MINVIVIENDA - Resolución 0490 de 2025
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolución 0490 de 2025
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 0490 DE 22 JULIO 2025
“Por la cual se modifica la Resolución No. 0797 del 22 de octubre de 2024 “Por la cual se asignan ciento treinta y dos (132) subsidios familiares de vivienda rural en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de mejoramiento de vivienda”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 1077 de 2015, y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del director ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”. Que el artículo 255 de la Ley 1955 de 2019 dispuso que, a partir del año 2020, la formulación y ejecución de la política de vivienda rural se encuentra a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Que derivado de lo anterior, se profirió la Resolución No. 0797 del 22 de octubre de 2024 “ Por la cual se asignan ciento treinta y dos (132) subsidios familiares de vivienda rural en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de mejoramiento de vivienda”.
Que se evidenció que en el cuadro de hogares plasmado en la parte resolutiva
familiares de vivienda rural en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de mejoramiento de vivienda”.
Que se evidenció que en el cuadro de hogares plasmado en la parte resolutiva hubo error en la transcripción del hogar de la señora INÉS PATRICIA DE LA CRUZ DE LA CRUZ incluyendo un miembro más, como se describe a continuación:
No. ID HOGAR TIPO DE DOC NUMERO
DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS MUNICIPIO DEPARTAMENTO
63
204624
CC 55231677 INÉS PATRICIA DELACRUZ
DELACRUZ CÚCUTA NORTE DE
SANTANDER
CC 7619456 JAIRO LUIS GUTIERREZ
URUETA CÚCUTA NORTE DE
SANTANDER
CC 1098100813 JAVIER
ANTONIO
ACOSTA
GODOY CÚCUTA NORTE DE
SANTANDER
Que por lo tanto, se hace necesario ajustar el acto administrativo de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda Rural mencionado en la referencia, en los siguientes términos:
No.
ID HOGAR
TIPO DE DOC NUMERO
DOCUMENTO
NOMBRES
APELLIDOS
MUNICIPIO
DEPARTAMENTO
63
204624
CC
55231677 INÉS
PATRICIA
DE LA CRUZ
DE LA CRUZ
CÚCUTA NORTE DE
SANTANDER
Fondo Nacional de Vivienda Versión:10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
DE LA CRUZ
DE LA CRUZ
CÚCUTA NORTE DE
SANTANDER
Fondo Nacional de Vivienda Versión:10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
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No.
ID HOGAR
TIPO DE DOC NUMERO
DOCUMENTO
NOMBRES
APELLIDOS
MUNICIPIO
DEPARTAMENTO
CC
7619456
JAIRO LUIS GUTIERREZ
URUETA
CÚCUTA NORTE DE
SANTANDER
Que el Artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en su parte pertinente dispone: “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”.
ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”. Que teniendo en cuenta que la situación presentada se enmarca en el artículo transcrito en precedencia, corresponde a una omisión, constitutiva de un error involuntario también denominado de hecho, que no incide en el sentido de la decisión administrativa adoptada, por lo cual, resulta procedente corregir en lo pertinente la Resolución No. 0797 del 22 de octubre de 2024.
Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Modificar parcialmente la Resolución No. 0797 del 22 de septiembre de 2024 “Por la cual se asignan ciento cinco (105) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de Cúcuta en el departamento de Norte de Santander y veintisiete (27) Subsidios Familiares de Vivienda Rural en el municipio de Sincelejo en el departamento de Sucre, bajo la modalidad de mejoramiento de vivienda rural” , en lo relacionado con el error de transcripción del hogar de la señora INÉS PATRICIA DE LACRUZ DE LA CRUZ el cual quedará así:
No. ID HOGAR TIPO DE DOC NUMERO
DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS MUNICIPIO DEPARTAMENTO VALOR SFVR
63
204624
CC 55231677 INÉS
PATRICIA
DE LA CRUZ
DE LA CRUZ CÚCUTA NORTE DE
SANTANDER
$ 25.520.000
63
204624
CC 55231677 INÉS
PATRICIA
DE LA CRUZ
DE LA CRUZ CÚCUTA NORTE DE
SANTANDER
$ 25.520.000
CC 7619456 JAIRO LUIS GUTIÉRREZ
URUETA CÚCUTA NORTE DE SANTANDER Artículo 2. La presente resolución será publicada en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y en el Diario Oficial, comunicada al Patrimonio Autónomo Fideicomiso - Programa de Promoción de Vivienda Rural, constituido según el contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No 027 de 2020 suscrito con FIDUAGRARIA S.A.
Artículo 3. Los demás acápites y apartes de la Resolución No. 0797 del 22 de octubre de 2024, se mantienen incólumes y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado, la corrección se realiza únicamente para efectos de aclarar la información del hogar postulante cargada en el Sistema de Información del Subsidio Familiar de Vivienda.
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
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“Por la cual se modifica la Resolución No. 0797 del 22 de octubre de 2024 “Por la cual se asignan ciento treinta y dos (132) subsidios familiares de vivienda rural en la modalidad de mejoramiento a hogares beneficiarios del programa de mejoramiento de vivienda”
Artículo 4. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá D.C., a los 22 JULIO 2025
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
GALEANO
AVILA
ANDERSON
ARTURO
Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA
ANDERSON ARTURO
Fecha: 2025.07.22
16:55:21 -05'00'
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de ViviendaFonvivienda
Laura Marcela Sanguino Gutiérrez Subdirectora SSEVR
Rosa Elena Espítia Riaño Director DIVIS
Jackelinne Díaz Martínez Julián Vasquez Subdirectora Subsidios Contratista CMC 17-2025 FNV
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
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Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
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Raúl Gaitán García Contratista SSEVR
Andrei Suárez Contratista SSEVR