MINVIVIENDA - Resolucion 0495 de 2026
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolucion 0495 de 2026
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2026
RESOLUCIÓN NÚMERO 0495 DEL 02 JUNIO 2026
Por la cual se modifica la resolución 1112 del 15 de diciembre de 2025 “Por la cual se asignan diez (10) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana bajo el Esquema asociativo”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”.
Que, de acuerdo con lo previsto en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023, contentiva del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”, se plantea como catalizador: “3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral”, dentro del cual se contempla la implementación por parte del Gobierno nacional de “programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población”.
del cual se contempla la implementación por parte del Gobierno nacional de “programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población”.
Que, de conformidad con lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio lidera un programa de mejoramiento de vivienda, a través del cual se busca atender a los hogares que presentan deficiencias de habitabilidad, sean estas locativas, de conexiones de servicios públicos y/o condiciones de hacinamiento (modulares), para así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país. Que la sección 9 del capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios y determina las condiciones y requisitos para los hogares objeto del programa de mejoramiento de vivienda.
Que conforme al artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015, el subsidio familiar de vivienda que asigna FONVIVIENDA en el marco del programa de mejoramiento podrá ser complementario a subsidios otorgados por otras entidades, y su valor podrá ascender hasta dieciocho (18) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) para las intervenciones de tipo locativo, de acuerdo con lo establecido para la modalidad correspondiente.
Que FONVIVIENDA expidió la Resolución No. 0938 de 2023 por la cual se establecen los recursos disponibles, de esta manera se conformó las bolsas de mejoramiento urbano y rural y se distribuyó los cupos de conformidad con los criterios establecidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, para el esquema asociativo,
los recursos disponibles, de esta manera se conformó las bolsas de mejoramiento urbano y rural y se distribuyó los cupos de conformidad con los criterios establecidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, para el esquema asociativo, modificada por la Resolución No. 1243 de 2023, la Resolución No. 0034 de 2024, la Resolución No. 0151 de 2024 y la Resolución No. 0438 de 2024, donde en su articulado se definieron los porcentajes de las bolsas de los esquemas de ejecución tanto en suelo urbano como rural. Que la Resolución 0151 del 23 de abril de 2024 “ Por la cual se liquida la bolsa de mejoramiento urbano y rural vigencia 2023 y se conforman las bolsas de mejoramiento urbano y rural vigencia 2024, de acuerdo con los criterios fijados por
Fondo Nacional de Vivienda Versión: 10 Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Fecha: 29/04/2025
Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
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Resolución No. 0495 de 02 JUNIO 2026 Por la cual se modifica la resolución 1112 del 15 de diciembre de 2025 “Por la cual se asignan diez (10) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana bajo el Esquema asociativo”
Por la cual se modifica la resolución 1112 del 15 de diciembre de 2025 “Por la cual se asignan diez (10) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana bajo el Esquema asociativo”
el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio ”, establece, en su artículo tercero, la conformación de las bolsas de mejoramiento urbano y rural, mediante la configuración de las bolsas “ Urbano Esquema Asociativo ” y “ Rural Esquema Asociativo”.
Que mediante la Circular 0003 del 5 de marzo de 2024 se abrió la convocatoria para entidades territoriales (Departamentos y Capitales de Departamentos) Entidades sin ánimo de lucro (ESAL) con el fin de presentar manifestación de interés para el Subsidio Familiar de Vivienda en la modalidad de mejoramiento que se otorgue en el marco del esquema asociativo.
Que a través de la resolución 0481 del 15 de agosto de 2024 se asignaron cupos de recursos para zonas urbanas a las Capitales de Departamento en el marco de la ejecución del Esquema Asociativo de la línea estratégica de mejoramientos de vivienda urbana y rural entre los cuales se encuentra la ciudad de Manizales.
Que la política de asignación de los Subsidios Familiares de Vivienda, contemplada en el Decreto 1077 de 2015, establece etapas previas a su otorgamiento, como la focalización, la postulación y las actividades de preconstrucción. En este contexto, por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se validó que los hogares anteriormente mencionados, cumplieron con los requisitos exigidos por la normativa vigente al momento de la apertura de la convocatoria del programa de mejoramiento.
parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se validó que los hogares anteriormente mencionados, cumplieron con los requisitos exigidos por la normativa vigente al momento de la apertura de la convocatoria del programa de mejoramiento. Por tanto, con el fin de garantizar una asignación adecuada del subsidio por parte de Fonvivienda, se velará por el cumplimiento de las condiciones, requisitos y criterios establecidos en dicha convocatoria y vigentes al momento de la apertura de esta.
Que la Secretaría de Infraestructura del Municipio de Manizales, en atención a la obligaciones contenidas en el numeral 27 de la Cláusula Cuarta y Numeral 8 de la Clausula Quinta del Convenio Interadministrativo N.° 017 del 23 de septiembre de 2024 modificado por el otrosí N.° 1 de 2025 realizaron los diagnósticos de las viviendas de los hogares postulados y habilitados en el marco del programa, los cuales fueron aprobados e informados a través del comunicado dirigido a la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social (DIVIS) través de correo electrónico de fecha 2 de diciembre de 2025. Que el mencionado listado, remitido por el Municipio de Manizales, contó con el respectivo control de calidad reportado por el ingeniero de sistemas de la Subdirección del Subsidio Familiar de Vivienda a través de correo electrónico de fecha 9 de diciembre de 2025, sobre los hogares que se encuentran en estado habilitado con diagnóstico efectivo, los cuales serán beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en el marco del programa de mejoramiento de vivienda.
Que a través de la Resolución 1112 del 15 de diciembre de 2025, el Fondo Nacional
diagnóstico efectivo, los cuales serán beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en el marco del programa de mejoramiento de vivienda.
Que a través de la Resolución 1112 del 15 de diciembre de 2025, el Fondo Nacional de Vivienda asignó diez (10) Subsidios Familiar de Vivienda en la modalidad de mejoramiento a los hogares postulados y presentados por el municipio de Manizales - Caldas los cuales surtieron el respectivo proceso de selección de conformidad con lo expuesto en la sección 9 del capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, con valores de subsidios que se relacionan a continuación:
No. ID
HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO MVCT 1 359055 4310905 HERNANDO
ANTONIO
MARULANDA ARIAS CALDAS MANIZALES $ 7.794.822,00 2 285891 4317580 MARIO FRANCO TABARES CALDAS MANIZALES $ 7.797.311,50 3 305472 6452987 JAIRO CASTILLO TABORDA CALDAS MANIZALES $ 7.792.179,00Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74
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Resolución No. 0495 de 02 JUNIO 2026 Por la cual se modifica la resolución 1112 del 15 de diciembre de 2025 “Por la cual se
ANTONIO RIOS LONDOÑO CALDAS MANIZALES $ 7.786.372,00 5 318241 10233792 JOSE HOLMAN LOPEZ CORTES CALDAS MANIZALES $ 7.791.174,00 6 318864 24288948 OFELIA CARDONA DE PINILLA CALDAS MANIZALES $ 7.783.204,00 7 335870 24334582 ELSA YAMILE ZAPATA OCAMPO CALDAS MANIZALES $ 7.789.027,00 8 351082 24364750 ALBA MARINA CEBALLOS DE CEBALLOS CALDAS MANIZALES $ 7.786.951,50 9 361740 30396514 ANDREA MUÑOZ DUQUE CALDAS MANIZALES $ 7.796.359,50 10 351081 1053799543 CLAUDIA
VIVIANA CARDONA LOPEZ CALDAS MANIZALES $ 7.790.690,50
VALOR TOTAL DE LOS SFV ASIGNADOS $77.899.745,50
Artículo 3. Los demás acápites y apartes de la Resolución No 1112 del 15 de diciembre de 2025, expedida por Fonvivienda, no sufre modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado.Fondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74
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Resolución No. 0495 de 02 JUNIO 2026 Por la cual se modifica la resolución 1112 del 15 de diciembre de 2025 “Por la cual se asignan diez (10) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana bajo el Esquema asociativo”
No. ID
HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO MVCT 4 329671 8660271 GUILLERMO ANTONIO RIOS LONDOÑO CALDAS MANIZALES $ 7.797.460,50 5 318241 10233792 JOSE HOLMAN LOPEZ CORTES CALDAS MANIZALES $ 7.791.174,00 6 318864 24288948 OFELIA CARDONA DE PINILLA CALDAS MANIZALES $ 7.798.385,50 7 335870 24334582 ELSA YAMILE ZAPATA OCAMPO CALDAS MANIZALES $ 7.796.718,50 8 351082 24364750 ALBA MARINA CEBALLOS DE CEBALLOS CALDAS MANIZALES $ 7.795.281,50 9 361740 30396514 ANDREA MUÑOZ DUQUE CALDAS MANIZALES $ 7.796.634,50 10 351081 1053799543 CLAUDIA
VIVIANA CARDONA LOPEZ CALDAS MANIZALES $ 7.798.104,50
VALOR TOTAL DE LOS SFV ASIGNADOS $77.958.071,50
Que a través de correo electrónico de fecha 28 de abril de 2026, la Alcaldía de Manizales remitió oficio con radicado S -CO-SINF-UGV-2026-14232 acompañado de
Que a través de correo electrónico de fecha 28 de abril de 2026, la Alcaldía de Manizales remitió oficio con radicado S -CO-SINF-UGV-2026-14232 acompañado de un listado de 127 hogares, en donde solicitó “modificación de las resoluciones de asignación de los subsidios” en el entendido que “en las cuentas de cobro tramitadas, efectivamente se presenta una menor ejecución de los valores inicialmente asignados a algunos hogares beneficiarios” , advirtiendo que “se identificaron saldos no ejecutados en varios subsidios, situación que obedece a la optimización de recursos durante la ejecución de las obras, derivada de las condiciones reales de las viviendas intervenidas y de las necesidades específicas de cada hogar, garantizando en todo caso el cumplimiento del alcance de los mejoramientos sin afectar la calidad de las intervenciones”.
Que a través de correo electrónico de fecha 15 de abril de 2026, el responsable de pagos de la Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social resaltó la necesidad de verificar el menor cobro que se hiciera desde el Ente Territorial sobre algunos subsidios asignados en el marco del Programa de Mejoramiento de Vivienda, el municipio de Manizales indicó que “…cuando se hace el cierre final de cada mejoramiento se ajusta con las mediciones reales de las obras ejecutadas y estas son las cobradas por el ejecutor, con base en lo anterior una vez verificadas las cantidades finales por el asociado, se procede con la liquidación…”
Con base en lo anterior se procedió a revisar la base de Excel que se remite como insumo desde el Municipio de Manizales en donde se relacionan los hogares asignados a través de la resolución 1112 del 15 de diciembre de 2025 y los valores realmente
Con base en lo anterior se procedió a revisar la base de Excel que se remite como insumo desde el Municipio de Manizales en donde se relacionan los hogares asignados a través de la resolución 1112 del 15 de diciembre de 2025 y los valores realmente ejecutados en los respectivos mejoramientos siendo necesario proceder con el ajuste dichos valores quedando de la siguiente manera:
No. ID
HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO MVCT 1 359055 4310905 HERNANDO
ANTONIO
MARULANDA ARIAS CALDAS MANIZALES $ 7.787.056,50 2 285891 4317580 MARIO FRANCO TABARES CALDAS MANIZALES $ 7.796.731,50 3 305472 6452987 JAIRO CASTILLO TABORDA CALDAS MANIZALES $ 7.792.179,00 4 329671 8660271 GUILLERMO ANTONIO RIOS LONDOÑO CALDAS MANIZALES $ 7.786.372,00 5 318241 10233792 JOSE HOLMAN LOPEZ CORTES CALDAS MANIZALES $ 7.791.174,00 6 318864 24288948 OFELIA CARDONA DE PINILLA CALDAS MANIZALES $ 7.783.204,00 7 335870 24334582 ELSA YAMILE ZAPATA OCAMPO CALDAS MANIZALES $ 7.789.027,00 8 351082 24364750 ALBA MARINA CEBALLOS DE CEBALLOS CALDAS MANIZALES $ 7.786.951,50 9 361740 30396514 ANDREA MUÑOZ DUQUE CALDAS MANIZALES $ 7.796.359,50 10 351081 1053799543 CLAUDIA
CEBALLOS CALDAS MANIZALES $ 7.786.951,50 9 361740 30396514 ANDREA MUÑOZ DUQUE CALDAS MANIZALES $ 7.796.359,50 10 351081 1053799543 CLAUDIA
VIVIANA CARDONA LOPEZ CALDAS MANIZALES $ 7.790.690,50
VALOR TOTAL DE LOS SFV ASIGNADOS $77.899.745,50
Que con base en lo anterior y en el entendido que al ajustarse el valor de los subsidios familiares de vivienda asignados a los hogares relacionados supra, modifica el valor global de los recursos asignados como subvención destinados al mejoramiento de la vivienda de cada hogar beneficiario, los cuales cumplieron con los requisitosFondo Nacional de Vivienda Calle 17 # 9 - 36, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (601) 914 21 74
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Resolución No. 0495 de 02 JUNIO 2026 Por la cual se modifica la resolución 1112 del 15 de diciembre de 2025 “Por la cual se asignan diez (10) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana bajo el Esquema asociativo”
establecidos en el artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015 este se debe ajustar en la suma de SETENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL
SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS CON CINCUENTA CENTAVOS M/CTE
($77.899.745,50).
en la suma de SETENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL
SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS CON CINCUENTA CENTAVOS M/CTE
($77.899.745,50).
Que igualmente y con base en lo anterior, se considera adecuado proceder con la aclaración del clausulado de la Resolución No 1112 del 15 de diciembre 2025, en el sentido de efectuar la corrección aritmética de la asignación de los subsidios asignados para cada uno de los hogares, en los términos requeridos por la entidad territorial, según los soportes anexados, ajustando el valor total de la asignación a
SETENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS
CUARENTA Y CINCO PESOS CON CINCUENTA CENTAVOS M/CTE ($77.899.745,50).
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Modificar parcialmente la parte considerativa de la resolución 1112 del 15 de diciembre de 2025 en el sentido de modificar el valor global de los recursos asignados como subvención destinados al mejoramiento de la vivienda de cada hogar beneficiario, los cuales cumplieron con los requisitos establecidos en el artículo 2.1.1.7.10 del Decreto 1077 de 2015 los cuales ascienden a la suma de SETENTA Y
SIETE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y
CINCO PESOS CON CINCUENTA CENTAVOS M/CTE ($77.899.745,50).
Artículo 2. Modificar parcialmente el artículo primero de la resolución 0472 de 17 de
CINCO PESOS CON CINCUENTA CENTAVOS M/CTE ($77.899.745,50).
Artículo 2. Modificar parcialmente el artículo primero de la resolución 0472 de 17 de julio de 2025 en el sentido de efectuar la corrección aritmética de la asignación de los subsidios asignados para cada uno de los hogares, en los términos requeridos por la entidad territorial, según los soportes anexos, ajustado el valor total de la asignación así:
“Artículo 1. Asignar diez (10) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana dentro del Esquema Asociativo, por un valor total de SETENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS CON CINCUENTA CENTAVOS M/CTE ($77.899.745,50), a los hogares que se relacionan a continuación:
No. ID
HOGAR DOCUMENTO NOMBRES APELLIDOS DEPARTAMENTO MUNICIPIO VALOR SUBSIDIO MVCT 1 359055 4310905 HERNANDO
ANTONIO
MARULANDA ARIAS CALDAS MANIZALES $ 7.787.056,50 2 285891 4317580 MARIO FRANCO TABARES CALDAS MANIZALES $ 7.796.731,50 3 305472 6452987 JAIRO CASTILLO TABORDA CALDAS MANIZALES $ 7.792.179,00 4 329671 8660271 GUILLERMO ANTONIO RIOS LONDOÑO CALDAS MANIZALES $ 7.786.372,00 5 318241 10233792 JOSE HOLMAN LOPEZ CORTES CALDAS MANIZALES $ 7.791.174,00
Resolución No. 0495 de 02 JUNIO 2026 Por la cual se modifica la resolución 1112 del 15 de diciembre de 2025 “Por la cual se asignan diez (10) subsidios familiares de vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda urbana bajo el Esquema asociativo”
Artículo 4. La presente resolución será publicada en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Artículo 5. La Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio comunicará esta decisión al Patrimonio Autónomo constituido según el Contrato de Fiducia Mercantil de administración y pagos No. 31-83679 de 2019 suscrito con Fiduciaria Bogotá́, ahora Aval Fiduciaria y al Municipio de Manizales - Caldas, quien, a su vez, comunicará este acto administrativo a los hogares relacionados en el artículo segundo.
Artículo 6. La presente Resolución rige a partir de la expedición. Dada en Bogotá D.C., a los 02 JUNIO 2026
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
GALEANO
AVILA
ANDERSON
ARTURO Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA
ANDERSON ARTURO
Fecha: 2026.06.02
09:54:27 -05'00'
ARTURO GALEANO ÁVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de ViviendaFonvivienda
Elaboro: Jhon Meyer
Cargo: Contratista
Oficina: SSFV
Revisó: Juliana Toro Cadavid
Cargo: Subdirectora
Oficina: SSFV
Elaboro: Jhon Meyer
Cargo: Contratista
Oficina: SSFV
Revisó: Juliana Toro Cadavid
Cargo: Subdirectora
Oficina: SSFV
Belma Lorena Luque Sánchez Contratista FNV
Aprobó: Rosa Elena Espitia
Cargo: Directora
Oficina: DIVIS