MINVIVIENDA - Resolucion 0508 de 2026
Ministerio de Vivienda
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Detalles
- Título
- MINVIVIENDA - Resolucion 0508 de 2026
- Autor
- Ministerio de Vivienda
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Urbano
- Año
- 2026
RESOLUCIÓN NÚMERO 0508 DE 04 JUNIO 2026
“Por medio de la cual se acepta una (01) renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda y se modifica parcialmente la Resolución de asignación 693 del 19 de septiembre de 2025”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDAFONVIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el numeral 9° del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, y de conformidad con lo establecido en el capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 9 del artículo 3° del Decreto Ley 555 de 2003, es función del Fondo Nacional de Vivienda – Fonvivienda: “9. Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional”. Que, de acuerdo con lo previsto en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023, contentiva del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia, potencia mundial de la vida”, se plantea como catalizador: “3. Territorios más Humanos: Hábitat Integral”, dentro del cual se contempla la implementación por parte del Gobierno nacional de “programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población”.
del cual se contempla la implementación por parte del Gobierno nacional de “programas orientados al mejoramiento de vivienda, la construcción en sitio propio y el acceso a crédito hipotecario, para remontar la desigualdad y la exclusión de la población”. Que, de conformidad con lo anterior, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio lidera un programa de mejoramiento de vivienda, a través del cual se busca atender a los hogares que presentan deficiencias de habitabilidad, sean estas locativas, de conexiones de servicios públicos y/o condiciones de hacinamiento (modulares), para así reducir las brechas sociales y económicas entre hogares y regiones en el país.
Que la sección 9 del capítulo 7 del título 1 de la parte 1 del libro 2 del Decreto 1077 de 2015 incorpora los beneficios y determina las condiciones y requisitos para los hogares objeto del programa de mejoramiento de vivienda. Que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, mediante el oficio 2023EE0040950, invitó a municipios de categorías 4, 5 y 6 a participar en la convocatoria del programa de mejoramientos de vivienda urbana/rural en el marco del Decreto 1077 de 2015, a través de la presentación de manifestaciones de interés. En la invitación se describieron las condiciones y requisitos para participar, y se especificó que la solicitud de manifestación de interés no genera obligación alguna para Fonvivienda de asignar las subvenciones ni genera ninguna obligación presupuestal.
Que las intervenciones se llevarán a cabo mediante obras que tengan como finalidad mejorar las condiciones sanitarias y habitacionales insatisfactorias de espacio, servicios públicos y calidad de las viviendas de los hogares beneficiarios.
Que las intervenciones se llevarán a cabo mediante obras que tengan como finalidad mejorar las condiciones sanitarias y habitacionales insatisfactorias de espacio, servicios públicos y calidad de las viviendas de los hogares beneficiarios.
Que, para la ejecución de las obras, los hogares deberán surtir un proceso de registro, postulación y diagnóstico, a partir del cual se determinará la modalidad de intervención, la cual podrá consistir en mejoramientos locativos en pisos, paredes, baños, cocinas y/o conexiones intradomiciliarias, entre otros.
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Conmutador: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
Página 1 de 4Resolución No. 0508 de 04 JUNIO 2026 “Por medio de la cual se acepta una (01) renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda y se modifica parcialmente la Resolución de asignación 693 del 19 de septiembre de 2025” Que la política de asignación de los Subsidios Familiares de Vivienda, contemplada en el Decreto 1077 de 2015, establece etapas previas a su otorgamiento, como la focalización, la postulación y las actividades de preconstrucción. En este contexto, por parte del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se validó que los hogares anteriormente mencionados, cumplieron con los requisitos exigidos por la normativa vigente al momento de la apertura de la convocatoria del programa de mejoramiento. Por tanto, con el fin de garantizar una asignación adecuada del subsidio por parte de
anteriormente mencionados, cumplieron con los requisitos exigidos por la normativa vigente al momento de la apertura de la convocatoria del programa de mejoramiento. Por tanto, con el fin de garantizar una asignación adecuada del subsidio por parte de Fonvivienda, se velará por el cumplimiento de las condiciones, requisitos y criterios establecidos en dicha convocatoria y vigentes al momento de la apertura de esta.
Que, para la ejecución de las obras, los hogares deberán surtir un proceso de registro, postulación y diagnóstico, a partir del cual se determinará la modalidad de intervención, la cual corresponderá a mejoramientos locativos en pisos, paredes, baños, cocinas y conexiones intradomiciliarias, entre otros.
Que, en el marco del esquema público del Programa de Mejoramiento de Vivienda, se asignaron cupos al municipio de Roberto Payan – Nariño, entre otros.
Que la política de asignación de los Subsidios Familiares de Vivienda, contemplada en el Decreto 1077 de 2015, establece etapas previas a su otorgamiento, como la focalización, la postulación y las actividades de pre-construcción.
Que el municipio municipio de Roberto Payan – Nariño realizó diagnósticos de las viviendas de los hogares postulados y habilitados en el marco del programa, para su aprobación por parte de EnTerritorio en calidad de supervisor, en cumplimiento de las obligaciones adquiridas en el marco del Contrato Nº 224003 ENT03 Fidubogotá. Que EnTerritorio en cumplimiento a las obligaciones establecida en el marco del contrato No. 224003 ENT – 03 FIDUBOGOTÁ, suscrito para la supervisión a la correcta
Que EnTerritorio en cumplimiento a las obligaciones establecida en el marco del contrato No. 224003 ENT – 03 FIDUBOGOTÁ, suscrito para la supervisión a la correcta aplicación de SVF en la modalidad de mejoramiento en suelo urbano, informó el resultado de los diagnósticos habilitados viables presentados por el municipio, detallando el valor de los mejoramientos objeto de intervención. Que, con fundamento en la norma citada, el Fondo Nacional de ViviendaFONVIVIENDA expidió Resolución, mediante la cual se asignaron subsidios familiares de vivienda a hogares beneficiarios del programa de mejoramiento de vivienda, entre los cuales se encuentra el de los hogares representado por la siguiente persona:
Res. Fecha Res CEDULA NOMBRES APELLIDOS MUNICIPIO VR. SFV 0693 19/09/2025 1089540851 DIANY
VANESSA CABEZAS CABEZAS Roberto Payan – Nariño $ 13.920.000 Que mediante correo del 13 marzo de 2026 Enterritorio remitió a esta entidad acta de renuncia suscrita por los miembros del hogar antes relacionado de fecha 12 de febrero de 2026, donde presentaron la solicitud de renuncia libre y voluntaria al subsidio de mejoramiento asignado a través de la Resolución 693 del 19 septiembre de 2025 en el marco del programa de mejoramiento de vivienda.
Que el artículo 2.1.1.7.12. en concordancia con el artículo 2.1.1.1.1.4.2.6 del Decreto Único de Vivienda 1077 de 2015 establece: “El beneficiario del subsidio de que trata el presente capítulo podrá, antes del inicio de las obras, renunciar voluntariamente al beneficio obtenido, mediante comunicación suscrita por los miembros mayores de
Único de Vivienda 1077 de 2015 establece: “El beneficiario del subsidio de que trata el presente capítulo podrá, antes del inicio de las obras, renunciar voluntariamente al beneficio obtenido, mediante comunicación suscrita por los miembros mayores de edad solicitantes del subsidio.” Que, una vez verificada la renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda presentada por el hogar, se evidencia el cumplimiento del marco normativo dispuesto en el artículo
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Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Aceptar la renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda, otorgado en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda , en relación con el hogar que se
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Aceptar la renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda, otorgado en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda , en relación con el hogar que se indica a continuación, al verificarse el cumplimiento de lo previsto en el artículo 2.1.1.7.12. en concordancia con el artículo 2.1.1.1.1.4.2.6 del Decreto Único de Vivienda 1077 de 2015 y según las razones expuestas en la parte motiva del presente acto:
Res. Fecha Res CEDULA NOMBRES APELLIDOS MUNICIPIO VR. SFV 0693 19/09/2025 1089540851 DIANY
VANESSA CABEZAS CABEZAS Roberto Payan – Nariño $ 13.920.000
Artículo 2. Modificar parcialmente las Resoluciones de asignación número 693 del 19 septiembre de 2025, en el sentido de dejar sin efecto la asignación del hogar relacionado en el artículo primero de la presente resolución.
Artículo 3. Los demás acápites y apartes de las Resoluciones de asignación número número 693 del 19 septiembre de 2025, expedidas por Fonvivienda, no sufren modificación alguna y debe darse estricto cumplimiento a lo allí ordenado.
Artículo 4. La Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio publicará la presente resolución en la página web de la entidad. Artículo 5. La Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Comunicará esta decisión al Patrimonio Autónomo
Vivienda, Ciudad y Territorio publicará la presente resolución en la página web de la entidad. Artículo 5. La Subdirección de Subsidio Familiar de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Comunicará esta decisión al Patrimonio Autónomo constituido según el Contrato de fiducia mercantil de administración y pagos No. 31-83679 de 2019 suscrito con Fiduciaria Bogot á́, y al municipio de Roberto Payan – Nariño, quien a su vez comunicará este acto administrativo al hogar relacionado en el artículo primero.
Artículo 6. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá D.C., a los 04 JUNIO 2026
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
GALEANO
AVILA
ANDERSON
ARTURO
Firmado digitalmente por
GALEANO AVILA
ANDERSON ARTURO
Fecha: 2026.06.04
14:45:00 -05'00'
ARTURO GALEANO AVILA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de ViviendaFonvivienda
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PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
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“Por medio de la cual se acepta una (01) renuncia al Subsidio Familiar de Vivienda en el marco del Programa de mejoramiento de vivienda y se modifica parcialmente la Resolución de asignación 693 del 19 de septiembre de 2025”
Elaboro:
Angie Hernández
Cargo: Contratista
Oficina: SSFV
Revisó: Juliana Toro Cadavid
Cargo: Subdirectora
Oficina: SSFV
Jhon Meyer
Cargo: Contratista
Oficina: SSFV
Andrea Galezo Contratista DIVIS-FNV
Aprobó: Rosa Elena Espitia
Cargo: Directora
Oficina: DIVIS
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PBX: (601) 914 21 74 Código: GDC-PL-11
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Outlook
RV: SOLICITUD REVOCATORIA 2 SVF - CONTRATO no. 2024-O-025 - ROBERTO PAYAN
Desde Monica Paola Monsalve Monroy <mmonsalv3@enterritorio.gov.co>
Dando alcance a la solicitud realizada el 9 de marzo de 2026; relacionada con el proceso de revocatoria de SFV para los beneficiarios: Beneficiario no. 1: Código Hogar no. 233740 – DIANY VANESSA CABEZAS CABEZAS - C.C. 1.089.540.851. Beneficiario no. 2: Código Hogar no. 233771 – AUSTIN MENELIO CABEZAS MINOTA - C.C. 1.089.541.105. Me permito anexar formularios de postulación y renuncias voluntarias firmadas por los demás integrantes mayores de edad de cada núcleo postulado.
MÓNICA PAOLA MONSALVE MONROY
Contratista - Gerente Grupo de Evaluación de Proyectos mmonsalv3@enterritorio.gov.co (+57) 318-3441205
https://outlook.cloud.microsoft/mail/id/AAQkAGI0MTM4NjYxLTNlMzEtNDI0Yy04NmI0LTk4MGRhYzIzYjc3NQAQAKRvVIIm8NZDqda8yQQFxvg%3D 1/528/4/26, 16:17 Bandeja de entrada: Angie Lizeth Hernandez Pena - Outlook Calle 26 # 13-19 Piso 26, Bogotá http://www.enterritorio.gov.co
De: Angie Lizeth Hernandez Pena <AHernandez@minvivienda.gov.co> Enviado: lunes, 9 de marzo de 2026 18:45
Para: Monica Paola Monsalve Monroy <mmonsalv3@enterritorio.gov.co> Cc: Jhon Jairo Meyer Martinez <JMeyer@minvivienda.gov.co> Asunto: RE: SOLICITUD REVOCATORIA 2 SVF - CONTRATO no. 2024-O-025 - ROBERTO PAYAN
Outlook
RV: SOLICITUD REVOCATORIA 2 SVF - CONTRATO no. 2024-O-025 - ROBERTO PAYAN
Desde Monica Paola Monsalve Monroy <mmonsalv3@enterritorio.gov.co> Fecha Vie 13/03/2026 12:09 Para Angie Lizeth Hernandez Pena <AHernandez@minvivienda.gov.co>; Jhon Jairo Meyer Martinez <JMeyer@minvivienda.gov.co>; Rosa Elena Espitia Riano <REspitia@minvivienda.gov.co> CC Fernando Alexander Rosada Leon <FRosada@minvivienda.gov.co>; Julian Andres Gomez Rueda <jgomez10@enterritorio.gov.co>; Luis Fernando Enriquez De Los Rios <lenriqu@enterritorio.gov.co>; Royner Enrique Vivas Carrera <DirectorG1.1@jasb.com.co> director interventoria de campo zona sur <DirectorG1.1@jasb.com.co>; Erbert Arturo Rosa Mercado <erosa@enterritorio.gov.co>; Andrea del Pilar Suárez Mesa <dsuarez@enterritorio.gov.co>; Claudia Carolina Pulido Marino <cpulid@enterritorio.gov.co>; Yudy Marytza Villarraga Guarnizo <yvillarr@enterritorio.gov.co>
6 archivos adjuntos (7 MB) Formulario Austin Cabezas y Grupo Familiar.pdf; Formulario Danny Cabezas y Grupo Familiar.pdf; ACTA REVOCATORIA - 1089540851 - DIANY CABEZAS.pdf; ACTA REVOCATORIA - 1089541105 - AUSTIN CABEZAS.pdf; POSTULACIÓN - 1089540851 - DIANY CABEZAS.pdf; POSTULACIÓN - 1089541105 - AUSTIN CABEZAS.pdf;
Dando alcance a la solicitud realizada el 9 de marzo de 2026; relacionada con el proceso de revocatoria de SFV para los beneficiarios:
Cc: Jhon Jairo Meyer Martinez <JMeyer@minvivienda.gov.co> Asunto: RE: SOLICITUD REVOCATORIA 2 SVF - CONTRATO no. 2024-O-025 - ROBERTO PAYAN
ATENCIÓN: Este correo es externo a ENTERRITORIO. Evite dar clic sobre adjuntos y/o enlaces a otros sitios a menos que conozca el remitente. Ante cualquier duda o sospecha verifique la fuente o informe a la Mesa De Ayuda.
Cordial saludo, Una vez verificados las renuncias de los hogares relacionados a continuación, informamos que dichas renuncias no pueden ser tramitadas debido a que las mismas no vienen suscritas por todos los miembros del hogar mayores de edad: DIANY VANESSA CABEZAS CABEZAS c.c.1.089.540.851: falto la firma de JUAN DAVID CABEZAS CABEZAS (C.C) 1089538853
AUSTIN MENELIO CABEZAS MINOTA c.c. 1.089.541.105: falto la firma de YOLANDA CHIRIBOGA CORREA (C.C)1004636863
Lo anterior de acuerdo a lo establecido en el artículo 2.1.1.1.1.4.2.6. Del Decreto 1077 de 2025 : "ARTÍCULO 2.1.1.1.1.4.2.6. Renuncia al subsidio. El beneficiario del subsidio podrá, en cualquier momento, renunciar voluntariamente al beneficio obtenido, mediante comunicación suscrita en f orma conjunta por los miembros del grupo f amiliar mayores de edad y la devolución a la entidad otorgante del documento que acredita la asignación del subsidio respectivo. La renuncia oportuna al subsidio implica el derecho a postular nuevamente."
De: Jhon Jairo Meyer Martinez <JMeyer@minvivienda.gov.co>
devolución a la entidad otorgante del documento que acredita la asignación del subsidio respectivo. La renuncia oportuna al subsidio implica el derecho a postular nuevamente."
De: Jhon Jairo Meyer Martinez <JMeyer@minvivienda.gov.co> Enviado: viernes, 20 de febrero de 2026 17:36
Para: Angie Lizeth Hernandez Pena <AHernandez@minvivienda.gov.co> Asunto: RV: SOLICITUD REVOCATORIA 2 SVF - CONTRATO no. 2024-O-025 - ROBERTO PAYAN
https://outlook.cloud.microsoft/mail/id/AAQkAGI0MTM4NjYxLTNlMzEtNDI0Yy04NmI0LTk4MGRhYzIzYjc3NQAQAKRvVIIm8NZDqda8yQQFxvg%3D 2/528/4/26, 16:17 Bandeja de entrada: Angie Lizeth Hernandez Pena - Outlook Hola Pfv Proyectar Gracias JM
De: Monica Paola Monsalve Monroy <mmonsalv3@enterritorio.gov.co> Enviado el: viernes, 20 de febrero de 2026 2:50 p. m.
Para: Rosa Elena Espitia Riano <REspitia@minvivienda.gov.co>; Jhon Jairo Meyer Martinez <JMeyer@minvivienda.gov.co>; Andrei Alexander Suarez Moreno <ASuarez@minvivienda.gov.co>; Nubia Yineth Molina Cabrera <NMolina@minvivienda.gov.co>; Yeny Andrea Pachon Alonso <ypachon@minvivienda.gov.co> CC: Fernando Alexander Rosada Leon <FRosada@minvivienda.gov.co>; Sonia Janeth Castellanos Morales <scastell@enterritorio.gov.co>; Andrea del Pilar
<ypachon@minvivienda.gov.co> CC: Fernando Alexander Rosada Leon <FRosada@minvivienda.gov.co>; Sonia Janeth Castellanos Morales <scastell@enterritorio.gov.co>; Andrea del Pilar Suárez Mesa <dsuarez@enterritorio.gov.co>; Luis Fernando Enriquez De Los Rios <lenriqu@enterritorio.gov.co>; Julian Andres Gomez Rueda <jgomez10@enterritorio.gov.co>; Elizabeth Marcilaes Daza <emarcil@enterritorio.gov.co>; Fabian Burbano Muñoz <fburbano@enterritorio.gov.co>; Andres Felipe Aponte Colmenares <aaponte@enterritorio.gov.co> Asunto: RV: SOLICITUD REVOCATORIA 2 SVF - CONTRATO no. 2024-O-025 - ROBERTO PAYAN
Cordial saludo, De manera atenta, me permito remitir radicado no. 202632010008111 de 18 de febrero de 2026 referente a la solicitud de revocatoria de los SFV asignado a: DIANY VANESSA CABEZAS CABEZAS identificada con cédula de ciudadanía no. 1.089.540.851 AUSTIN MENELIO CABEZAS MINOTA identificado con cédula de ciudadanía no. 1.089.541.105 de acuerdo con la siguiente información: Resolución de SVF no. 0693 del 19 de septiembre de 2025 Resolución de SVF no. 0749 del 02 de octubre de 2025 Contrato ENTerritorio S.A. 224003 – INTERVENTORÍA URBANA Contrato de Obra: 2024-O-025 - ROBERTO PAYAN
Municipio: Roberto Payan
Departamento: Nariño
No. CONTRATO
ENTerritorio Código Hogar Cedula Nombre Apellido Municipio Concepto Diagnostico Resolución de
Municipio: Roberto Payan
Departamento: Nariño
No. CONTRATO
ENTerritorio Código Hogar Cedula Nombre Apellido Municipio Concepto Diagnostico Resolución de https://outlook.cloud.microsoft/mail/id/AAQkAGI0MTM4NjYxLTNlMzEtNDI0Yy04NmI0LTk4MGRhYzIzYjc3NQAQAKRvVIIm8NZDqda8yQQFxvg%3D 3/528/4/26, 16:17 Bandeja de entrada: Angie Lizeth Hernandez Pena - Outlook
Asignación del SFV
1 224003INT.
URBANA
233740
1.089.540.851 DIANY
VANESSA
CABEZAS
CABEZAS
ROBERTO
PAYAN
INHABILITADO 0693 DEL 19
DE
SEPTIEMBRE
DE 2025
2 224003INT.
URBANA
233771
1.089.541.105 AUSTIN
MENELIO
CABEZAS
MINOTA
ROBERTO
PAYAN
INHABILITADO 0749 DEL 02
DE
OCTUBRE
DE 2025
Se adjunta:
RADICADO LIRA 202632010006451
RESOLUCIÓN ASIGNACIÓN SFV - 1089540851 - DIANY CABEZAS CARTA DE RENUNCIA - 1089540851 - DIANY CABEZAS CÉDULA - 1089540851 - DIANY CABEZAS
RESOLUCIÓN ASIGNACIÓN SFV - 1089541105 - AUSTIN CABEZAS
CARTA DE RENUNCIA - 1089541105 - AUSTIN CABEZAS
CÉDULA - 1089540851 - DIANY CABEZAS
RESOLUCIÓN ASIGNACIÓN SFV - 1089541105 - AUSTIN CABEZAS CARTA DE RENUNCIA - 1089541105 - AUSTIN CABEZAS CÉDULA - 1089541105 - AUSTIN CABEZAS
MÓNICA PAOLA MONSALVE MONROY
Contratista - Gerente Grupo de Evaluación de Proyectos mmonsalv3@enterritorio.gov.co (+57) 318-3441205 Calle 26 # 13 -19 Piso 26, Bogotá http://www.enterritorio.gov.co
https://outlook.cloud.microsoft/mail/id/AAQkAGI0MTM4NjYxLTNlMzEtNDI0Yy04NmI0LTk4MGRhYzIzYjc3NQAQAKRvVIIm8NZDqda8yQQFxvg%3D 4/528/4/26, 16:17 Bandeja de entrada: Angie Lizeth Hernandez Pena - Outlook AVISO LEGAL: El contenido de este mensaje, incluidos sus archivos adjuntos, pueden contener información de carácter confidencial y/o datos personales. Se encuentra dirigido exclusivamente al destinatario, sin la intención de que sea conocida por terceros. Su tratamiento se rige por la Ley 1581 de 2012 y demás normas concordantes con la protección de datos personales. Si usted no es el destinatario correcto, le agradecemos que nos informe de este incidente al correo correspondencia@minvivienda.gov.co y por favor elimine la información de su sistema. Recuerde que cualquier revisión, divulgación, reproducción, distribución o uso no autorizado de la misma está estrictamente prohibido y acarreará responsabilidades legales.
AVISO LEGAL:
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Cordial saludo,
Señores MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO Ref.: Renuncia voluntaria al subsidio – Resolución No. 0693 del 19 de septiembre de 2025
Cordial saludo, Yo, DIANY VANESSA CABEZAS CABEZAS, identificada con cédula de ciudadanía No. 1089540851, por medio del presente manifiesto de manera libre, expresa, voluntaria e irrevocable mi renuncia al subsidio familiar de vivienda que me fue asignado mediante la Resolución No. 0693 del 19 de septiembre de 2025, para el municipio de Roberto Payán – Nariño. La presente renuncia se fundamenta en que la vivienda objeto del subsidio se encuentra presentando asentamientos diferenciales, situación que constituye un riesgo estructural para la edificación, por lo cual he decidido realizar la demolición total de la vivienda existente y posteriormente efectuar la nivelación del terreno y la construcción de una nueva cimentación más adecuada, lo cual genera inviabilidad frente al objetivo y modalidad del subsidio otorgado. Manifiesto igualmente que no he recibido desembolso alguno correspondiente al subsidio y que esta decisión se adopta sin presión de ninguna naturaleza, de forma consciente y voluntaria. Así mismo, desisto expresamente de los recursos de ley que proceden contra el acto administrativo mediante el cual me fue asignado el subsidio, con el fin de que dicho acto quede en firme, de conformidad con lo establecido en el artículo 87 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
(CPACA).
En consecuencia, solicito respetuosamente a la entidad aceptar la presente renuncia y disponer lo pertinente para la liberación y reasignación del cupo del subsidio, exonerando al Ministerio de Vivienda y a la entidad
(CPACA).
En consecuencia, solicito respetuosamente a la entidad aceptar la presente renuncia y disponer lo pertinente para la liberación y reasignación del cupo del subsidio, exonerando al Ministerio de Vivienda y a la entidad territorial de cualquier responsabilidad derivada del mismo.
Atentamente,
Firma:
Nombre: DIANY VANESSA CABEZAS CABEZAS
C.C. No.: 1089540851
Municipio: Roberto Payán
Barrio: Porvenir
Contacto: 3223984504
Firma:
Nombre: JUAN DAVID CABEZAS CABEZAS
C.C. No.: 1089538853
Municipio: Roberto Payán
Barrio: Porvenir
Contacto: 3178906537