda”, entre la que se encuentra la asignación del subsidio del señor JOSÉ JOAQUÍN CASTRO OSPINA identificado con cédula de ciudadanía No. 8.229.801, por una valor de $28.600.000. Que el Artículo 11° de la Resolución 725 de 2023, reza: Adiciónese el artículo 14E a la Resolución 0536 de 2020, el cual quedará así: "ARTÍCULO 14E. RENUNCIA AL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA RURAL. El beneficiario del subsidio familiar de vivienda rural -SFVR, en cualquiera de sus modalidades, antes de la ejecución material de las obras, podrá renunciar voluntariamente al beneficio obtenido, mediante comunicación suscrita por los miembros del hogar, mayores de edad, solicitantes del subsidio. En caso de que la renuncia sea posterior al inicio de las obras o desembolso del subsidio, el beneficiario deberá restituirlo indexado según el índice de precios al consumidor desde la fecha de asignación”.

En caso de que la renuncia sea posterior al inicio de las obras o desembolso del subsidio, el beneficiario deberá restituirlo indexado según el índice de precios al consumidor desde la fecha de asignación”.

Fondo Nacional de Vivienda Versión:10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025

Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11Fondo Nacional de Vivienda

Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0485 del 29 MAYO 2026 “Por medio de la cual se acepta Una (1) renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda rural en la modalidad de mejoramiento y se modifica parcialmente la resolución de asignación No. 0848 del 31 de octubre de 2024” Que, mediante oficio de fecha 23 de enero de 2025, el beneficiario JOSÉ JOAQUÍN CASTRO OSPINA, identificado con cedula de ciudadanía No. 8.229.801 presentó renuncia al subsidio familiar de vivienda asignado debido a que “ No tenemos los recursos para adecuar el lugar porque hay que demoler y sacar escombros preferimos esperar para un subsidio de mejoramiento interno”. Que, una vez verificada la renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda Rural presentada por el señor JOSÉ JOAQUÍN CASTRO OSPINA y trasladada por FINDETER mediante radicado 2202651004633 del 13 de mayo de 2026 en el cual

Que, una vez verificada la renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda Rural presentada por el señor JOSÉ JOAQUÍN CASTRO OSPINA y trasladada por FINDETER mediante radicado 2202651004633 del 13 de mayo de 2026 en el cual manifiesta que el subsidio no fue ejecutado, se constató el cumplimiento del marco normativo señalado y, tras consultar el aplicativo de la Subdirección de Subsidio y Ejecución, se determinó que no existe ningún desembolso asociado al hogar de la referencia.

“(…)

Extracto Radicado No. 2202651004633 (…)”

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Aceptar la renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda, otorgado en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda rural, con relación al hogar que se indica a continuación, al verificarse el cumplimiento de lo previsto en el artículo 11 de la Resolución 725 de 2023 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, y en concordancia con el Decreto 1077 de 2015, y según las razones expuestas en la parte motiva del presente acto:

ID HOGAR

RESOLUCION

FECHA

DOCUMENTO

DE

IDENTIDAD

NOMBRES

APELLIDOS

DEPARTAMENTO

MUNICIPIO

VALOR SFVR

252269

0848

31/10/2024

8.229.801

NOMBRES

APELLIDOS

DEPARTAMENTO

MUNICIPIO

VALOR SFVR

252269

0848

31/10/2024

8.229.801

JOSE

JOAQUÍN

CASTRO

OSPINA

BELLO

ANTIOQUIA

28.600.000,00Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia PBX: (601) 914 21 74

Versión: 10

Fecha: 29/04/2025

Código: GDC-PL-11

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Resolución No. 0485 del 29 MAYO 2026 “Por medio de la cual se acepta Una (1) renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda rural en la modalidad de mejoramiento y se modifica parcialmente la resolución de asignación No. 0848 del 31 de octubre de 2024” Artículo 2. Modificar parcialmente el artículo 1° de la Resolución No. 0848 del 31 de octubre de 2024, en el sentido de dejar sin efecto la asignación del hogar relacionado en el artículo primero de la presente resolución. Artículo 3. Los demás acápites y apartes de la Resolución No. 0848 del 31 de octubre de 2024, expedida por Fonvivienda, no sufren modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado. Artículo 4. Publicar la presente resolución en la página web 1 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Artículo 5. La presente Resolución será comunicada por la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural del Ministerio de Vivienda Ciudad y

Vivienda, Ciudad y Territorio. Artículo 5. La presente Resolución será comunicada por la Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural del Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No 027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARIA S.A; comunicada al prestador de asistencia técnica; al municipio de la referencia; y al hogar señalado en el artículo 1. Artículo 6. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Dada en Bogotá, D.C., a los 29 MAYO 2026

PUBLÍQUESE, COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE

GALEANO

AVILA

ANDERSON

ARTURO

Firmado digitalmente

por GALEANO AVILA

ANDERSON ARTURO

Fecha: 2026.05.29

16:58:55 -05'00'

ARTURO GALEANO ÁVILA

Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda

FONVIVIENDA

Rosa Elena Espitia Riaño Directora Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social Laura Marcela Sanguino Gutiérrez Subdirectora Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural

Raúl Gaitán García Contratista Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural Andrei Alexander Suárez Moreno Contratista Subdirección de Subsidio y Ejecución de Vivienda Rural

Belma Lorena Luque Sánchez Contratista FNV

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