MINVIVIENDA - Resolucion 0489 de 2026
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolucion 0489 de 2026
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2026
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Fondo Nacional de Vivienda Versión:10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
RESOLUCIÓN NÚMERO
“Por la cual se asignan veintidós (22) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, por selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II, en el proyecto ‘Ciudadela Las Brisas’, ubicado en San Andrés de Tumaco, departamento de Nariño”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9 del artículo 3°, numeral 3 del artículo 8° del Decreto Ley 555 de 2003 y de conformidad con lo establecido en la Ley 1537 de 2012 y el artículo 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y
CONSIDERANDO
Que el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003 establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda “(…) 9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional. (…)”.
Que, de igual manera, de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto
de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional. (…)”.
Que, de igual manera, de conformidad con el numeral 3 del artículo 8º del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda “3. Dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.”
Que se expidió la Ley 1537 de 2012, “Por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a la vivienda” , cuyo objeto es “señalar las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos, la promoción del desarrollo territorial, así como incentivar el sistema especializado de financiación de vivienda”.
Que el artículo 12 de la referida ley determina que las viviendas resultantes de los proyectos que se financien con los recursos destinados a otorgar subsidios familiares de vivienda por parte del Gobierno nacional se podrán asignar a título de subsidio en especie a los beneficiarios que cumplan con los requisitos de priorización y focalización que establezca el Gobierno Nacional.
Que en el artículo 2.1.1.2.1.4.1 del Decreto 1077 de 2015 establece que el Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda expedirá el acto administrativo de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE a los beneficiarios señalados en la resolución emitida por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.
Nacional de Vivienda – Fonvivienda expedirá el acto administrativo de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie -SFVE a los beneficiarios señalados en la resolución emitida por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.
Que, en virtud de lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley 1537 de 2012, el Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda celebró con Consorcio Alianza - Colpatria el contrato de fiducia mercantil nro. 325 de 2015, con el objeto de constituir un patrimonio autónomo denominado Fideicomiso – Programa de Vivienda Gratuita II, por medio del cual s e realizará la administración de los Recursos que transfiera el Fideicomitente o que se transfieran al fideicomiso constituido, para la ejecución de las actividades en materia de vivienda de interés social prioritaria urbana, destinadas a la atención de hogares a los que se refiere la Ley 1537 de 2012 y las normas que la modifiquen, adicionen, subroguen o reglamenten, conforme a las instrucciones 0489 01 JUNIO 2026Página 2 de 5
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Resolución No.
“Por la cual se asignan veintidós (22) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, por selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II, en el proyecto ‘Ciudadela Las Brisas’, ubicado en San Andrés de Tumaco, departamento de Nariño”
directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II, en el proyecto ‘Ciudadela Las Brisas’, ubicado en San Andrés de Tumaco, departamento de Nariño”
impartidas por el Fideicomitente, a través de los órganos contractuales del Patrimonio Autónomo Matriz (PAM).
Que, mediante la Resolución nro. 0241 del 19 de marzo de 2026 , el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda fijó fecha de apertura y cierre de la convocatoria de postulación de hogares al subsidio familiar de vivienda en especie, para el proyecto denominado “Ciudadela Las Brisas ”, ubicado en San Andrés de Tumaco, en el departamento de Nariño.
Que la Subdirección d e Subsidio Familiar de Vivienda realizó las capturas de las postulaciones para el proyecto “Ciudadela Las Brisas ”, ubicado en San Andrés de Tumaco, en el departamento de Nariño, en el software en línea dispuesto para tal fin.
Que, mediante correo electrónico del día 13 de abril de 2026, la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda, encargada de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada, con el respectivo control de calidad, informó el resultado de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos.
Que, en cumplimiento del artículo 2.1.1.2.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, el Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda hizo entrega al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social del listado de hogares postulantes que cumplen y no cumplen
Nacional de Vivienda - Fonvivienda hizo entrega al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social del listado de hogares postulantes que cumplen y no cumplen requisitos para ser beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie, según comunicación del 06 de mayo de 2026, radicada con el nro. 2026EE0025104.
Que el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 2.1.1.2.1.3.1. y 2.1.1.2.1.3.2 del Decreto 1077 de 2015, expidió la Resolución nro. 190121 del 28 de mayo de 2026 , mediante la cual fija el listado definitivo de hogares beneficiarios seleccionados de forma directa en el componente hogares damnificados por desas tres naturales, calamidades públicas, emergencias y aquellos ubicados en zonas de alto riesgo no mitigable para el proyecto “Ciudadela Las Brisas”, ubicado en San Andrés de Tumaco, departamento de Nariño. Que la Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda , encargada de ejecutar los procesos de validaciones y cruces en forma sistematizada , informó nuevamente el resultado de los hogares que cumplen y no cumplen requisitos, m ediante correo electrónico del 29 de mayo de 2026.
Que, de acuerdo con el contrato de diseño y construcción celebrado entre el consorcio Alianza – Colpatria y el Constructor, el valor individual de las viviendas en el proyecto “Ciudadela Las Brisas” ubicado en San Andrés de Tumaco, departamento de Nariño, es de 67 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV) distribuidos así; 221 viviendas con vigencia 2024 y 179 viviendas con vigencia 2025.
es de 67 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV) distribuidos así; 221 viviendas con vigencia 2024 y 179 viviendas con vigencia 2025.
Que el valor total de recursos asignados como Subsidios Familiares de Vivienda en Especie - SFVE, destinados a la solución de vivienda de los hogares que cumplieron los requisitos establecidos en la sección 2.1.1.2.1 del Decreto 1077 de 2015, asciende a la suma de DOS MIL NOVENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE
MIL PESOS M/CTE. ($ 2.098.239.000).
Que cumpliendo lo estipulado en los artículos 6°, 7° y 8° de la Ley 1537 de 2012, el presente acto administrativo no genera ejecución presupuestal y las imputaciones se harán de acuerdo con las reglas establecidas en esa normativa, afectándose los recursos depositados en el Fideicomiso - Programa de Vivienda Gratu ita Fase II del Consorcio Alianza - Colpatria. 0489 01 JUNIO 2026Página 3 de 5
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Resolución No.
“Por la cual se asignan veintidós (22) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, por selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II, en el proyecto ‘Ciudadela Las Brisas’, ubicado en San Andrés de Tumaco, departamento de Nariño”
14 1004610400 JOHANA MILENA DIAZ RIVERA $ 95.374.500 15 1087809091 DIANA KATHERINE FERRIN $ 95.374.500 16 1087186834 JHEYDI TATIANA CAICEDO GARCES $ 95.374.500 17 1004610329 VERLIN MORIANO CORTES $ 95.374.500 0489 01 JUNIO 2026Página 4 de 5
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PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
Resolución No.
“Por la cual se asignan veintidós (22) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, por selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II, en el proyecto ‘Ciudadela Las Brisas’, ubicado en San Andrés de Tumaco, departamento de Nariño”
No. CÉDULA NOMBRES APELLIDOS VALOR SFVE 18 1087118619 LICENIA ANGULO $ 95.374.500 19 36955024 TARGELIA SANCHEZ DE BANGUERA $ 95.374.500 20 1004611476 ADRIANA CAROLINA TENORIO QUIÑONES $ 95.374.500 21 1087199213 PEDRO ANTONIO CIFUENTES CUENU $ 95.374.500 22 59683737 CLAUDIA
PATRICIA ROSERO ARROYO $ 95.374.500
VALOR TOTAL DEL SFVE ASIGNADO $ 2.098.239.000
directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II, en el proyecto ‘Ciudadela Las Brisas’, ubicado en San Andrés de Tumaco, departamento de Nariño”
Que, para efectos de la culminación del presente proceso de asignación de subsidios familiares de vivienda en especie, son beneficiarios los hogares que se encuentran incluidos en la Resolución número 190121 del 28 de mayo de 2026, expedida por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social – DPS, que fueron por selección directa y cumplieron con los requisitos establecidos en la sección 2.1.1.2.1 del Decreto 1077 de 2015.
Que Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.2.6.2.2. del Decreto 1077 de 2015, de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares postulantes y beneficiarios.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Asignar veintidós (22) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie – SFVE a los hogares seleccionados de forma directa, que cumpli eron los requisitos y se encuentran en la Resolución nro. 190121 del 28 de mayo de 2026 , expedida por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - DPS, para el proyecto “Ciudadela Las Brisas”, ubicado en San Andrés de Tumaco, departamento de Nariño, encabezados por las personas que se relacionan a continuación:
DEPARTAMENTO: NARIÑO
MUNICIPIO: TUMACO
“Ciudadela Las Brisas”, ubicado en San Andrés de Tumaco, departamento de Nariño, encabezados por las personas que se relacionan a continuación:
DEPARTAMENTO: NARIÑO
MUNICIPIO: TUMACO
PROYECTO: CIUDADELA LAS BRISAS
No. CÉDULA NOMBRES APELLIDOS VALOR SFVE 1 27523244 CLEMENCIA ANGULO RIASCOS $ 95.374.500 2 59672002 MARIA ILUMINADA PEREA QUIÑONES $ 95.374.500 3 1087187174 LEIDY YURANY ANCHICO PALACIOS $ 95.374.500 4 1087200165 MATION ALBERTO MOSQUERA PAI $ 95.374.500 5 1086726184 MAYERLY SINISTERRA CABEZAS $ 95.374.500 6 1004613944 FIANNA NICOLDS BANGUERA MINOTA $ 95.374.500 7 1087188738 NEVIL JAMINSON GRUESO CAICEDO $ 95.374.500 8 1087125555 MARIA CELINA QUIÑONES JORI $ 95.374.500 9 29114663 MARIA DEL CARMEN BANGUERA VENTE $ 95.374.500 10 98427782 JAVIER CAICEDO JORIS $ 95.374.500 11 98429617 YIMI BIOJO ARBOLEDA $ 95.374.500 12 1087113524 MARLEN ALICIA QUIÑONES SOLIS $ 95.374.500 13 1130767468 KAREN JULIETH DIAZ RIVERA $ 95.374.500 14 1004610400 JOHANA MILENA DIAZ RIVERA $ 95.374.500 15 1087809091 DIANA KATHERINE FERRIN $ 95.374.500
resolución expedida por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, de conformidad con lo establecido en el parágrafo 2° del Artículo 2.1.1.1.1 .4.2.5. del Decreto 1077 de 2015.
Artículo 5. Publicar la presente resolución en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Artículo 6. La Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda comunicará el presente acto administrativo al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social – DPS y a la alcaldía de San Andrés de Tumaco - Nariño, para que esta, a su vez, la notifique personalmente a los hogares relacionados en el artículo 1 de esta resolución. Una vez se surta la notificación al hogar, la alcaldía deberá comunicarlo al Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda.
Artículo 7. La Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda comunicará la presente resolución al patrimonio autónomo matriz, Fideicomiso - Programa de Vivienda Gratuita Fase II, de conformidad con lo dispuesto en el contrato de fiducia mercantil nro. 325 de 2015, suscrito con el Consorcio Alianza - Colpatria.
Artículo 8. Contra esta resolución procede el recurso de reposición ante el director del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda, en los términos de los artículos 76 y 0489 01 JUNIO 2026Página 5 de 5
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Resolución No.
22 59683737 CLAUDIA
PATRICIA ROSERO ARROYO $ 95.374.500
VALOR TOTAL DEL SFVE ASIGNADO $ 2.098.239.000
Artículo 2. Las viviendas se asignarán por sorteo a los hogares relacionados en el artículo 1 de esta resolución , beneficiarios en el proyecto “ Ciudadela Las Brisas”, ubicado en San Andrés de Tumaco , departamento de Nariño. El Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda podrá hacer uso de la facultad contenida en el artículo 2.1.1.2.6.2.2 del Decreto 1077 de 2015, de revisar en cualquier momento la consistencia y veracidad de la información suministrada por los hogares postulantes y beneficiarios.
Artículo 3. La transferencia del derecho de dominio de las viviendas del proyecto “Ciudadela Las Brisas”, ubicado en San Andrés de Tumaco, a los hogares beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda en Especie relacionados en el artículo 1 de la presente resolución se realizará mediante acto administrativo expedido por la autoridad debidamente facultada para hacerlo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 43 de la Ley 1537 de 2012.
Artículo 4. La vigencia del subsidio familiar de vivienda urbano asignado a los hogares relacionados en el artículo 1 de la presente resolución es de seis (6) meses contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de publicación del presente acto administrativo, sin perjuicio de que la vigencia pueda ser prorrogada mediante resolución expedida por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, de conformidad con lo establecido en el parágrafo 2° del Artículo 2.1.1.1.1 .4.2.5. del Decreto 1077
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Resolución No.
“Por la cual se asignan veintidós (22) Subsidios Familiares de Vivienda en Especie, por selección directa, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita Fase II, en el proyecto ‘Ciudadela Las Brisas’, ubicado en San Andrés de Tumaco, departamento de Nariño”
77 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011).
Artículo 9. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá D.C.,
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de ViviendaFonvivienda
Elaboró: Revisó: Aprobó:
Rocío Peña María Fernanda Merlano Rosa Elena Espitia Contratista Contratista Directora DIVIS
SSFV SSFV
Juliana Toro Cadavid Subdirectora SFV
Mónica Beatriz Piñeros Ojeda Contratista
FONVIVIENDA
0489 01 JUNIO 2026 01 días de junio de 2026